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Decreto No. 081-2021 | 7 de junio de 2021 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,624

Acuerdo Ministerial No. 081-2021 — Cierre administrativo de expedientes de renovación de licencias para la temporada de Pesca 2020-2021

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República, en su Artículo 340 declara “de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la nación. El Estado reglamentará su aprovechamiento de acuerdo con el interés social y fijará las condiciones de sus otorgamiento a los particulares”.
  2. 2.Que el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), es la Autoridad Rectora del Sector Pesquero y Acuícola , responsable de formular las políticas, estrategias y planes que determinen el esfuerzo pesquero y acuícola nacional.
  3. 3.Que la Secretaría en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), tiene la finalidad de establecer el marco regulatorio para el ordenamiento, protección y fomento de los recursos hidrobiológicos correspondiente a la actividad pesquera y acuícola del Estado de Honduras, incluyendo su extracción, cultivo, aprovechamiento, procesamiento, transporte, comercialización y otras actividades conexas.
  4. 4.Que en fecha 4 de enero del año 2021 se emitió el Acuerdo N° SAG-001-2021 en el cual se estableció el periodo de veda para las diferentes especies extractivas en aguas jurisdiccionales del Estado de Honduras. Así mismo se determinó que desde la fecha de inicio del periodo de veda, hasta la fecha de cierre, ningún barco debe ejercer actividad alguna relacionada con operaciones pesqueras de tipo industrial y artesanal, incluyendo las licencias para el recurso pesquero Pepino de Mar (Holothuria mexicana) de la temporada 2020-2021; exceptuando embarcaciones estrictamente de Escama.
  5. 5.Que en fecha 7 de mayo del año 2021 se emitió el Acuerdo SAG-073-2021, a través del cual se determinó: aprobar los Requisitos para la Renovación de Licencias de Pesca de las embarcaciones que pertenecen a la Flota Pesquera Nacional, así como a los Suplidores, Cargueros o Nodrizas y permisos para las diferentes solicitudes relacionadas con el rubro de la pesca. Documento que su objeto de emisión principal, es fungir como marco regulatorio del proceso de licenciamiento para la temporada de pesca 2021-2022 y parámetros para el desarrollo del procedimiento administrativo correspondiente para la sustanciación de las peticiones de los particulares.
  6. 6.Que el periodo de licenciamiento 2020- 2021 inició con la aprobación, emisión y publicación del Acuerdo Ministerial SAG-077-2020, sin embargo producto de las limitaciones operativas provocadas por la Declaratoria del Estado de Emergencia establecido en el Decreto Ejecutivo PCM-021-2020 y subsiguientes aplicaciones, se emitieron -- 478 of 628 -- los acuerdos SAG-090-2020 y SAG-035-2021 ampliando los alcances de la extensión de vigencias de licencias de pesca otorgadas inicialmente en el SAG-077-2021; ya que esas limitaciones operativas no han permitido al actuar administrativo de las dependencias de esta Secretaría de Estado finalizar los procedimientos correspondientes de la temporada 2020-2021 como se observa en la información del memorando SG-E-231-2021 y habiéndose iniciado el proceso de licenciamiento 2021-2022, es necesario centrar las capacidades operativas limitadas en las actividades más apremiantes.
  7. 7.Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) es la autoridad rectora del sector pesquero y acuícola, tendiendo como entidad ejecutora a la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA) y en virtud del Estado de Emergencia Sanitaria que existe actualmente en nuestro país y a nivel mundial, es necesario redefinir las metodologías y procesos que se han implementado y que sobre estos se apliquen las medidas de bioseguridad que las autoridades competentes determinen para su ejecución y para el desarrollo de las actividades de las diferentes pesquerías, priorizando el bienestar de los individuos que en ellas participan y constituyen el medio de su subsistencia.

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