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Decreto No. PCM-002-2018 | 6 de enero de 2018 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,535

Decreto Ejecutivo No. PCM-002-2018 — Autorización de contratación directa para desabastecimiento logístico de la Policía Nacional

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad al Artículo 245 numerales 2), 4), 7), 11) de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República la administración general del Estado, teniendo entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado y emitir acuerdos y decretos. CONSIDERANDO:
  2. 2.Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública literalmente dice: “El Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros”. CONSIDERANDO:
  3. 3.En el marco estratégico de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad del periodo 2015-2022, se encuentra que la Policía Nacional estará en un proceso de modernización de la infraestructura, equipamiento, logística y telemática, que permita cumplir con su misión constitucional y la dignificación del servicio policial. CONSIDERANDO:
  4. 4.Que en la actualidad existe un conjunto de mandatos, que obligan a mejorar la calidad -- 1 of 28 -- 2 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE ENERO DEL 2018 No. 34,535 DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREñA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL La Gaceta de vida y la dignificación del trabajo de los miembros policiales. CONSIDERANDO:
  5. 5.Que en informe presentado por el Director General de la Policía Nacional, General Director Félix Villanueva Mejía, al señor Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, se señala la situación problemática de desabastecimiento logístico, en que se encuentran las Unidades Especiales de la Policía Nacional, en particular los “TIGRES” y “COBRAS”. CONSIDERANDO:
  6. 6.Que lo anteriormente expuesto revela la necesidad urgente del Estado de brindar las herramientas necesarias, mediante equipo especial para el cumplimiento de las misiones policiales asignadas. CONSIDERANDO:
  7. 7.Que la Ley de Contratación del Estado en el Artículo 63 numeral 1) establece que la contratación directa podrá realizarse cuando tenga por objeto proveer a las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia al amparo de lo establecido en el Artículo 9 de la citada Ley. CONSIDERANDO:
  8. 8.Que el Artículo 9 de la Ley de Contratación del Estado establece que la declaración de Estado de Emergencia, en materia de contratación pública, se hará mediante Decreto del Presidente de la República en Consejo de Ministros. POR TANTO: En aplicación de los Artículos: 59, 245 numerales 1), 2), 11), 246, 252, 293, 360 de la Constitución de la República; 11, 14, 17, 29 numeral 11), 36 numeral 21), 116, 117 y 119 numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas; 1, 3, 4 numerales 1), 2) y 9), 22 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional; 9 y 63 numeral 1) de la Ley de Contratación del Estado. DECRETA: ARTÍCULO 1.

Articulos

Articulo 1

Amparado en la Declaratoria de Emergencia en el Sector Seguridad, emitida mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado número PCM-001-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 04 de enero, 2018, con la finalidad de atender el desabastecimiento logístico de la Policía -- 2 of 28 -- 3 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE ENERO DEL 2018 No. 34,535 Nacional, según lo establecido en los Artículos 9, 63 en su último párrafo de la Ley de Contratación del Estado, se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad para que mediante el procedimiento de contratación directa celebre contratos que sean estrictamente necesarios para cumplir con la finalidad del presente Decreto. ARTÍCULO 2.

Articulo 2

El equipo especial de seguridad se limitará a la compra de literas, colchonetas, camiones, camiones para apagar fuego y cisternas, por un monto máximo de CIENTOVEINTITRÉS MILLONES DE LEMPIRAS (L.123,000,000.00)

Articulo 3

La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad debe ejercer especial cuidado para que los precios y condiciones de las contrataciones a realizar bajo el presente Decreto sean comercialmente razonables. ARTÍCULO 3. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) deberá realizar los trámites necesarios a fin incorporar las asignaciones presupuestarias correspondientes para las contrataciones directas autorizadas en el presente Decreto. ARTÍCULO 4.

Articulo 4

El presente Decreto debe comunicarse al Tribunal Superior de Cuentas de conformidad con el Artículo 9 párrafo tercero de la Ley de Contratación del Estado. ARTÍCULO 5.

Articulo 5

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir de la publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en la Casa de Gobierno, siendo el día cinco (05) de enero del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO -- 3 of 28 -- 4 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE ENERO DEL 2018 No. 34,535 RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL MIGUEL ANTONIO ZÚNIGA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, POR LEY ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS, POR LEY JULIÁN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD FREDY DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA -- 4 of 28 -- 5 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE ENERO DEL 2018 No. 34,535 DELIA RIVAS LOBO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD RUTILIA DEL SOCORRO CALDERON SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES F. SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS ________ La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. -- 5 of 28 -- 6 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE ENERO DEL 2018 No. 34,535 Secretaría de Educación ACUERDO No. 1796-SE-2017 Lineamientos sobre la Evaluación de los Aprendizajes para los Años Lectivos 2018-2019

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