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Decreto No. 82-2004 | 12 de enero de 2023 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 36,127

Decreto Legislativo No. 82-2004 — Ley de la Propiedad - Artículo 7

Articulos

Articulo 7

, Ley de la Propiedad Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR) cien por ciento (100%) Los ingresos que se perciban por los servicios que presta

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