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Decreto No. SEN-010-2026 | 9 de julio de 2026 | La Gaceta No. 37,189

Acuerdo Ministerial No. SEN-010-2026 — Delegación de funciones al Subsecretario de Hidrocarburos

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Resumen

Este acuerdo autoriza al Subsecretario de Hidrocarburos, Henry Francisco Acosta Cuestas, a ejercer temporalmente funciones del Secretario de Energía, incluyendo gestión de correspondencia, permisos laborales, presupuesto y coordinación de dos subsecretarías hasta que se nombre al titular de Energía Renovable. El funcionario es responsable del correcto ejercicio de estas funciones delegadas.

Considerandos

  1. 1.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en la Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y analizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para el efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia. -- 2 of 240 --
  2. 2.Que el artículo 4 párrafo segundo, y artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo establecen que la autoridad superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en asuntos determinados, siempre que la competencia haya sido atribuida de manera genérica al órgano o entidad administrativa a la que pertenezcan tanto el delegante como el delegado; disposición que permite una gestión más eficiente y desconcentrada de la función pública, sin menoscabar la legalidad y el control jerárquico en el ejercicio de la competencia.
  3. 3.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 140-2026 de fecha veintidós (22) de febrero del año dos mil veintiséis (2026) se nombra al ciudadano HENRY FRANCISCO ACOSTA CUESTAS en el cargo de Subsecretario de Hidrocarburos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía.
  4. 4.Que de conformidad al artículo 37 de la Ley General de la Administración Pública son funciones de los Subsecretarios de Estado, además de lo previsto en el artículo 34, colaborar con el Secretario de Estado en los asuntos cuyo conocimiento le delegue y en las funciones que éste le asigne.
  5. 5.Que de conformidad al Artículo 5 del Decreto Ejecutivo PCM-048-2017 la Secretaría de Energía (SEN) tiene la estructura organizacional siguiente: i) Subsecretaría de Energía Renovable y Electricidad y sus Direcciones Generales; ii) Subsecretaría de Hidrocarburos y sus Direcciones Generales.
  6. 6.Que se encuentra pendiente el nombramiento del Subsecretario de Estado en el Despacho de Energía Renovable y Electricidad, siendo necesario delegar sus funciones para coordinar y ejercer las funciones inherentes a dicha Subsecretaría en tanto se formaliza su nombramiento.

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