Vigente
Decreto No. 0801-2026-01546 | 25 de marzo de 2026 | Poder Judicial | La Gaceta No. 37,188
Aviso No. 0801-2026-01546 — Demanda contencioso administrativa de John Milor Perez Zelaya contra Secretaría de Desarrollo Social
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Resumen
John Milor Perez Zelaya demanda ante un juzgado para anular su despido por la Secretaría de Desarrollo Social, alegando que fue illegal. Solicita ser reintegrado a su puesto de trabajo con todos los salarios adeudados, bonificaciones y prestaciones desde la fecha de cancelación hasta su regreso.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este juzgado el ciudadano JOHN MILOR PEREZ ZELAYA, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2026-01546 vía procedimiento en materia de personal contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL (SEDESOL), para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico el Acuerdo de Cancelación número 206-SEDESOL-2026, de fecha 25 de marzo del año 2026 y siendo notificado en fecha 25 de marzo de 2026, dictado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL).- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrado.- Aumentos salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar.- Se acompañan documentos.- Petición.- Poder.- Costas.
ABG. DANILO ENRIQUE FLORES CARRASCO SECRETARIO ADJUNTO
8 J. 2026
B. 3
Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 8 DE JULIO DEL 2026
No. 37,188 La Gaceta
PODER JUDICIAL
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 20 de mayo del 2026
AVISO
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