Vigente
13 de julio de 2026 | La Gaceta No. 37,192

Contrato — Sección 22 - Acceso al Sitio de las Obras

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22.1 El Contratista deberá permitir al Supervisor de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato. A. 69 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA-,7M9.D-.C., 13 DE JULIO DEL 2026 No. 37,192 23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías 24. Controversias 25. Procedimientos para la solución de controversias 26. Recursos contra la resolución del Contratante B. Control de Plazos 27. Programa

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