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Decreto No. 2064-2017 | 16 de octubre de 2017 | Poder Ejecutivo

Resolución No. 2064-2017 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica y aprobación de Estatutos de Junta Administradora de Agua Potable

Considerandos

  1. 1.Que la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL SITIO” del municipio de Guarita, departamento de Lempira, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

Articulos

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL SITIO” del municipio de Guarita, departamento de Lempira, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 22 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de La Guarita, departamento de Lempira.

Articulo 2

EL DOMICILIO LEGAL, será Comunidad el Sitio” del municipio de Guarita, departamento de Lempira y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS, CLASES DE MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua, tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores y, b) activos. Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua. b) Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros: a) Ambas clases de miembros tienen derecho y voz y a voto, b) Elegir y ser electos, c) Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio, f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a) Conectarse al sistema de saneamiento, b) Hacer uso UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 23 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 adecuado de los servicios, sin dañar ni. poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS, ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Articulo 9

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo integrada por: a) Comité de Microcuencas. b) Comité de Operación y Mantenimiento. c) Comité de Saneamiento; y, d) Comité de Vigilancia. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 10

Es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 11

Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o distribuir los miembros directivos de la Junta. b.-Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 12

Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: 1.- Un Presidente(a). 2.- Un Vicepresidente. 3.- Secretario(a). 4.- Un Tesorero(a). 5.- Un Fiscal. 6.-Un Vocal Primero; y, 7.- Un Vocal Segundo.

Articulo 13

La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o superar el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.-Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 14

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma Ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

Articulo 15

Dentro de la Junta Administradora desempeña un papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta. Serán sus funciones: a.- Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros. b.- Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente. c.- Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones. d.- Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta. e.- Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de los abonados. f.- Comprobar los gastos efectuados por la Junta. g.-Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra calificada y no calificada. h.- Firmar los documentos administrativos que den fe de aceptado a los informes del Presidente y Tesorero. i.- Vigilar la bodega. UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 24 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 16

La Junta Directiva tendrá los siguientes comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento.

Articulo 17

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 18

La Junta Directiva de la Junta Administradora de Agua estará formada por: a) Presidente. b) Vicepresidente. c) Secretario. d) Tesorero. e) Un Fiscal. f) Vocal Primero. g) Vocal Segundo.

Articulo 19

Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar la agenda con el Secretario. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f. Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora.

Articulo 20

Son atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva; b.- Supervisará las Comisiones que se asignen; c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.

Articulo 21

Son Atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b.-Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta Administradora. g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 22

Son atribuciones del TESORERO: Es el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 23

Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 24

Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- El Vocal I coordinará el Comité UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 25 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 de Saneamiento Básico. c.- El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenta y sus funciones especificarán el Reglamento respectivo. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 26

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 27

En caso de disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 28

El ejercicio financiero de la Junta Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 29

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario, llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de éste último.

Articulo 30

La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.

Articulo 31

Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SEGUNDO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL SITIO”, del municipio de Guarita, departamento de Lempira, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL SITIO” del municipio de Guarita, departamento de Lempira, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetaran a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 26 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. Se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, Indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. CUARTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL SITIO” del municipio de Guarita, departamento de Lempira, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL SITIO” del municipio de Guarita, departamento de Lempira, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U. R. S. A.C.), para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL SITIO” del municipio de Guarita, departamento de Lempira la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE, CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 30 N. 2018. UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 27 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 [1] Solicitud: 2018-037287 [2] Fecha de presentación: 27/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INDUSTRIA CAMARONERA DEL SUR, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN LORENZO, DEPARTAMENTO DE VALLE, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FONSECA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Mariscos comestibles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: José David Aguilar Cerrato USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 31 O., 15 y 30 N. 2018. [1] Solicitud: 2017-032698 [2] Fecha de presentación: 27/07/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ENRIQUE ALFONSO CALDERON MONTOYA [4.1] Domicilio: COLONIA RÍO GRANDE, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DE LA MOSKITIA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Aceite cosmético. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Luis Alberto Midence Reyes USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez Registrador(a) de la Propiedad Industrial 31 O., 15 y 30 N. 2018. ______ AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general. HACE SABER: Que con fecha diecinueve de julio del año dos mil dieciocho, la señora CARMEN OTILIA CABRERA ALDANA, a través de su Apoderado Legal el Abogado VICTOR MANUEL SANTOS CHINCHILLA, compareció presentando ante este despacho solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO, de un lote de terreno, ubicado en la comunidad de El Pinalito, jurisdicción del municipio de Copán Ruinas, Copán; el se describe de la siguiente manera: Lote de terreno con una área superficial de NUEVE PUNTO CINCUENTA Y OCHO MANZANAS (9.58 MZ), el cual tiene las colindancias siguientes: De la estación 1-2, rumbo S 86°O, distancia 35.06, colinda con OSCAR MARLEN GUERRA ZACARIAS; de la estación 2-3, rumbo N 64°O, distancia 72.01, colinda con OSCAR MARLEN GUERRA ZACARIAS; de la estación 3-4, rumbo N 58°O, distancia 168.24, colinda con JUAN MANUEL GUERRA; de la estación 4-5, rumbo N 54°O, distancia 87.42, colinda con ENRIQUE ORLANDO GARCIA; de la estación 5-6, rumbo N 47°E, distancia 81.39, colinda con ENRIQUE ORLANDO GARCIA; de la estación 6-7, rumbo N 28ºE, distancia 74.30, colinda con ENRIQUE ORLANDO GARCIA; de la estación 7-8, rumbo S 76°E, distancia 101.87, colinda con DORIS ORSULINA PINEDA; de la estación 8-9, rumbo S 81°E, distancia 136.47, colinda con DORIS ORSULINA PINEDA; de la estación 9-10, rumbo S 84°O, distancia 77.41, colinda con DORIS ORSULINA PINEDA; de la estación 10-11, rumbo S 25ºO, distancia 105.12, colinda con OSCAR MARLEN GUERRA ZACARIAS; de la estación 11-12, S 28°O, distancia 61.29, colinda con OSCAR MARLEN GUERRA ZACARIAS; de la estación 12-13, S 11°O, distancia 57.07, colinda con OSCAR MARLEN GUERRA ZACARIAS; de la estación 13-1, S 13°O, distancia 30.81, colinda con OSCAR MARLEN GUERRA ZACARIAS.- Lote de terreno que lo posee quieta, pacífica e ininterrumpidamente desde hace más de diez años y los obtuvo mediante compraventa que le hiciera al señor OSCAR MARLEN GUERRA ZACARIAS. La Entrada, Copán, 21 de agosto del 2018. MARIA ELVIRA MORAN SECRETARIA 31 O., 30 N. y 31 D. 2018. UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 28 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 Marcas de Fábrica 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento; servicios de entretenimiento en la naturaleza de entretenimiento audiovisual, audio y visual; servicios de entretenimiento en la naturaleza de contenido digital audiovisual, audio y visual; servicios educativos; presentación y distribución de trabajos de audio y visuales en la naturaleza de películas; proporcionando actividades culturales y deportivas; servicios educativos y de entretenimiento, principalmente; producción, distribución y presentación de trabajos visuales y de audio en la naturaleza de películas, cintas y programas de televisión; servicios de entretenimiento en la naturaleza de series de televisión, series de programas multimedia, programas de radio, películas, vídeos, cintas y fragmentos de películas; proporcionando información de entretenimiento en línea; proporcionando una base de datos de computadora en línea presentando información educativa y de entretenimiento; proporcionando información en línea en el campo de entretenimiento y educación; proporcionando información en línea en el campo de lingüística; proporcionando información en línea en el campo de programas de televisión, películas, cintas, programas de radio, programas multimedia y vídeo entretenimiento vía el internet y redes de comunicación; proporcionando un sitio web presentado, contenido no descargable de audio, visual y audio-visual; proporcionando un sitio web presentando películas no descargables, vídeos, cintas y fragmentos de películas; servicios de entretenimiento en la naturaleza de vídeos e imágenes no descargables; servicios de entretenimiento en la naturaleza de vídeos e imágenes no descargables presentando espectáculos de televisión, películas y series de programas multimedia acerca de ciencia ficción, fantasía, acción, aventura, comedia, drama, música y entretenimiento de niños transmitido vía el internet y redes de comunicación; servicios de entretenimiento en la naturaleza de vídeos e imágenes no descargables presentando películas transmitidas vía el internet y redes de comunicación; servicios educativos y de entretenimiento en la naturaleza de series de programas multimedia y televisión presentando temas de interés humano general distribuido vía varias plataformas a través de múltiples formas de medios de transmisión; proporcionando información de entretenimiento para otros vía una red de computadora global; servicios de parque de atracciones y parque temático; servicios de entretenimiento en la naturaleza de música en vivo, comedia y actuaciones dramáticas; servicios de entretenimiento en la naturaleza de actuaciones en vivo por actores, músicos, acróbatas y otros artistas; entretenimiento en la naturaleza de circos; entretenimiento en la naturaleza de presentaciones en vivo; servicios de entretenimiento, principalmente, proporcionando un sitio web para juegos de apuestas en línea; proporcionando juegos de casino no descargables y videojuegos vía el internet y redes de comunicación; servicios de entretenimiento, principalmente, proporcionando juegos de computadora en línea; servicios de entretenimiento en la forma de proporcionar servicios de juegos interactivos para juegos jugados vía computadora o redes de comunicación; proporcionando juegos; servicios de juegos en línea; servicios de juegos de computadora en línea; publicación de software de videojuegos y computadora interactivo; proporcionando libros no descargables; proporcionando publicaciones electrónicas en línea no descargables en el campo de juegos de computadora; servicio de juegos electrónicos proporcionados por medio del internet u otra red de comunicación; arreglo y conducción de juegos de internet no descargables; proporcionando servicios de entretenimiento e información de entretenimiento vía computadora, bases de datos en línea y electrónicas; proporcionando software de juegos de realidad virtual no descargable en línea; publicaciones en línea; libros en línea; diarios en línea, principalmente, blogs presentando opiniones personales en el campo de interés general, lingüística, ciencia ficción y fantasía; publicaciones en línea de publicaciones electrónicas; servicios de entretenimiento, incluyendo, proporcionando un sitio web presentando tonos de llamada, gráficos, fondos de pantalla y juegos; servicios de entretenimiento y medios móviles en la naturaleza de preparación de contenido; museos; servicios de museo; servicios de museo móvil; servicios de museo en la naturaleza de una exhibición viajante en la naturaleza de ciencia, lingüística, exploración, conservación, 1/ No. Solicitud: 18-35712 2/ Fecha de presentación: 15-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Twentieth Century Fox Film Corporation. 4.1/ Domicilio: 10201 West Pico Boulevard, Los Angeles CA 90035 USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 87/835345 5.1/ Fecha: 15/03/2018 5.2/ País de Origen: Estados Unidos de América 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AVATAR AVATAR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel y cartón, productos de imprenta, caractéres de imprenta, clichés de imprenta, hojas, películas, bolsas, sobres y recipientes de papel o materias plásticas para embalar y empaquetar, bolsas (sobres, bolsitas) de papel o materias plásticas para empaquetar, bolsas de basura de papel o materias plásticas, bolsas de cocción para microondas, bolsas de plástico o de papel para guardar alimentos, bolsas de plástico para excrementos de animales de compañía, cajas de papel o cartón, catálogos, folletos, hojas absorbentes de papel o de materias plásticas para embalar productos alimenticios, hojas de celulosa regenerada para embalar, hojas de control de humedad de papel o materias plásticas para embalar, hojas de materias plásticas con burbujas para embalar o empaquetar, hojas de viscosa para embalar, materiales de embalaje (relleno) de papel o cartón, papel de embalaje, películas de materias plásticas para embalar, bolsas plásticas para el cultivo de plantas, cápsulas de papel o cartón para embalar productos alimenticios (vacías), películas compuestas laminadas flexibles de plástico para el embalaje, películas de plástico para envolver alimentos de uso doméstico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-11-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 N., 17 D. 2018 y 3 E. 2019. 1/ No. Solicitud: 43079-18 2/ Fecha de presentación: 11-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIALIZADORA CANTU, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Carretera a Huinala Sur No. 315, C.P. 66600, Municipio de Apodaca, Estado de Nuevo León, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SERVI-BOLSA FLEXIMAX SERVI-BOLSA FLEXIMAX ________ naturaleza y realización de películas; visitas guiadas de exhibiciones en el campo de ciencia ficción y fantasía; servicios de educación, principalmente, proporcionando exhibiciones en el campo de ciencias, lingüística y conservación ambiental; organización de eventos culturales y comunitarios; proporcionando exhibiciones de entretenimiento; organización y arreglo de exhibiciones para propósitos culturales, educativos y de entretenimiento; servicios educativos, principalmente, mostrando una serie de cintas; organización de espectáculos y eventos para propósitos culturales; organización, arreglo y conducción de eventos, de los cuales sus ganancias son donados a la caridad; proporcionado campamentos para niños y adultos; proporcionando información, noticias y comentarios en el campo de entretenimiento; servicios de información de recreación; servicios cinematográficos; arreglo y conducción de aventuras interactivos en vivo de caza tesoros; exhibiciones de arte. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 N., 17 D. 2018 y 3 E. 2019. UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 29 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 [1] Solicitud: 2016-000996 [2] Fecha de presentación: 11/01/2016 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: CENTRAL AMERICAN EDUCATIONAL VENTURES, S.A. [4.1] Domicilio: BULEVAR LA HACIENDA, CENTRO COMERCIAL LA HACIENDA, LOCAL SIETE, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Área de educación en sus niveles preescolar, primario, secundario y superior y cualquier otra actividad relacionada con la educación de cualquier índole. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: OSMAN RICARDO CARRASCO SANTOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de enero del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 N., 17 D. 2018 y 3 E. 2019. CADMUS ACADEMIES ________ [1] Solicitud: 2016-000995 [2] Fecha de presentación: 11/01/2016 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: CENTRAL AMERICAN EDUCATIONAL VENTURES, S.A. [4.1] Domicilio: BULEVAR LA HACIENDA, CENTRO COMERCIAL LA HACIENDA, LOCAL SIETE, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Área de educación en sus niveles preescolar, primario, secundario y superior. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: OSMAN RICARDO CARRASCO SANTOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de marzo del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 N., 17 D. 2018 y 3 E. 2019. CADMUS [1] Solicitud: 2018-045308 [2] Fecha de presentación: 25/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES AGUIRRE CALDERON, SOCIEDAD ANÓNIMA (INACSA). [4.1] Domicilio: MANAGUA, Nicaragua. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: NICARAGUA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CLARA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Pruebas de embarazo. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JULIO VLADIMIR MENDOZA VARGAS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado RAFAEL HUMBERTO ESCOBAR Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 N., 17 D. 2018 y 3 E. 2019. ________ [1] Solicitud: 2018-045307 [2] Fecha de presentación: 25/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES AGUIRRE CALDERON, SOCIEDAD ANÓNIMA (INACSA). [4.1] Domicilio: MANAGUA, Nicaragua. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: NICARAGUA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SOFTY [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Toallas húmedas, cosméticos, perfumería, jabones, preparaciones para limpiar, pulir. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JULIO VLADIMIR MENDOZA VARGAS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado RAFAEL HUMBERTO ESCOBAR Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 N., 17 D. 2018 y 3 E. 2019. UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 30 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores contenidos en el diseño en su conjunto. 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 31 O., 15 y 30 N. 2018. 1/ No. Solicitud: 28059-2018 2/ Fecha de presentación: 27-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACIA AGROQUÍMICA DE MÉXICO, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Blvd. Jaime Benavides Pompa No. 645, Col. Del Valle, Ramos Arizpe, Coahuila, México C.P., 25904. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Acidex y Diseño ________ 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores contenidos en el diseño en su conjunto. 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 31 O., 15 y 30 N. 2018. 1/ No. Solicitud: 28058-2018 2/ Fecha de presentación: 27-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FARMACIA AGROQUÍMICA DE MÉXICO, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Blvd. Jaime Benavides Pompa No. 645, Col. Del Valle, Ramos Arizpe, Coahuila, México C.P., 25904. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Farmakin y Diseño ________ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 1/ No. Solicitud: 18-35252 2/ Fecha de presentación: 13-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BRANDMASTER, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Avenida Las Américas 18-81 zona 14, edificio Columbus Center, 10° nivel, oficina 1003, Ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PREVIO 8/ Protege y distingue: Fertilizantes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 31 O., 15 y 30 N. 2018. PREVIO ________ 1/ No. Solicitud: 18-35249 2/ Fecha de presentación: 13-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BRANDMASTER, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Avenida Las Américas 18-81 zona 14, edificio Columbus Center, 10° nivel, oficina 1003, Ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MAXIKROP 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 31 O., 15 y 30 N. 2018. ________ MAXIKROP 1/ No. Solicitud: 18-35250 2/ Fecha de presentación: 13-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BRANDMASTER, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Avenida Las Américas, 18-81 zona 14, edificio Columbus Center, 10° nivel, oficina 1003, Ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KUSTODIO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 31 O., 15 y 30 N. 2018. KUSTODIO UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 31 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E N O V I E MBRE D E L 2018 N o . 34,808 1/ Solicitud: 26830-18 2/ Fecha de presentación: 18-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUPER AUTO REPUESTOS, S.A. 4.1/ Domicilio: 7a. Ave. 1-54, zona 4, Ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SPARKMAN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de comercialización de repuestos para vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea y/o acuática. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-07-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 15, 30 N. y 17 D. 2018. _____ 1/ Solicitud: 26828-18 2/ Fecha de presentación: 18-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUPER AUTO REPUESTOS, S.A. 4.1/ Domicilio: 7a. Ave. 1-54, zona 4, Ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACQUARONIZADORES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Repuestos comprendidos dentro de la clase 12 para vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea y/o acuática. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 15, 30 N. y 17 D. 2018. _____ ACQUARONIZADORES 1/ Solicitud: 18-34420 2/ Fecha de presentación: 7-8-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CMI IP HOLDING 4.1/ Domicilio: 20 Rue Eugene Ruppert L-2453 Luxemburgo. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GAMA MAX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales y harinas; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias, hielo; galletas dulces y saladas; pastas alimenticias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-09-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 15, 30 N. y 17 D. 2018. _____ 1/ Solicitud: 2018-24925 2/ Fecha de presentación: 05-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TV AZTECA HONDURAS, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., República de Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CASA DEL FUT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Alquiler de instalaciones y equipo requerido para llevar a cabo dichas actividades de producción, tales como foros, estudios, escenografías, camerinos, servicios de orquestas; grupos musicales y cantantes, servicios de doblaje y edición. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-07-18. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 15, 30 N. y 17 D. 2018. _____ 1/ Solicitud: 26827-18 2/ Fecha de presentación: 18-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUPER AUTO REPUESTOS, S.A. 4.1/ Domicilio: 7a. Ave. 1-54, zona 4, Ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ULTRABRAKE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de comercialización de repuestos para vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea y/o acuática. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-07-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 15, 30 N. y 17 D. 2018. UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 32 of 32 --

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Decreto 2293-2017 | 2017
Resolución No. 057-2017 — Reconocimiento de Personalidad Jurídica de la Federación de Trabajadores de la Construcción, Madera, Silvicultura y Afines de Honduras
El Estado de Honduras reconoce legalmente a FETRACOMASAH como organización con personalidad jurídica para representar y defender los derechos de trabajadores en construcción, madera y silvicultura. Esta inscripción oficial permite que la federación actúe como persona legal ante autoridades y celebre contratos en nombre de sus miembros afiliados.
Decreto 057-2017 | 2018