Acuerdo No. SAG-103-2024 — Acuerdo relativo a funciones y atribuciones en la Secretaría de Agricultura y Ganadería
Poder Ejecutivo
- Decreto: SAG-103-2024
- Publicación: 13 de mayo de 2024
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 36,532
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
Que según Acuerdo Ejecutivo Número 11-2022 de fecha 27 de enero del 2022, se nombró a la ciudadana LAURA ELENA SUAZO TORRES, en el cargo de Secretaría de Estado en los Despachos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.
Que el Artículo 123 de la Ley General de la Administración Pública establece: En defecto de disposición expresa, el titular de un órgano, en caso de ausencia o impedimento legal será sustituido por el subalterno más elevado en grado, y en caso de paridad de grado, por el funcionario con más antigüedad en el servicio, en su defecto, por el funcionario que ostente el título profesional superior.
Texto completo
ACUERDO No. SAG-103-2024 Tegucigalpa, M.D.C., 16 de mayo, 2024 LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo Número 11-2022 de fecha 27 de enero del 2022, se nombró a la ciudadana LAURA ELENA SUAZO TORRES, en el cargo de Secretaría de Estado en los Despachos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería. CONSIDERANDO: Que el Artículo 123 de la Ley General de la Administración Pública establece: En defecto de disposición expresa, el titular de un órgano, en caso de ausencia o impedimento legal será sustituido por el subalterno más elevado en grado, y en caso de paridad de grado, por el funcionario con más antigüedad en el servicio, en su defecto, por el funcionario que ostente el título profesional superior. POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere y en aplicación de los Artículos 30, 34, 36 numeral 8) y 19), 122, 123 de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 17, 24 y 26 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Acuerdo Ministerial No. 006-2024, de fecha doce (12) de enero de dos mil veinticuatro (2024). SEGUNDO: Establecer que los emprendedores participantes en las ferias no estarán obligados a realizar la contribución mencionada en el párrafo anterior, con el objetivo de garantizar la accesibilidad y la inclusión de todos los emprendedores, independientemente de su capacidad económica. TERCERO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a los diez (10) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ABG. FREDIS ALONSO CERRATO V. Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General
Nota: Utilizar este instrumento para las inspecciones ordinarias y de asesoría técnica. En el caso de hallazgos de malos tratos y otras formas de discriminación pasar al instrumento de Entrevista de Persona Trabajadora por malos tratos u otras formas de discriminación en el empleo y la ocupación, para aplicar las interrogantes a las personas trabajadoras y al instrumento. Ficha de datos de la persona empleadora por malos tratos y otras formas de discriminación en el empleo y la ocupación, para solicitar documentación a la persona empleadora. SEGUNDO: El presente acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los siete días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE LESLY SARAHÍ CERNA Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social MARÍA UBALDINA MARTÍNEZ Secretaria General Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico