Decreto Ejecutivo No. PCM-047-2023 — Ratificación de Resolución del BCH sobre modificación de plazo para presentación de informes de crédito
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos y Decretos conforme a la Ley (artículos 235 y 245 numerales 2 y 11).
- 2.Que la Ley General de la Administración Pública establece que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11).
- 3.Que de conformidad con la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH), tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada (artículo 342).
- 4.Que mediante Resolución No.93- 02/2022 del 24 de febrero de 2022, el Directorio del Banco Central de Honduras (BCH) por unanimidad de votos de sus miembros, aprobó el otorgamiento de un crédito solicitado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras, con base al artículo 40, párrafo segundo de la Ley del Banco Central de Honduras (BCH), por un monto de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL SESENTA Y CINCO Derechos Especiales de Giro (DEG) (DEG239,422,065.00), aproximadamente TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL CIENTO CUARENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (EUA) CON CATORCE CENTAVOS -- 1 of 5 -- EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL (US$335,970,140.14); crédito que fue ratificado mediante Decreto Ejecutivo número PCM 01-2022 el 1 de marzo de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 3 de marzo de 2023 en su edición 35,863, emitido por la Presidenta Constitucional de la República en Consejo de Ministros; posteriormente, el 7 de marzo de 2022, se suscribió el Convenio de Crédito entre el Banco Central de Honduras (BCH) y el Gobierno de la República, por intermedio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN).
- 5.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), mediante Oficio DGCP- GV-90/2023 del 27 de junio de 2023, solicitó al Banco Central de Honduras (BCH) que los informes sobre la asignación de recursos, ejecución/devengo y pago de fondos sean sometidos únicamente a consideración del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), eliminando el requisito establecido en el Convenio de Crédito, respecto a la contratación de una firma auditora externa; asimismo, solicita extender la fecha para la presentación al Banco Central de Honduras (BCH) de los informes sometidos por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), a más tardar el 29 de diciembre de 2023 conforme a lo establecido en la Cláusula Cuarta “RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE “EL GOBIERNO” del Convenio de Crédito precitado. Lo anterior, debido a que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) ha realizado tres (3) procesos de contratación (dos bajo la modalidad de compra menor y un concurso privado), de una firma auditora externa para lograr dar cumplimiento a lo requerido en dicho Convenio; no obstante, el primer proceso de compra menor fue declarado desierto ya que no recibieron ofertas para el mismo; en tanto, en el segundo proceso de contratación solamente recibieron una (1) oferta técnica y económica lo cual es insuficiente según las Disposiciones Generales del Presupuesto que establece un mínimo de tres (3) ofertas, por lo que fue declarado fracasado, finalmente en mayo de 2023 lanzaron un concurso privado, el cual de acuerdo al artículo 57 de la Ley de Contratación del Estado, fue declarado fracasado en vista que la propuesta económica sobrepasó los montos exigibles establecidos conforme al artículo 84 de las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente.
- 6.Que mediante Resolución No.154- 3/2022 del 31 de marzo de 2022, el Directorio del BCH, por unanimidad de votos de sus miembros, autorizó la modificación del numeral 1 de la Resolución No.93-2/2022 del 24 de febrero de 2022, en lo relacionado al “Destino” donde se autorizó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a destinar los recursos para el pago de los vencimientos de deuda externa e interna programados para 2022, misma que fue ratificada por la Presidenta Constitucional de la República en Consejo de Secretarios de Estado, mediante Decreto Ejecutivo número PCM 12-2022 del 29 de abril de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 2 de mayo de ese mismo año en su edición 35,912.
- 7.Que el Convenio de Crédito suscrito entre el Banco Central de Honduras (BCH) y el Gobierno de la República, por intermedio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), es un contrato en el que las partes se han obligado entre sí para cumplir las cláusulas y condiciones allí establecidas, por lo que cualquier modificación a las mismas debe contar con el consentimiento de ambas partes, debiendo cumplir con lo establecido en el artículo 40, -- 2 of 5 -- párrafo segundo de la Ley Constitutiva del Banco Central de Honduras (BCH), que establece que para la aprobación de los créditos que el Banco le otorgue al Gobierno en casos de emergencia o de grave calamidad pública, se requerirá el voto unánime de los miembros del Directorio, así como su ratificación mediante Decreto emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros. De la emisión de tal Decreto deberá darse inmediata cuenta al Congreso Nacional.
- 8.Que mediante Resolución No.312- 8/2023, emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras (BCH) el 3 de agosto de 2023, por unanimidad de votos de sus miembros, aprobó modificar el numeral 1 de la Resolución No.93-2/2022 del 24 de febrero de 2022, en lo relacionado al apartado “OTROS”, específicamente en su párrafo tercero, numeral 3), en el sentido de ampliar el plazo para que los informes de asignación, ejecución/devengo y pago de los fondos sean presentados al Banco Central de Honduras (BCH) a más tardar el 29 de diciembre de 2023; asimismo, deberán ser revisados por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) presentando la evidencia correspondiente, manteniendo inalterables las demás condiciones del Crédito.
- 9.Que según lo establecido en la Ley del Banco Central de Honduras, para la aprobación de los créditos que el Banco le otorgue al Gobierno en casos de emergencia o de grave calamidad pública, se requerirá el voto unánime de los miembros del Directorio, así como su ratificación mediante Decreto emitido por la Presidenta de la República en Consejo de Ministros. De la emisión de tal Decreto deberá darse inmediata cuenta al Congreso Nacional (artículo 40).
- 10.Que de conformidad a la Constitución de la República la Presidenta convoca y preside el Consejo de Ministros, el cual se reunirá para tomar resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacional y para conocer de los casos que señale la Ley (artículo 252, párrafo segundo).
Articulos
Articulo 1
Ratificar la Resolución No.312-8/2023 del 3 de agosto de 2023, emitida por unanimidad de votos de los miembros del Directorio del Banco Central de Honduras (BCH), mediante la cual se autorizó la modificación del numeral 1 de la Resolución No.93-2/2022 del 24 de febrero de 2022, en lo relacionado al apartado “OTROS”, específicamente en su párrafo tercero, numeral 3), en el sentido de ampliar el plazo para que los informes de asignación, ejecución/devengo y pago de los fondos sean presentados al Banco Central de Honduras (BCH) a más tardar el 29 de diciembre de 2023; asimismo, deberán ser revisados por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) presentando la evidencia correspondiente, manteniendo inalterables las demás condiciones del Crédito.
Articulo 2
Facultar a la titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que en representación del Gobierno de la República suscriba con la titular del Banco Central de Honduras (BCH), el Addéndum al Convenio de Crédito correspondiente.
Articulo 3
Dar inmediata cuenta de la emisión del presente Decreto Ejecutivo al Congreso Nacional.
Articulo 4
El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. -- 3 of 5 -- Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 21 días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL JAIME REINALDO TURCIOS OREAMUNO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, POR LEY RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HECTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL -- 4 of 5 -- JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO DARÍO JOSUÉ GARCÍA VILLALTA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS -- 5 of 5 --