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11 de mayo de 2023 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,225

Gaceta 36,225 JUEVES 11 DE MAYO DEL 2023

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Resumen

Esta resolución otorga personalidad jurídica a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento del Casco Urbano de La Libertad, permitiéndole operar como organización sin fines de lucro. La junta podrá administrar, mantener y expandir el sistema de agua potable de la comunidad, cobrando tarifas a usuarios y brindando servicios de saneamiento e higiene.

Considerandos

  1. 1.Que la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL CASCO URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”, -- 1 of 32 -- EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.
  2. 2.Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Articulos

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento del Casco Urbano de La Libertad, municipio de La Libertad, departamento de Francisco -- 2 of 32 -- Morazán”, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes del Casco Urbano de La Libertad, municipio de La Libertad, departamento de Francisco Morazán.

Articulo 2

EL DOMICILIO LEGAL será en el Casco Urbano de La Libertad, municipio de La Libertad, departamento de Francisco Morazán y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de la comunidad en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda a mejorar la salud y/o a conservar el sistema. -- 3 of 32 -- CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS. CLASES DE MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua, tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores y, b) Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua. b) Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros: a) Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y voto, b) Elegir y ser electos, c) Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio, f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a) Conectarse al sistema de saneamiento, b) Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura, c) Pagar la tarifa por concepto de servicio de agua en las fechas establecidas. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS, ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo integrada por: a) Comité de Microcuencas. b) Comité de Operación y Mantenimiento; y, c) Comité de Saneamiento. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

La asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o distribuir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.-Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 13

Después de la Asamblea de Usuarios, la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem.- Para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y estará conformada por siete (7) miembros: 1.- Un Presidente(a) 2.- Un Vicepresidente(a); 3.- Un (a). 4.- Un Tesorero(a). 5.- Un Fiscal, 6.- Un Vocal primero; y, 7.- Un Vocal Segundo. -- 4 of 32 --

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar en cuenta de banco, los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o superar el servicio de agua a los usuarios. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimiento de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.-Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 16

La Junta Directiva tendrá los siguientes comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento.

Articulo 17

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro del Comité de Saneamiento. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 18

La Junta Directiva de la Junta Administradora de Agua estará formada por: a) Presidente, b) Vicepresidente, c) Secretario, d) Tesorero, e) Fiscal, f) Vocal Primero, g) Vocal Segundo.

Articulo 19

Son Atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar la agenda junto con el Secretario. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora.

Articulo 20

Son Atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.- Sustituir al presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva; b.- Supervisará las Comisiones que se asignen; c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea. -- 5 of 32 --

Articulo 21

Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b.-Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta Administradora. g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 22

Son atribuciones del TESORERO: Es el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.-Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 23

Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 24

Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- El Vocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico. c.- El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 26

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, -- 6 of 32 -- operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 27

En caso de disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua, los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 28

El ejercicio financiero de la Junta Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 29

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario, llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL CASCO URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD D E L C A S C O U R B A N O D E L A L I B E R T A D , MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL CASCO URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO -- 7 of 32 -- MORAZAN”, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL CASCO URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en, el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL CASCO URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) CARMEN HAYDEÉ LÓPEZ FLORES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) CELSO DONADÍN A L V A R A D O H E R N Á N D E Z , S E C R E T A R I O GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 24 días del mes de octubre del año dos mil veintidós. NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO OFICIAL JURÍDICO -- 8 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 Sección “B” SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE REPRESENTANTE NO EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución Número 166-2023 de fecha 19 de abril del año 2023, mediante poder especial de fecha 27 de junio del 2022, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de empresas nacionales y extranjeras, extiende la presente Licencia a la sociedad mercantil denominada PHARMED SALES HONDURAS SOCIEDAD ANONIMA, como REPRESENTANTE NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente LABORATORIO DE PRODUCTOS ÉTICOS, C.E.I.S.A. de nacionalidad paraguaya, para importar, distribuir y comercializar los productos propiedad de la empresa concedente, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA DE HONDURAS, POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 27 de junio del 2024. MELVIN ENRIQUE REDONDO Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior, Delegado mediante Acuerdo No. 022-2022 y JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Y para los fines que el interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de abril de enero del año dos mil veintitrés JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 11 M. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley, HACE SABER: Que el señor ZOILA CAROLINA PACHECO REYES, ha solicitado Título Supletorio de los siguientes inmuebles: 1.-) Un lote de terreno con una Área de CUATRO MANZANAS CON NOVENTA Y TRES CENTESIMAS DE MANZANA, de extensión superficial (4.93 Mzs) y está ubicado en el lugar denominado SAN FRANCISCO, Municipio de Fraternidad, Departamento de Ocotepeque, y tiene la medidas y colindancias siguiente: DEL PUNTO UNO AL PUNTO DOS: Mide Noventa y un metros (91.00Mts), DEL PUNTO DOS AL PUNTO TRES: Mide Treinta y Tres Metros (33.00), DEL PUNTO TRES AL PUNTO CUATRO: Mide Ciento Sesenta y Cuatro Metros (164.00Mts), DEL PUNTO CUATRO AL PUNTO CINCO: Mide Cien Metros (100.00Mts), DEL PUNTO CINCO AL PUNTO SEIS: Mide Ciento Cuarenta y Nueve Metros ( 149.00Mts), DEL PUNTO SEIS AL PUNTO SIETE: Mide Dieciséis Metros (16.00Mts), DEL PUNTO SIETE AL PUNTO OCHO: Mide Dieciséis Metros ( 16.00Mts), DEL PUNTO OCHO AL PUNTO NUEVE: Mide Treinta y Nueve Metros ( 39.00Mts) DEL PUNTO NUEVE AL PUNTO DIEZ: Mide Ciento Sesenta Metros (160.00 Mts), DEL PUNTO DIEZ AL PUNTO UNO: Mide Ciento Setenta y Cuatro Metros (174.00Mts) AL NORTE: Colinda con Juventina García Reyes, antes José Erasmo Maldonado Peña, AL SUR: Colinda con calle de acceso privado de por medio con Juventina García Reyes, antes Santos Efrain Espinoza, AL ESTE: Colinda con Noé Antonio Reyes Sanabria, antes Delia Argentina Espinoza, AL OESTE: Colinda con José Erasmo Maldonado Peña.- El cual he poseído quieta, pacífica e interrumpida por más de diez años.- Ocotepeque, 01 de Marzo del año 2023.-. Abg. MARIA DOLORES LEONOR.- SRIA ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 11 A., 11 M. y 10 J. 2023 -- 9 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-050-2023 El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de La Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías "2" y"3", por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 13V83000 (TAMBLA - TOMALÁ) 1 KM, DEPARTAMENTO DE LEMPIRA, FASE I” Podrán participar en el presente proceso de licitación Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Obras Viales Categorías "2" y "3", por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 24 abril 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las 2:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 11 M. 2023 -- 10 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-051-2023 El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 04S15920 RUTA 159, RUTA CA-4-DULCE NOMBRE, 4.90 KM, DEPARTAMENTO DE COPÁN, FASE I” Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 24 abril 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las 3:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023. MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 11 M. 2023 -- 11 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-052-2023 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías "2" y "3", por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto: "PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 13V83100 S116 - GUARITA (DESVÍO DEL GUAYABO - GUARITA), 4.50 KM, DEPARTAMENTO DE LEMPIRA, FASE I" Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Obras Viales Categorías "2" y "3", por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 24 abril, 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las 4:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferente que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que sera integrado por los funcionarios que designen, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 11 M, 2023. -- 12 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA OPTAR AL CARGO DE SECRETARIO(A) EJECUTIVO(A) DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL Y TRATA DE PERSONAS, CICESCT. La Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas de Honduras, CICESCT COMUNICA: A los interesacos en participar en el proceso de selección de Secretario(a) Ejecutivo(a), que para postularse al cargo deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. REQUISITOS MINIMOS: El Secretario(a) Ejecutivo(a): será nombrado por la Junta Directiva de la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT), en base a: 1. Ser hondureño(a) por nacimiento; 2. Mayor de veinticinco (25) años; 3 De reconocida honorabilidad; y, 4. Profesional en el área social preferentemente, y/o con reconocida experiencia y autoridad en el tema. 2. REQUISITOS ESPECIALES: 1. Tener experiencia y conocimiento del ordenamiento Jurídico vigente de Administración Pública hondureña; 2. Conocimientos y experiencias en el manejo de leyes, tratados y convenios. 3. Amplios conocimientos en tema de trata de Personas. 4 Conocimientos y experiencia en la temática Derechos Humanos. 3. DOCUMENTACION A PRESENTAR: 1. Hoja de Vida con fotografía reciente y documen- tación soporte; 2. Constancia de experiencia laboral, especificando cargo y tiempo de laborar (comprobada); 3. Constancia de Antecedentes Penales y Policiales Vigentes; 4. Constancia de no tener cuentas pendientes con el Estado de Honduras, emitida por el TSC; 5. Carta de expresión de interés para participar en el concurso, debidamente firmada por el postulante dirigido a la Junta Directiva de la CICESCT. 4. SUELDO MENSUAL: L. 68,100.00 NOTA: El postulante debe remitir toda la documentación en un sobre sellado dirigido al Departamento de Personal, "Concurso de selección de Secretario(a) Ejecutivo(a) de la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas de Honduras". El sobre sellado debe presentarse a más tardar el día 29 de mayo del año en curso, hasta las 2:00 p.m. en la oficina de la Comisión Institucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas de Honduras, CICESCT. Ubicada en el Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, torre 1, piso 12, Tegucigalpa, M.D.C. Cualquier otra información se puede solicitar al correo electrónico de la CICESCT, empleos@cicesct.gob.hn / marcomejia@ciscesct.gob.hn y al número de teléfono 2242-8490/91 Departamento de Personal CICESCT 11 M. 2023 -- 13 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOV/MODIF DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de RENOV/MODIF de Registro de plaguicidas o Sustancia Afin. El Abg. Oscar Enrrique Almendares Torres actuando en representación de la empresa: TÉCNICA UNIVERSAL HONDURAS, S.A. DE C.V. - TECUN. Tendiente a que autorice el / la RENOV/MODIF de registro del producto Nombre Comercial: CPF 2 DP Compuesto por los elementos: 2% CHLORPYRIFOS Grupo al que Pertenece: Organofosforado Toxicidad: 5 Estado Físico: Sólido Tipo de Formulación: Polvo seco (DP) Formulador y País de Origen: QUÍMICOS AGRÍCOLAS INSECTROL, S.A. / GUATEMALA Tipo de Uso: INSECTICIDA EXPSENASA No: 2203-0959 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., lunes 27 de marzo del 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 M. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOVACIÓN - GER DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en dependencia se la presentado solicitud de Renovación de plaguicidas o sustancia afín. El Abg. JOHANA MABEL MENDOZA actuando en representación de la empresa: ADAMA CROP SOLUTIONS ACC, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: ACETOGAN 90 EC, compuestos por los elementos: 90% ACETOCHLOR Toxicidad: "3" Grupo al que Pertenece: CLOROACETAMIDA Estado Físico: 100, 125, 250, 500 ml; 1, 3.785, 5, 10, 20, 200 Litros Tipo de Formulación: CONCENTRADO EMULSIONABLE (EC) Formulador y País de Origen: ADAMA AGAN, LTD. / ISRAEL; ADAMA ANDINA B.V. SUCURSAL COLOMBIA / COLOMBIA Tipo de Uso: HERBICIDA EXPEDIENTE N. 2204-1053 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 04 DE MAYO DEL 2023 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. FREDY SAMUEL RAUDALES JEFE INTERINO DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS 11 M. 2023 -- 14 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de mayo del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este juzgado la abogada GABRIELA NICOLE BARRIOS HERRERA, en su condición de representante legal de la señora INGRID SUYAPA SALGADO ARGUETA, interponiendo demanda contencioso administrativa vía procedimiento especial en materia personal, con orden den ingreso No. 0801-2022- 00363, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, contraída a solicitar: "para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Dirección General de Registro Vehicular del Instituto de la Propiedad (IP), consistente en el Acuerdo de Cancelación, por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a su puesto de trabajo de igual o mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos, más el pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la cancelación hasta la ejecución de la sentencia, más intereses legales.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial". Lo anterior en relación al acto impugnado consistente en el Acuerdo No. DGRV-IP-081-2022 de fecha treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veintidós (2022). HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 11 M. 2023 ________ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de marzo del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el abogado JHONATAN GABRIEL ROSALES CORRALES, en su condición de representante procesal del señor URIS ULICES RUIZ RAMOS, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-00387, contra el Estado de Honduras, a través de la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL (AHAC), se promueve demanda especial en materia de personal para la nulidad de un acto administrativo, que se anule totalmente el mismos por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro de mi representado a su puestos de trabajo así como los salarios dejados de percibir en concepto de indemnización de daños y perjuicios junto con los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social incrementos salariares otorgados a todos los empleados del sector público y las vacaciones que deberían haber gozado y que devengarían desde la fecha de cancelación hasta que sean reintegrados mis representados conforme a la Ley de Servicio Civil. Se acompañan documentos. Se acredita representación. Costas. En relación al Acuerdo de Cancelación No. 53-2023 de fecha 2 de febrero del 2023. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 11 M. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de enero del dos mil veintitrés (2023), compareció a este juzgado el abogado JHONATAN GABRIEL ROSALES CORRALES, en su condición de representante procesal de la señora LOURDES JANET RODRÍGUEZ DÍAZ, contra el ESTADO DE HONDURAS a través del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR), incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Personal con orden de ingreso número 0801-2023-00116, contra el Estado de Honduras a través de la SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR), demanda especial en materia de personal para la nulidad de tres actos administrativos, que se anulen totalmente el mismos por haber sido adoptados con infracción del ordenamiento jurídico y exceso de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras a través del Servicio de Administración de Rentas (SAR) al reintegro de mi; representada a su puestos de trabajo así como los salarios dejados de percibir en concepto de indemnización de daños y perjuicios junto con los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social incrementos salariares otorgados a todos los empleados del sector público. Ajuste salarial anual conforme al porcentaje de costo de vida indicado por el Banco Central de Honduras (BCH), vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada mi representada en igual o mejor puesto. Se acredita representación.- Costas. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación número SAR-No. 452-2022 de fecha 09 de diciembre de 2022. ABG. KELLY JULLISA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIO ADJUNTA 11 M. 2023 ________ -- 15 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-048-2023 El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3” , por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 16V40000 (SANTA BÁRBARA - LA VUELTOSA- P020) 1 KM, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, FASE I” Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras Viales Categoría “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS), a partir del día 24 de abril, 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit. gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las 11:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha Audiencia Pública de Apertura de Ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 11 M. 2023 -- 16 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-049-2023 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Consultoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3” , por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 15V25300 P-015 - EL GUAYABITO - PUNUARE - P 015 (BULEVAR) 2 KM, DEPARTAMENTO DE OLANCHO, FASE I” Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras Viales Categoría “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS), a partir del día 24 de abril 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las 1:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha Audiencia Pública de Apertura de Ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 24 de abril 2023 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 11 M. 2023 -- 17 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOVACIÓN -GER DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación de Plaguicidas o Sustancia afín. La Abg. JOHANA MABEL MENDOZA, actuando en representación de la empresa: ADAMA CROP SOLUTIONS ACC, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: MIRADOR 25 SC, compuesto por los elementos: 25% AZOXYSTROBIN. Toxicidad: “5” Grupo al que Pertenece: ESTROBILURINA Estado Físico: 125, 250, 500, ML 1, 3.785, 5, 10, 15, 20, 25, 100, 200, LITROS Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADO Formulador y País de Origen: ADAMA MAKHTESHIM, LTD/ ISRAEL; ADAMA ANDINA B.V. SUCURSAL COLOMBIA/ COLOMBIA Tipo de Uso: FUNGICIDA EXPEDIENTE No. 2204-1095 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 03 MAYO DEL 2023 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. FREDY SAMUEL RAUDALES JEFE INTERINO DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS 11 M. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN El representante legal actuando en representación de la empresa: ADAMA CROP SOLUTIONS ACC Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN nombre Comercial: MAGNATE 75 SP compuesto por elementos: 75% IMAZALIL Grupo al que pertenece: IMIDAZOL Toxicidad: 4 Estado Físico: SOLIDO Tipo de formulación: Polvo Soluble (SP) Formulador y País de Origen: ADAMA MAKHTESHIM, LTD/ ISRAEL Tipo de Uso: FUNGICIDA EXPSENASA No. 2212-4458 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., martes, 18 abril de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 11 M. 2023 -- 18 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de noviembre de 2022 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de mayo del año dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la Abogada GABRIELA NICOLE BARRIOS HERRERA, actuando en su condición de apoderada legal del señor DAVID ANTONIO COLMAN JUAREZ, incoando demanda Contencioso Administrativo en materia de Personal, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad, con orden de ingreso número 0801-2022-00317, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley. Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro al cargo de Coordinador de la Coordinación de Asistencia Técnica de la Secretaría Ejecutiva del Instituto de la Propiedad y a título de daños perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria. Incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Daño moral. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. En relación al Acuerdo de Cancelación No. SE-IP-061-2022 de fecha 08 de abril del año 2022. SECRETARIO, POR LEY 11 M. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de febrero de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el Abogado FERNANDO PUERTO CASTRO, en su condición de Apoderado Legal de la señora JOSSELIN PAMELA RIVERA DOMÍNGUEZ, quien delegó poder en el Abogado HAROLD EDUARDO PACHECO LÓPEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801- 2023-00221, contra el INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública consistente en el Acuerdo de Cancelación No. DGRP-IP-025-2023, de fecha 13 de enero del 2023, emitido por el Instituto de la Propiedad. Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras por medio del Instituto de la Propiedad al reintegro al puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que se reintegre a su puesto de trabajo mi representada, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social y las vacaciones y bonificación de las mismas que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada, así como todos los aumentos y beneficios de los que sea objeto la plaza durante la secuela del presente juicio. Se acompañan documentos, se confiere Poder. Costas. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 11 M. 2023 -- 19 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-046-2023 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 10S11820 RUTA 118, CAMASCA-SANTA LUCÍA (CAMASCA - SAN JUAN DE DIOS) 4.57 KM, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, FASE I” Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado, que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE), y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS), a partir del día 24 abril 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el salón de usos múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las 9:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 11 M. 2023 -- 20 of 32 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-047-2023 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 16S07810 RUTA 78, SAN VICENTE CENTENARIO - EL NISPERO (EL NISPERO - KM 10+000) 4.50 KM, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, FASE I” Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 24 abril 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las 10:00A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionario

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