VigenteCategoria: Laboral
22 de noviembre de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,105

22-11-19

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República en su Artículo 153 establece que el Estado tiene la obligación de desarrollar la educación básica del pueblo, FUHDQGRDOHIHFWRORVRUJDQLVPRVDGPLQLVWUDWLYRV\WpFQLFRV necesarios dependientes directamente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.
  2. 2.Que mediante Decreto No. 262-  SXEOLFDGR HQ HO 'LDULR 2¿FLDO ³/D *DFHWD´ HO veintidós (22) de febrero del año dos mil doce (2012), fue aprobada la Ley Fundamental de Educación.
  3. 3.Que en virtud que a la fecha no se ha realizado la publicación de la homologación del Reglamento del Estatuto del Docente Hondureño y su Reglamento General, con el Reglamento de la Carrera Docente, la Mesa de Leyes Educativas de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación acordó utilizar OD 7DEOD GH 3RQGHUDFLyQ GH 0pULWRV SDUD HO SHUtRGR GHO concurso 2019.
  4. 4.Que de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, es atribución de los Secretarios de Estado emitir los Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.

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