Decreto Ejecutivo No. PCM-004-2026 — Reorganización administrativa del Estado, supresión y creación de secretarías y dependencias
Considerandos
- 1.Que de conformidad sl Aniculo 245
- 2.Que el Artículo 4, reformado, de [a Ley General de ta Administr¿ció¡ Pública, establece clara y expresametrte que "¿s creacíón, modiftcación o supresión de los Secrctarías de Estado o de los OtBa¡ismos o En idades Desconcentrados, solarrenle pefu set hecha por el Presidente de ld Repirblica en Co$e¡o de Secretarios de Estado". numerales 2 y 1l de h Cmstitucióo de la ReÍúblic4 at Itsidente de la Repl¡blica entse otr¿s atribuciones, dirigir la politica geaeral dcl Estado y representarlo, emitir acuerdos y dec¡etos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley CONSIDERA-\DO: Que de conformidad al A¡tículo 252 de
- 3.Que el Numeral 3) del Artículo 22, reformado, de la Ley Gener¿t de la Administración Públic4 establece clara y expresamente que es atlibución del Presiderte de la República en Consejo de Secretarios de Estado "Crea¡; modificar fiaionar escindir o suprimir depende¡cias de la Adminis tración Púb I íca". la Coostitucióñ de la República, el Presidente de la República convoca y preside el C@scjo d€ Secretarios de Estado, el cual se reunirá para toma¡ resolución en todos los asuntos que DEcRETo EJEcurrvo xún¡rno pcM-0M-2026 juzgue de importancia nacional Sección A I l^,, -- 2 of 53 -- REP CA DE HONDURAS - TECUCIGAL \I,D 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. 37 CON§IDERANDO: Que de co¡fomidad al Articulo 98, reformado, de la Ley General de laAdministración Pública, el Poder Ejecutivo puede intervenir, total o parcialmelte, todos los eotes, órganos o unidades de la Adminisración Pública que operan con Érdidas, no cumplan sus funciones o no prestca adecuadameDte los servicios para los que freron creado§ CONSIDER¡ü\DO: Quc ae ha evidenciado la existencia de duplicidad de competencias, dispersión administ.ativa, debilidades orga zacionales. ineflcrencias operativas y sobrecarga presupuestaria en varias instituciones del Estado, lo cual limita la capacidad gubernamental para cumplir eñcaz¡nente sus fines constitucionales. CONSIDERA¡iDO: Que el priDcipio de racionalidad del gasto público, consagrado en la no¡mativa presupuestaria y financiera del Estado, obligaa adoptar medidas de eñcienciay modemización institucional que permitan optimizar el uso de los recursos públicos. reducirgastos innecesarios, fortalecer la planificación esEarégica y mejorar la calidad de los servicios que se brindan a la ciudadania. CONSIDERA¡IDO: Que la Ley Orgánica del Presupuesto impone a las insütuciones del Estado la obligación de vincular su estructura organrzatrva y su ejecución presupuestaria a resultados concretos, metas yeriñcables y objetivos estratégicos, siendo la eficiencia y modemización institucional utr insaumcnto legítimo para garantizar el equilibrio 6scal y la eficiencia en la admi¡ist¡ación de los fondos públicos. COñSIDERANDO! Que [a modernización del Estado oonstituye un ej e fundamental de la política pública nacional, orientada a fonalecer la gobema¡za, la transparencia, la rendición de cuentas y la capacidad dc respuesta de las instituciotres &§Dte a los desafios económicos, sociales y de seguridad que enfrenta el pals.
- 4.Que la eficiencia y modernüación de las iDstituciones del Estado constituye un proceso admi¡ist¡ativo y legal orietrtado a mejorar [a organización institucional, el desempeño del talento humano y la prestación de servicios LaGaceta orAFo oFrcrAr- 0E L BEPUBuca DE Hot{ot BAs DECANO oE LA PRENSA HoNDUBEÑA EAFA ME.JOf, SEGURIDAD D€ SUS PU8UCrc¡OIIES ABG- JUAN MANUEL GALVEZ OROOÑEZ Gercnle Genelal DIO§Sá¡{^GI¡ ¡.IJPEROESTEIVA CooúEdor¡ y §na.ri¡o ETTPRESA MCiOTI¡. D€ ARTES GR¡ñC¡S E.t{tc. Cúü ltulo.É fffiFú.Gi,tÍb &m.Ub1Ql Á¡hinbü&tóí: zZfgPG CETIIHO CIVI@ GUBERMT'E]YIAL Sccción -{ -\cucrdos r L€res l-r (;r{:of, -- 3 of 53 -- S(cci{h \ .\curldo\ r Lerc\ DE ITONDURAS - TEGUCI públicos, en esrricto respeto a la Constirución de la República y demás normativa aplicable. CONSIDER.NDO: Que el Estado de Honduras debe asumi¡ compromisos en materia de eficiencia administrativa, lucha contra la co¡rupción y fortalecimiento institucional. lo cual ¡equiere estructuras públicas funcionales, claras y alineadas con las competencias l€galme¡rt€ asignadas a cada enüdad.
- 5.Que resu lta j uridicamente procedente y socialmente necesa¡io adoptar un proceso integral de eficiencia y modemización instirucional que permita redefi ni¡ ñmciones, optimizar ¡ecu¡sos humanos y financieros, fonalece¡ la coo¡dinación interinstitucional y asegu¡ar el cumplimiento efectivo de los fines del Estado.
Articulos
Articulo 4
Reformar parcialrnente el Arrículo 4, del Decreto Ejecutivo PCM 23-2023, aprobado el cuatro (4) de mayo de dos mil veiltitrés (2023) y publicado en el Diario Oñcial '1-a Gaceta", eD fecha cuato (4) de mayo de dos mil veinütés (2023). especíñcametrte lo contenido en los adicionados A¡iculos 87-P v 87-Q. del Reglamento de Organización, Funcionamiento v Competencias del Poder Ejecutivo, consecuentemente. que en adelaote se leerán asi: "ARTiCULO 87-P.- I-a Di¡ección de Gestión por Resultados (DIGER), será responsable de rectorar. ejecular. supervisar. coordinar y administrar el marco de planes. políticas, programas y proyectos en materia digital del sector público \t.D 25 DE TEBRERO DEL 2026 No. l7 en las áreas de coDectividad, himites y platafomas digitales, economia digital, datos abiertos, talento digrtal, cibenegmdad y otras tecnologias emerg€ntes, de conformidad con las prioridades y asignaciones establecidas por la Presidencia de la República, asimismo, es la responsable de la evaluación de la gestión pública presidencial, sectorial e institucional La Dirección de Gestiótr por Resultados (DIGER), ejercená funciones de rectoría técnica, coordinación estr¿tégica, emisión de lineamienos y supervisión general, sin que ello implique asumlI responsabilidades operativas. administrativas. fnaacie¡as, Iegales o de ejecución que corrEspondan a las Secretarias de Estado, entidades desconcenaadas o instituciones obligadas por la normativa §lgente. P¿ra el cumplimianto de sus objetivos la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER) coordinañi co¡ el resto de entidades de lsAfu)i¡.isEación Pública centralizada y descentralizada, bs cuales debenin proporciom¡ la i¡formación solicitada ¡ de igual forma, brinda¡ la colaboració¡ requerida con el ñn de generar acciones arrnonizadas, que contribuyan a ali¡ear y orientar las prioridades del Gobiemo de la República en Srcci(¡¡ -\ .\cuerdos r L§rs materia digital La (;accta -- 5 of 53 -- CADE HO]\DURA.S . TEGT,-CIGA \t.D 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. Compete a la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER): l. Rectorar. coordinar y administrar el marco de planes y politicas en materia digital del sector público en las áreas de conectividad, trámites digitales. economía digital, datos abienos. talento digiral. cibersegu¡idad, eDtre ouas. establecidos por directrices de la Presidencia de la República, pudiendo, inclusive, emitir dictámenes técnicos previos con relación a iniciativas vinculadas a soluciones tecnológicas y, asimismo, emitir ¡ecomendaciones técnrcas para garantizar la seguridad, interoperabilidad, eñciencia y conformidad técnica en los p¡ocesos de transformación digit¿l; 2. Diseñar las politicas. planes y apoyar en la ejecución de medidas de simplificacrón de procesos, asimismo. de coordinar con las instituciones del Poder Ejecu¡ivo las poüticas del Gobierno Digital que orienren a una Administración Pública efciente y Íansparente; 3. Impulsar todas las acciones necesrias para la úpida tansformaciór digital de la Administración Pública; 4. Velar por el cumplimiento del Reglamento de Gobiemo Electrónico y demás normativas necesarias par¿ hacerlo efectivo; 5. Asistir a las earidades de la administración pública centralizada y descentralizada, coD base en la solicitud exp¡esa de éstas, en el fortalecimisBto de capacidades y el acompañamiento técnico en la rra¡sición bacia el gobierno digrt"l; ó. Diseñar e implemente un Sisteoa de Gerencia Pública por Resu¡tados y Transparencia para rcalizü evalu¿cioEes Fiitdicas de la medición fisic¿ financiera y de transparencia a nivel institucional; 7. Implemetrtar el ciclo de gestióD por resultados p¡rñr la geaeración de la cadena dc valor público de result¿dos medi¿nte la interacción de los sistemas administrativos y frmcionales del Estado, aplicaDdo los instrumentos de polftica pública, planeamieDto, prcsupuesto, ejecución de programas e inversiones y de evaluación; E, Elaborar info¡mes institucionales, sectoriales y nacionales que senán prcsentados a la Presidencia de la Repi¡blica; y, 9. Las demás fimciones que le s€an delegadas por la Presidencia de la República. ARTfCULO t@.- Para el ejercicio de sus fi¡aciones, la Di¡ección de Gestióu por Resultados (DIGER), ñ¡ncionani como Ente Desconcent¡ado de la Presidencia de la República y sená dirigida por un funcionario con rango de Sec¡etario de l-¡ Grcot, Sec(nin .\ .\.uerdo\ r l-(r -- 6 of 53 -- CA DE HOT.DURAS - Tf,CIICIGAI, \t.D 25 DE FEBRERO DEL 202ó No. 37 Estado, de libre nombramiento y remociótr por el Presidente de la República" ARTiCIJLO 5,- Se incorpora denrro de la Administración Pública para. en adelante. dotarla de su correspondiente estructura organizativa e institucional y garantizar su ñr¡cionamiento operativo a partir de la vigencia del pres€nte Decreto Ejecutivo. a la §ecreta¡ía de Estado etr el Despacho de Mvienda y Asentamieotos Huma¡os, qeada en el Articulo 4 de la Ley Marco de Viüe[da y Asentamientos Humatros, aprobada mediante Decreto 173-2019 de fecha 23 de enero del año 2020 y, publicada en "La Gaceta", Diario Oficial de la República de fecha l8 de febrero de 2020. Derivado de la disposición ante¡ior, ss suprimen la Comisión Nacional de Viüenda y Asentamientos Humanos (CONVTVIENDA) y. el Prognma de Viüenda y Ase ami@tos Humanos, cesando todas sus funciones ordinarias, salvo aquellas estrictamente necesarias para la ejecución del proceso liquidatario de conformidad al presente Decreto Ejecutivo. A su vez, se instruye ejecutr¡ efectivamente el cierre y liquidación del Fondo Social de la Viüenda (FOSOW). con el único objeto de concluir operaciones pendientes. cancelar obligaciones leg¿Ies y realizar su ciene dennitivo, cesando todas sus funciones ordinarias, da¡do estricto cumpli¡niento para ese efecto, inclusive, a Io establecido er¡ los Artículos 43, 46 refomudos y, demás aplicables, de la Ley Marco de Vivienda yAsentamienos Hr¡naaos, o¡denándose a suvez que todos los bie¡es, de¡echos y activos derivados o rcsultantes, inclusive presupuestarios, las correspondiertes esauctr¡¡as Fesupuestarias, créditos vigeotes, saldos disponibles y momías, se t ¿sladen o incorporetr a Ia Secreta¡ia de Estado en el Despacho de Vivienda y Ase tamientos Humatros. ARrIÍCULO 6.- Derivado de todo lo aprobado etr los artículos anteriores y, pa¡a la Administración General del Pals que la Comtitucioo de la Repúblic¡ conñere al Poder Ejecuüvo, las Secrearías de Estado, son I8s siguientes: l. S€creta¡ía de Estado er los Despachos de Gobemación, Justicia y Descentralización; 2. S€cretaría de Estado cn el Despacho de la Presidorci4 3. Secretaria de Estado en los Dcspachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; 4. Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; 5. Sesetaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos; 6. Sccretaria de Estado en los Despachos de Niñez, Adolescencia y Fam¡lia; 7. Secretaría de Est¿do en el Despacho de Astmtos de la Mujer; 8. Secret¿¡ia de Estado en el Despacho de Des¿rrollo Social; St((¡.;n .\ .\(urrdo§ \ Lerrs l-¡ (;accta -- 7 of 53 -- La (;accfa CADE HONDURA.S - TEG 9. Secretaría de Estado en el Despacho de Salud; 10. Secretaria de Estado en elDespacho de Educación: I l. Secretaria de Estado cn el Dcspacho de Desa¡rollo Económico: 12. Sccretaria dc Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; 13. Seüetaria de Estado en los Dcspachos de Agricultrra y GaDaderíE 14. Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales yAmbiente; 15. Secretaria de Estado en el Despacho de Energia: 16. Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad; 17. Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa; 18. Secreta¡ia de Estado en los Despachos de lnfiaestrucit¡a y TraDsporte; 19, Seqetaria de ggtado cD e¡ Despecho dc Vivienda y Asenlamientos Hr¡manos: 20. Sesretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Conringencias Nacionales; 21. Secretaría de Estado eo los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios dc los Pueblos de Hondur¿s; 22. S€qetaría de Estado e! cl Despacho de Tudsmo. ARTÍCUk) 7.- Créase cl Programa Presidencial para el Fortalecimiento Municipal y Descentralización que será lf.D. 25 DE FERRERO DEL 2026 \o- -17 düigido por un fi¡¡cionario nombrado po¡ el Presidenre de la Repúbüca; tenietrdo como finalidad. coordinar, gestionat y supervisar los progaEas y proyectos que la Presidencia de la República determine etr su agenda gubema.mental para el desarrollo de los municipios del pais, como mecanismo püa ince¡tiva¡ el crecimiento económico y la mejora en las codiciones de vida de los habitanles. Asimismo, este gograma estará encargado del estudio integral y, en general, de asesorar directamente al Poder Ejecutivo sobre todos los extremos y propuestzs derivadas de la Ley de Descentr.lización del Estado de Honduras, aprobada mediante Decreto Número 85-201 6 y publicada en el Diario Oficial "La Craceta" abl año 202 I , presentando oportunamerite propue,stas Itd'a esos eGctos, debiendo promover, a su vez, los esfuerzos y coordinaciones inrerinstitucionales con la Secreta¡ía de Estado en los Despachos de Gobemación" Justicia y Desceritr¿lización y laAsociación de Mutricipios de Houdü¡'as (AMHOI|, entre otras hstituciones públicas y privadas que conespondan para impulsar la reglametrtaciótr e implementacióa efectiva de la Leyde DesceotralizaciórL enüe otras facultades y atibuciones que sean delegadas por el Presidente de la República. ARTÍCULO E.- Reformar el priúer párrafo del A¡ículo 4 del Decreto Ejecutivo Número PCM 08-2024, de fecha 28 de febrero de 2024 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha 28 de febrero de 2024, e[ que se leení así: §(c(¡,h .\ \(rrrdo\ \ -- 8 of 53 -- Rf CA DE HO\'DURAS - TEGI];C lt.D.c 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. 37 'ARrÍCULO 4. La Presidencia Ejecutiva de la Comisión La Empresa HoDdureña de Infraestructura y Servicios Nacional para la Construcción del Ferrocarril I¡te¡oce¡inico Aeroponuarios, S.A- (EHISA, S.A.) ejerceri dichas funciones (CONFI), será ejercida por el Presidente de ta República y. en su condición de sociedad me¡cantil anónima unipersonal, para el ejercicio de la Representación Legal, la ejecución cuyo capital accioDario es propiedad total del Estado de de funciones, facultades, atribuciones y delegaciones Honduras, garantizando la continuidad. seguridad, eficiencia preside¡ciales, nombrará un Di¡ector(a) Ejecutivo(a), y regularidad del servicio aeroportuario nacional. quien será su sustituto legal ¡nra todos loe efectos legales y administrativos que correspondan. Se iñstruye a Ia Secretaía de Estado en los Despachos de lnfraestructura y Transporte (SIT) pa¡a que proceda, de La Comisión Nacional manera inmediat4 a suscribir con EHISA, S.A. el con¡:ato correspondiente para la administración, operación, gestión,
Articulo 9
Deroga¡ el Decreto Ejecutivo Número inversión y manEnimiento de los aeropuertos, aeródromos PCM 17-2023 aprobado el veinticuatro (24) de abril de y terminales de carga aérea, tomando como referencia dos mil veintitrés (2023) y publicado co el Diario Oficial las condiciones técnicas y operativas establecidas en el "La Gaceta", en fecba veinticua¡o (24) de abril dc dos mil iDstrumento contractual derivado del PCM 84-2020, cuya veintiuÉs (2023). consccuctrteBctrte, queda suprimido el vigeúcia expiró el vcintisiete (27) de enero de dos mil Servicio Aeroportuario Nacional (SAN), restableciéndose veintiséis (2026). el modelo i¡stitr¡cio¡al previsto en el Decreto Ejecutivo PCM 84-2020 y su reforma mediante PCM 080-202 t. Se i¡struye al Procurador G€neral de la República, en su eo cuanto a la paficipación de la Empresa Hondureña de condición de Representante Legal del Estado de Honduas y Inftaestructura y Servicios Aeroportuarios, S.A. (EllISA, acci@ista único de EH¡SA, S.A.. para que convoque y celebre S.A-) como orgarismo auxilia¡ de la AdministracióD Public4 de manera inmediata una Asamblea General Extraordinaria encargado dc la administracióD, gestión. operació¡. inversión de Accionistas con et proÉsito de y mantenimiento de los aeropuelos internacionales y nacioDales, aeró&omos y termi¡ales de carga aérea que se a) Revocar cualquier acue¡do o acto relacionado con el Sft(ión .\ \cüedos r Lcr0s etrcuenaet! bajo su admilristlación. proceso de disolución y liquidación de la sociedad; l-x Gaceta -- 9 of 53 -- Sc(.i¡;ll .\ .\cucrdos I L(\r\ RE DE EONDfRdS . TEGT,'CT b) Restablccer la plena vigencia jurídica. administrativa y operativa de la sociedad: y, c) Reintcgnr y poner en funcionamiento el Consejo de Adminisnación de EHISA. S.A., conformc a lo dispuesto eD el PCM 8+2020, PCM 080-2021 y su Esc¡itura de Constitución pam, enue orras facultades y aribuc iones, proceder a nombrar un Gel€nte Gener¿l y ¡m Gerente Ad'niñist'ativo de EHISA, S.A.
Articulo 10
Adscribir como dependencias intemas de la Presidencia de la República: a) Televisión Nacional de Honduras (TNH); b) Radio Nacionalde Honduras (RNH); y, c) Diario Nacional de Honduras @NlI) str formato dr.gral. ARTICUU, lI- Adscribir como dependencia intema de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infiaestn¡ctura y Transporte (SlT), el Fondo Hondu¡eño de Invenión Socisl (FHrS). Para dar conti¡uidad a todos los proyectos, progmmas o iniciativ¿s que €stuvieren en ejccución de la suprimida Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS). serán M.D.C 25 DE FEBRERO DEL 2026 No.37 en adelante ejecutados por la Secretaría de Estado en los Despachos de lnfraestruc¡¡r¿ y Tr¿¡sporte (SIT). Así mismo, adscribir el hoyecto de Constucción de la P¡esa Multiproposito El Tablóri, Etapa I, a la Secrctaría de Est¿do co los Despachos dc fnfraest¡uctura y Transporte (SlT), dcsignándolo en adelante como Organismo Ejecutor. ARTÍCULo f2.- Adscribir como dependencia intema de la Sec¡etaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), la Oficina No¡mativa d€ Compr¿s y Cortrataciones del Estado (oNcAE). AnffCULO 13.- Adscribi¡ como depetrdetrcia itrterna de la Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pucblos de Honduras, la Di¡ección General de Circmatogr¿fia (DGC). ARTiCULO 14.- Adscribir como dependercia intema de l,a Comisióu Nacional de Dsportes, Educációtr Física y Rec¡€acim (CONDEPOR), la Dirección Nacional de Parques y Recreación (DNPR).
Articulo 15
Adscribir la Comisión Nacional de P¡otección Po¡tuaria (CNPP), a la Dirección Genc.al de la Marina MercarÍe (DGMM). l,¡ (;accta -- 10 of 53 -- S':ccir;[ \ \(ü(rdo§ \ I-r\es BLICA DE HO¡{DURAS - TECUCI M.D.C 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. 37
Articulo 16
Se instruye a la Secretaria de Esrado en el Despacho de la Presidencia a efecto de presentar en adelante y de rnanera progresiva. la estructura organizativa deñnitiva de las Secretarías de Estado y demás instituciones conteoidas en los Afticulos 4. 5, 7. 8, 9, 10, 11.12, 13, 14, 15 y demás aplicables del presente Decreto Ejecutivo u okas SecrEtarías de Estado, institucioDes o dependencias que se coosideren, para su cortespondiente ap¡obación po¡ el Presidente de la República por sí o por medio del Consejo de Secretarios de Estado. ARTiCULO 17.- En estricta aplicación de lo est¿blecido e,n el Artículo 98, reformado. de la Ley General de l¡Administ¡ació¡ hibl ica, interveni los siguientes entes, órgeos o unidades de la Administrac ión Pública: a) lnstituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA)i b) Se¡vicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantaritlados (SANAA); c) Secretaria Nacional de Ciencia, Tecnologia y la I¡novación y, el IDstihrto Hondurcño de Cie¡cias, Tecnologla e Innovación (SENACITiIHCIETI); d) Ferrocaril Nacional de Honduras; e) Instituto Hondureño para la Prevencióa del Alcoholismo, Drog¿dicciótr y Farmacodependencia (IHADFA); f) Lstituto de cédito Edrraüvo @DUCRÉOIO¡; ¡ g) Progr¿ma Nacional para la Reducción de Pé¡didas (PNRP) de la Empresa Nacional de EDergla Eléctrica (ENEE). Las Comisiones ltrterventoras serátr integradas por medio de Decretos Ejecutivos del Presidente de la República, en los cuales se establecerá¡ los plazos de vigencia de las interve¡ciones y, a su vez, los plazos para rendir sus infdmes, debietrdo cumplir pa¡a esos y todos los efectos, las afrtocioncs contenidas en los Artículos 98, 99, 100, l0l y 102, reformados n demás aplicables, de la Ley General de la AdministracióD Pública. ARTicULo 18.- Autorizar a la secretarfa de Estado en el Despacho de FinaDza§ (SEFIN) para que posterior a la ent¡¿da en vigencia del presente Decreto Ejecutivo, en nombre y representación del Gobiemo de la República de Ilond¡¡ras. rcalice los procedimientos administrativos y legales netesarios ante los Organismos Financieros, coo el propósito de formaliza¡ el cambio de Unidad/Orgauismo Ejecutor de recursos disponibles de la ca¡te¡a de financiamiento vigente, conforme a lo detallado en el cuadro a coDtinuaciótr: l,a G¡ccta -- 11 of 53 -- Sc(llii»r \ .\§usrdos \ L§0§ I.a (;¡¡cct¡ Organismo Financiero No. Préstamo/ Referencia Nombr€ Programa/Pmyecto Ejecutor Actr¡al Nuevo Ejecutor 4449lAL-HO Meior¿ d€ la Calidad Edüet v" para el Desrollo de H¿bllid¡des par" el Empleo: Proyedo lover / Respuesl¿ lnmediáta dé S.lud Priblica p¿r¿ Conten€r y ConEola¡ el Comnavirus (Covltl19) y rritigar su Efe.to én la PEstación de S¿fli.ios er HondúÉs BID 4619/81-HO Prosr¿ma de Meior¡ de la Gestión y calid¡d d€ 106 S€wicios d€ Salud Matemc eonátál RED SOLIDAR¡,I BID s008/81-H0 Progr¿¡!¡ de Apoyo d SIstEm. Int€gr¿l de krtección Social REDSOLIDARIA BID 5289/BL-H0 PrDylrto de Apoyo ¿ Poblacion€s Vuln€nbles áfectadas 8ID 5ó81/BL-H0 Prográma de Apoyo al S¡stem, lntegÉl de Prot4ción Só.iálll REDSOLIDARIA BM 6401-HN P.oye.lo de lntesEc¡ó¡ d€ la Protección Social REDSOLIDARIA ¡\J ó918-HN FinanciañieDto Adicionál al Proyeclo d€ Inteer¡ción de la REDSOLIDARIA BCIE 2242 Progr¡me Bono de Aliüo a F¿milias vulner.bles Af€{tadas por Fenómenos Naturáles Pmducto del Cambio Climi!6a RED SOLIDARIA s€cr€i¡¡i¿ de D€sármlo Social BID szu/BGHO Progra¡r¡ de Asua Potable y Saneamiento €n Hondüras SEDECOAS KFwBMZ Nr2016 65348 Convivencia y Bpacios Seguros par¿ Jóvenes er Hondu¡ó Il fco}{vMR ll) fH15 ECIE 2342 Proy€.to de ConsFucción de la PrEsá Mültipmpó6ito El Iáblóll Et¡p¡ I ENEE Secfttaria de TranspoÍe 4926lGN-HO PmSr¿ma de Restaurac¡ón d€ Bosqüe! Reiilient€s al Climá y Sr¡uo¡tuE p¿r. l¿ SosiB¡b'Idd de los Seruoos Ecosistóñicos Relaalor¡dG co! el Agua ID§ituto de Consewación Fortstal (lcD SERIiA 5ER\,\ Ejecutor Actual Organismo Financiero No. Referencia BCIE ?336 Nombre Programa/Proyecto del ¡!t Tmcró7-Hti Proy€O Ptogr¡ma D.sEoIto lnf¡nül Tempr¿no en Comnid¡d.s Adántida Honduras REDSOLIDARIA EClE DÁ32n020 ¡0ofe,¡ost fterros que se están realia¡do a Eavés de h adondades gubernam€ntales pará atender a la poblaoó¡ af€.lada por el paso del Huracán y ToErent¿ Tropical'ETA". REDSOLIDARIA ECtE PRE-9512022 Estudios Previos par¿ el Dis€ño, CoDsEucción, Eqúp¡rdento y PucsE en M¡rhá d€¡ Lábor¿torio N:cioral de l.{olEuhi Blológ¡cas, Ce¡etiE¡ y Pmtotipos de S¡lud de lá Reñbl¡ca Hondur¿s FHIS Secra¿ría de hft'¡est¡uctüra yT¡e¡spode CO¡ITRATOS DE PRESTTUIIOS FINANCIAIIIEN'I'OS NO REF]TIBOI.SABLI§ ICA DE HONDUR{S . TECUCI M.D.C 25 DE FEBRERo DEL 202ó \o.37 Asimismo. se autoriza a la Secretaria de Estado en el Despacho de Fina¡rzas (SEFIN). efectuar de acuerdo con el ma¡co legal vigente. las asigraciones y los traslados presupuestarias a favor de las instituciones públicas, que asuman la ejecución de los recursos previstos en los contratos, corvenios y acue¡dos de fnanciamiento internacionales, asi como los recursos de contrapane de los Programas y Proyectos antes mencionados, considera¡do la formulación p¡esupuestaria, así coño los saldos del presupuesto vige¡te y la disponibilidad fnanciera autorizada por el Congreso Nacional. Con el propósib de continuar con el [ormal desarrollo de los prog¡amas y proyectos las instituciones actuales, mañtendrán su canácter de organismos ejecutores de los ¡espectivos progra$as y proyectos vigentes. debiendo realizar las actividades operativas A. I¡I BID RED SOLIDARIA RED SOLIDARIA 8ID Nuevo Eiecutor Secr€t¡ía de Des¿¡mlo Social -- 12 of 53 -- Sccció \ \cucrdo§\ L(\§ I -:¡ Gaccta Rf DE HONDURAS . TEGUCI y admhistrativas de los mismos, hasta que dichos programas y proy€ctos seatr trasladados de manera orderada, eficaz, eñciente y en debida forma a las institüciones públicas que co¡respoDdan, par¿ lo sual, efectuafiá la transición oldeoada de los programas y proyectos, respetando los objetivos y alcances de los convenios y contratos de crédito, así como donrcioes internacionales, e¡ u¡ periodo no superim a seis (6) mcs€s a pa¡tir de la entrada eo vigencia del presenE Decreto Ejccutivo. Lo anterior, incluye eltraqraso de archivos fisicos y digitales, suministros y bienes materiales, los bienes muebles e inmuebles y cualquier otra que sea necesaria para ¡ealízar todas aquellas operaciones que permitan el traspaso de atribuciones y competencia. de los programas y p¡oyectos. asi como su cierre en los casos que corresponda. Las instituciones que asuman como nuevos organismos ejecutores quedarán subrogadas. a partir de la suscripción de las modificaciotres a los contratos. convenios y acuerdos de f,nanciamiento intemacionales de los proyectos referidos eri el presente Decreto Ejecutivo. en todos los consatos de obra. bienes y servicios derivados de Ia ca¡tcra de proyectos traspasada bajo su adminisl¡ación- Esta subrogación sená oporn-urameirte comunicada po¡ las i¡stitucioDes competentes a todos y cada rmo de los cotrsultores, contr¿tistas y prove€dores. previo a realizar las acciones legales para proceder con las enmiendas conespondientes. !t.D.c 25 DE FEBRERO DEL 202ó No.37
Articulo 19
Derogar los Decretos Ejecuüvos siguientes: a) Decreto Ejccutivo Número PCM-08-2022 aprobado el veintinueve (29) de abril de dos mil veintidós (2022) y publicado en el Diario Oñcial "La Gaceta", en fecha dos (2) de mayo de dos mil veintidós (2022), consecuentemente, queda suprimido el "Programa de ta Red Solidaria"; b) Decrero Ejecutivo Número PCM-20-2022 aprobado el l0 de agosto del2O22 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta", en fecha I I de agosto del 2022, consecuentemente, queda suprimido el "Programa de Accioo Solidaria (PROASOL); c) Decreto Ejecutivo Núnero PCM{23-2022 aprobado cl dieciseis (16) de septiernbre de dos mil veintidós (2022) y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta", en fecha el diecinueve (19) de septiembre de dos mil veintidós (2022) consecuentemente, quda suprimida la Di¡ección General de Información y Prensa del Gobiemo de la Repúblic4 adscrita a la Secretaria de Estado €o el Despacho de Planiñcacón Estratégica; d) Decreto Ejrxutivo NúDero PCM 13-2023 aprobado el veintiuno (2 I ) de marzo de dos mil veintitÉs (2023) y publicado en el Diario Oñcial "La Gaceta", en fecha veintiuno (2 I ) de marzo de dos mil veintirés (2023), consecuentementer queda suprimido cl "Prog¡ama de Memoria, Verdad, Reparación, Justicia y No Repetición para la Rcconciliación y R€fundación de Honduras"; -- 13 of 53 -- sr(cnh \ \.ucrdoi r l-r\ DE HONDL-R{S - TEGUCIG \T. 25 DE F.EBRIRO DEL2026 \o.3 e) Decreto Ejecutivo Número PCM 2l -2023 aprobado el suprimido el lnstituto Nacional de la Memoria veinticinco (25) de abril de dos mil veintitrés (2023) y Histórica. publicado en el Diario Oñcial "La Gaceta", en fecha veintiséis (26) de abril de dos mil veintitrés (2023), ARTÍCIJLO 20.- Derogar los Decretos Ejecutivos consccuentemente. queda suprimida la "Comisióq sisuie¡tes: Presidencial para la Defensa de la Soberanía y el a) Decreto Ejecutivo Número PCM 22-2023 Territorio": aprobado el veintiséis (26) de abril de dos mil f) Decreto Ejecutivo Número PCM 3 2023 aFobado el veintitrés (2023) y publicado en el Diario Oficial ocho (8) de scptiemü,re de dos mil veintitrés (2023) y "La Gaceta", en fecha veintiséis (26) de abril de dos publicEdo en el Disio Oñcial "La Gaceta", etr fecha mil veintitrés (2023), de "Transparencia Financiera ocho (E) de septiembre de dos mil veintités (2023). y Combate al EriquecimieDto Ilegítimo er el consecuentemente, queda suprimida la Administración Gobiemo del Socialismo Democrático"; Nacional de Servicio Civil (ANSEC), restableciendo b) Decreto Ejecutivo Número PCM l4-2025 la esm¡ctura organizativa estabtecida en la Lcy de aprobado el veiltitrés (23) de marzo de dos Servicio Civil y su Reglameotoi mil veinticinco (2025) y publicado en el Diario g) Decrclo Ejecutivo NúLmero PCM 02-2024 aprobado Oficial "La Gaceta". de la República en fecha el dos (2) de feürero de dos mil vein(icuatro (2024) veinticuatso (24) de ma¡zo de dos mil vei¡ticinco y publicado eD cl Diario Oficial "La Gaceta", en (2025), de creación de la "Cátedra Moraziánica", fecha seis (6) de marzo de dos mil vcinticuatro incorporando en la misma el estudio del libro (2024), consecuentemente, queda suprimido el "El Golpe 28 J: Conspiración Transnacional, un Cabi¡ete Scctorial para la Coordinación, Gesüón y Crimen or la Impunidad": ¡ T¡ansparencia de la Inversión Pública; ¡ c) Acuerdo Ejecutivo Núme¡o PCM 30-2025 h) Decreto Ejecutivo Nl¡Dero PCM 17-2024 4robado aprobado el catorce (14) de octubre de dos mil el di€qinüeve (19) dc jruio de dos mil veinticuatro veinticinco (2025) y publicado en el Diario Oñcial (2024) y publicado en "I-a Gaceta". Diario Oficial "La Gaceta", en fecha catorce ( I 4) de octubre de de la Repúbüca en fecha veinte (20) de junio de dos dos mil veinticinco (2025), de reconocimiento de mil veinticuato (2024), coDsecuentemente, queda la antigúedad laboral acumulada por personal por l.a Gnceta -- 14 of 53 -- L¡ Crccta Stcción .\ \cucrdo\ r Lc\c§ DE IIO:\iDURAS - TEGUCIGAL )l 25 DE FEBRERO DEL2026 No.3 cotraato que haya pasado a modalidad de Acuerdo de Nombramiento para efecto de Cesantías y Vacaciones. ARTiCULO 21.- Par¿ darcumplimiento alpresente Decreto Ejecutivo, se instruye y faculta a la Secretaria dc Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) proceder de iiúnediato a integrar la o las Comisiones Técnicas Liquidadoras. que contarán con atribuciotres pleuas en lo conducenle a Ia liquidación del personal por contrato y acuerdos, pago de pasivos y deudas. para lo cual puede requerir el auxilio de la Secrctaría de Estado en el Despacho de la Presidencia a través de la Di¡ección Generalde Servicio Civil.la Secreta¡ía de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social y demás Secretarias de Est¿do o instih¡ciones que SEFIN considere pertinentes como Ias Fuerzas ArEadas de Hondu¡as y Policía Nacional. asi como las Gerencias Adminisfiativas y de Pe¡sotral de las instituciones suprimidas y1o adscritas. en su caso
Articulo 22
En caso de existir procesos judiciales pendientes o que se generen como producto de lo establecido en el presente Decreto Ejecutivo, la Procuraduria General de la República debená en e[ ámbito de sus aaibuciones asumi¡ la Representación Legal del Estado en losprocesos Judiciales o de otra indolc, eD procüa de la defensa del Estado. sin pe{uicio de la autorizaciór para poder conciliar o realizar acue¡dos extrajudiciales que simplifiquco el proceso de liquidación y se eviten procesos judiciales que provoquen erogaciones de recu¡sos en detrimento del patrimonio del Estado, por lo cual los e es preyiaúente establecidos esranáq obligrdos a pr$tar su inmediat¿ colabor¿ción. ¡fflCU¡,O z¡.- fa o las Comisiones T&nicas Liquidadoras con el acompañamiento de la Direcciones Administrativas y de Personal de las Instituciones suprimidas o adscritas, debenán iniciar los procesos legales establecidos eo la Ley en cuanto al peBonal por contrato para el pago de las I¡demnizacio¡es conespoDdientes est¡blecídas en el Código de Trabajo siu perjuicio de la existencia de otr¿ norma más favorable al trabajador y, en el caso del personal permanente bajo el Régimen de Servicio Ciül procedená el pago a favo¡ de los servidores públicos de las prestaciones e i¡demnizaciones como prducto de, proceso de cesantia que establece la Ley del Servicio Civil y su reglamento. De igual forma, los e es de la administración pública, incluidos los eDtes descentralizados, deberán adoptar las prEsÉfites medidas y disminuir el personal que teogan estas dependencias psrmitiendo mayor eficiencia en el uso de los recr¡¡sos, debiendo identifi ca¡, la disponibitidad p¡esupuestaria. ARTfCULO 24.- Se ordena el t¡aslado de los ¡ecursos presupuestarios y financieros con los que venian operando -- 15 of 53 -- CADE HONDURAS - TXGUCI }I.D 25 DE FEBRERO DEL 202ó \o. 3 las Sec¡etarias de Estado. Entes DescotrcetrÍados. Programas, las obligaciones ñnancier¿s que se pudieraa generar en la Institutos y Direcciones que sean modiñcados o suprimidos, instaocia administ¡ativa o judicial de los actos ¡ealizados a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas que se geDe¡en posterioünente al proc€so de liquidación de (SEFIN). Para tales efectos, se autoriza a la SEFIN a reatiza¡ las Secreta¡ías de Estado, e es descoDcenFados, Programas, las operaciones presupuestarias, financieras y contables que Iostitutos y Di¡ecciones modificadas y/o suprimidas de resulten necesarias, utilizando los saldos disponibles del conformidad al presente Decreto Ejecutivo presupuesto asignado a las instituciones públicss suprimidas. con el propósito de optimiza el uso de los ¡ecu¡sos púbücos Los miemb¡os de la o las Comisiones Técnicas Liquidadoras, y gar¿ntizar el oporh¡no fin¿nciamiento de las obligaciones funcionarios y/o empleados qus i[tervenga¡r er los actos derivadas dc los procesos de liquidación administralivos que dan origen a[ pago, no serán responsables de forma personal o solidaria. En consecuencia, la SEFIN, a través de la o las Comisiones Técnicas Liquidadoras, podrá conforme a las liquidaciones presentadas, efectuar los pagos correspondientes de prestaciones e indem¡izaciones laborales, asi como las obligaciones contraídas con acr€edores. prove€dof€s y otras deudas pcndientes, a ñn de asegurar la liquidación total de dichas iostituciones. Las operaciones realizadas deben quedar debidamente registradas y reflejadas cn los sislemas presupueslanos y financieros correspondie¡tes a cada una de las instituciones suprimidas o modificadas, en el Ejercicio Fiscal 2026 y posteriormente en los registros de la Seqetaria de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). ARTÍCUI, 25.-L o las Comisiones Tecnicas Liquidadons debe¡án asumir co¡ el presupuesto asignado para tal fin,
Articulo 26
Se o¡deaa el traslado a la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE) del inventario de srministros, bienes materiales, bienes muebles e inmuebles, así como de los a¡chivos docuEentales en soporte ñsico y digital, penenecient€s a las instituciones suprimidas y/o adscritas. Se instruye a la Direccióa Nacional de Bienes del Estado (DNBE) en coo¡dinación con la Contadu¡ía General de la R@blica para que realice las operaciones necesarias de registro, descargo, control y actualización de los inventarios correspondientes, así como para que adopte las medidas p€ñinentes para el aseg¡¡ramietrto, conservación y custodia de dichos bietres. Asimismo, la Dtección Nacional de Bienes del Estado (DNBE) debeá proceder a la reasignación de los Socci¡in .\ -\cuerdos t La (;!cet¿¡ 15 15 -- 16 of 53 -- CA DE HO\*DURAS . TEGIICIG activos a las eltidades públicas qüe los requieran, conforme a las necesidades institucionales y a la normativa ügente. En los casos etr que se suprima¡ instituciones públicas y sg creen otlas que asuman total o parcialmente funciones y tesponsabilidades relacioradas con la prestación de servicios públicos de naturaleza simila¡. la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE) deberá asignar a la rueva institucióo correspondiente los bienes muebles e inmuebles, así como los a¡chivos documentales en soporte fisico y digital, necesarios par¿ el adecuado cumplimiento de sus funciones.
Articulo 27
Todo el proceso que realice la o las Comisiones Técnicas Liquidadoras, en el marco del presente Decreto Ejecutivo debe¡á contar con auditorfa concurr€nte por parte del Tribunal $4€rior de Cuentas Cf§C) media¡te la suscripción po¡ su parte de los conveDios interinstitucionales correspondieDtes, cuya auditoria detallari los activos y pasivos de las entidades suprimidas y/o adscritas.la cual conclutá en el caso que proceda con los ñniquitos corespondientes.
Articulo 28
Se instruye y faculta a la Sec¡etaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a uúlizar los recursos prcsupuestarios y onaocieros disponibles de diversa indole y rcalizar las operaciones necesarias y de auditoría y/o ñscalizació4 añnde dar cumplimiento a lo establecido e¡ el presente Decreto Ejecutivo. 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. 37 ARTfCULO 29.- Los titulares de las Instituciones centralizadas, desconcentradas y/o descentralizadas debeñin, en las áreas de Recu¡sos Humanos, realüa¡ una revisión exhaustiva de la legalidad de los pocesos y procedimientos de nombramieütos efectuados al cierre de la anterior admiuisración que infiinjan el marco tegal de contratacióD y Glslquie¡ movimiento y/o sin contar con la asignación presupuestaria, en el caso de €xistir anormalidades inicia¡ los procesos legales correspondientes.
Articulo 30
Con el propósito de garantizar la sostenibilidad de las fiua¡zas públicas, la disciplina p¡esr.pueslaria y e[ uso efisiente y responsable de los recu¡sos púüücos, todas las instituciones del Secto¡ Público debe¡án o¡icota¡ la progr¿mación y ejecución del gasto conforme a los prircipios de legalida4 e6cienci4 eficaci4 racionalidad, transparencia y sostenibilidad fiscal. El Presupuesto General deberá priorizar asignaciones que aseguren la pre§t¿ción efe§tiya y opofuna de los servicios públicos a la población; que impulssn el desa¡rollo productivo y L i¡fr¡sstnEnrr¿ orieÍtada al incremeúo d€ la productiüdad y oonpetitiüdad; y, que fome¡ten la atracción de inve¡sió¡ y la generación sostenible de empleo. Asimismo, deberá fonalecer la i¡stitucionalidad, [a descenrr¿lización y lajusticia social, en el marco det Pla¡ de Gobiemo "Juntos Vamos a Estar Bien", garantiz¿ndo a la vez el cumplimiento de las obligaciooes ineludibles del Estado. La Grcct¿ Secc¡ór .\ Acuerdos v Lcre§ ,6 -- 17 of 53 -- Scc(i¡'r¡ .\ .\cu€rd0§ r Lcrrs CA Df, HONDURAS - TEGUCIGAL Tf.D.C 25 DE FEBRERO DfL 2026 No.3 COMU}TÍQUESE Y PUBLÍQIJESE. Iá Secretaría de Eslado en el Dcspacho de Fúa¡zas (SEFIN) emitini los lineamientos tecnicos y oper"ativos ¡reccsarios pañr la aplicación del presente articulo, los cuales serán de ca¡ácter obligatorio par¿ todas las iDstituciones comprendidas en su ¡ámbito de aplicación.
Articulo 31
Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que, por medio de la Dirección Ge¡reral de Presupuesto, ejerza temporalmente la función de articular la planificación estratégica nacional e inslitucional con el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAFI), garantizando que las prioridades y objetivos de gobiemo se inco¡poren de manera adecu¿da en la programación presupuestaria y fi¡aDciqra y promoüendo una gestión pública cohereDt€ y eficiente. ARTÍCITLO 32.- Quedan demgadas todas las disposiciones normativas del misBo rargo del presente Decreto Ejocutivo quc resulten contradictorias o se opongan al mismo.
Articulo 33
El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oñcial "La Gaceta". Dado sn la Ciudad de Tegucigalpa. Municipio del Distrito Central. a los veirticuatro (24) días del mes de febrero de dos mil veintiséis (2026). NASRY JUAN A§FURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA STJLMY YAMILETE ORTÉZ MALINNAIX) SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, ruSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, POR LEY JUA¡i CARLOS GARCiA MEDINA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MIREYA Df,L CARMEN AGÜERO TREJO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES -- 18 of 53 -- RI CA DE HO\DURAS - TEGTjCI EMILIO ENRIQIJE MRNÁNDEZ ÚRCULES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS LEDA LIZETHE G.ARCÍA PAGIIN SECRETARIA DE ESTADO E.' EL DESPACHO DE DERECHOS HI'M,{\OS ADA MARÍA MEJIA SIG¡'OR.ELLI SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE I.{I,tEZ. ADOLESCENCIA Y FAMILIA FÁTIMA IDALItrA JUÁREZ PADILLA SECRETARIADE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL ]t.D.c 25 DE FEBRERO DÉL 2026 No. 37 ANGEL EDI,ARDO }IIDENCE OCHOA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, POR LEY IVETTE ARELY ARGUETA PADILI,A SECRETARJA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIóN NOLVIA PATRICIA IIERR-ERA ESPINOZA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER FERNANDO PUERTO CASTRO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL FERNA¡'DO ANTONIO FORTÍN MACÍAS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY MOISÉS ABRAHAM MOLTNA GUTLLÉN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGNCULTURA Y GANADERÍA .\ .\cücrdos r Lercs La (;accta -- 19 of 53 -- S(((ñr .\ \turrdoi \ Le\r\ DE IIONDL?AS . TEGUCIGAI, ]lt. 25 DE FEBRERO DEL 2026 \o.3 JUAN CARI-OS RAMOS RAlr,lÍREZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE EDUARDO OVIEDO GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGiA GERZOT- OT..A.\ VELÁSQUEZ AGUILERA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JUSTO RAFAEL CANO MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA, POR LEY FRANCIS YOLANDA ARGEÑAL ECTTENIQUE SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE VTVIENDA Y ASENIAMIENTOS HUMANOS Rf,INALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIóN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES YASSER ABDALAII EANDAL CIIRCAMO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS ANDR]ÓS DE JESÚS EHRLER MARTiNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE A¡¡TEAL AJ-BERIIO EHRLER MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE TL-RISMO l-n (;acct¡ 't9 -- 20 of 53 -- DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM.&}2026 \e.cirnr \ \cu.rdo\ r L§.\ RE CA DE HO\-DURAS - TEGUCIGAL \f 25 DE FEBRERO DEL 2026 No.3 079 Pod.er Eiecutiao EL pRf,SIDENTE DB La n¡púgl,rc,a EN coNSEJo DE SECRETARIOS DE ESTADO,