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30 de julio de 2026Vigente Descargar PDF original

Aviso — Demanda de Nulidad de Acuerdo de Cancelación 005/26/sve/grh/cn

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Publicación: 30 de julio de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,207
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un empleado público demanda al Estado de Honduras para anular su despido (Acuerdo 005/26/sve/grh/cn) argumentando que fue ilegal. Busca ser reintegrado a su puesto, recibir salarios atrasados, aguinaldo, compensación social, vacaciones y otros beneficios desde su despido hasta su reintegro.

Texto completo

La infrascrita, Secretaría, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50, de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de febrero del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este Juzgado la Abogada MARCELA AYES CALLEJAS, quien actúa como Representante Procesal del señor MARLON ROLANDO MERLO MACIAS, interponiendo demanda contenciosa administrativa, en materia especial de personal contra el ESTADO DE HONDURAS a través del CONGRESO NACIONAL DE HONDURAS. Que la parte demandante, "se promueve demanda especial en materia de personal para la nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de cancelación número 005/26/sve/grh/cn para que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento, se condene al reintegro de mi representado en su puesto de trabajo, a título de daños y perjuicios desde la fecha de la el reintegro cancelación incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercero en concepto de aguinaldo, décimo cuarto en concepto de compensación social, vacaciones y la bonificación de estas y, cualquier aumento o beneficio que se genere durante el curso del juicio para los servidores públicos. Reconocimiento de antigüedad. Se acredita representación. Se acompañan documentos. Costas." ABG. ANA MARIA COLINDRES PINEDA SECRETARIA ADJUNTA 30 J. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 21 de julio de 2026 AVISO