Reglamento — Causales de remoción del Jefe de la Unidad de Asesoría Legal
Articulos
Articulo 153
) Previo cumplimiento al debido proceso, son causales de remoción del Jefe de la Unidad de Asesoría Legal, las siguientes:
- a)
Incapacidad permanente;
- b)
Pérdida de los derechos civiles y políticos;
- c)
Ausencia injustificada por más de 30 días calendario;
- d)
Por orden o decisión judicial;
- e)
La no ejecución de los mandatos emanados por la JDU y CDU;
- f)
Haber incurrido en actos ilegales, inmorales, o antiéticos debidamente comprobados;
- g)
Adulteración comprobada de la información contenida en los expedientes u omisión deliberada de hechos para orientar dictámenes o decisiones;
- h)
Pérdida de confianza por parte de las autoridades universitarias,
- i)
Descuido de los casos de impugnaciones, reclamos administrativos o demandas, con propósitos de beneficiar al demandante,
- j)
Asesoría deliberada a terceros, en contra de la Institución debidamente comprobada. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 D E F E BRERO D E L 2020 N o . 35,170 k) No recusarse ante reclamos, demandas o impugnaciones en los cuales exista conflicto de interés, l) Aceptación de un cargo en el sector público o privado; m) Otras conforme a la Ley y a los reglamentos internos. TÍTULO VII DE LOS ÓRGANOS DEL NIVEL NORMATIVO ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL CONSEJO ACADÉMICO