VigenteCategoria: Municipal
Decreto No. 134-1990
Decreto No. 134-1990 — Ley de Municipalidades
Texto completo
Decreto No. 134-90 Ley de
Municipalidades, Artículo 83 Servicio
de Bomberos.
Dirección General de la
Marina Mercante
Nacional (MARMER)
cien por ciento
(100%)
Los ingresos que por la
inscripción en el Registro de
Buques y por la emisión de la
Patente de Navegación recaude
en el exterior, así como cualquier
otro ingreso propio que genere.
Ley Orgánica de la Marina Mercante
Decreto No. 167-94 y su reforma
según
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ARTÍCULO 1.- Reformar por adición a la LEY DE MUNICIPALIDADES, contenida en el Decreto No.134-90 de fecha 29 de Octubre de 1990 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 19 de noviembre de 1990, Edición No.26,292, adicionando el Artículo 91-A,
Esta ley limita los embargos judiciales sobre el dinero que el Estado transfiere a los municipios, prohibiendo retenciones mayores al 30% del monto total. Protege así los servicios básicos como agua, basura y salarios, equilibrando el pago de deudas con la atención a la población. Los jueces que violen este límite enfrentarán responsabilidad civil, penal y administrativa.
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Reforma No.89 2015 Ley de Municipalidades
Esta reforma clarifica que las empresas de telecomunicaciones deben pagar un impuesto municipal del 1.8% sobre sus ingresos brutos, a más tardar el 31 de mayo cada año. Afecta a operadores de telefonía, internet, televisión por cable y servicios similares en Honduras, y permite que las municipalidades reciban estos fondos de manera centralizada sin cobrar tasas adicionales.
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