Acuerdo Ejecutivo No. 12-2020 — Modificación del Reglamento del Fondo de Garantía para la Reactivación de las Mipymes Afectadas por la Pandemia Provocada por el Covid-19
Considerandos
- 1.Que el Congreso Nacional, mediante el Decreto Legislativo No.38-2020 del 30 de abril del 2020, instruyó al Banco Central de Honduras (BCH) para que con los fondos provenientes y dentro del destino de los recursos estipulados en el Contrato de Línea de Crédito No.2246, suscrito el 25 de abril de 2020 entre el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y el BCH, constituya cualquier tipo de fondos de garantía para los sectores prioritarios de la economía, para lo cual el BCH deberá emitir los reglamentos que considere necesarios; facultándolo además para constituir en el Banhprovi o en cualquier otra institución del sistema financiero los fideicomisos que considere necesarios para la correcta administración de los referidos fondos de garantía.
- 2.Que el Directorio del BCH, mediante el Acuerdo No.06/2020 del 20 de mayo de 2020, aprobó el Reglamento del Fondo de Garantía para la Reactivación de las Mipymes Afectadas por la Pandemia Provocada por el Covid-19; posteriormente, mediante el Acuerdo No.07/2020 del 28 de mayo de 2020 reformó el precitado reglamento.
- 3.Que la Comisión Fiduciaria (Cofid) del BCH en la Sesión Ordinaria No.06/2020 del 21 de julio de 2020 oída la opinión de la Unidad Administradora de Fideicomisos, determinó modificar los artículos 3, literales m) y o), 26 y 30 y los anexos I y II; así como, eliminar el Anexo IV del Reglamento del Fondo de Garantía para la Reactivación de las Mipymes Afectadas por la Pandemia Provocada por el Covid-19.
Articulos
Articulo 26
De la Solicitud de Garantía por parte de la IFI para la emisión del CGC. Las IFIs solicitarán al Banhprovi la aprobación de las garantías utilizando un formato previamente diseñado para tal efecto (Anexo II del presente Reglamento) y remitiendo la siguiente documentación en forma física o digital: 1. Oficio de remisión de documentos requeridos para la emisión de CGC. 2. Solicitud de garantía, conteniendo la información relevante y certificando que se ha cumplido con lo establecido en el presente Reglamento, referente a los criterios de aplicabilidad de la garantía y las características y condiciones del crédito a ser respaldado con el Fondo de Garantía. 3. Resolución o constancia de aprobación de los préstamos por la IFI.
Articulo 30
Del Cobro de la Comisión Por Emisión de la Garantía. Como contraprestación por el riesgo asumido, el Beneficiario pagará al Fondo de Garantía una comisión por la emisión de la garantía del uno por ciento (1.0%) calculada sobre el préstamo otorgado. La comisión correspondiente deberá deducirse en el momento del desembolso del crédito. La IFI deberá trasladar al Banhprovi los pagos recibidos en el mes por concepto de la comisión por emisión del CGC, a más tardar el quinto día hábil del mes siguiente. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derechos Reservados -- 542 of 884 -- Secretaría del Directorio Centro Cívico Gubernamental, Bulevar Fuerzas Armadas, Apartado Postal No. 3165, Tegucigalpa, MDC, Honduras P.B.X. (504) 2262-3700 www.bch.hn ANEXO I FORMATO DEL CERTIFICADO DE GARANTÍA DE COBERTURA NO._______ POR L ______________ El BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI), creado mediante Decreto Legislativo No.6-2005 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No.30,659 del 1 de abril de 2005; en su condición de fiduciario y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Fondo de Garantía para la Reactivación de las Mipymes afectadas por la pandemia provocada por el Covid-19, mediante el presente título garantiza parcialmente con el capital del Fondo de Garantía obligaciones crediticias por ____(nombre de la IFI)__________________________ hasta por la cantidad de ___________ (L_________________) equivalente al _______________________(XXX%) del préstamo que esta institución otorgo a ( Nombre del Prestatario____________________________________ bajo las siguientes condiciones: 1. CONDICIONES DEL PRÉSTAMO Monto del Préstamo en L____________________Cod de Préstamo (IFI)____________ Plazo (En meses) _______________ Período de Gracia (En meses) _______________ Fecha de suscripción del Pagaré o Contrato de Crédito _______________ Fecha de Desembolso del Préstamo (IFI)___________________________ Fecha de Vencimiento del Préstamo_________ Forma de Pago _______________ Tasa de Interés (%) _______ 2. INFORMACIÓN DE GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS Monto del préstamo L Estructura de las Garantías Presentadas Tipo de Garantía Garantías provistas Valor crediticio % s/Monto Préstamo % Factor cobertura Monto en lempiras Hipotecaria L L Mobiliaria L L Fiduciaria L L Liquida L L Total Estructura Garantías L % Monto del Certificado de Garantía de Cobertura a Emitir L. % La vigencia de la garantía inicia en la fecha de desembolso de la obligación y su valor y efecto se extingue por la ocurrencia de los eventos indicados en el Artículo 31 del Reglamento del Fondo de Garantía para la Reactivación de las Mipymes afectadas por la pandemia provocada por el Covid-19. Fecha de expiración del Certificado de Garantía de Cobertura _____ de ______ de 20_____ Para hacer efectivo el presente Certificado de Garantía de Cobertura, (Nombre de la IFI) deberá cumplir con los requisitos descritos en el Reglamento del Fondo de Garantía para la Reactivación de las Mipymes afectadas por la pandemia provocada por el Covid-19. Nota: Este documento no es negociable. Tegucigalpa, MDC ______de _____de 20______ Firma Autorizada Firma Autorizada ´ ´ Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derechos Reservados -- 543 of 884 -- Centro Cívico Gubernamental, Bulevar Fuerzas Armadas, Apartado Postal No. 3165, Tegucigalpa, MDC, Honduras P.B.X. (504) 2262-3700 www.bch.hn ANEXO II FORMATO DE SOLICITUD DE GARANTÍA COMPLEMENTARIA AL CRÉDITO RESPALDADO CON RECURSOS DEL FONDO DE GARANTÍA PARA LA REACTIVACIÓN DE LAS MIPYMES AFECTADAS POR LA PANDEMIA PROVOCADA POR EL COVID-19 Institución _______________________________ Formulario solicitud_______ No. de solicitud_______ Cod Prestatario_______ 1. PRESTATARIO O REPRESENTANTE LEGAL Nombre completo: _________________________________________________ No. Identidad _____________________ RTN: ____________________________ Razón social ________________________________________ Dirección: ______________________________________ Teléfono: __________________ Aldea:_______________Municipio____________Depto: ________________________ 2. CONDICIONES DEL PRÉSTAMO Monto del Préstamo L____________________Cod. de Préstamo (IFI)____________ Plazo (meses) _______________ Período de Gracia (meses) _______________ Fecha de suscripción del Pagaré o Contrato Crédito _______________ Fecha de Desembolso del Préstamo (IFI)___________________________ Fecha de Vencimiento del Préstamo_________ Forma de Pago _______________ Tasa de Interés (%) _______ 3. INFORMACION DE GARANTIAS COMPLEMENTARIAS Estructura de las Garantías Complementarias Tipo de Garantía Garantías provistas Valor crediticio % s/Monto Préstamo % Factor cobertura Monto en lempiras Hipotecaria L L Mobiliaria L L Fiduciaria L L Liquida L L Total estructura garantías L % Monto de Certificado de Garantía de Cobertura a emitir L. % ´ Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derechos Reservados -- 544 of 884 -- Acuerdo No.12/2020 - 3 - retaría del ctorio 4. APROBACIÓN POR LA IFI Y EL PRESTATARIO El Prestatario acepta que tiene un déficit de garantía para respaldar su préstamo y como tal somete ante la IFI_____________________________________ la presente solicitud de garantía. Fecha de Presentación de Solicitud______________Oficina:_______________ _____________________________ ________________________________ Nombre del Prestatario Firma y Sello 5. PARA ANÁLISIS DE ________ (USO EXCLUSIVO DE __________) Monto aprobado____________________ Porcentaje a Garantizar__________________ Monto del Certificado______________________ No. de Certificado________________ Cod. de Préstamo (IFI)_______________ Fecha de Emisión_______________ Revisado y Analizado Aprobado: Firma Autorizada NOTA: El Banhprovi se reserva el derecho de someter a análisis únicamente aquellas solicitudes que presenten la documentación completa, correcta y con firmas y sellos autorizados”. II. Como consecuencia de lo anterior, en lo sucesivo el texto íntegro de dicho Reglamento forma parte de este Acuerdo. III. Comunicar el presente Acuerdo a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros y al Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda para los fines pertinentes. IV. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de esta fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. ROSSANA MARÍA ALVARADO FLORES Prosecretaria CRV NOTA: El Banhprovi se reserva el derecho de someter a análisis únicamente aquellas solicitudes que presenten la documentación completa, correcta y con firmas y sellos autorizados”. II. Como consecuencia de lo anterior, en lo sucesivo el texto íntegro de dicho Reglamento forma parte de este Acuerdo. III. Comunicar el presente Acuerdo a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros y al Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda para los fines pertinentes. IV. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de esta fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. ROSSANA MARÍA ALVARADO FLORES Prosecretaria Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derechos Reservados -- 545 of 884 --