VigenteCategoria: Administrativo

memorándum 144-2021

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Acuerdo-Adm-003-2021-TSC
Este reglamento establece las reglas de funcionamiento del Tribunal Superior de Cuentas, la institución que supervisa y controla cómo los gobiernos, municipios y entidades públicas usan el dinero y recursos del Estado. Define sus poderes para investigar gastos, detectar corrupción y enriquecimiento ilícito, garantizando que los fondos públicos se administren de forma legal, eficiente y transparente.
Decreto 10-2002 | 2021
Gaceta 35,784 LUNES 29 de NOVIEMBRE DEL 2021
Esta ley crea el Sistema Nacional de Emergencias 911, un servicio público que recibe llamadas de ciudadanos que necesitan ambulancias, bomberos o protección civil. El documento establece las normas internas de trabajo para todos los empleados de esta institución, regulando aspectos como contratación, salarios, vacaciones, horarios y derechos laborales.
Decreto 58-2015 | 2021
Diario Oficial La Gaceta No.35,727 publicado el dí­a Viernes 13 de Septiembre del año 2021. REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGíNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS
Este reglamento regula el funcionamiento del Tribunal Superior de Cuentas, la entidad estatal responsable de controlar y fiscalizar cómo el gobierno y sus instituciones usan los fondos públicos. Establece sus funciones, estructura organizativa, procedimientos de auditoría y control, y normas de ética para funcionarios públicos. Afecta a todos los organismos públicos, municipalidades y entidades privadas que reciben fondos del Estado.
Decreto 145-2019 | 2021
Resolución No. MP-298-2020 — Estrategia Nacional de Salud y Sanidad Forestal 2020-2030
Esta resolución aprueba la Estrategia Nacional de Salud y Sanidad Forestal 2020-2030, que establece un plan de 10 años para prevenir y controlar plagas y enfermedades forestales en Honduras. El Instituto Nacional de Conservación Forestal (ICF) liderará este plan con apoyo de gobiernos, academias, propietarios de bosques e industrias para proteger los bosques del país.
Decreto MP-298-2020 | 2021
Artí­culo 117. Si la falta acarrea responsabilidad civil se pondrá en conocimiento del Tribunal Superior de Cuentas y, en su caso, de la Procuradurí­a General de la República para que proceda conforme a Derecho. Si acarreare responsabilidad penal se comunicará lo procedente a la Fiscalí­a General del Estado y al Tribunal Superior de Cuentas para los fines procedentes.
Decreto | 2021