VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 455-2020 | 7 de septiembre de 2020 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,405
Acuerdo Ministerial No. 455-2020 — Delegación de funciones de Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas
Considerandos
- 1.Que los Secretarios de Estado son los colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
- 2.Que los citados funcionarios les corres- ponden el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.
- 3.Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizada por el Secretario General respectivo.
- 4.Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera expedita, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Administración Pública.
- 5.Que el Abogado MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA, Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, está incapacitado de salud (Covid19), por lo que no puede realizar sus labores como titular de la Secretaría de Estado.
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