Acuerdo Ejecutivo — Modificación No. 1 del Contrato No. 3145/GLA/AMDC/2024 - Supervisión de Obras para el Sostenimiento de la Red Vial, Lote 1
Articulos
Articulo 121
de la Ley de Contratación del Estado, así como en los artículos 202 al 206 de su reglamento. Asimismo, se encuentra en conformidad con las Condiciones Generales del Contrato, Numeral 15 “Pagos”; Numeral 29 “Modificación del Contrato”, y las Condiciones Especiales del Contrato Inciso C “Informes y Otra Documentación” numeral 4 “forma de pago”. De ser aprobada la presente solicitud de modificación se mantiene el monto contractual de L 24,398,498.41 y se podrá administrar la supervisión de los distritos de forma independiente. Por todo lo anterior se DICTAMINA que es PROCEDENTE la aprobación de la Modificación No.1 en -- 110 of 220 -- adecuar la forma de pago separándola por Distritos, sin afectar el monto del contrato No. 3145/GLA/AMDC/2024, CPuNO-005- AMDC-043-2024, Código DIST-U-0008, correspondiente al proyecto: “Supervisión de las Obras para el Sostenimiento de la Red Vial en el Municipio del Distrito Central”, Lote 1: Dist. No. 1 “Centro Histórico”; Dist. No. 2: “Laureles/Norte”; Dist. No. 4 “Toncontín/Sur”. CONSIDERANDO #5: Fundamentamos esta solicitud presentada por el consultor en los artículos 119 numerales 2, 121 de la Ley de Contratación del Estado, 202, 206 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado y lo indicado en los numerales 11 (modificación), numeral 15 (pagos), numeral 29 (modificación del contrato), numeral 35 (pagos al consultor), numeral 38 (condiciones relativas a los pagos) de las Condiciones Generales del Contrato. POR TANTO: En base a los artículos enunciados en el Considerando #5 las partes convienen en suscribir la presente Modificación No. 1 de conformidad con las estipulaciones siguientes: PRIMERA: Se modifica el numeral 13, de las Condiciones Especiales del Contrato Pagos al Consultor (Cláusula 35 de las CGC) la cual deberá de leerse de la siguiente manera: 13. Pagos al Consultor (Clausula 35 de la CGC) Forma de Pago Se ajustará la forma de pago por distrito pasando la misma a ser de la siguiente manera: Distrito 1: “Centro Histórico” • 1 Informe Preliminar con un valor de L 838,633.19 • 9 informes Mensuales con un valor de L 794,494.60 • 1 Informe Final con un valor de L 838,633.17 Distrito 2: “Laureles/Norte” • 1 Informe Preliminar con un valor de L 739,612.08 • 9 Informes Mensuales con un valor de L 700,685.13 • 1 Informe Final con un valor de L 739,612.07 Distrito 4: “Toncontín/Sur” • 1 Informe Preliminar con un valor de L 739,612.08 • 9 Informes Mensuales con un valor de L 700,685.13 • 1 Informe Final con un valor de L 739,612.07 Reteniéndose en cada pago el 12.5% sobre el valor de los honorarios o utilidad por deducción por ley del ISR, al menos que presenten mensualmente junto con la factura el respectivo de haber realizado los pagos a cuenta, y el 10% sobre el valor de los honorarios o utilidad por concepto de garantía adicional de cumplimiento de contrato, devolviéndose el valor de este último al obtener el finiquito. -- 111 of 220 -- SEGUNDA: Se modifica el Apendice C, Oferta Negociada según se adjunta a la presente modificación No. 1, que de ahora en adelante se llamará Apendice “C1.”. TERCERA: Todas las disposiciones y Cláusulas contenidas en el contrato original, que no se alteren mediante esta Modificación No.1 al Contrato, continúan en vigencia con su pleno valor y efecto. EN TESTIMONIO de lo cual las partes firmamos la presente Modificación No. 1 En Dos Ejemplares Originales de conformidad con las Leyes de la República de Honduras, a los veinticinco (25) días del mes de Julio del año dos mil veinticinco (2025). (f.s) Jorge Alejandro Aldana Bardales Alcalde Municipal EL CONTRATANTE (f.s) Pedro Edmundo Pineda Cobos Técnica de Ingeniería, S.A. de C.V. (TECNISA) RTN: 08019999400270 EL CONSULTOR 10. “ CONTRATO No. 3129/GLA/AMDC/2024.- Supervisión de las Obras para el Sostenimiento de la Red Vial en el Municipio del Distrito Central, Lote 2: Distrito No.3 “21 de Octubre/ Norte”, Distrito No.5 “Florencia/Este, Distrito No.6 “Villa Nueva/Este”, Distrito No.7 “Kennedy/Este, por un monto de veintisiete millones quinientos noventa y siete mil cuarenta lempiras con veinticuatro centavos. (L. 27,597,040.24)…”