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4 de noviembre de 2005Vigente

Reglamento — Reglamento para la Regulación de Productos, Servicios y Establecimientos de Interés Sanitarios

Congreso Nacional

  • Publicación: 4 de noviembre de 2005
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 30,841
  • Categoria: Salud

Articulos

Articulo 241.-

El otorganuento de registros samtanos, licencias samtanas servicios de análisis, certificados, autonzacíones, renovacwnes y otros serviCIOS contemplados en el presente Reglamento, causará Jos derechos de conformidad con Jos valores contemplados en el Reglamento de Cuotas de Recuperación por Prestación de ServiCIOS Integrados de Regulación de Productos, ServiCIOS y Establecnmentos de Interés Samtanos de la Secretaría de Salud CAPITULO XI DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

Articulo 242.-

A efecto de cumplir con Jos objetivos de este Reglamento, JaDir=Ión General de Regulación Samtaría a través de sus respect1vas dependencias deberá establecer los mecarnsmos de orgamzac1ón, funcwnarruento y coordmac1ón

Articulo 243.-

Todo lo no preVIsto en el presente Reglamento, se aJustará a Jo dispuesto en el Código de Salud y la Ley de 4-II 4-b)yc) 4-Il 4-d)ye) 4 -IIJ 4 -f)yg) 4 -! 5 -IIJ 5- e) 5-III 5- g) 5 -! 6 -IIJ 6-e) 6 -III 6,-d)ye) 6.-m 6-f)yg) 6 -I 7 -III 7-b)yc) 7.-III 7-d)ye) 7-III 7.-f)yg) 7 -! 1 - III 1-c),f), 1 - I y,g) 2-III 2 -e), d), 2 -! y, g) Procedinnento AdmuustratJ.vo yen las Normas Técnicas que mete la Secretaría de Salud.

Articulo 244.-

Se derogan el Reglamento para el Control San1tano de Jos Alunentos (Acuerdo 0077 -93); Reglamento para el Registro Sanitario de Productos Farmacéuticos, Químicos, Cosméticos y B10lógicos (Acuerdo 2368-92), Reglamento para los Establecimientos Farmacéuticos (Acuerdo 0034-93), Reglamento para el Control de Drogas, Psicotrópicos y Estupefacientes del25 de Abril de 1969 Además queda derogada toda normativa jurídica relac10nada que se le oponga.

Articulo 245.-

El presente Reglamento entrará en VIgencia, veinte días (20) después de su pubhcación en el Diano Oficial "La Gaceta, COMUNIQUESE RICARDO MADURO .JOEST EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MERLIN FERNANDEZ RÁPALO

Acuerdos y le.} es La Gaceta Poder Legislativo e