Reglamento — Artículo 214 - Funciones del Contador de la Universidad Nacional de Agricultura
Articulos
Articulo 214
) Son funciones del Contador de la Universidad Nacional de Agricultura, las siguientes:
- a)
Realizar y mantener los registros contables de la institución, siguiendo los principios de contabilidad y en la aplicación correspondiente del ERP institucional;
- b)
Elaboración de la liquidación contable mensual y anual.
- c)
Realizar los registros contables de los Centros de Producción y Comercialización de la Universidad, tanto del ingreso como del costo, en coordinación con la Gerencia de Comercialización y Comercialización.
- d)
Clasificar los ingresos recaudados en la Tesorería General o los pagos efectuados.
- e)
Capacitarse en el uso de los módulos administrativos correspondientes del ERP institucional;
- f)
Registro de la partida contable diaria de ingresos.
- g)
Registro de fondos rotatorios, especiales y reintegrables.
- h)
Elaboración de conciliaciones bancarias.
- i)
Elaboración de la partida contable de Egresos.
- j)
Registrar y verificar las cuentas por cobrar, de todos los actores: empleados, docentes, estudiantes y otros.
- k)
Elaboración mensual de los Estados Financieros para autoridades universitarias e instituciones gubernamentales relacionadas con La Universidad.
- l)
Elaboración de la partida contable de la planilla del personal de La Universidad.
- m)
Elaboración de las partidas y los auxiliares que corresponden a las Becas, cuentas por cobrar a estudiantes, empleados, etc.
- n)
Manejo de archivo institucional de documentos de gestión administrativo-financiera de la institución. o) Elaboración de reportes varios. p) Otras que tengan relación con las funciones de la dependencia.