Acuerdo Ministerial No. 073-SEDIS-2019 — Acuerdo Ministerial de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social
Poder Ejecutivo
- Decreto: 073-SEDIS-2019
- Publicación: 29 de octubre de 2019
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que de conformidad a la Constitución de la República las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del país y dependen directamente del Presidente de la República.
Que según la Ley General de la Administración Pública, la emisión de acuerdos en asuntos de su competencia es atribución de los Secretarios de Estado, por ende, la aprobación de instrumentos como el presente Acuerdo, corresponde al Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social de conformidad a la Ley y a las facultades conferidas en su Acuerdo de Nombramiento número 50-2018 de fecha 6 de febrero del año 2018.
Que el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, establece que los Secretarios de Estado en su carácter de colaboradores inmediatos del Presidente de la República, son responsables de conducir los asuntos de su respectivo ramo observando las políticas e instrucciones que aquél imparta.
Que la Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno, establece que a la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social le concierne la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en materia de desarrollo e inclusión social, reducción de la pobreza; así como, la planificación, administración y ejecución de
Texto completo
ACUERDO MINISTERIAL No. 073-SEDIS-2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Constitución de la República las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del país y dependen directamente del Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que según la Ley General de la Administración Pública, la emisión de acuerdos en asuntos de su competencia es atribución de los Secretarios de Estado, por ende, la aprobación de instrumentos como el presente Acuerdo, corresponde al Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social de conformidad a la Ley y a las facultades conferidas en su Acuerdo de Nombramiento número 50-2018 de fecha 6 de febrero del año 2018. CONSIDERANDO: Que el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, establece que los Secretarios de Estado en su carácter de colaboradores inmediatos del Presidente de la República, son responsables de conducir los asuntos de su respectivo ramo observando las políticas e instrucciones que aquél imparta. CONSIDERANDO: Que la Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno, establece que a la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social le concierne la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en materia de desarrollo e inclusión social, reducción de la pobreza; así como, la planificación, administración y ejecución de