Acuerdo Ejecutivo No. 088-A-2018 — Declaración del Teatro Nacional Manuel Bonilla como Monumento Nacional
Considerandos
- 1.Que el Presidente de la República tiene la administración general del Estado, teniendo entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley.
- 2.Que la Constitución de la República establece que toda riqueza antropológica, arqueológica, histórica y artística forma parte del Patrimonio Cultural de la Nación y que es deber de todos velar por su conservación.
- 3.Que los bienes culturales constituyen uno de los elementos fundamentales de la civilización y poseen especial valor por su importancia pre-historia, arqueológica, histórica, artística y científica. de Cultura y Arte, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia.
- 4.Que forman parte del Patrimonio Cultural, los monumentos, considerados aquellos bienes inmuebles de la Época Precolombina, Colonial y Republicana que por su arquitectura o ingeniería sean de interés antropológico e histórico.
- 5.Que es competencia de la Dirección Ejecutiva de Cultura y Arte, formular y ejecutar las políticas tendientes a la conservación, fomento y difusión del patrimonio cultural de la nación, en todas sus manifestaciones, la cual debe proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza, brindando condiciones, estrategias y mecanismos para el desarrollo de las artes y la cultura.
- 6.Que el Instituto Hondureño de Antropología e Historia, con el objeto de asegurar una protección permanente, sobre aquellos lugares o bienes que ameriten, entre otras medidas deberá promover su declaratoria como zona arqueológica, monumento nacional o centro histórico.
- 7.Que el “Teatro Nacional Manuel Bonilla”, se considera un monumento de alta reseña histórica, arquitectura patrimonial de excepcional relevancia arquitectónica, que destaca del conjunto a nivel nacional por ser edificaciones que se constituyen en testimonios únicos de la Cultura Nacional.
- 8.Que la Gerencia del Instituto Hondureño de Antropología e Historia, mediante Resolución N°. 017-G- 2018 de fecha once de diciembre del año dos mil dieciocho (11.12.2018), Resolvió: Promover la DECLARATORIA DE MONUMENTO NACIONAL al inmueble conocido como “TEATRO NACIONAL MANUEL BONILLA”.
Articulos
Articulo 2
El presente Acuerdo Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018) . COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA CONSIDERANDO: Que forman parte del Patrimonio Cultural, los monumentos, considerados aquellos bienes inmuebles de la Época Precolombina, Colonial y Republicana que por su arquitectura o ingeniería sean de interés antropológico e histórico. CONSIDERANDO: Que es competencia de la Dirección Ejecutiva de Cultura y Arte, formular y ejecutar las políticas tendientes a la conservación, fomento y difusión del patrimonio cultural de la nación, en todas sus manifestaciones, la cual debe proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza, brindando condiciones, estrategias y mecanismos para el desarrollo de las artes y la cultura. CONSIDERANDO: Que el Instituto Hondureño de Antropología e Historia, con el objeto de asegurar una protección permanente, sobre aquellos lugares o bienes que ameriten, entre otras medidas deberá promover su declaratoria como zona arqueológica, monumento nacional o centro histórico. CONSIDERANDO: Que el “Teatro Nacional Manuel Bonilla”, se considera un monumento de alta reseña histórica, arquitectura patrimonial de excepcional relevancia arquitectónica, que destaca del conjunto a nivel nacional por ser edificaciones que se constituyen en testimonios únicos de la Cultura Nacional. CONSIDERANDO: Que la Gerencia del Instituto Hondureño de Antropología e Historia, mediante Resolución N°. 017-G- 2018 de fecha once de diciembre del año dos mil dieciocho (11.12.2018), Resolvió: Promover la DECLARATORIA DE MONUMENTO NACIONAL al inmueble conocido como “TEATRO NACIONAL MANUEL BONILLA”. POR TANTO, En aplicación a los Artículos 172-245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República; Artículos 1, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; y, Artículos 2 numeral 1) y 36 de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación. ACUERDA:
Articulo 1
Declarar MONUMENTO NACIONAL por ser patrimonio cultural de la nación al inmueble denominado ________ UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 54 of 68 -- “TEATRO NACIONAL MANUEL BONILLA”, logrando así su conservación y protección permanente como un Legado Histórico, Arqueológico y Cultural de la Nación, dependiente de la Dirección Ejecutiva de Cultura y Arte, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia.
Articulo 2
El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018) . COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA ________ Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización