VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 569-2024 | 14 de diciembre de 2024 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,715

Acuerdo No. 569-2024 — Delegación de facultades para celebrar contratos a Gerente Administrativo

Considerandos

  1. 1.Que los órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general.
  2. 2.Que la Ley General de la Administración Pública, en su artículo 36 numeral 8, establece que es atribución de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis (26) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN ______ -- 3 of 60 -- que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.
  3. 3.Que la Ley de Contratación del Estado, establece en su artículo 11, numeral 1, literal c) que: Son competentes para celebrar los contratos de la Administración: 1) En la Administración Central: c) Los Gerentes Administrativos de las Secretarías de Estado en los casos y hasta los límites que le sean delegados por el Secretario de Estado correspondiente.
  4. 4.Que en fecha 29 de febrero de 2024, se nombró mediante Acuerdo Ejecutivo número 68-2024 al ciudadano Dennis Alexander Rodríguez Cuellar, en el cargo de Gerente Administrativo de esta Secretaría de Estado.
  5. 5.Que las múltiples ocupaciones encomendadas al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, y con el propósito que la actividad administrativa esté presidida de principios de economía, celeridad y eficacia en garantizar la oportuna gestión de la Administración Pública.

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