VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 03-1298 | 17 de enero de 2014

Resolución No. 03-1298 — Aprobación de reforma a artículos del Reglamento de Préstamos Personales

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RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA. No.03-1298.- La Junta Directiva, conocida de la solicitud de aprobación de la reforma a los artículos 4 y 15 del Reglamento de Préstamos Personales, presentado por la Administración del Instituto, a través del Licenciado Nahun Díaz Díaz, Jefe de la División de Préstamos, en cumplimiento a lo emitido por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, y que se encuentra relacionado al Plan de Adecuación de la Ley de Programa Opcional para la Consolidación de Deudas al Trabajador Hondureño, discutido que fue lo suficientemente, por unanimidad, RESUELVE: Aprobar la solicitud de reforma a los artículos 4 y 15 del Reglamento de Préstamos Personales del Instituto, los cuales de ahora en adelante se contraerán de la siguiente manera: 1) ARTÍCULO No.4.- Para ser sujeto de crédito, todos los participantes deberán de reunir las condiciones y requisitos siguientes: a).-Haber cotizado efectivamente al Sistema un tiempo no menor de seis (6) meses antes de presentar la solicitud de préstamo.- b.- Tener capacidad de pago debidamente acreditada.- c).- No sobrepasar la edad de sesenta y cinco (65) años, respecto a los participantes activos.- d).- Mantener sus cotizaciones en el Sistema, respecto de los participantes que se han separado del Servicio Público.- e).- Haber reingresado sus cotizaciones al Sistema, en el caso que en su oportunidad se hubieren aplicado de oficio al pago de un préstamo anterior.- f).- Los pensionados que no excedan de ciento veinte (120) mensualidades percibidas del Sistema.- En el caso que las hayan sobrepasado, el pensionado se obliga a suscribir un seguro de vida sobre el saldo deudor, cuya vigencia de la póliza, deberá ser: como mínimo igual al plazo del préstamo o en su defecto, la acreditación de un aval debidamente calificado por el Instituto.- g).- Cumplir con la documentación que se debe presentar conforme a los formularios respectivos.- h).- Cumplir con todos los requisitos que exige este Reglamento y cualquier otra disposición normativa que emita o apruebe la Junta Directiva.- Queda eliminado el inciso i) del presente artículo.- ARTÍCULO 15.- LA TASA DE INTERES.- a) La tasa de interés aplicable sobre el monto del préstamo otorgado será del diecisiete (17) por ciento anual capitalizable mensualmente, incluyendo dentro de dicha tasa el porcentaje destinado para constituir la reserva para el seguro de vida.- b) La tasa de interés p a r a L A L E Y D E L P R O G R A M A O P C I O N A L PA R A CONSOLIDACION DE DEUDAS DEL TRABAJADOR HONDUREÑO, Decreto Legislativo No.34-2013, será del veinticinco por ciento (25%) anual, capitalizable mensualmente, incluyendo en dicha tasa el porcentaje destinado para constituir la reserva para el seguro de vida y la devolución del 30% del rendimiento de los mismos, según lo tipifica el artículo No.9 del REGLAMENTO de esta misma LEY, Resolución No.GE-No.822/13- 05-13 CNBS. Se agrega este inciso. 2) La presente Resolución entrará en vigencia a partir de esta fecha y deberá ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de enero del 2014. ABOG. CARLOS MONTES RODRÍGUEZ Presidente Junta Directiva LIC. ANDRES TORRES RODRÍGUEZ Secretario Junta Directiva. 28 F. 2014. -- 63 of 136 -- Sección B Avisos Legales CONVOCATORIA El Consejo de Administración de INMOBILIARIA CON- TINENTAL, S.A., en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión celebrada el día jueves 06 de febrero del 2014, por este medio CONVOCA: a todos los accionistas de la empresa para que asistan a las Asambleas Generales Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, las que se desarrollarán el día SÁBADO 05 DE ABRIL DEL 2014, a las diez de la mañana en el Salón Pulhapanzak del Hotel y Club Copantl de San Pedro Sula, para tratar asuntos relacionados con el Artículo No. 168 y No. 169 del Código de Comercio. En caso de no reunirse el quórum de ley, las Asambleas se llevarían a cabo el día LUNES 07 DE ABRIL DEL 2014, a la misma hora y lugar indicado con los accionistas que concurran. San Pedro Sula, Cortés, 20 de febrero del 2014. MARÍA LUISA PAZ, SECRETARIA CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28 F. 2014. _______ CONVOCATORIA El Consejo de Administración de CABLE COLOR, S.A. DE C.V., en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión celebrada el día jueves 06 de febrero del 2014, por este medio CONVOCA: a todos los accionistas de la empresa para que asistan a las Asambleas Generales Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, las que se desarrollarán el día SÁBADO 05 DE ABRIL DEL 2014, a las diez de la mañana en el Salón Pulhapanzak del Hotel y Club Copantl de San Pedro Sula, para tratar asuntos relacionados con el Artículo No. 168 y No. 169 del Código de Comercio. En caso de no reunirse el quórum de ley, las Asambleas se llevarían a cabo el día LUNES 07 DE ABRIL DEL 2014, a la misma hora y lugar indicado con los accionistas que concurran. San Pedro Sula, Cortés, 20 de febrero del 2014. VIRGINIA REYES, SECRETARIA CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28 F. 2014. CONVOCATORIA El Consejo de Administración CAFÉ CONTINENTAL, S.A., en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión celebrada el día jueves 06 de febrero del 2014, por este medio CONVOCA: a todos los accionistas de la empresa para que asistan a las Asambleas Generales Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, las que se desarrollarán el día SÁBADO 05 DE ABRIL DEL 2014, a las diez de la mañana en el Salón Pulhapanzak del Hotel y Club Copantl de San Pedro Sula, para tratar asuntos relacionados con el Artículo No. 168 y No. 169 del Código de Comercio. En caso de no reunirse el quórum de ley, las Asambleas se llevarían a cabo el día LUNES 07 DE ABRIL DEL 2014, a la misma hora y lugar indicado con los accionistas que concurran. San Pedro Sula, Cortés, 20 de febrero del 2014. BLANCA VIRGINIA LAGUNA PINEDA, SECRETARIA CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28 F. 2014. _______ CONVOCATORIA El Consejo de Administración de CONSTRUCTORA CON- TINENTAL DELTA, S.A. DE C.V.,, en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión celebrada el día jueves 06 de febrero del 2014, por este medio CONVOCA: a todos los accionistas de la empresa para que asistan a las Asambleas Generales Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, las que se desarrollarán el día SÁBADO 5 DE ABRIL DEL 2014, a las diez de la mañana en el Salón Pulhapanzak del Hotel y Club Copantl de San Pedro Sula, para tratar asuntos relacionados con el Artículo No. 168 y No. 169 del Código de Comercio. En caso de no reunirse el quórum de ley, las Asambleas se llevarían a cabo el día LUNES 7 DE ABRIL DEL 2014, a la misma hora y lugar indicado con los accionistas que concurran. San Pedro Sula, Cortés, 20 de febrero del 2014. LILIAN DE FONSECA, SECRETARIA CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28 F. 2014. -- 64 of 136 -- Sección B Avisos Legales CONVOCATORIA El Consejo de Administración de FUNDACIÓN BIOLOGICA EDUCACIONAL JAIME ROLANDO ROSENTHAL HIDALGO (FUNBIOROS), en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión celebrada el día jueves 06 de febrero del 2014, por este medio CONVOCA: a todos los accionistas de la empresa para que asistan a las Asambleas Generales Ordi- naria y Extraordinaria de Accionistas, las que se desarrollarán el día SÁBADO 5 DE ABRIL DEL 2014, a las diez de la mañana en el Salón Pulhapanzak del Hotel y Club Copantl de San Pedro Sula, para tratar asuntos relacionados con el Artículo No. 168 y No. 169 del Código de Comercio. En caso de no reunirse el quórum de ley, las Asambleas se llevarían a cabo el día LUNES 7 DE ABRIL DEL 2014, a la misma hora y lugar indicado con los accionistas que concurran. San Pedro Sula, Cortés, 20 de febrero del 2014. FRANCIS MARTINEZ, SECRETARIA CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28 F. 2014. _______ CONVOCATORIA El Consejo de Administración de PROMOTORES Y CORREDURIA DE SEGUROS, S.A. DE C.V., en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión celebrada el día jueves 06 de febrero del 2014, por este medio CONVOCA: a todos los accionistas de la empresa para que asistan a las Asambleas Generales Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, las que se desarrollarán el día SÁBADO 5 DE ABRIL DEL 2014, a las diez de la mañana en el Salón Pulhapanzak del Hotel y Club Copantl de San Pedro Sula, para tratar asuntos relacionados con el Artículo No. 168 y No. 169 del Código de Comercio. En caso de no reunirse el quórum de ley, las Asambleas se llevarían a cabo el día LUNES 7 DE ABRIL DEL 2014, a la misma hora y lugar indicado con los accionistas que concurran. San Pedro Sula, Cortés, 20 de febrero del 2014. BLANCA VIRGINIA LAGUNA PINEDA CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28 F. 2014. CONVOCATORIA El Consejo de Administración de APARTHOTELES CON- TINENTAL, S.A., en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión celebrada el día jueves 06 de febrero del 2014, por este medio CONVOCA: a todos los accionistas de la empresa para que asistan a las Asambleas Generales Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, las que se desarrollarán el día SÁBADO 5 DE ABRIL DEL 2014, a las diez de la mañana en el Salón Pulhapanzak del Hotel y Club Copantl de San Pedro Sula, para tratar asuntos relacionados con el Artículo No. 168 y No. 169 del Código de Comercio. En caso de no reunirse el quórum de ley, las Asambleas se llevarían a cabo el día LUNES 7 DE ABRIL DEL 2014, a la misma hora y lugar indicado con los accionistas que concurran. San Pedro Sula, Cortés, 20 de febrero del 2014. FRANCIS MARTINEZ, SECRETARIA CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28 F. 2014. _______ CONVOCATORIA El Consejo de Administración de ZONAS INDUSTRIALES CONTINENTAL, S.A., en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión celebrada el día jueves 06 de febrero del 2014, por este medio CONVOCA: a todos los accionistas de la empresa para que asistan a las Asambleas Generales Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, las que se desarrollarán el día SÁBADO 5 DE ABRIL DEL 2014, a las diez de la mañana en el Salón Pulhapanzak del Hotel y Club Copantl de San Pedro Sula, para tratar asuntos relacionados con el Artículo No. 168 y No. 169 del Código de Comercio. En caso de no reunirse el quórum de ley, las Asambleas se llevarían a cabo el día LUNES 7 DE ABRIL DEL 2014, a la misma hora y lugar indicado con los accionistas que concurran. San Pedro Sula, Cortés, 20 de febrero del 2014. FRANCIS MARTINEZ, SECRETARIA CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28 F. 2014. -- 65 of 136 -- Sección B Avisos Legales CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN INMUEBLE Nosotros, José Darío Gámez Panchamé, mayor de edad, de profesión Ingeniero Civil, casado, con Tarjeta de Identidad número 1804-1955-00373 y de este domicilio y vecindario, actuando en su condición de Gerente General de la Empresa Nacional Portuaria, nombrado por el Consejo Directivo de la Empresa Nacional Portuaria, mediante Acuerdo Ejecutivo número 001-2012 de fecha 27 de enero de 2012; y quien en lo sucesivo me denominare EL ARRENDADOR, y Roberto Antonio Jerez, Jorge Yllescas Oliva, habiendo sido nombrados mediante Acuerdo Ejecutivo PCM-039-2012 de fecha 9 de octubre de 2012, Mario Alberto López Stainer, nombrado mediante Acuerdo Número 0854 del 31 de octubre de 2012 , todos mayores de edad, del domicilio de la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, actuando en nuestra condición de Comisionados Presidenciales y Director Ejecutivo respectivamente de la Dirección Ejecutiva de Ingresos, entidad creada mediante Decreto 17-2010, como una entidad desconcentrada, con Autonomía Técnica, Funcional, Financiera, Administrativa y de Seguridad Nacional con personería jurídica propia, quien para los efectos legales de este contrato se identificará como “EL ARRENDATARIO” o “LA DEI” y en conjunto se denominarán “LAS PARTES”, por este acto celebramos Contrato de Arrendamiento de un inmueble para la operación de la Aduana de Puerto Cortés, la cual se sujetará bajo las siguientes clausulas y condiciones: CLAUSULA PRIMERA- OBJETIVO DEL CONTRATO “LAS PARTES” declaramos que el objeto del presente convenio es dar por parte de la Empresa Nacional Portuaria (ENP), a la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), en arrendamiento un terreno propiedad del Estado de Honduras, de la Empresa Nacional Portuaria, ubicado en la Zona Industrial de la Zona Libre de Puerto Cortés, en el cual se encuentra localizado, un edificio de una sola planta con paredes de bloque de concreto y techo de estructura metálica, construido con fines industriales con área de 1,875 m2, con la siguiente localización: Plantel #1, bloque 1-8, con las siguientes colindancias: Al Noroeste, 75 metros con línea férrea; y la 15 calle Este, al Suroeste, 75 metros con plantel #2 del bloque 1-8; al Sureste, 25 metros con plantel # 3 del bloque 1-8; al Sureste, 25 metros con plantel # 3 del bloque 1-8; al Noroeste 25 metros con sexta calle de la Zona Industrial de la Zona Libre de Puerto Cortés; para la instalación y operación de una aduana por parte de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), contando para ello con la debida autorización mediante Resolución No.02 de fecha 22 de diciembre del 2010, del Consejo Directivo de la Empresa Nacional Portuaria, en el que se aprueba la suscripción del presente contrato. CLAUSULA SEGUNDA ANTECEDENTES Las partes, para mayor ilustración, hacen expresa mención de la siguiente documentación, la cual sirve de respaldo para citar los antecedentes conducentes a la suscripción del presente contrato y se anexan, formando estos partes integrales del presente contrato. A. Ayuda memoria de la Misión de Orientación (5-7 de abril de 2010) del Banco Interamericano de Desarrollo, para el Proyecto de Modernización de Puerto Cortés, en la cual se establecen las condiciones para la aprobación e inicio de la operación del Préstamo HO-L1055 por un monto de $10,000,000.00, siendo una de esas condiciones el inciso D), numeral 4), de los Acuerdos y siguientes pasos, la firma de un convenio con la Empresa Nacional Portuaria, para la utilización de los terrenos seleccionados para la construcción de la aduana, cuyo uso por parte de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), está destinado a los propósitos aduaneros. B. Oficio mediante el cual el Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, remitió al Gerente General de la Empresa Nacional Portuaria, la solicitud para someter a aprobación del Honorable Consejo Directivo la suscripción del presente Contrato de Arrendamiento, con la finalidad de instalar y operar por parte de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), una aduana en Puerto Cortés. C. Oficio del Gobernador de Honduras ante el BID y Secre- tario de Estado en el Despacho de Finanzas al Representante Residente del BID en Honduras, manifestando el acuerdo entre la Empresa Nacional Portuaria y la Secretaría de Finanzas, sobre la utilización del terreno para la construcción de la aduana de Puerto Cortés. D. Resolución No.802 de fecha 22 de diciembre de 2010, del Consejo Directivo de la Empresa Nacional Portuaria Directivo, en el cual se aprueba la suscripción del presente Contrato de Arrendamiento para dar por parte de la Empresa Nacional Portuaria a la Dirección Ejecutiva de Ingresos, en arrendamiento un terreno propiedad del Estado de Honduras, para la instalación y operación por parte de la Dirección Ejecutiva de Ingresos una aduana en Puerto Cortés. CLAUSULA TERCERA MONTO Y FORMA DE PAGO El monto total del contrato será por un valor mensual de renta de (UN MIL LEMPIRAS (Lps. 1,000.00) mensuales, más el 12% de Impuesto Sobre Ventas, considerando el plan de inversiones y mejoras al inmueble que “LA DEI” realizará en el marco del Programa BID HO-L1055. CLAUSULA CUARTA FORMA DE PAGO La cantidad antes descrita será cancelada de forma mensual a partir del siguiente mes de la fecha en que suscriba el presente contrato el treinta (30) de enero de dos mil doce (2012) hasta la finalización del término de este arrendamiento el treinta (30) de enero de dos mil cuarenta y dos (2042), afectando la estructura presupuestaria correspondiente de acuerdo a los términos del Convenio de Préstamo HO-L1055. -- 66 of 136 -- Sección B Avisos Legales CLAUSULA QUINTA CONDICIONES CONTRAC- TUALES Son obligaciones del arrendatario: 1. El Arrendatario, deberá pagar los servicios de agua, luz, teléfono, cualquier impuesto municipal o gubernamental que pueda imputarse por el alquiler del inmueble, quedando obligada a entregar mensualmente fotocopia al arrendador, por los pagos hechos con los recibos correspondientes en cada mensualidad; debiendo hacer a sus costas expensas las instalaciones que las autoridades les exigieren. 2. Es obligación también, que el arrendatario pague su propio sistema de vigilancia; mantener en buen estado el edificio que se le alquila; botar la basura o cualquier desperdicio material fuera de la lotificación y en especial en los lugares indicados por la Alcaldía Municipal de Puerto Cortés. 3. Cualquier multa(s) o sanción(es) que resultara por el incumplimiento de la Ley de Municipalidades, Plan de Arbitrios vigente, Ley de Policía y Convivencia Ciudadana y/o cualquier otra Ley vigente del país, será responsabilidad del arrendatario. 4. “EL ARRENDATARIO”, de conformidad con el plan de inversiones del financiamiento BID HO-L1055 realzará las mejoras y reparaciones locativas de inmueble, mismas que serán consideradas como mejoras al inmueble y reconocidas en los gastos de arrendamiento; una vez finalizado este contrato, las mejoras pasarán a ser propiedad de la Empresa Nacional Portuaria (ENP). 5. EL ARRENDATARIO, deberá cubrir los gastos de demo- lición si así lo necesita y de ser estrictamente necesario. 6. Las instalaciones quedarán a favor de EL ARRENDADOR, sin pago alguno de su parte a la terminación del contrato. 7. No se podrá destinar el inmueble arrendado para otros fines que no sean los que representa EL ARRENDATARIO. SON OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR 1. EL ARRENDADOR, está obligado a permitir que el área de estacionamiento del Arrendatario será la totalidad de áreas de parqueo del inmueble. 2. Es obligación de EL ARRENDADOR, permitir al ARRENDATARIO y sus usuarios, el libre acceso a las instalaciones, con las únicas restricciones que lleven las medidas de seguridad. El ingreso y salida se hará por los portones más cercanos al inmueble dado en arrendamiento. 3. EL ARRENDADOR, deberá pagar todos los impuestos municipales y gubernamentales que pueda imputarse por la propiedad del inmueble. 4. El ARRENDADOR, está obligado a dar mantenimiento a la calle de acceso y salida que conducen al inmueble dado en arrendamiento. C L A U S U L A S E X TA M O D I F I C A C I O N E S , A D I - CIONES Y/O ADENDA ADENDUMS El presente contrato podrá ser modificado mediante adendas por escrito y firmado por los Representantes Legales de LAS PARTES. La prórroga expresa de este contrato debe hacerse al menos con noventa días (90) de anticipación a la fecha de su vencimiento. CLAUSULA SÉPTIMA LOS ANEXOS Los anexos adscritos al presente contrato y los que se suscriban en el futuro, formarán parte integrante del mismo; los cuales deberán estar firmados por los Representantes Legales de LAS PARTES. CLÁUSULA DECIMO SEGUNDA PRORROGA El presente contrato podrá ser prorrogado por igual o diferente plazo y en iguales condiciones al presente mediante el mismo procedimiento de suscripción, con al menos noventa (90) días calendario de antelación a la fecha de terminación del contrato o de sus prórrogas, acreditando en su caso que se cuenta con la debida autorización de la Junta Directiva de la Empresa Nacional Portuaria y de la Dirección Ejecutiva de Ingresos. CLÁUSULA DECIMO TERCERA PUBLICACION DEL PRESENTE CONTRATO En aplicación del artículo 255 de la Constitución de la República y por tratarse de un acto administrativo que debe producir efectos jurídicos de carácter general, el presente Contrato de Arrendamiento deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Ambos contratantes manifestamos nuestra aceptación del contenido de todas y cada una de las cláusulas que anteceden y que en consecuencia nos comprometemos a cumplirlas en todo su contenido. En fe de lo cual firmamos el presente contrato, en dos originales del mismo tenor y fuerza, en la ciudad de Puerto Cortés, departamento de Cortés, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil doce. JOSE DARIO GAMEZ PANCHAME EMPRESA NACIONAL PORTUARIA MARIO ALBERTO LOPEZ STAINE MINISTRO DIRECTOR DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESOS JORGE YLLESCAS OLIVA COMISIONADO DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESOS ROBERTO ANTONIO JEREZ COMISIONADO DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESOS 28 F. 2014. -- 67 of 136 -- Sección B Avisos Legales AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Segundo Departamental de Choluteca, al público en general HACE SABER: Que en fecha dieciocho de noviembre del año dos mil trece; La Abogada LIGIA YANIRA TABORA FLORES, quien actúa en representación legal de el señor CRECENCIO NAVAS ORDOÑEZ, mayor de edad, soltero, labrador, hondureño, con Identidad N° 0610-1938-00065, presentó ante este Juzgado, solicitud de Título Supletorio de la Abogada LIGIA YANIRA TABORA FLORES, quien actúa en representación legal de el señor CRECENCIO NAVAS ORDÓÑEZ, presentó solicitud de Título Supletorio de los siguientes inmuebles: ubicados en el caserío Corral grande aldea El Mal Paso, comprendido en el Título de EL MAL PASO, municipio de Orocuina, departamento de Choluteca; sitio el cerro(privado)que miden PREDIO N° 1: 13.60 hectáreas(aproximadamente)de extensión superficial, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: Al Norte, con carretera de por medio con CRECENCIO NAVAS ORDOÑEZ, encajonada de por medio con BERNARDA NAVAS Y JOSE NAVAS; al Sur, colinda con propiedad de MANUEL MARADIAGA Y RÍO CHOLUTECA; al Este, con RÍO CHOLUTECA; y, al Oeste, con carretera de por medio con CRECENCIO NAVAS ORDOÑEZ, MADEO SANCHEZ. PREDIO N° 2: mide 22.55 hectáreas, SITIO: EL CERRO (Privado)(aproximadamente)extensión superficial, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: Al Norte, con propiedad de CRISTOBAL PORTILLO, ISIDRA NAVAS, HEREDEROS OSORTO NAVAS; al Sur, con DONATILA PORTILLO, encajonada de por medio, con AMADEO SÁNCHEZ,carretera de por medio con CONCEPCIÓN NAVAS; al Este,con herederos OSORTO NAVAS, carretera de por medio con CONCEPCION NAVAS; al Oeste, con CRISTOBAL PORTILLO, DONATILA PORTILLO; PREDIO N° 3: mide 19.23 hectáreas, sitio: EL CERRO (privado) (aproximadamente) de extensión superficial, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: al Norte, con LEANDRO NAVAS, camino de por medio con JUAN PABLO OSORTO, carretera de por medio, con CRECENCIO NAVAS ORDOÑEZ; al Sur, con BERNARDA NAVAS, campo de fútbol, río de por medio con ABILIO MARTÍNEZ; al Este, con LEANDRO NAVAS, camino de por medio, con JUAN PABLO OSORTO, encajonada de por medio con LEANDRO NAVAS, río de por medio con ABILIO MARTÍNEZ; al Oeste, con carretera de por medio con CRECENCIO NAVAS ORDOÑEZ. confiriendo poder a la Abogada LIGIA YANIRA TABORA FLORES.- con carné profesional N° 17,703 del Colegio de Abogados de Honduras. Choluteca, 17 de enero de 2014. PERLA IRIS HERNÁNDEZ SECRETARIA 28 F., 28 M. y 28 A. 2014. JUZGADO DE LETRAS REPÚBLICA DE HONDURAS SECCIONAL. TOCOA AVISO DE CITACIÓN La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de la ciudad de Tocoa, departamento de Colón, al público en general y para los efectos de ley correspondientes, HACE SABER: Que en las diligencias de Declaración de Muerte Presunta, número 07-014, presentadas por el Abogado ROY GEOVANY UMAÑA CRESPO, en su condición de Apoderado Legal de la Empresa de Seguridad ORIÓN, se mando a citar en legal y debida forma a los desaparecidos: FRANCISCO CARTAGENA, con Identidad número 0409-1973-00141; LUIS SAMUEL PINEDA CHIRINOS, con Identidad número 0210-2003-00831; ERNESTO SOSA RAMÍREZ, con Identidad número 0415-1966-00228; SANTOS CARLOS ROSALES MORADEL, con Identidad número 0208-1963-00485, ordenado por medio de edictos publicados por tres veces por lo menos habiendo corrido cuatro(4) meses en- tre cada dos citaciones, como requisito previo a la sentencia de mérito. Representó a la peticionaria el Abogado ROY GEOVANY UMAÑA CRESPO, inscrito bajo el número 8774 del Colegio de Abogados de Honduras y del domicilio de Trujillo, Colón, en tránsito por esta ciudad. Tocoa, Colón, 21 febrero 2014. DAYANA CAROLINA ALVAREZ TORRES SECRETARIA 28 F., 1 y 3 M. 2014. _______ 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FRANCISCO JAVIER MEJÍA SÁNCHEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13 de febrero del año 2014. 12/ Reservas: Se protege la denominación en su conjunto, donde no deben de separarse cada término, ya que los mismos foman parte de la estructura del diseño; se protege el diseño y los colores: CAFE, BEIGE Y GRIS. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 28 F., 17 M. y 1 A. 2014. 1/ Solicitud: 2014-003464 2/ Fecha de presentación: 31/01/2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES ARTECA, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE ATLÁNTIDA, Bo. INDEPENDENCIA, AVE. MORAZÁN, ENTRE BLVD. 15 DE SEPTIEMBRE Y 13 CALLE. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: No tiene otros registros C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: V C CAFETOZ Y DISEÑO -- 68 of 136 -- Sección B Avisos Legales AVISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA No. 03/2014 El Banco Central de Honduras, por este medio invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la licitación Pública No. 03/2014 para contratar el suministro, instalación, capacitación y configuración de ocho (8) máquinas contadoras y clasificadoras de monedas, veintiséis (26) máquinas contadoras de billetes por succión o vacío y veintidós (22) máquinas contadoras de billetes por sistema de fricción o rodos, para uso de la oficina principal y de las sucursales del Banco Central de Honduras. El Pliego de Condiciones de esta licitación puede retirarse a partir de este día, en el Departamento de Servicios Generales, tercer piso, edificio Principal del Banco Central de Honduras en Tegucigalpa, M.D.C., previo pago de MIL DOSCIENTOS LEMPIRAS (L. 1,200.00) no reembolsables, en las ventanillas del departamento de Emisión y Tesorería, primer piso del edificio antes indicado. La persona que acuda a retirar el Pliego de Condiciones deberá presentar identificación y autorización escrita de la empresa solicitante. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el Salón de Usos Múltiples, ubicado en el segundo piso del edificio Principal del banco en Tegucigalpa, el día lunes 17 de marzo de 2014 a las 10:30 A.M. hora local, en presencia del Comité de Compras del Banco Central de Honduras y de los oferentes participantes. GERMAN DONALD DUBÓN TROCHEZ GERENCIA 28 F. 2014 Inversiones Continental, S.A. de C.V. CONVOCATORIA El Consejo de Administración de INVERSIONES CONTINENTAL, S.A., en cumplimiento del acuerdo tomado en la sesión celebrada el día jueves 6 de febrero del 2014, por este medio CONVOCA a todos los accionistas de la empresa para que asistan a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas, las que se desarrollarán el día SABADO 5 DE ABRIL DEL 2014, a las diez de la mañana en el Salón Pulhapanzak del Hotel y Club Copantl de San Pedro Sula, para tratar asuntos relacionados con el Artículo No. 168 y No. 169 del Código de Comercio. En caso de no reunirse el quórum de Ley, las Asambleas se llevarán a cabo el día LUNES 7 DE ABRIL DEL 2014, a la misma hora y lugar indicado, con los accionistas que concurran. San Pedro Sula, 20 de febrero del 2014. BLANCA VIRGINIA LAGUNA PINEDA SECRETARIA CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28 F. 2014 ________ AVISO Al comercio y público en general en cumplimiento con lo expresado en los Artículos 380 y 381 del Código de Comercio. SE HACE SABER: Que mediante instrumento público número 16, autorizado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., por el Notario Félix Antonio Irías Rodezno, en fecha 18 de febrero del año dos mil catorce (2014), se protocolizó en lo conducente el acta de la Asamblea Extraordinaria de accionistas de fecha 18 de febrero del año dos mil catorce (2014) de la Sociedad Inversiones San Juan, S.A. de C.V., constituida de conformidad con las Leyes de la República de Honduras, el 3 de enero del año dos mil nueve (2009) ante los oficios del Notario Adalid Rodríguez Reyes, mediante instrumento público número 1, misma que se encuentra inscrita bajo el número 1880 de la matrícula 2506069 del Registro de Comerciantes Sociales de Francisco Morazán, Centro Asociado a la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa, mediante la cual se procedió a tomar el Acuerdo de Disolución y Liquidación de la Sociedad y se nombró liquidador social a la señora Vicky Renee Rivera Girón, a quien se le otorgaron las facultades de Ley. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de febrero del 2014. LIQUIDADOR SOCIAL 22, 28 F. y 6 M. 2014 -- 69 of 136 -- Sección B Avisos Legales CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “

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Decreto 017-2020 | 2021
La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras (No.33674)
El Decreto 177-2010 reorganiza la administración pública hondureña, redefiniendo las responsabilidades de secretarías de estado. Afecta a todos los ministerios y entidades gubernamentales que deben adecuarse a las nuevas estructuras administrativas establecidas por este decreto legislativo publicado en La Gaceta.
Decreto 177-2010 | 2015
La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras (No.33865)
Este documento es La Gaceta, el diario oficial de Honduras del 24 de octubre de 2015. Contiene decretos ejecutivos que removieron al presidente del BANADESA (banco agrícola) y nombraron a uno nuevo; avisos de licitaciones públicas para compras estatales; notificaciones de demandas administrativas; y solicitudes de títulos de propiedad. Afecta a entidades públicas, empresas participantes en licitaciones y ciudadanos con trámites legales pendientes.
Decreto | 2015
Acuerdo — Arancel del Profesional de Enfermería de Honduras
Este acuerdo establece los honorarios mínimos que deben percibir los enfermeros profesionales de Honduras por sus servicios, tanto en atención directa a pacientes como en consultoría. Aplica a todas las personas e instituciones públicas y privadas que contraten a enfermeros colegiados, buscando garantizar pagos justos y evitar conflictos sobre honorarios en la profesión.
Decreto | 2025
Resolución — Aprobación de Estatutos de Fundación para la Solidaridad, Educación, Salud, Ambiente y Desarrollo de Sinuapa
Esta resolución aprueba y otorga personalidad jurídica a FESADESH, una organización sin fines de lucro basada en Sinuapa que trabaja en solidaridad, educación, salud, ambiente y desarrollo. La fundación puede recibir donaciones, administrar proyectos y realizar actividades lícitas en estos temas, pero debe someterse a supervisión estatal y presentar informes financieros anuales auditados.
Decreto | 2015