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20 de junio de 2026 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 37,173

Acuerdo Ejecutivo — Modificación No. 2 al Contrato de Supervisión No. SIT-SU-095-2023 - Supervisión de Obras de la Carretera CA-4

Considerandos

  1. 1.Que, con fecha 15 de agosto de 2025, se suscribió la MODIFICACIÓN No. 2 del CONTRATO D E C O N S T R U C C I Ó N N o . S I T- CO-127-2023, correspondiente al proyecto “REHABILITACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CARRETERA CA- 4 , T R A M O O C O T E P E Q U E – E L PORTILLO, CON UNA LONGITUD DE VEINTE KILÓMETROS (20 KM), UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”. En dicha modificación se incorporaron nuevas actividades y obras c o m p l e m e n t a r i a s o r i e n t a d a s a l a estabilización y protección del tramo, producto de las fallas ocasionadas en el kilómetro 229.00. Asimismo, la modificación no generó variación en los costos, manteniéndose el monto establecido en el Contrato Original; sin embargo, se amplió el plazo de ejecución del proyecto en CIENTO OCHENTA Y TRES (183) DÍAS CALENDARIO adicionales, resultando en un plazo total acumulado de SETECIENTOS O C H E N TA Y S I E T E ( 7 8 7 ) D Í A S CALENDARIO, con fecha de finalización proyectada para el 27 de febrero de 2026.
  2. 2.Que, con el objetivo de controlar la calidad y dar seguimiento a la ejecución y alcances de las obras realizadas por parte de EL CONTRATISTA, así como llevar a cabo el cierre y presentación del Informe Final (incluyendo los Planos Finales de la obra ya construida), resulta necesario incrementar el plazo del CONTRATO DE SUPERVISIÓN No. SIT-SU-095-2023 en CIENTO O C H E N TA Y D O S ( 1 8 2 ) D Í A S CALENDARIO, según se describe a continuación: Desde el 29 de septiembre de 2025 hasta el 27 de febrero de 2026, equivalentes a CIENTO CIENCUENTA Y DOS (152) DÍAS CALENDARIO – plazo complementario para la Supervisión de las O b r a s d e l C O N T R A T O D E CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-127-2023.· Conforme lo establecido en la CLÁUSULA V : I N F O R M E S Y O T R A D O C U M E N TA C I Ó N , n u m e r a l 6 , INFORME FINAL, establece que dicho informe deberá ser presentado por EL SUPERVISOR una vez que termine sus actividades en un plazo no mayor de (01) mes después de concluida la obra. Por lo cual, se establece que, una vez concluido el plazo de ejecución de la obra, es decir, el 27 de febrero de 2025, EL SUPERVISOR deberá presentar el Informe Final en un -- 131 of 3324 -- plazo no mayor de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO, siendo la fecha límite para su entrega el 29 de marzo de 2026. Por lo cual, desde el 22 de noviembre de 2023 (fecha de Orden de Inicio) hasta el 29 de marzo de 2026 (fecha de finalización establecida en la presente MODIFICACIÓN No. 2 del CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA No. SIT-SU-095-2023), se cuantifica un total acumulado de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ( 8 5 9 ) D Í A S C A L E N D A R I O .
  3. 3.Que, en el Contrato Original y en la MODIFICACIÓN No.1 se nombraron de forma equívoca algunos conceptos como se muestra a continuación: No. Descripción (Contrato Original) Descripción (MODIFICACIÓN No.1) 3.3.1 Reporte y Reproducción 3.3.2 Alquiler de Vivienda para Personal de Campo 3.3.3 Servicios Públicos 3.3.4 Comunicaciones 3.3.5 Alquiler de Equipo de Oficina, Campo e Informática Subsistencia Ingenieros. La descripción correcta de todos los ítems contratados se muestran en la tabla del Considerando siguiente.
  4. 4.Que, según la notificación presentada por EL SUPERVISOR en fecha 22 de septiembre de 2025, los costos adicionales generados a partir del incremento de plazo resultan en UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES LEMPIRAS CON 20/100 (L. 1,387,733.20) lo que representa un incremento del 6.38% con respecto al monto del Contrato Original, según se detalla a continuación: No. DESCRIPCIÓN SUELDO MENSUAL (L.) HOMBRES / MES TOTAL (L.) 1 SUELDOS Y S A L A R I O S 1 . 1 P E R S O N A L PROFESIONAL 1.1.1 Gerente de Proyecto 40,000.00 0.14 5,600.00 1.1.2 Ingeniero Residente 30,000.00 2.00 60,000.00 1.1.3 Ingeniero Asistente (2) 20,000.00 2.00 40,000.00 1.1.4 Especialista en Geotecnia 40,000.00 0.00 0.00 1.1.5 Especialista en Pavimentos 40,000.00 0.71 28,400.00 1.1.6 Especialista Estructural 40,000.00 0.00 0.00 1.1.7 Ingeniero Ambiental-Seguridad 30,000.00 2.14 64,200.00 Sub-total 1.1 198,200.00 1.2 PERSONAL TÉCNICO Y AUXILIAR 1.2.1 Laboratorista 13,500.00 2.00 27,000.00 1.2.2 Inspector de Campo 13,500.00 1.00 13,500.00 1.2.3 Topógrafo 13,500.00 2.00 27,000.00 1.2.4 Cadeneros 13,500.00 3.00 40,500.00 1.2.5 Motorista (6) 13,500.00 3.00 40,500.00 1.2.6 Peones de Topografía 13,500.00 3.00 40,500.00 1.2.7 Vigilantes 13,500.00 0.00 0.00 1.2.8 Dibujante Calculista 15,000.00 0.43 6,450.00 1.2.9 Secretaria 15,000.00 0.43 6,450.00 1.2.10 Contador 15,000.00 0.43 -- 132 of 3324 -- 6,450.00 1.2.11 Tiempo extra (25% personal de campo) 47,250.00 Sub-total 1.2 255,600.00 TOTAL 1 SUELDOS Y SALARIOS 453,800.00 2 BENEFICIOS SOCIALES 2.1 46.23% de TOTAL 1 (Según Acuerdo Ejecutivo No. A-003-2010 y Fe de Errata de 01 de febrero 2010) 209,791.74 TOTAL 2 BENEFICIOS SOCIALES 209,791.74 3 GASTOS D I R E C TO S 3 . 1 M AT E R I A L E S Y SUMINISTROS 3.1.1 Materiales de Oficina 650.00 2.00 1,300.00 3.1.2 Materiales de Ingeniería 650.00 2.00 1,300.00 Sub-total 3.1 2,600.00 3.2 GASTOS DE OPERACIÓN Y OFICINA 3.2.1 Reporte y Reproducción 1,000.00 3.00 3,000.00 3.2.2 Alquiler de Oficina y Vivienda 10,000.00 3.00 30,000.00 3.2.3 Servicios Públicos 1,000.00 3.00 3,000.00 3.2.4 Comunicaciones 1,000.00 3.00 3,000.00 3.2.5 Subsistencia de Ingenieros 6,000.00 0.14 840.00 3.2.6 Subsistencia de Personal de Campo 4,000.00 1.93 7,720.00 3.2.7 Viáticos (día) 1,500.00 23.00 34,500.00 3.2.8 Seguros Patronal (3% / Sueldos y Salarios) 13,614.00 3.2.9 Inspección e Informe 1 y 2 año Garantía de Calidad 3,000.00 0.00 0.00 Sub-total 3.2 95,674.00 No. DESCRIPCIÓN SUELDO MENSUAL (L.) HOMBRES / MES TOTAL (L.) 3.3 COMPRA Y ALQUILER DE EQUIPO 3.3.1 Alquiler de vehículos 16,000.00 2.14 34,240.00 3.3.2 Alquiler de Equipo de laboratorio 10,000.00 4.00 40,000.00 3.3.3 Equipo de Topografía (Tránsito y Nivel) 10,000.00 4.00 40,000.00 3.3.4 Alquiler de Equipo de Oficina, Campo e Informática 2,000.00 4.00 8,000.00. 3.3.5 Prueba de medición de rugosidad (IRI) 50,000.00 0.23 11,500.00 Sub-total 3.3 133,740.00. TOTAL 3 GASTOS DIRECTOS 232,014.00. 4 GASTOS GENERALES 4.1 46.20 % S / Cuenta (1+2) (Según Acuerdo Ejecutivo No. A-003-2010 y Fe de Errata de 01 de febrero 2010) 306,579.38 4.2 15 % S/ Cuentas Gastos Directos (3) (Según Acuerdo Ejecutivo No. A-003-2010 y Fe de Errata de 01 de febrero 2010) 34,802.10 TOTAL 4 GASTOS GENERALES 341,381.48 5 HONORARIOS 15% DE (1+2+4) 5.1 Honorarios (15 % de 1, 2 y 4) (Según Acuerdo Ejecutivo No. A-003-2010 y Fe de Errata de 01 de febrero 2010) 150,745.98 TOTAL 5 HONORARIOS 1 5 0 , 7 4 5 . 9 8 TO TA L ( 1 + 2 + 3 + 4 + 5 ) 1,387,733.20 con este incremento, se establece un monto total acumulado para la presente MODIFICACIÓN No. 2 de VEINTISIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN LEMPIRAS CON 76/100 (L.27,166,241.76) que representa -- 133 of 3324 -- un incremento acumulado del 24.96% en relación con el Contrato Original.
  5. 5.Que, de acuerdo con los cambios expuestos en los considerandos anteriores, el monto modificado queda de la siguiente forma: DESCRIPCIÓN MONTO (L) Monto del Contrato Original (L) 21,739,030.74 Incremento Modificación No.1 (L) 4,039,477.82 Incremento Modificación No.2 (L) 1,387,733.20 Monto Modificación No. 2 (L) 27,166,241.76 Porcentaje en relación con el Monto Contractual Original 24.96%
  6. 6.Que, el Considerando anterior se fundamenta en literal b. de la CLÁUSULA XIX: MODIFICACIONES DEL CONTRATO, los cuales facultan la realización de reformas al mismo con base en las modificaciones efectuadas al Contrato del Contratista, mediante las cuales se amplió tanto el alcance como el plazo de ejecución del proyecto, resulta necesario formalizar la presente MODIFICACIÓN No. 2 al CONTRATO DE SUPERVISIÓN No. SIT- SU-095-2023, a fin de ampliar los alcances de los servicios inicialmente contratados y ajustar el plazo de ejecución correspondiente. P O R TA N T O : A M B A S PA RT E S CONVIENEN: Con fundamento en los Artículos: 121, 122 y 123 de la Ley de Contratación del Estado y a la CLÁUSULA XIX (MODIFICACIONES DEL CONTRATO) del CONTRATO DE SUPERVISIÓN No. SIT-SU-095-2023, las partes convienen en modificar el referido Contrato para el proyecto: “SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE LA REHABILITACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CARRETERA CA-4, TRAMO: OCOTEPEQUE – EL PORTILLO, CON UNA LONGITUD (20 KM), UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”, conforme a las condiciones siguientes: PRIMERO: Modificar el inciso b de la CLÁUSULA VII: VALIDEZ, VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO, el cual debe leerse de la siguiente manera: b) Plazo de Ejecución del Contrato: EL SUPERVISOR realizará todos los trabajos objeto de este Contrato, en OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE (859) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha de la Orden de Inicio que emita LA DIRECCIÓN. El resto de la Cláusula VII permanece igual que en el Contrato Original. SEGUNDO: Modificar la CLÁUSULA VIII: COSTO DEL CONTRATO, la cual debe leerse de la siguiente manera: CLÁUSULA VIII: COSTO DEL CONTRATO: El costo de este contrato se ha estimado en la cantidad -- 134 of 3324 -- de VEINTISIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN LEMPIRAS CON 76/100 (L. 27,166,241.76), según se detalla en el estimado de costos que s e p r e s e n t a a c o n t i n u a c i ó n : N o . DESCRIPCIÓN SUELDO MENSUAL (L.) HOMBRES / MES TOTAL (L.) 1 SUELDOS Y SALARIOS 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 Gerente de Proyecto 40,000.00 8.00 320,000.00 1.1.2 Ingeniero Residente 30,000.00 24.00 720,000.00 1.1.3 Ingeniero Asistente (2) 20,000.00 24.00 480,000.00 1.1.4 Especialista en Geotecnia 40,000.00 4.00 160,000.00 1.1.5 Especialista en Pavimentos 40,000.00 7.00 280,000.00 1.1.6 Especialista Estructural 40,000.00 4.00 160,000.00 1.1.7 Ingeniero Ambiental-Seguridad 30,000.00 21.00 630,000.00 Sub-total 1.1 2,750,000.00 1.2 PERSONAL TÉCNICO Y AUXILIAR 1.2.1 Laboratorista 13,500.00 22.00 297,000.00 1.2.2 Inspector de Campo 13,500.00 73.00 985,500.00 1.2.3 Topógrafo 13,500.00 22.00 297,000.00 1.2.4 Cadeneros 13,500.00 43.00 580,500.00 1.2.5 Motorista (6) 13,500.00 63.00 850,500.00 1.2.6 Peones de Topografía 13,500.00 93.00 1,255,500.00 1.2.7 Vigilantes 13,500.00 20.00 270,000.00 1.2.8 Dibujante Calculista 15,000.00 13.00 195,000.00 1.2.9 Secretaria 15,000.00 13.00 195,000.00. 1.2.10 Contador 15,000.00 13.00 195,000.00 1.2.11 Tiempo extra (25% personal de campo) 1,134,000.00 Sub-total 1.2 6,255,000.00 TOTAL 1 SUELDOS Y SALARIOS 9,005,000.00 2 BENEFICIOS SOCIALES 2.1 46.23% de (Total 1) 4,163,011.50 TOTAL 2 BENEFICIOS SOCIALES 4,163,011.50 3 GASTOS DIRECTOS 3.1 MATERIALES Y SUMINISTROS 3.1.1 Materiales de Oficina 650.00 24.00 15,600.00 3.1.2 Materiales de Ingeniería 650.00 24.00 15,600.00 Sub-total 3.1 31,200.00 3.2 GASTOS DE OPERACIÓN Y OFICINA 3.2.1 Reporte y Reproducción 1,000.00 25.00 25,000.00 3.2.2 Alquiler de Oficina y Vivienda 10,000.00 25.00 250,000.00 3.2.3 Servicios Públicos 1,000.00 25.00 25,000.00 3.2.4 Comunicaciones 1,000.00 25.00 25,000.00 3.2.5 Subsistencia de Ingenieros 6,000.00 52.00 312,000.00 3.2.6 Subsistencia de Personal de Campo 4,000.00 226.50 906,000.00 3.2.7 Viáticos (día) 1,500.00 210.00 315,000.00 No. DESCRIPCIÓN SUELDO MENSUAL (L.) HOMBRES / MES TOTAL (L.) 3.2.8 Seguros Patronal (3% / Sueldos y Salarios) 1.00 270,104.08 3.2.9 Inspección e Informe 1 y 2 año Garantía de Calidad 3,000.00 2.00 6,000.00 Sub-total 3.2 2,134,104.08 3.3 COMPRA Y ALQUILER DE EQUIPO -- 135 of 3324 -- 3.3.1 Alquiler de vehículos 16,000.00 94.00 1,504,000.00 3.3.2 Alquiler de Equipo de laboratorio 10,000.00 24.00 240,000.00 3.3.3 Equipo de Topografía (Tránsito y Nivel) 10,000.00 24.00 240,000.00 3.3.4 Alquiler de Equipo de Oficina, Campo e Informática 2,000.00 24.00 48,000.00 3.3.5 Prueba de medición de rugosidad (IRI) 50,000.00 1.80 90,000.00 Sub-total 3.3 2,122,000.00 TOTAL 3 GASTOS DIRECTOS 4,287,304.08 4 GASTOS GENERALES 4.1 46.20 % S / Cuenta (1+2) 6,083,621.31 4.2 15 % S/ Cuenta (3) 643,095.61 TOTAL 4 GASTOS GENERALES 6,726,716.92 5 HONORARIOS 15% DE (1+2+4) 5.1 Honorarios (15 % de 1, 2 y 4) 2,984,209.26 TOTAL 5 HONORARIOS 2,984,209.26 TOTAL (1+2+3+4+5) 27,166,241.76 TERCERO: Modificar el primer párrafo de la CLÁUSULA IX: PAGOS, el cual debe leerse de la siguiente manera: CLÁUSULA IX: PAGOS: EL SUPERVISOR recibirá como pago por los servicios objeto de este contrato una cantidad estimada en VEINTISIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN LEMPIRAS CON 76/100 (L. 27,166,241.76), de los cuales DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NUEVE LEMPIRAS CON 26/100 (L. 2,984,209.26) corresponden al concepto de honorarios, en el tiempo de ejecución de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE (859) DÍAS CALENDARIO. Este contrato será pagado por suma alzada. El resto de la Cláusula IX se mantiene igual que en el Contrato Original. CUARTO: EL SUPERVISOR se obliga a actualizar las garantías correspondientes a este CONTRATO DE SUPERVISIÓN No. SIT-SU-095-2023 de acuerdo con las estipulaciones contenidas en la presente MODIFICACIÓN No.2 y a lo establecido en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. QUINTO: Continúan vigentes de cumplimiento las Cláusulas y Sub-Cláusulas de Contrato Original, ADENDUM No.1 y Modificación No. 1 que no se opongan a esta MODIFICACIÓN No.2 del Contrato del Proyecto en referencia. En fe de lo cual y de común acuerdo, firmamos la presente MODIFICACIÓN No.2 al CONTRATO DE SUPERVISIÓN No. SIT-SU-095-2023 del proyecto: “SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE LA REHABILITACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CARRETERA CA-4, TRAMO: OCOTEPEQUE – EL PORTILLO, CON UNA LONGITUD (20 KM), UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”, en la ciudad de -- 136 of 3324 -- Comayagüela, MDC, a los 22 días del mes de septiembre de 2025. (f y s) MSc ING OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES, SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), RTN: No. 08019022385492 (f y s) ING. AMÍLCAR RENÉ GIRÓN VÁSQUEZ, ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES S.A. DE C.V. (ASP CONSULTORES) RTN: 08019003246678 10. “EL CONTRATO ORIGINAL, M O D I F I C A C I Ó N N o , 1 y L A M O D I F I C A C I Ó N N o . 2 A L CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN N o . S I T- C O - 1 4 2 - 2 0 2 3 p a r a e l Proyecto: “REHABILITACIÓN CON WHITE TOPPING (CONCRETO HIDRÁULICO) DE LA CARRETERA CA-6, ETAPA II, TRAMO: DESVÍO A P I N A R E S D E U Y U C A - E L ZAMORANO (DESVÍO A GÜINOPE), DEPARTAMENTO DE FRANCISCO M O R A Z Á N , H O N D U R A S C . A . , L O N G I T U D A P R O X I M A D A : 14.90KM”, entre el Ingeniero OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES, actuando en su condición de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) y el Ingeniero MARCO A L F R E D O A L B A N C R E S P O , actuando en representación de la Empresa Constructora HIDALGO E HIDALGO HONDURAS S.A. de C.V., a los el siete (07) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023) el Contrato Original, a los catorce (14) de febrero del año dos mil veinticinco (2025) la Modificación No.1 y a los (01) días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025) la Modificación No.2; que literalmente dicen: MODIFICACIÓN No.2 CONTRATO D E C O N S T R U C C I Ó N N o . S I T- CO-142-2023 “REHABILITACIÓN CON WHITE TOPPING (CONCRETO HIDRÁULICO) DE LA CARRETERA CA-6, ETAPA II, TRAMO: DESVÍO A P I N A R E S D E U Y U C A - E L ZAMORANO (DESVÍO A GÜINOPE), DEPARTAMENTO DE FRANCISCO M O R A Z Á N , H O N D U R A S C . A . , L O N G I T U D A P R O X I M A D A : 14.90KM”. Nosotros OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES, mayor de edad, casado, hondureño, Ingeniero Civil, con Documento Nacional de Identificación No. 0801-1990-24191 con domicilio en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán, República de Honduras, actuando en mi condición de SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE -- 137 of 3324 -- INFRAESTRUCTURAYTRANSPORTE (SIT), facultado para realizar este acto mediante Acuerdo Ejecutivo No. 11-2024 de fecha 3 de enero de 2024, emitido por la Presidenta Constitucional de la República y el Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, el cual fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,435, el 16 de enero de 2024, y que en adelante denominado “EL CONTRATANTE” por una parte y MARCO ALFREDO ALBAN CRESPO, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, de nacionalidad ecuatoriana, con Pasaporte No. A9557431, con Registro Tributario Nacional No. 18048012474187, debidamente autorizado para firmar en nombre y Representación de la Empresa Constructora HIDALGO E HIDALGO HONDURAS S.A. de C.V., con Registro Tributario Nacional No. 08019013549808, con domicilio en Blvd. Suyapa, Edificio Metrópolis, Torre 2, Piso 4, local 20412, Honduras C.A., correo electrónico dafnefugon@ gmail.com, con teléfono (504)2270- 7333, empresa constituida conforme las Leyes de la República, en adelante denominado “EL CONTRATISTA”, por la otra; hemos convenido en suscribir la presente MODIFICACIÓN No.2 al CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN N o . S I T- C O - 1 4 2 - 2 0 2 3 p a r a e l PROYECTO: “REHABILITACIÓN CON WHITE TOPPING (CONCRETO HIDRÁULICO) DE LA CARRETERA CA-6, ETAPA II, TRAMO: DESVÍO A P I N A R E S D E U Y U C A - E L ZAMORANO (DESVÍO A GÜINOPE), DEPARTAMENTO DE FRANCISCO M O R A Z Á N , H O N D U R A S C . A . , L O N G I T U D A P R O X I M A D A : 1 4 . 9 0 K M ” , d e c o n f o r m i d a d c o n l a s e s t i p u l a c i o n e s s i g u i e n t e s : ANTECEDENTES Con fecha Siete (07) de Noviembre del año dos mil veintitrés (2023), fue suscrito el Contrato de Construcción del proyecto: “REHABILITACIÓN CON WHITE TOPPING (CONCRETO HIDRÁULICO) DE LA CARRETERA CA-6, ETAPA II, TRAMO: DESVÍO A P I N A R E S D E U Y U C A - E L ZAMORANO (DESVÍO A GÜINOPE), DEPARTAMENTO DE FRANCISCO M O R A Z Á N , H O N D U R A S C . A . , L O N G I T U D A P R O X I M A D A : 1 4 . 9 0 K M ” , p o r u n m o n t o d e CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 24/100 (LPS 482,043,977.24), con un plazo de ejecución a partir de la Orden de Inicio de TRESCIENTOS NOVENTA (390) DÍAS CALENDARIO (13 MESES). La supervisión del proyecto fue adjudicada -- 138 of 3324 -- a la empresa SAYBE Y ASOCIADOS S. DE R.L. mediante el CONTRATO DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN SIT-SU-117-2023. Mediante Oficio SIT- SE-6157-2023, se emitió la Orden de Inicio del Contrato a partir del Veintidós (22) de enero de 2024 para la ejecución del proyecto, finalizando el 14 de febrero de 2025. Con fecha Nueve (09) de Octubre del año Dos Mil Veinticuatro (2024) fue suscrita la ORDEN DE CAMBIO No. 1 de CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-142-2023, con el propósito de readecuar las cantidades de acuerdo a los requerimientos de ejecución en base a las condiciones actuales, con el cambio de Sistema Constructivo de White Topping a Reciclado de Carpeta Asfáltica estabilizada con Cemento, sin modificar el monto contractual original. Con fecha catorce (14) de febrero del año dos mil veinticinco (2025), se suscribió la MODIFICACIÓN No. 1 al CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-142-2023, mediante la cual se modificó la fecha de finalización del proyecto, otorgando una ampliación de plazo de DOSCIENTOS DOCE (212) DÍAS CALENDARIO, resultando en un plazo total acumulado de SEISCIENTOS DOS (602) DÍAS CALENDARIO. En consecuencia, la nueva fecha de finalización del contrato se establece para el día quince (15) de septiembre del año dos mil veinticinco (2025).
  7. 7.Que, de acuerdo con la CONDICIONES GENERALES Y ESPECIALES DE CONTRATO SUBCLÁUSULAS 8.3 y 8.4 del CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN N o . S I T- C O - 1 4 2 - 2 0 2 3 c o n t í t u l o “ P R O G R A M A ” y “ P R Ó R R O G A DEL PLAZO DE TERMINACIÓN” r e s p e c t i v a m e n t e , p e r m i t e a E L CONTRATANTE, realizar ampliaciones al plazo de ejecución del presente Contrato, dentro de los límites y sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley de Contratación del Estado, Artículo 121 y sus Normas Reglamentarias, por lo que se hace necesario modificar a EL CONTRATISTA el plazo de ejecución del contrato en mención, en base a lo descrito en los Considerandos subsecuentes.
  8. 8.Que, durante la ejecución del proyecto y en atención a las necesidades técnicas identificadas en campo, se ha requerido la incorporación de actividades adicionales no contempladas inicialmente así como ajustar las cantidades de obra contratadas, en función de las condiciones reales del sitio; estas modificaciones, fundamentadas en evaluaciones técnicas de campo, incluyen tanto incrementos como disminuciones de obra, necesarias para garantizar la calidad, funcionalidad y durabilidad de la estructura de pavimento proyectada. Asimismo, en cumplimiento del compromiso asumido -- 139 of 3324 -- por la Secretaría de Estado en el Despacho de Infraestructura y Transporte para hacer efectiva la donación de un puente otorgada por el Gobierno del Japón, se incluye la construcción de un acceso en la estación 16+300 L.D., mediante muro de concreto ciclópeo y caja de drenaje; adicionalmente, se incorpora la cuña de concreto de transición y el refuerzo para la ampliación de sección en tragantes, a fin de garantizar la seguridad vial, la correcta funcionalidad del drenaje y la adecuada terminación del proyecto, formalizando todas estas actividades mediante la presente modificación contractual.
  9. 9.Que, en cumplimiento de las atribuciones establecidas en el Contrato de Supervisión y conforme a lo dispuesto en el Artículo 217 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, LA SUPERVISIÓN realizó una revisión exhaustiva de las cantidades de obra, presentando el Informe Técnico de Justificación de la MODIFICACIÓN No. 2, en el cual se establece la necesidad de ajustar, incrementar o disminuir dichas cantidades de acuerdo con las condiciones reales del terreno y la ejecución del proyecto; en consecuencia, se formaliza la presente MODIFICACIÓN No. 2 al CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-142-2023, con los ajustes necesarios para garantizar la funcionalidad y correcta ejecución de la obra, como se muestra a continuación: - 171 - cumplimiento de las atribuciones establecidas en el Contrato de Supervisión y conforme a lo dispuesto en el Artículo 217 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, LA SUPERVISIÓN realizó una revisión exhaustiva de las cantidades de obra, presentando el Informe Técnico de Justificación de la MODIFICACIÓN No. 2, en el cual se establece la necesidad de ajustar, incrementar o disminuir dichas cantidades de acuerdo con las condiciones reales del terreno y la ejecución del proyecto; en consecuencia, se formaliza la presente MODIFICACIÓN No. 2 al CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-142-2023, con los ajustes necesarios para garantizar la funcionalidad y correcta ejecución de la obra, como se muestra a continuación: ACTIVIDADES QUE DISMINUYEN: No. ACTIVIDAD Cantidad Contractual (Orden de Cambio No.1) Cantidad Modificada Nueva Cantidad Contractual % 1.- ACTIVIDADES GENERALES 1.1.3 Excavación y Relleno de Zanja para Fibra Óptica 9,750.00 m3 -9,750.00 m3 0.00 m3 -100.00 % 2.- TERRACERÍAS 2.1.1 Excavación Común (No Clasificada) 144,473.34 m3 -84,473.34 m3 60,000.00 m3 -58.47 % 2.1.2 Excavación Banqueo 5,797.79 m3 -4,493.89 m3 1,303.90 m3 -77.51 % 2.1.6 Sobre-Acarreo 825,422.22 m3-km -645,422.22 m3-km 180,000.00 m3-km -78.19 % 3.- PAVIMENTO 3.1.2a Complemento de Reciclado y Rigidización de material recuperado 34,352.50 m3 -19,079.77 m3 15,272.73 m3 -55.54 % 3.1.6 Corte de Juntas Longitudinales y Transversales (3.65 m x 3.00 m) 166,449.50 ml -18,986.74 ml 147,462.76 ml -11.41 % 3.1.8 Bordillo con Cuneta Integral 280.00 ml -280.00 ml 0.00 ml -100.00 % 4.- OBRAS DE DRENAJE MENOR 4.1.2 Excavación Material Tipo II (Material Semiduro) 16,566.22 m3 -2,293.22 m3 14,273.00 m3 -13.84 % 4.1.12 Concreto Clase B para Cabezales 925.56 m3 -595.56 m3 330.00 m3 -64.35 % 4.1.16 Losa de Concreto Clase B, para Caja Ciega en Tragante Existente 21.00 m2 -21.00 m2 0.00 m2 -100.00% 4.1.17 Relleno con Material Selecto 5,542.85 m3 -805.61 m3 4,737.24 m3 -14.53 % 4.1.18 Relleno con Material del Sitio 9,469.12 m3 -5,299.11 m3 4,170.01 m3 -55.96 % 4.1.22 Botado de Material Sobrante 7,961.63 m3 -6,161.63 m3 1,800.00 m3 -77.39 % 5.- OBRAS DE DRENAJE MAYOR -- 140 of 3324 -- - 172 - No. ACTIVIDAD Cantidad Contractual (Orden de Cambio No.1) Cantidad Modificada Nueva Cantidad Contractual % 5,1- CONSTRUCCIÓN DE CAJA PUENTE ESTACIÓN 22+940 5.1.1 Concreto Clase A (Caja Puente) 195.67 m3 -75.63 m3 120.04 m3 -38.65% 5.1.2 Acero de Refuerzo grado 40 17,689.23 kg -11,444.17 kg 6,245.06 kg -64.70% 5.1.5 Mampostería en Disipador de Energía 42.08 m3 -42.08 m3 0.00 m3 -100.00% 5.3.- AMPLIACIÓN DE PUENTE QUEBRADA AGUAS AMARILLAS, EST. 20+810 5.3.1 Demolición de Estructuras de Concreto Existentes 7.22 m3 -0.98 m3 6.24 m3 -13.57 % 5.3.2 Demolición de Carpeta Existente 16.50 m3 -16.50 m3 0.00 m3 -100.00% 5.3.4 Acero de Refuerzo grado 60 5,650.00 kg -1,317.73 kg 4,332.27 kg -23.32% 5.3.5 Concreto Hidráulico Clase "A" (F'C = 281 Kg/Cm2 o 4,000 PSI) 42.00 m3 -1.45 m3 40.55 m3 -3.45% 6.- OBRAS COMPLEMENTARIAS 6.1.1 Casetas Metálicas en Paradas de Buses 28.00 Unidades -16.00 Unidades 12.00 Unidades -57.14% 6.1.2 Barrera de Concreto (tipo New Jersey) 6,090.00 ml -2,890.00 ml 3,200.00 ml -47.45% 7.- ESTABILIZACIÓN FALLA 16+300 7.1.1 Base Triturada 28.00 m3 -28.00 m3 0.00 m3 -100.00 % 7.1.2 Conformación de Material existente 6,090.00 m2 -1.20 m2 6,088.80 m2 -0.02 % 7.1.4 Relleno con Material de Préstamo 38,000.00 m3 -28,418.90 m3 9,581.10 m3 -74.79 % No. ACTIVIDAD Monto Contractual (L) (Orden de Cambio No.1) Monto Modificado (L) Nueva Monto Contractual (L) % MONTOS PROVISIONALES ESPECÍFICOS (B) B.2 REASENTAMIENTO L.8,001,482.34 -L.8,001,482.34 L.0.00 -100.00 % MONTOS PROVISIONALES (C y D) C ADMINISTRACIÓN DELEGADA O TRABAJO POR DIA DE A L.17,082,612.43 -L.8,582,612.43 L.8,500,000.00 -50.24 % D RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS O CLÁUSULA ESCALATORIA DE A L.25,623,918.64 -L 14,134,705.6200 L. 11,489,213.02 -55.16 % ACTIVIDADES QUE AUMENTAN: No. ACTIVIDAD Cantidad Contractual (Orden de Cambio No.1) Cantidad Modificada Nueva Cantidad Contractual % 1.- ACTIVIDADES GENERALES 1.1.1 Cercado del Derecho de Vía 2,800.00 ml 2,701.50 ml 5,501.50 ml 96.48 % 2.- TERRACERÍAS 2.1.4 Relleno con Material de Préstamo 55,226.96 m3 25,773.04 m3 81,000.00 m3 46.67 % 2.1.5 Sub-Excavación 7,900.71 m3 39,099.29 m3 47,000.00 m3 494.88 % 3.- PAVIMENTO 3.1.1 Base Triturada 17,311.81 m3 5,950.67 m3 23,262.48 m3 34.37 % 3.1.2 Reciclado y Conformación de Base Mejorada con Cemento 1,780.00 m3 23,181.81 m3 24,961.81 m3 1,302.35 % 3.1.3 Suministro y Colocación de Cemento GU (saco 42.50 Kg) 3,974.92 ton 2,025.08 ton 6,000.00 ton 50.95 % 3.1.5 Concreto Hidráulico e= 22cm, MR: 650 psi 44,454.29 m3 702.92 m3 45,157.21 m3 1.58 % 3.1.7 Concreto Ciclópeo para Muros 1,000.00 m3 4,000.00 m3 5,000.00 m3 400.00 % 3.1.9 Bordillo de Concreto f'c =211 kg/cm2. Dimensiones 20x20 cm pin #4 @0.40 m 556.00 ml 444.00 ml 1,000.00 ml 79.86 % -- 141 of 3324 -- - 173 - No. ACTIVIDAD Cantidad Contractual (Orden de Cambio No.1) Cantidad Modificada Nueva Cantidad Contractual % 3.1.10 Suministro y Colocación de Mezcla Asfáltica en Caliente para Bacheo y reconstrucción hombros 116.25 ton 101.07 ton 217.32 ton 86.94 % 4.- OBRAS DE DRENAJE MENOR 4.1.1 Demolición de Estructuras de Concreto Existente 167.43 m3 272.69 m3 440.12 m3 162.87 % 4.1.5 Suministro e Instalación de Alcantarilla, Tubería TCR, d=48", Tipo III 110.00 ml 17.18 ml 127.18 ml 15.62 % 4.1.7 Suministro e Instalación de Alcantarilla, Tubería TCR, d=36", Tipo III 300.00 ml 4.70 ml 304.70 ml 1.57 % 4.1.9 Suministro e Instalación de Alcantarilla, Tubería TCR, d=30", Tipo IV 602.00 ml 124.80 ml 726.80 ml 20.73 % 4.1.14 Remoción de Tubería Existente 107.45 ml 20.50 ml 127.95 ml 19.08 % 5.- OBRAS DE DRENAJE MAYOR 5.3.- AMPLIACIÓN DE PUENTE QUEBRADA AGUAS AMARILLAS, EST. 20+810 5.3.10 Juntas de Expansión de 2" (Suministro/Instalación) 10.54 ml 7.31 ml 17.85 ml 69.35 % 6.- OBRAS COMPLEMENTARIAS 6.1.3 Acero de Refuerzo grado 40 38,000.00 kg 4,944.00 kg 42,944.00 kg 13.01% ACTIVIDADES NUEVAS: No. ACTIVIDAD Cantidad Contractual (Orden de Cambio No.1) Cantidad Modificada Nueva Cantidad Contractual % 3.- PAVIMENTO 3.1.5a Concreto de cuña de transición integral con cuneta 0.00 m3 2,437.60 m3 2,437.60 m3 100.00 % 4.- OBRAS DE DRENAJE MENOR 4.1.15b Acero de refuerzo para tragantes por ampliación de sección 0.00 kg 1,361.18 kg 1,361.18 kg 100.00 % 7.- ESTABILIZACIÓN FALLA 16+300 7.1.4 Tratamiento Superficial Doble 0.00 m2 300.00 m2 300.00 m2 100.00 % 7a.- OBRAS ADICIONALES EN ZONA DE FALLA 16+300 7.1.1a Concreto Ciclópeo para Muros 0.00 m3 420.06 ml 420.06 ml 100.00 % 7.1.2a Concreto Clase A (Caja de Drenaje) 0.00 m3 120.04 m3 120.04 m2 100.00 % 7.1.3a Acero de Refuerzo grado 40 0.00 kg 865.06 ml 865.06 ml 100.00 % 7.1.4a Acero de Refuerzo grado 60 0.00 kg 4,666.74 kg 4,666.74 kg 100.00 % 7.1.5a Relleno con Material Selecto 0.00 m3 1,985.36 m3 1,985.36 m3 100.00 % 7.1.6a Excavación Estructural 0.00 m3 552.51 m3 552.51 m3 100.00 %
  10. 10.Que, en virtud de los análisis técnicos y sociales realizados durante la ejecución del proyecto, se elimina totalmente la partida B.2 "REASENTAMIENTO" del presupuesto de la obra, en virtud de que El CONTRATISTA y EL SUPERVISOR han ejecutado procesos de socialización con algunos propietarios sin incurrir en costos adicionales.
  11. 11.Que, con el fin C O N S I D E R A N D O ( 4 ) : Q u e , e n v i r t u d d e l o s a n á l i s i s t é c n i c o s y sociales realizados durante la ejecución del proyecto, se elimina totalmente la partida B.2 “REASENTAMIENTO” del presupuesto de la obra, en virtud de que El CONTRATISTA y EL SUPERVISOR han ejecutado procesos de socialización con algunos propietarios sin incurrir en costos adicionales.
  12. 12.Que, con el fin de no sobrepasar el monto contractual, se requiere la readecuación de los montos correspondientes a las partidas de IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN AMBIENTAL Y SOCIAL (1.00% de A), ADMINISTRACIÓN DELEGADA O TRABAJO POR DÍA (4.00% de A), y RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS O CLÁUSULA ESCALATORIA (6.00% de A), donde (A) representa el -- 142 of 3324 -- subtotal de todos los ítems contractuales. Cabe señalar que dicho subtotal (A) ha sido modificado, pasando de L. 427,065,310.72 a L. 457,784,111.11 razón por la cual los porcentajes antes mencionados ya no corresponden al 1.00%, 4.00% y 6.00%, respectivamente. En virtud de lo anterior, se eliminan los porcentajes en la descripción de las partidas modificando su unidad a “Global” y se procede a reajustar los montos de la siguiente manera: ●IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN AMBIENTAL Y SOCIAL: se mantiene el monto original de L. 4,270,653.11. ●ADMINISTRACIÓN DELEGADA O TRABAJO POR DÍA: se modifica el monto a un total de L. 8,500,000.00. ●RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS O CLÁUSULA E S C A L ATO R I A : s e m o d i f i c a e l monto a un total de L. 11,489,213.02.
  13. 13.Que, mediante oficio GP-IR-053-2024-HEH de fecha 24 de julio de 2025, EL CONTRATISTA solicitó a LA SUPERVISIÓN la ampliación del plazo contractual por un total de TRESCIENTOS TREINTA Y TRES (333) DÍAS CALENDARIO, debido al Cambio de alcance (reciclado y conformación de base mejorada con cemento), el desabastecimiento de cemento HE-R, Retraso en desembolso de estimaciones y Condiciones climatológicas adversas.
  14. 14.Que, mediante el Informe Técnico de Justificación de la MODIFICACIÓN No. 2, se resume que durante la ejecución del CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-142-2023 se presentaron diversas causas que impactaron los tiempos de obra y justifican la ampliación del plazo contractual, entre ellas: el cambio de alcance por la sustitución del sistema WhitteTopping por reciclado y conformación de base mejorada con cemento, que implicó Subexcavaciones, transporte y disposición de material de préstamo, compactación y control de calidad, justificando SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO; la disminución y suspensión del suministro de cemento por parte del proveedor entre el 17 de marzo y el 21 de julio de 2025, justificando CIENTO NUEVE (109) DÍAS CALENDARIO; la suspensión parcial de labores derivada de retrasos en los desembolsos de estimaciones correspondientes a los meses de febrero a junio de 2025, justificando CUARENTA (40) DÍAS CALENDARIO; y las condiciones meteorológicas adversas en fechas específicas de enero, febrero, mayo y junio de 2025, justificando SEIS (6) DÍAS CALENDARIO. En virtud de lo anterior, LA SUPERVISIÓN aprueba una ampliación total de DOSCIENTOS QUINCE (215) DÍAS CALENDARIO, según se resume a continuación: -- 143 of 3324 --
  15. 15.Que, de acuerdo con el Artículo 190 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, donde cita textualmente “Si la demora se produjere por causas no imputables al Contratista, a su solicitud y previo informe del Supervisor designado, la Administración autorizará la prórroga del plazo por un período al menos al tiempo perdido, sin aplicación de ninguna sanción. Para tal fin, el Contratista podrá invocar eventuales retrasos en los pagos a cargo de la Administración…. ”
  16. 16.Que, conforme al análisis técnico de LA SUPERVISIÓN y con base en los oficios e informes presentados, y de conformidad con la SubCláusula 8.4 “PRÓRROGA DEL PLAZO DE TERMINACIÓN” inciso c de las Condiciones Generales y Especiales del CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-142-2023, se considera procedente la aprobación de la ampliación de plazo por un total de DOSCIENTOS QUINCE (215) DÍAS CALENDARIO para el Componente de Construcción, estableciendo un nuevo plazo contractual de OCHOCIENTOS DIECISIETE (817) DÍAS CALENDARIO, con fecha de finalización al 17 de abril de 2026.
  17. 17.Que, de acuerdo con lo establecido, la presente MODIFICACIÓN No. 2 al CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-142-2023 no contempla un incremento al monto original del contrato, manteniéndose el mismo en la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 24/100 meteorológicas adversas en fechas específicas de enero, febrero, mayo y junio de 2025, justificando SEIS (6) DÍAS CALENDARIO. En virtud de lo anterior, LA SUPERVISIÓN aprueba una ampliación total de DOSCIENTOS QUINCE (215) DÍAS CALENDARIO, según se resume a continuación: Causal de ampliación de plazo Solicitado por el Contratista (días) Aprobado por la Supervisión (días) Soporte Cambio de alcance (reciclado y conformación de base mejorada con cemento) 333 60 Cambio de alcance Desabastecimiento de cemento HE-R 141 109 Suministro de cemento- 176 - Retraso en desembolso de estimaciones 96 40 Pagos retrasados Condiciones climatológicas adversas 6 6 Climatología Total ampliación de plazo contractual — 215 —
  18. 18.Que, de acuerdo con el Artículo 190 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, donde cita textualmente “Si la demora se produjere por causas no imputables al Contratista, a su solicitud y previo informe del Supervisor designado, la Administración autorizará la prórroga del plazo por un período al menos al tiempo perdido, sin aplicación de ninguna sanción. Para tal fin, el Contratista podrá invocar eventuales retrasos en los pagos a cargo de la Administración…. ”
  19. 19.Que, conforme al análisis técnico de LA SUPERVISIÓN y con base en los oficios e informes presentados, y de conformidad con la SubCláusula 8.4 “PRÓRROGA DEL PLAZO DE TERMINACIÓN” inciso c de las Condiciones Generales y Especiales del CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO- 142-2023, se considera procedente la aprobación de la ampliación de plazo por un total de DOSCIENTOS QUINCE (215) DÍAS CALENDARIO para el Componente de Construcción, estableciendo un nuevo plazo contractual de OCHOCIENTOS DIECISIETE (817) DÍAS CALENDARIO, con fecha de finalización al 17 de abril de 2026.
  20. 20.Que, de acuerdo con lo establecido, la presente MODIFICACIÓN No. 2 al CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-142-2023 no contempla un incremento al monto original del contrato, manteniéndose el mismo en la cantidad de CUATROCIENTOS -- 144 of 3324 -- (L 482,043,977.24), garantizando con ello la incorporación de las nuevas actividades y readecuaciones requeridas sin afectar el presupuesto asignado al proyecto.---------------------------------- Última línea de esta página --------------- -------------------
  21. 21.Que, de acuerdo con la CLÁUSULA XXII del Contrato de Construcción No. SIT-CO-235-2022 con título “AMPLIACIÓN DEL PLAZO Y DE LAS GARANTÍAS”, permite a EL CONTRATANTE, realizar modificaciones en cualquier ocasión al contrato, dentro de los límites y sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley de Contratación del Estado, Artículo 121 y sus Normas Reglamentarias se hace necesario modificar a EL CONTRATISTA el plazo de ejecución del contrato en mención, en base a lo descrito en los Considerandos subsecuentes.
  22. 22.Que, debido a que en su mayor parte el proyecto contempla un nuevo trazado respecto al existente con el fin de mejorar las condiciones de alineamiento y el diseño geométrico, fue necesario realizar estudios hidráulicos e hidrológicos. Esto se debe a que varias de las estructuras de drenaje existentes no cumplían con los requerimientos actuales y algunas estructuras de mampostería presentaban fallas, como es el caso del Acceso al Municipio de Marale. -- 152 of 3324 -- Por tal motivo, se requiere la construcción de nuevas obras de drenaje, lo que también permite evitar altos costos por indemnización de propiedades, especialmente en la zona del libramiento al Municipio de Sulaco.
  23. 23.Que, el diseño contractual contemplaba construir del Acceso al Municipio de Marale; pero debido a la existencia de pavimento ya construido en dicha entrada, no fue necesaria la ejecución de las actividades contratadas originalmente; sin embargo existe una estructura de mampostería fallada al final del bulevar de acceso lo cual constituye un peligro inminente de accidente para los usuarios de la vía, por lo cual se procederá a la construcción de una nueva estructura de drenaje (Caja Quíntuple 5X4X12 m.), para habilitar de forma segura al Acceso al Municipio de Marale (Cantidades incluidas en la Modificación No.1).
  24. 24.Que, mediante Oficio No. SIT- DSE-0634-2025, de fecha 24 de febrero de 2025, se solicitó a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) la emisión del Dictamen de Ampliación de Plazo y Cierre del Proyecto, debido a que el plazo establecido en la Nota de Prioridad No. 24887-1-12- 22 venció el 12 de marzo de 2025. No obstante, la SEFIN, a través de la Dirección General de Inversiones Públicas (DGIP), mediante Oficio No. DGIP-PROGSEG-041-2025 de fecha 7 de abril de 2025, emitió el Dictamen Técnico Desfavorable No. 07-2025, en vista que el Proyecto logró comprometer únicamente el 34.3% (L. 457.5 millones) con relación al costo aprobado en la Nota de Prioridad (L 1,333.2 millones); monto correspondiente al Sub-Tramo A: Marale- Sulaco más el Sub-Tramo B: Sulaco-Empalme Carretera de Yoro, este último no fue posible llevar a cabo los Procesos de Licitación y Concurso respectivamente por falta de espacio presupuestario del año fiscal 2023, 2024 y 2025. Por lo antes descrito la SEFIN recomendó a la SIT identificar el mecanismo legal y pago de las estimaciones pendientes así como el cierre administrativo del proyecto bajo el Programa de Inversión Pública. En este sentido las partes convienen que los gastos que se originen con motivo del presente Contrato serán sufragados con cargo a la estructura presupuestaria que se determine y asigne posteriormente para tal efecto.
  25. 25.Que, mediante oficios CMS-CHE- SIT-023 y CMS-CHE-SUP-071 de fecha 03 y 25 de junio de 2025 respectivamente, EL CONTRATISTA solicitó a LA SUPERVISIÓN la ampliación del plazo contractual, con una nueva fecha de finalización del Contrato el veinte (20) de enero del año dos mil veintiséis (2026) debido Activación de Falla Geológica (Incremento de Cantidades de Terracería posible Cambio de Alineamiento), al desabastecimiento de cemento HE-R, Retraso en desembolso de estimaciones y Otros Motivos de Atraso en los Avances de Obra del Proyecto (Reubicación de Tubería Km 85, Problemas de Liberación del Derecho de Vía del Km 84+460-84+670, Terracería en el Km 86+800).
  26. 26.Que, mediante el Informe Técnico de Justificación de la MODIFICACIÓN No. 3 de fecha 27 de junio de 2025, se resume que durante la ejecución del CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-235-2022 se presentaron diversas causas que impactaron los tiempos de -- 153 of 3324 -- obra y justifican la ampliación del plazo contractual, entre ellas: Durante el proceso constructivo de la terracería, se produjo la activación de una zona de fallamiento debido a los movimientos de asentamiento de los suelos provocado por el peso de los mismos después del relleno entre las estaciones 88+800 a 89+080, situación que origina un cambio de alineamiento, asegurando la estabilidad de la carretera entre las estaciones 88+500 a 90+300, significa un rediseño y aumento de terracería y obras colaterales estabilización de los suelos, justificando CUARENTA (40) DÍAS CALENDARIO; la disminución y suspensión del suministro de cemento por parte del proveedor a nivel nacional entre los meses de marzo y julio de 2025, justificando SETENTA Y UN (71) DÍAS CALENDARIO; la suspensión parcial de labores derivada de retrasos en los desembolsos de estimaciones correspondientes a los meses de febrero a junio de 2025, afectando la capacidad financiera de la Empresa Constructora para la adquisición de insumos, carburantes, combustibles, mano de obra y subcontratos, obligando a readecuar el cronograma de ejecución de las actividades justificando SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO; y otros motivos de atraso en los avances de obra del proyecto como ser: El Contratista durante la ejecución del proyecto no ha tenido acceso total al sitio entre las estaciones 84+640 – 84+700 de la obra debido a la falta de liberación del derecho de vía por donde se ubica el nuevo alineamiento horizontal de la carretera, esta situación ha provocado retrasos considerables en la ejecución de los trabajos previstos, debido a que dicho proceso de liberación fue desarrollado de manera voluntaria y conciliatoria con los dueños de los lotes afectados siendo lento y discontinuo, al no tener permiso por parte de los propietarios para poder acceder a los sitios de obra, generando retrasos significativos en el Programa de Avance de Obra, obligando realizar un nuevo cambio de línea para lograr la conexión del inicio del proyecto entre las estaciones 84+640 a 84+800, justificando TREINTA Y UN (31) DÍAS CALENDARIO. En virtud de lo anterior, LA SUPERVISIÓN aprueba una ampliación total de DOSCIENTOS DOS (202) DÍAS CALENDARIO, según se resume a continuación: - 190 - labores derivada de retrasos en los desembolsos de estimaciones correspondientes a los meses de febrero a junio de 2025, afectando la capacidad financiera de la Empresa Constructora para la adquisición de insumos, carburantes, combustibles, mano de obra y subcontratos, obligando a readecuar el cronograma de ejecución de las actividades justificando SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO; y otros motivos de atraso en los avances de obra del proyecto como ser: El Contratista durante la ejecución del proyecto no ha tenido acceso total al sitio entre las estaciones 84+640 – 84+700 de la obra debido a la falta de liberación del derecho de vía por donde se ubica el nuevo alineamiento horizontal de la carretera, esta situación ha provocado retrasos considerables en la ejecución de los trabajos previstos, debido a que dicho proceso de liberación fue desarrollado de manera voluntaria y conciliatoria con los dueños de los lotes afectados siendo lento y discontinuo, al no tener permiso por parte de los propietarios para poder acceder a los sitios de obra, generando retrasos significativos en el Programa de Avance de Obra, obligando realizar un nuevo cambio de línea para lograr la conexión del inicio del proyecto entre las estaciones 84+640 a 84+800, justificando TREINTA Y UN (31) DÍAS CALENDARIO. En virtud de lo anterior, LA SUPERVISIÓN aprueba una ampliación total de DOSCIENTOS DOS (202) DÍAS CALENDARIO, según se resume a continuación: Causal de ampliación de plazo Aprobados por la Supervisión (días) Soporte Activación de Falla Geológica (Incremento de Cantidades de Terracería) 40 días Incremento de Cantidades de Terracería Desabastecimiento de cemento HE-R 71 días Suministro de cemento Retraso en desembolso de estimaciones 60 días Pagos retrasados Otros Motivos de Atraso en los Avances de Obra del Proyecto 31 días Reubicación de Tubería Km 85, Problemas de Liberación del Derecho de Vía del Km 84+640- -- 154 of 3324 --
  27. 27.Que, de acuerdo con el Artículo 190 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, donde cita textualmente “Si la demora se produjere por causas no imputables al Contratista, a su solicitud y previo informe del Supervisor designado, la Administración autorizará la prórroga del plazo por un período al menos al tiempo perdido, sin aplicación de ninguna sanción. Para tal fin, el Contratista podrá invocar eventuales retrasos en los pagos a cargo de la Administración”.
  28. 28.Que la Empresa Supervisora INGENIERÍA, SERVICIOS Y COMERCIO S. de R. L. de C.V. (INSECO), contratada para la “Supervisión de las Obras de Construcción y Pavimentación con Concreto Hidráulico de la Carretera Central: Marale – Empalme Carretera Yoro, Sub-Tramo A: Marale-Sulaco, ubicada en los departamentos de Francisco Morazán y Yoro”, alcanzó un porcentaje acumulado del 153.84% con respecto al Contrato Original. En aplicación a lo establecido en el Artículo 123 de la Ley de Contratación del Estado, cualquier incremento superior al 25% requiere aprobación del Congreso Nacional; este trámite ha implicado que la Empresa Supervisora no pueda cobrar sus servicios provocándole problemas financieros, por lo cual la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) tomó la decisión de no renovar dicho contrato, cuyo vencimiento está previsto para el dieciocho (18) de julio de dos mil veinticinco (2025). Que, considerando lo anterior, se determinó la necesidad de iniciar un nuevo proceso de concurso, para lo cual deberán elaborarse los Términos de Referencia correspondientes. En virtud de ello, se justifica la ampliación de noventa (90) días calendario en la presente Modificación No. 3, tiempo requerido para la preparación de documentos, recepción y apertura de ofertas, evaluación de propuestas, negociaciones técnicas y financieras y adjudicación. - 192 - recepción y apertura de ofertas, evaluación de propuestas, negociaciones técnicas y financieras, y adjudicación. Causal de ampliación de plazo Plazo (Días) Elaboración y Aprobación de Términos de Referencia. 20 días Aviso de Concurso Público 5 días Recepción y Apertura de Ofertas 20 días Evaluación de las Propuestas 35 días Negociaciones Técnicas y Financieras 5 días Adjudicación y Firma de Contrato 5 días Total ampliación de plazo contractual 90 días
  29. 29.Que, conforme al análisis técnico de LA SUPERVISIÓN y con base en los oficios e informes presentados, y de conformidad con la SubCláusula 8.4 “PRÓRROGA DEL PLAZO DE TERMINACIÓN” inciso c de las Condiciones Generales y Especiales del CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-235- -- 155 of 3324 --
  30. 30.Que, conforme al análisis técnico de LA SUPERVISIÓN y con base en los oficios e informes presentados, y de conformidad con la SubCláusula 8.4 “PRÓRROGA DEL PLAZO DE TERMINACIÓN” inciso c de las Condiciones Generales y Especiales del CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-235-2022, de igual conforme a los CONSIDERANDOS No.6 y No.8 supra se considera procedente la aprobación de la ampliación de plazo justificado por un total de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS (292) DÍAS CALENDARIO para el Componente de Construcción, estableciendo un nuevo plazo contractual de UN MIL CIENTO SEIS (1,106) DÍAS CALENDARIO, con fecha de finalización al 20 de abril de 2026, por lo que EL CONTRATANTE de acuerdo con la SECCIÓN TERCERA SUPERVISIÓN, Artículo No.82 Supervisión de la Ley de Contratación del Estado, seleccionará dentro de su personal para que supervise las obras que EL CONTRATISTA ejecutará durante este período de tiempo hasta que se haya emitido la Orden de Inicio a la Empresa Consultora que será contratada para tal efecto.
  31. 31.Que, de acuerdo con lo establecido, la presente MODIFICACIÓN No. 3 al CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-235-2022 no contempla un incremento al monto, manteniéndose el mismo de la Modificación No.1 en la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTE MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 95/100 (L 420,718,286.95).
  32. 32.Que, durante la ejecución del proyecto se registraron condiciones climáticas adversas, caracterizadas por lluvias intensas, alta humedad ambiental y saturación del terreno, afectando directamente el desarrollo de las actividades programadas, particularmente las relacionadas con el reciclado, estabilización con cemento, imprimación asfáltica y el doble tratamiento superficial.
  33. 33.Que, en fecha 22 de octubre del 2025, EL CONTRATISTA presentó la Solicitud de Ampliación de Plazo, mediante la cual solicitó CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO adicionales debido a las condiciones climáticas adversas que interrumpieron la continuidad de las obras.
  34. 34.Que, -- 159 of 3324 -- conforme al informe técnico emitido por LA SUPERVISIÓN, se verificaron los registros de campo comprendidos entre el 1 de julio y el 14 de octubre del 2025, determinándose un total de CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO de afectación directa por condiciones meteorológicas adversas, respaldando técnicamente la solicitud presentada por EL CONTRATISTA. 2025, EL CONTRATISTA presentó la Solicitud de Ampliación de Plazo, mediante la cual solicitó CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO adicionales debido a las condiciones climáticas adversas que interrumpieron la continuidad de las obras.
  35. 35.Que, conforme al informe técnico emitido por LA SUPERVISIÓN, se verificaron los registros de campo comprendidos entre el 1 de julio y el 14 de octubre del 2025, determinándose un total de CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO de afectación directa por condiciones meteorológicas adversas, respaldando técnicamente la solicitud presentada por EL CONTRATISTA. No. Justificación Tiempo Aprobado CONSULTEC (días) 1 Lluvias Julio 15 2 Lluvias Agosto 13 3 Lluvias Septiembre 16 - 199 - 4 luvias Octubre 13 Totales (días) 57
  36. 36.Que, LA SUPERVISIÓN determinó que ejecutar las actividades en tales condiciones habría comprometido la calidad, estabilidad y durabilidad del pavimento, por lo cual recomendó otorgar una ampliación del plazo contractual por CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO, conforme a la normativa técnica y a la Ley de Contratación del Estado.
  37. 37.Que, la MODIFICACIÓN No. 2 tiene por objeto formalizar la ampliación del plazo contractual derivada de las afectaciones climáticas verificadas por LA SUPERVISIÓN, incorporando al contrato los CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO recomendados técnicamente, a fin de ajustar el cronograma a las condiciones reales del proyecto.
  38. 38.Que, la MODIFICACIÓN No. 1 estableció un plazo contractual total de DOSCIENTOS VEINTICUATRO (224) DÍAS CALENDARIO, con fecha de finalización el 26 de octubre del 2025; y que, con la ampliación aprobada en la presente MODIFICACIÓN No. 2, consistente en CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO, el proyecto alcanza un NUEVO PLAZO TOTAL DE DOSCIENTOS OCHENTA Y UN (281) DÍAS CALENDARIO, quedando fijada como nueva fecha de finalización el 22 de diciembre del 2025.
  39. 39.Que, LA SUPERVISIÓN determinó que ejecutar las actividades en tales condiciones habría comprometido la calidad, estabilidad y durabilidad del pavimento, por lo cual recomendó otorgar una ampliación del plazo contractual por CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO, conforme a la normativa técnica y a la Ley de Contratación del Estado.
  40. 40.Que, la MODIFICACIÓN No. 2 tiene por objeto formalizar la ampliación del plazo contractual derivada de las afectaciones climáticas verificadas por LA SUPERVISIÓN, incorporando al contrato los CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO recomendados técnicamente, a fin de ajustar el cronograma a las condiciones reales del proyecto.
  41. 41.Que, la MODIFICACIÓN No. 1 estableció un plazo contractual total de DOSCIENTOS VEINTICUATRO (224) DÍAS CALENDARIO, con fecha de finalización el 26 de octubre del 2025; y que, con la ampliación aprobada en la presente MODIFICACIÓN No. 2, consistente en CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO, el proyecto alcanza un NUEVO PLAZO TOTAL DE DOSCIENTOS OCHENTA Y UN (281) DÍAS CALENDARIO, quedando fijada como nueva fecha de finalización el 22 de diciembre del 2025.
  42. 42.Que, en fecha 24 de octubre de 2025 se suscribió la MODIFICACIÓN No.2 al CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-315-2024, del Proyecto: “MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL PAVIMENTADA, TRAMO: RUTA 57, SAN ANTONIO DE LA CUESTA – LA LIBERTAD, SUB – TRAMO: DESVIO A EL LLANO – LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, LONGITUD 12.5 KM”, mediante la cual se aumentó el plazo del contrato en CINCUENTA Y SIETE (57) DÍAS CALENDARIO, quedando el plazo de ejecución en DOSCIENTOS OCHENTA Y UN (281) DÍAS CALENDARIO, finalizando el plazo de ejecución el día 22 de diciembre de 2025. CONSIDERANDO (2): -- 164 of 3324 -- Que, por lo mencionado en el considerando anterior, es necesario aumentar el plazo de supervisión del CONTRATO DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN No. SIT-SU-164-2024 por lo cual, tendrá una ampliación de plazo de CINCUENTA Y SEIS (56) DÍAS CALENDARIO para un plazo total de TRESCIENTOS DIEZ (310) DÍAS CALENDARIO, con fecha de finalización el 06 de enero de 2026; con el propósito de garantizar la adecuada supervisión y certificación de los trabajos que se ejecuten durante dicho período adicional, tomando en cuenta las fechas de inicio de los contratos y en estricto apego a la normativa contractual.
  43. 43.Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 122 de la Ley de Contratación del Estado, el cual establece que las modificaciones a los contratos no podrán exceder del veinticinco por ciento (25%) del monto original, y considerando la ampliación de CINCUENTA Y SEIS (56) DÍAS CALENDARIO adicionales requeridos para la supervisión de las obras, se determina que el incremento del monto del contrato de supervisión será de OCHENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 87/100 (L. 80,479.87), lo que representa un 2.01%, acumulado del 24.94% respecto al monto del contrato original; por lo que el nuevo monto del contrato es de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO LEMPIRAS CON 22/100 (L. 4,999,634.22); a continuación se muestra el cuadro de incremento de cantidades: - 206 - total de TRESCIENTOS DIEZ (310) DÍAS CALENDARIO, con fecha de finalización el 06 de enero de 2026; con el propósito de garantizar la adecuada supervisión y certificación de los trabajos que se ejecuten durante dicho período adicional, tomando en cuenta las fechas de inicio de los contratos y en estricto apego a la normativa contractual.
  44. 44.Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 122 de la Ley de Contratación del Estado, el cual establece que las modificaciones a los contratos no podrán exceder del veinticinco por ciento (25%) del monto original, y considerando la ampliación de CINCUENTA Y SEIS (56) DÍAS CALENDARIO adicionales requeridos para la supervisión de las obras, se determina que el incremento del monto del contrato de supervisión será de OCHENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 87/100 (L. 80,479.87), lo que representa un 2.01%, acumulado del 24.94% respecto al monto del contrato original; por lo que el nuevo monto del contrato es de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO LEMPIRAS CON 22/100 (L. 4,999,634.22); a continuación se muestra el cuadro de incremento de cantidades: No. DESCRIPCIÓN CANTIDAD CONTRATO ORIGINAL CANTIDAD MODIFICACIÓN No.1 CANTIDAD AUMENTA/ DISMINUYE CANTIDAD MODIFICACIÓN No.2 1 SUELDOS Y SALARIOS 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 Gerente de Proyecto H/M 2.12 0.04 2.16 -- 165 of 3324 -- - 207 - No. DESCRIPCIÓN CANTIDAD CONTRATO ORIGINAL CANTIDAD MODIFICACIÓN No.1 CANTIDAD AUMENTA/ DISMINUYE CANTIDAD MODIFICACIÓN No.2 1.1.2 Ingeniero Residente H/M 8.47 0.14 8.61 1.1.3 Ingeniero Asistente 1 H/M 7.47 0.14 7.61 1.1.4 Especialista en Pavimento H/M 3.74 0.07 3.81 1.1.5 Ingeniero Ambiental y Seguridad H/M 7.47 0.14 7.61 1.2 OFICINA CENTRAL 1.2.1 ADMINISTRADOR H/M 2.12 0.04 2.16 1.2.2 SECRETARIA H/M 2.12 0.04 2.16 SUB-TOTAL 1.2 1.3 PERSONAL DE CAMPO 1.3.1 Laboratorista H/M 3.74 0.07 3.81 1.3.2 Inspector de campo H/M 22.41 0.07 22.48 1.3.3 Topografo H/M 3.74 0.28 4.02 1.3.4 Cadenero H/M 3.74 0.07 3.81 1.3.5 Motorista H/M 14.94 0.42 15.36 3 GASTOS DIRECTOS 3.1 MATERIALES Y SUMINISTROS 3.1.1 Alquiler de vehículos Mes 7.47 0.14 7.61 3.1.2 Alquiler de vivienda de campo personal profesional Mes 7.47 0.14 7.61 -- 166 of 3324 -- - 208 - No. DESCRIPCIÓN CANTIDAD CONTRATO ORIGINAL CANTIDAD MODIFICACIÓN No.1 CANTIDAD AUMENTA/ DISMINUYE CANTIDAD MODIFICACIÓN No.2 3.1.3 Vivienda de Campo Personal de Campo Mes 7.47 0.14 7.61 3.1.4 Equipo de Laboratorio Mes 3.74 0.00 3.74 3.1.5 Subsistencia de Ingenieros Mes 15.47 0.14 15.61 3.1.6 Subsistencia de Personal de campo Mes 52.47 0.14 52.61 3.1.7 Viaticos Mes 14.94 0.28 15.22 3.1.8 Gastos de oficina y vivienda de campo Mes 7.47 0.00 7.47 3.1.9 Comunicaciones Mes 7.47 0.00 7.47 3.1.10 Reproducción de informes Mes 2.47 0.00 2.47 3.1.11 Seguros Mes 2.47 0.00 2.47
  45. 45.Que, como resultado de la correspondiente evaluación realizada por la SIT y EL SUPERVISOR, se ha identificado la necesidad de realizar la construcción de la Intersección del Final del proyecto, ajustándose en el derecho de vía existente, con el objetivo de conectar la Rutas RN77 y RN15; por lo que surge una variación en la longitud del diseño original del proyecto, aumentando en 0.03 km (Est. 15+040 a la Est. 15+065.19) quedando una longitud total de 15.06 km, y sus correspondientes áreas de carriles para giros vehiculares.
  46. 46.Que, en referencia a la solicitud realizada por la Alcaldía Municipal de Catacamas de fecha 29 de julio de 2025, de contemplar la realización de un embaulamiento o la colocación de losas de concreto reforzado sobre la cuneta especial a construirse entre las Est. 14+210 a la Est. 14+820 Lado Derecho, se requiere una modificación de contrato, para la ampliación del plazo contractual, que contemple el tiempo requerido para la ejecución de dichas obras.
  47. 47.Que, de acuerdo a los resultados de la evaluación realizada en el proyecto y para cubrir las obras nuevas identificadas en el mismo, que consisten en la construcción de la Intersección del Final del proyecto, construcción de Muro y Canal de Concreto Ciclópeo entre las Est. 14+210 a la Est. 14+820 Lado Derecho, mejoramiento del drenaje longitudinal y accesos vehiculares a propiedades privadas, es necesario que en la presente modificación de contrato sean incorporadas dicha actividades, ya que se cambiaron las condiciones inicialmente convenidas; realizándose únicamente transferencia entre partidas.
  48. 48.Que, en referencia a la solicitud de EL CONTRATISTA de ampliar el plazo de construcción, debido a los severos atrasos por la imposibilidad total de acceder a los -- 174 of 3324 -- sitios de extracción de materiales ubicados en las riberas del río Guayape, debido a las extraordinarias crecidas del caudal del río sucedidas durante la temporada lluviosa de septiembre a noviembre de 2025.
  49. 49.Que, en virtud que EL CONTRATISTA deberá incluir en su programa de trabajo, la ejecución de obras adicionales en el proyecto descritas en el considerando (1), (2) y (3), y en apego a la Cláusula XXII: Ampliación del Plazo y de las Garantías y/o Fianzas, es necesario ampliar el plazo contractual vigente en CIENTO VEINTE (120) DÍAS CALENDARIO.
  50. 50.Que, según lo descrito en los considerandos antes mencionados, el Monto del Contrato no sufre variación, manteniéndose en T R E S C I E N T O S V E I N T I D Ó S MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 18/100 (L 322,207,479.18) y un plazo acumulado de CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO (485) DÍAS CALENDARIO, finalizando el 31 de marzo de 2026.
  51. 51.Que, como resultado de la revisión realizada por EL SUPERVISOR, se ha determinado que es necesario realizar una redistribución de cantidades de algunos conceptos de obra en los cuales unos se incrementan y otros se disminuyen, valores que resultan de las necesidades identificadas en el proyecto, los cuales se muestran en el cuadro siguiente: - 218 - la revisión realizada por EL SUPERVISOR, se ha determinado que es necesario realizar una redistribución de cantidades de algunos conceptos de obra en los cuales unos se incrementan y otros se disminuyen, valores que resultan de las necesidades identificadas en el proyecto, los cuales se muestran en el cuadro siguiente: ACTIVIDADES QUE DISMINUYEN ACTIVIDADES QUE AUMENTAN -- 175 of 3324 -- ACTIVIDADES QUE AUMENTAN - 219 - ACTIVIDADES NUEVAS

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