VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 260-2026
Certificación No. 260-2026 — Certificación de Licencia de Distribución - Vinos y Licores Internacionales
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Resumen
Esta certificación autoriza a la empresa Vinos y Licores Internacionales, S.A. de C.V. a distribuir exclusivamente los productos de Bodegas Esmeralda S.A. (argentina) en todo Honduras de forma indefinida. La empresa está facultada para gestionar registros, licencias y permisos necesarios ante autoridades competentes para comercializar estos productos.
Texto completo
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA:
La LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN, otorgada mediante
resolución número 260-2026 de fecha 22 de mayo del año
2026, que en su resolutivo LITERALMENTE DICE:
PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la solicitud de
INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO DE
DISTRIBUIDORES, presentada por el Abogado JUAN
DE DIOS SALOMÓN, inscrito en el Colegio de Abogados
de Honduras, con carné número 32633, actuando en su
condición de apoderado legal de la sociedad mercantil
VINOS Y LICORES INTERNACIONALES, S.A. DE
C.V. con RTN: 08019015791134, domicilio legal en la
Ciudad Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el
Departamento de Francisco Morazán, como concesionaria de
la empresa concedente BODEGAS ESMERALDA S.A. de
nacionalidad argentina. SEGUNDO: Otorgar a la sociedad
mercantil VINOS Y LICORES INTERNACIONALES,
S. A. DE C.V., la licencia de distribuidor como concesionaria
de la empresa concedente BODEGAS ESMERALDA
S.A. de forma EXCLUSIVA, por tiempo INDEFINIDO,
con jurisdicción en todo el territorio de la REPÚBLICA
DE HONDURAS, para distribuir todos los productos de
BODEGAS ESMERALDA S.A. asimismo se encuentra
autorizada y facultada para acudir ante las autoridades
competentes de Honduras para gestionar los registros,
licencias, autorizaciones y demás permisos necesarios para
la debida comercialización de los productos de BODEGAS
ESMERALDA S.A. incluyendo si fuera necesario, las
gestiones relativas a inscripciones sanitarias o modificaciones
de registros sanitarios existentes. Esta certificación no surtirá
efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario
Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de
Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. (F)
y (S) FERNANDO ANTONIO FORTIN MACIAS,
Subsecretario de Desarrollo Empresarial y Comercio
Interior. Delegado mediante Acuerdo No. 013- 2026. (F) y
(S) MARIANO TORRES FLORES, Secretario General.
Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito
Central, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil
veintiséis.
MARIANO TORRES FLORES
Secretario General
17 J. 2026
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