VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 260-2026

Certificación No. 260-2026 — Certificación de Licencia de Distribución - Vinos y Licores Internacionales

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Resumen

Esta certificación autoriza a la empresa Vinos y Licores Internacionales, S.A. de C.V. a distribuir exclusivamente los productos de Bodegas Esmeralda S.A. (argentina) en todo Honduras de forma indefinida. La empresa está facultada para gestionar registros, licencias y permisos necesarios ante autoridades competentes para comercializar estos productos.

Texto completo

CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN, otorgada mediante resolución número 260-2026 de fecha 22 de mayo del año 2026, que en su resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la solicitud de INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO DE DISTRIBUIDORES, presentada por el Abogado JUAN DE DIOS SALOMÓN, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, con carné número 32633, actuando en su condición de apoderado legal de la sociedad mercantil VINOS Y LICORES INTERNACIONALES, S.A. DE C.V. con RTN: 08019015791134, domicilio legal en la Ciudad Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Departamento de Francisco Morazán, como concesionaria de la empresa concedente BODEGAS ESMERALDA S.A. de nacionalidad argentina. SEGUNDO: Otorgar a la sociedad mercantil VINOS Y LICORES INTERNACIONALES, S. A. DE C.V., la licencia de distribuidor como concesionaria de la empresa concedente BODEGAS ESMERALDA S.A. de forma EXCLUSIVA, por tiempo INDEFINIDO, con jurisdicción en todo el territorio de la REPÚBLICA DE HONDURAS, para distribuir todos los productos de BODEGAS ESMERALDA S.A. asimismo se encuentra autorizada y facultada para acudir ante las autoridades competentes de Honduras para gestionar los registros, licencias, autorizaciones y demás permisos necesarios para la debida comercialización de los productos de BODEGAS ESMERALDA S.A. incluyendo si fuera necesario, las gestiones relativas a inscripciones sanitarias o modificaciones de registros sanitarios existentes. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. (F) y (S) FERNANDO ANTONIO FORTIN MACIAS, Subsecretario de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior. Delegado mediante Acuerdo No. 013- 2026. (F) y (S) MARIANO TORRES FLORES, Secretario General. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil veintiséis. MARIANO TORRES FLORES Secretario General 17 J. 2026

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