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11 de septiembre de 2018 | La Gaceta No. 34,742

Acuerdo Ministerial — Política de Control Interno Institucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación

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El Sistema de Control Interno de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación es el conjunto de políticas, normas, procedimientos, prácticas y estructuras organizacionales diseñadas para cumplir con los objetivos educativos y que los eventos no deseados sean prevenidos o detectados y corregidos. De igual manera se logre la implementación de las Prácticas Obligatorias establecidas en las Guías de Control Interno y disposiciones complementarias que para tales efectos emita la Oficina Nacional de Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI), en el marco del Sistema Nacional de Control de los Recursos Públicos (SINACORP). Aspectos generales del control interno El Control Interno de la Secretaría de Educación es para: 1. Contribuir con la transparencia y el logro de los objetivos institucionales, favoreciendo la rendición de cuentas sobre la gestión pública, mediante la gestión oportuna de sus riesgos y la efectividad de sus controles. 2. Establecer y mantener un sistema de control interno basado en una cultura de autocontrol, autogestión y autorregulación, alineando la planificación estratégica y los procesos. 3. Garantizar la gestión de los riesgos, la efectividad de los controles, el reporte de los incidentes y las deficiencias encontradas así como velar por el mejoramiento continuo de sus procesos. -- 32 of 36 -- La implementación del sistema de control interno conlleva que todas las personas e instancias de la Secretaría de Educación, entiendan la importancia del control interno y la incidencia del mismo sobre los resultados de la gestión, siendo un conjunto de actividades integradas a sus procesos operativos. Logrando el desarrollo de la institucionalización de una cultura organizacional, mejorar sus resultados, fortaleciendo la credibilidad al valor público que genera. Objetivos del Sistema de Control Interno para la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación 1. Mejorar la eficacia y eficiencia de los procesos centralizados y descentralizados. Para este efecto se entiende como eficacia la capacidad de alcanzar las metas o resultados propuestos; y por eficiencia la capacidad de producir el máximo de resultados con el mínimo de recursos, energía y tiempo, logrando la efectividad. 2. Prevenir y mitigar la ocurrencia de actos de corrupción en la institución. 3. Realizar una gestión adecuada de los riesgos. 4. Aumentar la confiabilidad y oportunidad en la información e imagen generada de la institución. 5. Dar un adecuado cumplimiento de la normativa y regulaciones aplicables a la institución. 6. Desarrollar la rendición de cuentas y la transparencia. Alcance y marco de aplicación de esta Política La presente Política de Control Interno Institucional aplica a todas las personas que laboran en cada nivel del Sistema Educativo dependencias de la Secretaría de Educación a nivel central, las Direcciones Departamentales de Educación, las Direcciones Distritales de Educación, los Centros Educativos, Programas y Proyectos con recursos emanados de la institución a nivel nacional, Cooperación Externa que apoya a la Secretaría de Educación, actores de participación comunitaria. Por tanto debe existir: - Un Comité de Coordinación Institucional, - Un Comité de Control Interno a Nivel Central, - Un Subcomité de Control Interno en cada Dirección Departamental de Educación, - Un Comité de Probidad y Ética Pública. Los cuales velarán por el cumplimento efectivo de las Prácticas Obligatorias del Control Interno en cada una de las dependencias y cuyas funciones se encuentran en las Guías de Control Interno emitas por la ONADICI. Lineamientos La aplicación del Sistema de Control Interno, deberá desarrollarse siguiendo los principios de autocontrol, autorregulación y autogestión, según se define a continuación: - Autocontrol: es la capacidad de todos los colaboradores para evaluar y controlar su trabajo, detectar desviaciones y efectuar correctivos en el ejercicio y cumplimiento de sus funciones, así como para mejorar sus tareas y responsabilidades. - Autorregulación: es la capacidad de la institución para aplicar métodos, normas, políticas y procedimientos que permitan el desarrollo, implementación y mejoramiento del Sistema de Control Interno, dentro del marco de las disposiciones legales que le son aplicables. - Autogestión: es la capacidad de la institución para coordinar, ejecutar y evaluar de manera efectiva, eficiente y eficaz su funcionamiento. Las dependencias de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación deberán contar con un Sistema de Control Interno que tenga como mínimo los elementos siguientes, los cuales aplicarán de acuerdo con las características propias: Ambiente de control: “La administración activa, principalmente el jerarca, debe fomentar un ambiente propicio para la operación del Control Interno, mediante la generación de una cultura que promueva, entre los miembros -- 33 of 36 -- de la institución, el reconocimiento del control como parte integrante de los sistemas institucionales. El jerarca, en su calidad de responsable por el Sistema de Control Interno, debe mostrar constantemente una actitud de apoyo a las medidas de control implantadas en la institución, mediante la divulgación de éstas y un ejemplo continuo de apego a ellas en el desarrollo de las labores cotidianas.” Evaluación y Gestión de riesgos: “La dirección superior de los entes públicos debe apoyarse en el proceso de gestión de riesgos institucionales para administrar eficazmente la incertidumbre y sus riesgos y oportunidades asociadas, mejorar la capacidad de generar o agregar valor a todos sus grupos de interés, alcanzar los objetivos institucionales y prevenir la pérdida de los recursos.” Actividades de control: “La administración debe diseñar y adoptar las medidas y las prácticas de control interno que mejor se adapten a los procesos organizacionales, a los recursos disponibles, a las estrategias definidas para el enfrentamiento de los riesgos relevantes y a las características, en general, de la institución y sus funcionarios y que coadyuven de mejor manera al logro de los objetivos y misión institucionales“ , “Las labores y los procesos organizacionales deben incorporar medidas de control que permitan saber si en la gestión se ha actuado de conformidad con la normativa legal, técnica y administrativa aplicable, así como determinar el grado en que el cumplimiento de los objetivos ha sido impulsado por el desarrollo de esas labores y procesos.” Información y comunicación: “Los entes públicos deben establecer y mantener un sistema de información y comunicación para obtener, procesar, generar y comunicar de manera eficaz, eficiente y económica, la información financiera, administrativa, de gestión y de cualquier otro tipo, requerida tanto en el desarrollo de sus procesos, transacciones y actividades, como en la operación del proceso de Control Interno con miras al logro de los objetivos institucionales.” Los sistemas de información y comunicación que se diseñen e implementen deberán concordar con los planes estratégicos y operativos, debiendo ajustarse a sus características y necesidades y al ordenamiento jurídico vigente. Monitoreo del Control Interno: “Deberá observarse y evaluarse el funcionamiento de los diversos controles, con el fin de determinar la vigencia y la calidad del Control Interno y emprender las modificaciones que sean pertinentes para mantener su efectividad”. “El Control Interno de los recursos públicos es esencialmente un proceso de autocontrol aplicado por los servidores públicos, bajo su propia responsabilidad, sobre las operaciones o actividades a su cargo”. “Puesto que el control, en su naturaleza previa y posterior, forma parte de todas las actividades organizacionales, es preciso analizar cuál es su efecto sobre las diversas fases de los procesos respectivos, tomando en consideración los criterios de viabilidad y conveniencia de tales controles, así como la posibilidad de mejorar y perfeccionar el Sistema de Control Interno”. “Establecer controles claves para los principales procesos de operación definidos en la entidad”. Entidades de apoyo al Sistema de Control Interno Comité de Control Interno COCOIN: responsable de asesorar a los sub COCOIN de las DDE y a las unidades del Nivel Central. Dirección de Auditoría Interna: responsable de realizar una evaluación objetiva e independiente de la efectividad del Sistema de Control Interno. ONADICI: responsable de velar por el cumplimiento de las normas de Control Interno, asesorar y juramentar a los COCOIN. Proceso del Sistema de Control Interno Para lograr la implementación del Sistema de Control Interno, se requiere que la institución realice las actividades como un proceso reiterativo: -- 34 of 36 -- • Aplicar controles, • Evaluar controles, • Rendición de cuentas e informe de la aplicación con- trol Interno, • Monitoreo y seguimiento del Control Interno. Instrumentos de Control Interno El personal de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, para cumplir con esta política debe utilizar los instrumentos siguientes: - Guías de Control Interno emitidas por la ONADICI - Manual para desarrollar el Taller de Autoevaluación para el Control Interno Institucional. - Prácticas Obligatorias de Control Interno. - Manuales de procesos de las dependencias de la SEDUC a nivel central y descentralizado. - Código de Conducta y Ética del Servidor Público. La efectividad de los controles internos implementados, contribuirá al buen uso, manejo e inversión de los recursos públicos y al logro de los objetivos de la gestión de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN con eficiencia, eficacia, economía, prioridad, equidad, confiabilidad, legalidad, responsabilidad, transparencia, gestión ambiental, probidad y ética pública, contribuyendo de esta forma a: - Alcanzar el cumplimiento de la visión, misión, valores y objetivos estratégicos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación. -El cumplimiento del Convenio de Colaboración y de Buena Fe para la Promoción de la Transparencia, combate a la Corrupción y Fortalecimiento de Sistemas de Integridad suscrito entre el Gobierno de la República de Honduras y Transparencia Internacional, en fecha seis (6) de octubre del año dos mil catorce(2014), haciendo énfasis en la cláusula tercera inciso a) que literalmente expresa: Cumplir el presente Convenio y los Compromisos contenidos en el mismo y señalados en el anexo que forma parte integral del mismo, así como acuerdos adicionales que surjan entre las partes signatarias de este convenio. - Cumplimiento de la meta No. 4.5 del “Plan de Nación” aprobado mediante Decreto No. 286/2009 que procura “Situar a Honduras en el tramo 90-100 de la escala per- centil del índice de control de la corrupción del Banco Mundial”. - El logro de los objetivos de la “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”. - El cumplimiento de los propósitos y medidas preventivas acordadas en la “Convención Interamericana contra la Corrupción”, de la cual Honduras es país signatario. Por tanto, se instruye a todos los funcionarios y empleados de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN, aplicar toda la normativa técnica específica emitida por la ONADICI, que se fundamenta en el Marco Rector y disposiciones emitidas por el Tribunal Superior de Cuentas, para facilitar la implementación y procurar el fortalecimiento del Control Interno Institucional. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. a los 16 días del mes de agosto del dos mil dieciocho. Cúmplase MSC. MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ABOG. LILIA CAROLINA PINEDA MILLA SECRETARIA GENERAL -- 35 of 36 -- (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.

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