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8 de julio de 2026 | Poder Judicial
Edicto — Aviso de Título Supletorio - CARLOS MODESTO VILLEDA
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Resumen
Este documento publica tres avisos legales: dos demandas contra el Estado de Honduras por cancelaciones ilegales de empleados que reclaman reinserción laboral y pago de salarios adeudados, y una certificación que autoriza a la empresa EMMEDIQ como distribuidora exclusiva de productos médicos chinos en Honduras hasta febrero de 2029.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintiséis (26) de marzo del dos mil veintiséis
(2026), compareció a este Juzgado el señora ANLLI
CATHERIN BARAHONA OSORTO, incoando demanda
Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia
Personal con orden de ingreso número 0801-2026-00784
contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO
NACIONAL DE MIGRACIÓN, demanda especial en
materia de personal para la nulidad de un acto administrativo
particular emitido por el Instituto Nacional de Migración,
infringiendo el ordenamiento jurídico establecido en la
Ley de Servicio Civil y su Reglamento, quebrantamiento
de formalidades esenciales exceso y desviación de poder.-
Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la
cancelación ilegal de que fui objeto.- Y como medida para
el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene
mediante sentencia definitiva me reintegre a su antiguo
puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago
de los salarios dejados de percibir con todos sus aumentos,
pago de vacaciones, decimocuarto mes, décimo tercer mes,
desde la fecha de mi ilegal cancelación hasta la ejecución
de la sentencia.- Pagos de horas de lactancia gozadas.- Se
acompañan documentos.- Costas del juicio.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
8 J. 2026
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 10 de abril del 2026
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de marzo
del año dos mil veintiséis (2026), compareció la señora
KELYN JACKELINE ROMERO PEREZ, contra el
ESTADO DE HONDURAS a través del INSTITUTO
DE LA PROPIEDAD; con el objeto de solicitar "Se
interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular en materia de personal
por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento
jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales,
exceso y desviación de poder, establecidas en la Ley. Que se
reconozca una situación jurídica individualizada de titular de
derecho que se reclaman y adoptar como medidas necesarias
para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al
puesto de trabajo u otro de igual o mejor categoría y salario.-
Pago de salarios dejados de percibir en concepto de daños y
perjuicios desde la fecha de cancelación hasta el reintegro
al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria,
reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en
su caso tuviera el puesto del cual fui cancelado ilegalmente
la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales
que ocurran durante el mismo como décimo tercero y
décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones
por concepto de vacaciones, reconocimiento del pago de
quinquenios y cualquier otro beneficio laboral que pudiera
reconocer. - Especial condena en costas a la parte demandada
y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días
y horas inhábiles para efecto cualquier actuación judicial".
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES
SECRETARIO ADJUNTO
8 J. 2026
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 8 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,188
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA:
La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada mediante
Resolución número 168-2026 de fecha 13 de abril del año 2026,
que en su resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO:
Declarar CON LUGAR la solicitud de LICENCIA EN LA
MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR Y REPRESENTANTE,
presentada por la abogada PAOLA YANETH PALMA
MARTÍNEZ, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras
con carné No. 24,609, quien actúa en su condición de Apoderada
Legal de la Sociedad Mercantil EMMEDIQ, S. DE R. L.,
con RTN No. 08019022367937 y con domicilio en Col. 15 de
Septiembre, avenida Independencia, Bloque p, casa 6101, en
la Ciudad de Tegucigalpa, en el Departamento de Francisco
Morazán. SEGUNDO: Otorgar la licencia de DISTRIBUIDOR
Y REPRESENTANTE a la Sociedad Mercantil EMMEDIQ,
S. DE R. L., como concesionaria de la empresa BEIJING
ZKSK TECHNOLOGY CO., Ltd., de nacionalidad china, de
forma NO EXCLUSIVA, por tiempo DEFINIDO hasta el 01
de febrero del 2029, en TODO EL TERRITORIO DE LA
REPÚBLICA DE HONDURAS, de los siguientes productos:
1. Multi-Band Ligator (Ligador multibanda), 2. Endoscopic
Injection Needle (Aguja de inyección endoscópica), 3. Silicone
Gastrostomy Standard (PEG) KIT (kit de gastrostomía
endoscópica estándar), 4. Endoscopic Gastrostomy Standard
(PEG) KIT (kit de gastrostomía endoscópica estándar), 5.
Endoscopic Gastrostomy Luxury (PEG) KIT (kit de gastrostomía
endoscópica de lujo), 6. Disposable Hemoclip (hemoclip
desechable), 7. Disposable Esphinterotomo (Esfinterótomo
desechable), 8. Disposable Biopsy Forceps (Pinzas de biopsia
desechable), 9. Disposable Polypectomy Snare (Asa de
polipectomía desechable), 10. Endoscopic Ultrasound Needle
(Aguja de ultrasonido endoscópico), 11. Disposable Guide
Wire (Alambre guía desechable), 12. Disposable Three-stage
Ballon Dilatation Catheter (Catéter de dilatación con balón
desechable de tres etapas), 13. Disposable Stone Extraction
Basket (Cesta de extracción de cálculos desechables), 14.
Disposable Autotransfusion System (Sistema de autotransfusión
desechable), 15. Disposable Pulse Lavage (Lavado de pulso
desechable), 16. Disposable Blood Filter (Filtro de sangre
desechable), 17. Medical Personal Protection System (Sistema
de protección personal médica), 18. Disposable Rf Plasma
Electrodes (Electrodos de plasma Rf desechables). Asimismo,
sus marcas y productos ZKSK y asuntos relacionados ante las
autoridades sanitarias con registro de sus marcas, insumos y
productos existentes y nuevas innovaciones de los productos
detallados en dicha carta, asimismo, está autorizada para
Representar, Distribuir, importar, comercializar y realizar los
registros sanitarios y cualquier otro registro correspondiente
de sus productos, de igual forma está facultada a representar
en todos los asuntos relacionados en la Representación,
Distribución y comercialización de sus marcas y productos
médicos en toda la República de Honduras. En virtud que
cumple y reúne todos los requisitos establecidos en la Ley
de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras y su Reglamento. Esta certificación
no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el
Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General
de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. (F) y (S)
FERNANDO ANTONIO FORTÍN MACÍAS, Subsecretario
de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior, Delegado
mediante Acuerdo No. 013-2026. MARIANO TORRES
FLORES, Secretario General.
Para los fines que al interesado convenga, se le extiende la
presente en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito
Central, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil
veintiséis.
MARIANO TORRES FLORES
Secretario General
8 J. 2026
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL
DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN
AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE
TÍTULO VALOR
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