Vigente
Decreto No. 063-2017 | 29 de enero de 2014 | Poder Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 063-2017 — Designar al ciudadano Ricardo Antonio Álvarez Arias para presidir la Sesión de Consejo de Secretarios de Estado

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con · el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el señor Presidente de la República tiene a · su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  2. 2.Que de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, contenida en el Decreto Legislativo No. 146-86, de fecha 27 de octubre de 1986 y sus reformas, el Presidente de la .República de Honduras podrá delegar en los Secretarios de Estado, CONS ERANDO: Que el Artículo 4 de la Ley de Proced · · ento Administrativo, establecen expresamente Srgano superior podrá delegar el ejercicio · de sus 11c10nes en determinada materia al órgano -- 2 of 5 -- f al ro flJJn 1tr e d05{ z. _)- _ REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., DE ICJEMBRE DEL No. .... La Gaceta, inmediatamente inferior y que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.
  3. 3.Que mediante Acuerdo .Ejecutivo número 19-2014 del 29 de enero de 2014, el Presidente . de la República nombró al ciudadano Ricardo Antonio Alvarez Arias, Designado Presidencial, en ei cargo de Coordinador del Gabinete de Gobernabilidad y · Descentralización, con el rango de Secretario de Estado.
  4. 4.Que correspon�e al Pres�dente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública, dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional.
  5. 5.Que el Presidente de la República 'tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  6. 6.Que las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del país, y depe_uden directamente del Presidente de la República.
  7. 7.Que el Artículo 37 de la Ley de la Administración Pública faculta entre sus funciones a los Subsecretarios de Estado a colaborar con el Secretario de Estado en la formulación de la política y planes de acción de la Secretaria, así como en la formulación, coordinación, vigilancia y control de las actividades de la misma Secretaría de Estado, decidir sobre los asuntos, cuyo conocimiento le ejercicio le sus funciones en determinada materia al órgano inmediat rriente inferior y, que el superior podrá delegar el e sus funciones para asuntos concretos, siempre petencia sea atribuida genéricamente al Ramo · istración de que forman parte el superior y el inferior. RANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo número -2017, fue delegado el ciudadano MIGUEL ANTON ZÚNIGA RODRÍGUEZ, en su condición de Subse retaría de Gestión del Programa Vida Mejor de la Secret ría de Desarrollo e Inclusión Social, los temas "a) La representación legal de la Secretada de los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social; b) La sus ripcióo de todo tipo de convenios, contratos de icios y todo lo relacionado con la administración la Institución y el recurso humano adscrito a la misma y d más funciones de administración que se requieran en adel e para garantizar el normal funcionamiento de ía de Estado en los Despachos de Desarrollo e lnclusió Social, inclusive la coordinación del Gabinete Sectorial e Desarrollo e Inclusión Social; e) La suscripción de todo tipo de Acuerdos Ejecutivos, oficios, notas, solicitude , convocatorias, comparecencias y demás actos administr tivos relacionados al funcionamiento en general -- 4 of 5 -- .' Sección A �cuerdo.s y Leyes La Gaceta la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, por se desempeñe corno Secretario de Estado, por Ley condicié de Subsecretario de Gestión del Programa Vida la canti d de noventa mil Lempiras exactos (L 90,000.00),' de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social; y, d) De ser. necesario, registrar su firma como Titular, en cuentas ya abiertas o por aperturas en el Banco Central de Honduras (BCH) y/o en Bancos Comerciales, a nombre de la Secretaría de Estado en los · en la Se retaría de Desarrollo e Inclusión Social. Despachos de Desarrollo e Inclusión Social". Lo que implica asumir las responsabilidades de un Secretario de Estado en Propiedad. SEG O.- El presente Acuerdo Ejecutivo es de Ejecución inmedia a y deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial
  8. 8.Que según Decreto Legislativo 17-2010 contentivo de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Publico, en su Artículo de la Re ública. Dado e la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito 65 establece un techo· máximo de Cien Mil (Ll 00,000.00) Central, los 'cuatro (4) días del mes de julio del .año dos mil Lempiras mensuales en los salarios de los Secretarios de diecisiet (2017). . Estado, Directores y demás que ejerzan función de dirección o administración en cualquier dependencia del Estado, salarios que se ajustarán de acuerdo al deslizamiento de la moneda en relación al patrón monetario. COMU . QUESE Y PUBLÍQUESE.

Articulos

Articulo 1

Designar al ciudadano RICARDO ANTONIO ÁLVAREZ ARIAS, Designado a . la Presidencia de la República y Coordinador del Gabinete de Gobernabilidad y Descentralización con el rango, de Secretario de Estado, para que presida la Sesión de Consejo de Secretarios de Estado el día viernes primero de diciembre del presente año. Delegándole las · atribuciones y facultades. establecidas en los A1iículos y 45, numerales 4, y 16, de la Constitución de ls Repúb ica. ULO 2.- El presente Acuerdo Ejecutivo es de ón inmediata ydeberá publicarse en "La Gaceta", Diari Oficial de la República. Dado n Casa Presidencial, en la ciudad ele Tegucigalpa, mum pio del Distrito Central, a los treinta (30) dias del mes d noviembre del año dos mil diecisiete (2017). COM ÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JU N ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO Presidente de la República .CARDO LEONEL CARDONALÓPEZ Secretario de Estado Secretaría de la Presidencia La (}aceta DIARIO OFICIAL DE LA AEPÚ!)LICADE HONDURAS . DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA •. PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICAGIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO. · · JORGE ALBERTO RICO SALINASCoordinador y Supervisor EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁlrlCAS. Colonia Mirallo<es• T elelono/Fax: Gerencia 223<K956 Administración: 2230-3026' • · Planta: 2230·6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ' •.• i -- 3 of 5 -- _ Fo(ia/1e,,;1t'ío uacrt)- ,.. . · La Gaceta 513 Presidencia de la República delegue Secretario de Estado, así como los demás que el Secretan de Estado le asigne. · ( !:CUERDO EJECUTIVO NÚMERO 044-A-2017 ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONS RANDO: Quee1Articulo4 y 5, respectivamente, de Procedimiento Administrativo, establecen superior podrá delegar el CONSIDERANDO: Que correspon�e al Pres�dente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública, dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República 'tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del país, y depe_uden directamente del Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que el Artículo 37 de la Ley de la Administración Pública faculta entre sus funciones a los Subsecretarios de Estado a colaborar con el Secretario de Estado en la formulación de la política y planes de acción de la Secretaria, así como en la formulación, coordinación, vigilancia y control de las actividades de la misma Secretaría de Estado, decidir sobre los asuntos, cuyo conocimiento le ejercicio le sus funciones en determinada materia al órgano inmediat rriente inferior y, que el superior podrá delegar el e sus funciones para asuntos concretos, siempre petencia sea atribuida genéricamente al Ramo · istración de que forman parte el superior y el inferior. RANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo número -2017, fue delegado el ciudadano MIGUEL ANTON ZÚNIGA RODRÍGUEZ, en su condición de Subse retaría de Gestión del Programa Vida Mejor de la Secret ría de Desarrollo e Inclusión Social, los temas "a) La representación legal de la Secretada de los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social; b) La sus ripcióo de todo tipo de convenios, contratos de icios y todo lo relacionado con la administración la Institución y el recurso humano adscrito a la misma y d más funciones de administración que se requieran en adel e para garantizar el normal funcionamiento de ía de Estado en los Despachos de Desarrollo e lnclusió Social, inclusive la coordinación del Gabinete Sectorial e Desarrollo e Inclusión Social; e) La suscripción de todo tipo de Acuerdos Ejecutivos, oficios, notas, solicitude , convocatorias, comparecencias y demás actos administr tivos relacionados al funcionamiento en general -- 4 of 5 -- .' Sección A �cuerdo.s y Leyes La Gaceta la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, por se desempeñe corno Secretario de Estado, por Ley condicié de Subsecretario de Gestión del Programa Vida la canti d de noventa mil Lempiras exactos (L 90,000.00),' de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social; y, d) De ser. necesario, registrar su firma como Titular, en cuentas ya abiertas o por aperturas en el Banco Central de Honduras (BCH) y/o en Bancos Comerciales, a nombre de la Secretaría de Estado en los · en la Se retaría de Desarrollo e Inclusión Social. Despachos de Desarrollo e Inclusión Social". Lo que implica asumir las responsabilidades de un Secretario de Estado en Propiedad. SEG O.- El presente Acuerdo Ejecutivo es de Ejecución inmedia a y deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial CONSIDERANDO: Que según Decreto Legislativo 17-2010 contentivo de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Publico, en su Artículo de la Re ública. Dado e la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito 65 establece un techo· máximo de Cien Mil (Ll 00,000.00) Central, los 'cuatro (4) días del mes de julio del .año dos mil Lempiras mensuales en los salarios de los Secretarios de diecisiet (2017). . Estado, Directores y demás que ejerzan función de dirección o administración en cualquier dependencia del Estado, salarios que se ajustarán de acuerdo al deslizamiento de la moneda en relación al patrón monetario. COMU . QUESE Y PUBLÍQUESE. POR TANTO;. En usos de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo Número 041- A-20'17 de fecha 22 de junio de -2017 v. en aplicación de Jo establecido en el Articulo 245, numerales 1, 2 y 11 de la Constitución de la República; Artículos 16, 30, _36 numeral 8), 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; y, Artículos 9 numeral 6) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. RGERAMÓNRERNÁNDEZALCERRO SE RETARIO DE ESTADO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO P r delegación del Presidente de la. República Acuer o Ejecutivo No. 031-2015 publicado .en el Diario cial "La Gaceta" el 25 de noviembre de 2015 ACUERDA: CARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ PRIMERO.- Autorizar ajuste salarial al ciudadano MIGUEL ANTONIO ZÚNIGA RODRÍGUEZ,· en su Secretario de Estado Secretaría de la Presidencia -- 5 of 5 --

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