VigenteCategoria: Administrativo
memorándum 144-2021
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Acuerdo-Adm-003-2021-TSC
Este reglamento establece las reglas de funcionamiento del Tribunal Superior de Cuentas, la institución que supervisa y controla cómo los gobiernos, municipios y entidades públicas usan el dinero y recursos del Estado. Define sus poderes para investigar gastos, detectar corrupción y enriquecimiento ilícito, garantizando que los fondos públicos se administren de forma legal, eficiente y transparente.
Decreto 10-2002 | 2021
Gaceta 35,784 LUNES 29 de NOVIEMBRE DEL 2021
Esta ley crea el Sistema Nacional de Emergencias 911, un servicio público que recibe llamadas de ciudadanos que necesitan ambulancias, bomberos o protección civil. El documento establece las normas internas de trabajo para todos los empleados de esta institución, regulando aspectos como contratación, salarios, vacaciones, horarios y derechos laborales.
Decreto 58-2015 | 2021
Diario Oficial La Gaceta No.35,727 publicado el día Viernes 13 de Septiembre del año 2021. REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGíNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS
Este reglamento regula el funcionamiento del Tribunal Superior de Cuentas, la entidad estatal responsable de controlar y fiscalizar cómo el gobierno y sus instituciones usan los fondos públicos. Establece sus funciones, estructura organizativa, procedimientos de auditoría y control, y normas de ética para funcionarios públicos. Afecta a todos los organismos públicos, municipalidades y entidades privadas que reciben fondos del Estado.
Decreto 145-2019 | 2021
Resolución No. MP-298-2020 — Estrategia Nacional de Salud y Sanidad Forestal 2020-2030
Esta resolución aprueba la Estrategia Nacional de Salud y Sanidad Forestal 2020-2030, que establece un plan de 10 años para prevenir y controlar plagas y enfermedades forestales en Honduras. El Instituto Nacional de Conservación Forestal (ICF) liderará este plan con apoyo de gobiernos, academias, propietarios de bosques e industrias para proteger los bosques del país.
Decreto MP-298-2020 | 2021
Artículo 117. Si la falta acarrea responsabilidad civil se pondrá en conocimiento del Tribunal Superior de Cuentas y, en su caso, de la Procuraduría General de la República para que proceda conforme a Derecho. Si acarreare responsabilidad penal se comunicará lo procedente a la Fiscalía General del Estado y al Tribunal Superior de Cuentas para los fines procedentes.
Decreto | 2021