VigenteCategoria: Administrativo
3 de enero de 2017 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,994

Decreto Legislativo — Aprobación del Contrato SAR-DNAF-027-2021 de Renovación de Licenciamientos Office 365, Project y Visio

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Resumen

Este decreto aprueba un contrato entre el Servicio de Administración de Rentas (SAR) y la empresa SEGA Honduras para renovar las licencias de software Microsoft Office 365, Project y Visio por un año (hasta octubre 2022). El SAR pagará L7,337,713.92 por estos servicios, que serán activados en máximo 7 días después de la publicación del decreto en La Gaceta.

Articulos

Articulo 9

Aprobar en todas y cada una de sus partes el Contrato No.SAR-DNAF-027-2021, de RENOVACIÓN DEL LICENCIAMIENTO MICROSOFT MPSA, suscrito en fecha 18 de Noviembre del año 2021, que literalmente dice: CONTRATO No. SAR-DNAF-027-2021 RENOVACIÓN DEL LICENCIAMIENTO MICROSOFT MPSA Nosotros, ÁNGELA MARÍA MADRID LÓPEZ, mayor de edad, soltera, hondureña, Abogada, de este domicilio, con Tarjeta de Identidad Número 0501-1977-10322, actuando en mi condición de Subdirectora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), nombrada mediante Acuerdo No. SAR-005-2017 de fecha 03 de enero de 2017 y con facultades para firmar todos los actos y contratos que se deriven del ejercicio de las funciones administrativas financieras en cumplimiento al Acuerdo de Delegación No. SAR-1664-2017 de fecha 27 de septiembre de 2017, quien en adelante y para los efectos de este contrato se denominará “LA CONTRATANTE” y por otra parte, WENDY MARCELA ACEITUNO ANDINO, mayor de edad, casada, hondureña, Ingeniera Informática, con Tarjeta de Identidad número 0801-1981-08642 y Registro Tributario Nacional número 08011981086422, quien actúa como Representante Legal de la sociedad mercantil denominada SEGA HONDURAS S.A. DE C.V., quien en adelante se denominará “LA PROVEEDORA” acreditando su representación a través del Poder Especial de Representación con Facultades Administrativas, según Testimonio de la Escritura Pública número 94, autorizada en la ciudad de Guatemala en fecha 9 de julio de 2019 e inscrita según matrícula 252/097 del Registro Mercantil de Francisco Morazán en fecha 18 de julio de 2019, ambos en pleno goce de nuestros derechos civiles por medio del presente manifestamos que hemos convenido -- 110 of 220 -- celebrar como al efecto lo hacemos el presente Contrato para la “RENOVACIÓN DEL LICENCIAMIENTO MICROSOFT MPSA” el que se regirá por las cláusulas siguientes: CLÁUSULA PRIMERA. – APROBACIÓN DEL CONTRATO POR EL CONGRESO NACIONAL: Para garantizar la certeza y estabilidad más allá de los cambios en la dirección del Estado, los Contratos cuya ejecución o efectos se prolonguen al siguiente período de gobierno deben ser aprobados por el Congreso Nacional y publicado el decreto de aprobación en el Diario Oficial La Gaceta, caso contrario no se entenderán perfeccionados, ni podrán surtir efectos. (arts. 205.19, Constitución de la República; 13 Ley de Contratación del Estado; 116 de las Disposiciones Generales del Presupuesto de la República para el año 2021.) CLÁUSULA SEGUNDA. - ANTECEDENTES: “LA CONTRATANTE” declara que en fecha 07 de julio de 2021 mediante el lanzamiento en la plataforma de Honducompras 1 y la publicación del Aviso de Licitación Pública en Diario El Heraldo, dio inicio al proceso de la Licitación Pública Nacional LPN-SAR-005-2021 para la Renovación de “Licencias y Soportes Informáticos para el SAR”, adjudicando dicho proceso mediante la Resolución SAR-DNAF-022-2021 de fecha 26 de octubre de 2021 a la sociedad mercantil SEGA HONDURAS S.A. DE C.V., específicamente los Ítems No. 5.1 Licenciamiento Office 365; No. 5.2 Licenciamiento Project y No. 5.3 Licenciamiento Visio y notificada a “LA PROVEEDORA” en fecha 9 de noviembre de 2021. CLÁUSULA TERCERA. - OBJETO DEL CONTRATO: Este contrato tiene como objeto por parte de “LA PROVEEDORA” la renovación del Licenciamiento Office 365, Licenciamiento Project y Licenciamiento Visio, de acuerdo con lo descrito en la Cláusula Sexta del presente Contrato; y por parte de “LA CONTRATANTE”, el pago de los servicios objeto de este contrato una vez que los mismos hayan sido renovados a entera satisfacción de “LA CONTRATANTE”. CLÁUSULA CUARTA. - VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá vigencia desde la publicación del Decreto de aprobación por parte del Congreso Nacional en el Diario Oficial La Gaceta, hasta el 31 de octubre de 2022. CLÁUSULA QUINTA. - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO: Forman parte del presente Contrato: a) Expediente del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SAR-005-2021 para la Renovación de “Licencias y Soportes Informáticos para el SAR”; b) Oferta presentada por la sociedad mercantil SEGA HONDURAS S.A. DE C.V., junto con las especificaciones técnicas; c) La Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al 15% del valor del contrato a favor de “LA CONTRATANTE”; y d) La correspondencia que se gire entre las partes. CLÁUSULA SEXTA. – SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO: En virtud del presente contrato, “LA PROVEEDORA” se compromete a entregar a “LA CONTRATANTE”, en el lugar y dentro del plazo establecido en el mismo los siguientes servicios: -- 111 of 220 -- - 141 - CONTRATANTE”, en el lugar y dentro del plazo establecido en el mismo los siguientes servicios: ITEM 5.1 LICENCIAMIENTO OFFICE 365 Características Generales Requerimiento técnico mínimo País de origen Estados Unidos de América Software requerido Licencias Office 365 Edición Enterprise E3 Número de Artículo AAA-04073 Tipo de licencia User Cloud Government Cantidad de licencias 1180 Beneficiario directo Servicio de Administración de Rentas – Honduras, Centro América Plazo de suscripción Un (1) año a partir del 31 de octubre 2021 al 31 de octubre 2022. Contrato Incluir al contrato MPSA government del SAR Implementación El proveedor realizará las siguientes actividades: • Habilitación inicial de suscripción con la cuenta de usuario del SAR. • Se consideran recibidas una vez que la Dirección Nacional de Tecnología (DNT) emita el acta de recepción del licenciamiento. • El proveedor deberá garantizar la atención y soporte de incidentes de forma virtual a través de su plataforma de atención, correo y/o llamada, así como consultas de lunes a viernes de 8:00 a 18:00, deberá cubrir: Gestión de incidencias, consultas de facturación, definición de la suscripción, comprensión de licencias disponibles, informes de estados de servicios, informes de -- 112 of 220 -- - 142 - Características Generales Requerimiento técnico mínimo facturación, reporte de incidentes. El proveedor deberá acreditar ser Licensing Solutions Provider (LSP) de Microsoft. Lugar de Entrega Dirección Nacional de Tecnología, Edificio Gabriel A. Mejía, Séptimo Piso, Tegucigalpa, Honduras. Plazo de entrega Activación de las licencias hasta un máximo de 7 días posteriores a la publicación en el Diario Oficial la Gaceta de la aprobación del contrato por parte del Congreso Nacional. ITEM 5.2 LICENCIAMIENTO PROJECT Características Generales Requerimiento técnico mínimo País de origen Estados Unidos de América Software requerido Licencias Project Edición Professional Número de Artículo AAA- 22533 Tipo de licencia Online User Government Cantidad de licencias Beneficiario directo Servicio de Administración de Rentas – Honduras, Centro América. Plazo de suscripción Un (1) año a partir del 31 de octubre 2021 al 31 de octubre 2022. Contrato Incluir al contrato MPSA government del SAR. Implementación El proveedor realizará las siguientes actividades: • Habilitación inicial de suscripción con la cuenta de usuario del SAR. - 141 - CONTRATANTE”, en el lugar y dentro del plazo establecido en el mismo los siguientes servicios: ITEM 5.1 LICENCIAMIENTO OFFICE 365 Características Generales Requerimiento técnico mínimo País de origen Estados Unidos de América Software requerido Licencias Office 365 Edición Enterprise E3 Número de Artículo AAA-04073 Tipo de licencia User Cloud Government Cantidad de licencias 1180 Beneficiario directo Servicio de Administración de Rentas – Honduras, Centro América Plazo de suscripción Un (1) año a partir del 31 de octubre 2021 al 31 de octubre 2022. Contrato Incluir al contrato MPSA government del SAR Implementación El proveedor realizará las siguientes actividades: • Habilitación inicial de suscripción con la cuenta de usuario del SAR. • Se consideran recibidas una vez que la Dirección Nacional de Tecnología (DNT) emita el acta de recepción del licenciamiento. • El proveedor deberá garantizar la atención y soporte de incidentes de forma virtual a través de su plataforma de atención, correo y/o llamada, así como consultas de lunes a viernes de 8:00 a 18:00, deberá cubrir: Gestión de incidencias, consultas de facturación, definición de la suscripción, comprensión de licencias disponibles, informes de estados de servicios, informes de La -- 113 of 220 -- - 143 - Características Generales Requerimiento técnico mínimo Nacional de Tecnología (DNT) emita el acta de recepción del licenciamiento. • El proveedor deberá garantizar la atención y soporte de incidentes de forma virtual a través de su plataforma de atención, correo y/o llamada, así como consultas de lunes a viernes de 8:00 am a 8:00 pm., deberá cubrir: Gestión de incidencias, consultas de facturación, definición de la suscripción, comprensión de licencias disponibles, informes de estados de servicios, informes de facturación, reporte de incidentes. El proveedor deberá acreditar ser Licensing Solutions Provider (LSP) de Microsoft. Lugar de Entrega Dirección Nacional de Tecnología, Edificio Gabriel A. Mejía, Séptimo Piso, Tegucigalpa, Honduras. Plazo de entrega Activación de las licencias hasta un máximo de 7 días posteriores a la publicación en el Diario Oficial la Gaceta de la aprobación del contrato por parte del Congreso Nacional. ITEM 5.3 LICENCIAMIENTO VISIO Características Generales Requerimiento técnico mínimo País de origen Estados Unidos de América Software requerido Licencias Visio Edición Plan 2 Tipo de licencia Online Cantidad de licencias 20 Edición Professional Número de Artículo AAA- 22533 Tipo de licencia Online User Government Cantidad de licencias Beneficiario directo Servicio de Administración de Rentas – Honduras, Centro América. Plazo de suscripción Un (1) año a partir del 31 de octubre 2021 al 31 de octubre 2022. Contrato Incluir al contrato MPSA government del SAR. Implementación El proveedor realizará las siguientes actividades: • Habilitación inicial de suscripción con la cuenta de usuario del SAR. • Se consideran recibidas una vez que la Dirección - 143 - Características Generales Requerimiento técnico mínimo Nacional de Tecnología (DNT) emita el acta de recepción del licenciamiento. • El proveedor deberá garantizar la atención y soporte de incidentes de forma virtual a través de su plataforma de atención, correo y/o llamada, así como consultas de lunes a viernes de 8:00 am a 8:00 pm., deberá cubrir: Gestión de incidencias, consultas de facturación, definición de la suscripción, comprensión de licencias disponibles, informes de estados de servicios, informes de facturación, reporte de incidentes. El proveedor deberá acreditar ser Licensing Solutions Provider (LSP) de Microsoft. Lugar de Entrega Dirección Nacional de Tecnología, Edificio Gabriel A. Mejía, Séptimo Piso, Tegucigalpa, Honduras. Plazo de entrega Activación de las licencias hasta un máximo de 7 días posteriores a la publicación en el Diario Oficial la Gaceta de la aprobación del contrato por parte del Congreso Nacional. ITEM 5.3 LICENCIAMIENTO VISIO Características Generales Requerimiento técnico mínimo País de origen Estados Unidos de América Software requerido Licencias Visio Edición Plan 2 Tipo de licencia Online Cantidad de licencias 20 La -- 114 of 220 -- - 144 - Características Generales Requerimiento técnico mínimo Beneficiario directo Servicio de Administración de Rentas – Honduras, Centro América. Plazo de suscripción Un (1) año partir del 31 de octubre 2021 al 31 de octubre Contrato Incluir al contrato MPSA government del SAR. Implementación El proveedor realizará las siguientes actividades: • Habilitación inicial de suscripción con la cuenta de usuario del SAR. • Se consideran recibidas una vez que la Dirección Nacional de Tecnología (DNT) emita el acta de recepción del licenciamiento. • El proveedor deberá garantizar la atención y soporte de incidentes de forma virtual a través de su plataforma de atención, correo y/o llamada, así como consultas lunes a viernes de 8:00 a 18:00, deberá cubrir: Gestión de incidencias, consultas de facturación, definición de la suscripción, comprensión de licencias disponibles, informes de estados de servicios, informes de facturación, reporte de incidentes. El proveedor deberá acreditar ser Licensing Solutions Provider (LSP) de Microsoft. Lugar de Entrega Dirección Nacional de Tecnología, Edificio Gabriel A. Mejía, Séptimo Piso, Tegucigalpa, Honduras. Plazo de entrega Activación de las licencias hasta un máximo de 7 días posteriores a la publicación en el Diario Oficial la Gaceta de la aprobación del contrato por parte del Congreso Nacional. CLÁUSULA SEPTIMA. - TIEMPO DE ENTREGA: “LA PROVEEDORA” tendrá un tiempo máximo de siete (7) días calendario contados a partir de la publicación La -- 115 of 220 -- CLÁUSULA SÉPTIMA. - TIEMPO DE ENTREGA: “LA PROVEEDORA” tendrá un tiempo máximo de siete (7) días calendario contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la autorización del presente contrato por parte del Congreso Nacional de la República, para activar la renovación de los Licenciamientos objeto del presente contrato. CLÁUSULA OCTAVA. - VALOR DEL CONTRATO: “LA CONTRATANTE” pagará en total la cantidad de SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TRECE LEMPIRAS CON 92/100 (L7,337,713.92), valor que incluye la retención del 15% de Impuesto Sobre Ventas, equivalente a NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES LEMPIRAS CON 12/100 (L957,093.12), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “LA PROVEEDORA” será SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS VEINTE LEMPIRAS 80/100 (L6,380,620.80). CLÁUSULA NOVENA. - FORMA DE PAGO: - “LA CONTRATANTE” hará efectivo el pago de la siguiente manera: por la RENOVACIÓN DEL LICENCIAMIENTO OFFICE 365 pagará la cantidad de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTAY NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCO LEMPIRAS CON 12/100 (L6,899,205.12), valor que incluye la retención del Impuesto Sobre Ventas, equivalente a OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 32/100 (L899,896.32), por consiguiente el valor que se le depositará a la cuenta de “LA PROVEEDORA” será de CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO LEMPIRAS CON 80/100 (L5,999,308.80); por la RENOVACIÓN DEL LICENCIAMIENTO PROJECT pagará la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SIETE LEMPIRAS CON 04/100 (L350,807.04), valor que incluye la retención del Impuesto Sobre Ventas, equivalente a CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 44/100 (L45,757.44), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “LA PROVEEDORA” será de TRESCIENTOS CINCO MIL CUARENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 60/100 (L305,049.60); por la RENOVACIÓN DEL LICENCIAMIENTO VISIO pagará la cantidad de OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS UN LEMPIRAS CON 76/100 (L87,701.76), valor que incluye la retención del Impuesto Sobre Ventas, equivalente a ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 36/100 (L11,439.36), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “LA PROVEEDORA” será de SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS LEMPIRAS CON 40/100 (L76,262.40). Dichos pagos procederán una vez que “LA PROVEEDORA” presente a la Dirección Nacional Administrativa Financiera de “LA CONTRATANTE” las facturas correspondientes a la renovación de los referidos -- 116 of 220 -- licenciamientos, recibo extendido por él, a nombre de la Tesorería General de la República, por el valor de cada una de las facturas incluyendo el Impuesto Sobre Ventas, constancia de Solvencia Fiscal vigente y que la Dirección Nacional de Tecnología del SAR remita a la Dirección Nacional Administrativa Financiera del SAR la Certificación mediante la cual valide y confirme que los servicios han sido activados a entera satisfacción de “LA CONTRATANTE”. CLÁUSULA DÉCIMA. – MODIFICACIÓN DEL CONTRATO: “LA CONTRATANTE” puede ordenar cambios dentro del alcance general del contrato, consistentes en adiciones, cancelaciones u otras modificaciones, en base a lo establecido por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Cualquier aumento o disminución en la cuantía de las prestaciones previstas originalmente en el contrato, siempre que no excedan del diez por ciento (10%) de su valor, se harán mediante órdenes de cambio emitidas por “LA CONTRATANTE”, previa la reserva presupuestaria correspondiente en el caso de incremento del valor original. Si la modificación total excediere del porcentaje indicado, o variare el plazo contractual, las partes suscribirán una modificación al contrato mediante un adendum, que se someterá a las mismas formalidades de este contrato. Toda modificación deberá ser fundamentada y procederá cuando concurran circunstancias imprevistas al momento de la contratación o necesidades nuevas, de manera que esa sea la única forma de satisfacer el interés público perseguido. El valor de las modificaciones acumuladas no podrá exceder del veinticinco por ciento (25%) del valor inicial del contrato o referirse a objeto o materia diferente al originalmente previsto. Modificación de Plazo: Si “LA PROVEEDORA” tiene atraso en cualquier momento durante la ejecución del contrato por cualquier acto o negligencia atribuible a “LA CONTRATANTE”, éste podrá aprobar modificaciones para reajustar el plazo de ejecución en los siguientes casos: a) cuando las modificaciones representen variaciones del presupuesto del contrato, b) cuando existan causas suficientemente justificadas y certificadas, c) las demás permitidas por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - GARANTÍAS: “LA PROVEEDORA” constituirá una Garantía de Cumplimiento de Contrato conforme a lo establecido en los artículos 100 y 101 de la Ley de Contratación del Estado, equivalente al quince por ciento (15%) del monto estipulado en este contrato y deberá estar vigente mínimo tres (3) meses después de la vigencia de los servicios objeto del presente contrato. Dicha garantía se entregará a más tardar dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la aprobación del presente contrato por parte del Congreso Nacional, dicha garantía será ejecutada en los casos de incumplimiento de los plazos y de los servicios consignados en los Pliegos de Condiciones y en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA - CLÁUSULA PENAL: De conformidad con el artículo 3-B de la Ley de -- 117 of 220 -- Contratación del Estado, en caso de demora no justificada en la entrega de los servicios objeto de este contrato, “LA PROVEEDORA” será sancionada con multa por cada día de retraso equivalente al punto treinta y seis por ciento (0.36%) conforme al artículo 76 de las Disposiciones Generales para la Ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y de las Instituciones Descentralizadas del año 2021, teniendo “LA CONTRATANTE” el derecho de deducirlo del precio pactado. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: “LA CONTRATANTE” podrá resolver el Contrato mediante una comunicación por escrito dirigida a “LA PROVEEDORA” fundamentada en el artículo 127 de la Ley de Contratación del Estado, no obstante lo anterior cuando dicha resolución se deba a causa de “LA PROVEEDORA” se deberá aplicar lo establecido en el artículo 128 de la misma Ley, además podrá resolverse, por cualquiera de las causas siguientes: a) Por mutuo consentimiento entre las partes; b) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas; c) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato a cargo de “LA PROVEEDORA” dentro del plazo correspondiente; d) Cuando haya recortes presupuestarios por razones de la situación económica y financiera del país; y, e) El incumplimiento de la Cláusula de Integridad f) Las demás causas que señale la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento que sean aplicables. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - CONTROVERSIAS: Cualquier controversia entre las partes a causa de la aplicación, interpretación, cumplimiento o terminación del contrato, serán resueltas en forma amistosa y conciliatoria entre las partes contratantes y si ello no fuere posible se someterán a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de Francisco Morazán de acuerdo con el artículo 3 de la Ley de Contratación de Estado. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- INTEGRIDAD: Las partes, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente a: 1. Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las Leyes de la República, así como los valores de: INTEGRIDAD, LEALTAD CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA, IMPARCIALIDAD Y DISCRECIÓN CON LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIÉNDONOS DE DAR DECLARACIONES PÚBLICAS SOBRE LA MISMA. 2. Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajo los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones públicas establecidos en la Ley de Contratación del Estado, tales como: transparencia, -- 118 of 220 -- igualdad y libre competencia. 3. Que durante la Ejecución del Contrato ninguna persona que actúe debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado o trabajador, socio o asociado autorizado o no Realizará: a) Prácticas corruptivas: entendiendo éstas como aquellas en las que se ofrece dar, recibir o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte, b) Prácticas Colusorias: entendiendo éstas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. 4. Revisar y verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte, para efectos del Contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato. 5. Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos. 6. Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Cláusula por Tribunal competente y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que se incurra. 7. Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los subcontratistas con los cuales el Contratista o consultor contrate, así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos. El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará lugar: a. De parte del Contratista o Consultor: i. A la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele. ii. A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral y, en su caso entablar las acciones legales que correspondan. b. De parte del Contratante; i. A la eliminación definitiva del (Contratista o Consultor y a los subcontratistas responsables o que pudiendo hacerlo no denunciaron la irregularidad) de su Registro de Proveedores y Contratistas que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación. ii. A la aplicación al empleado o funcionario infractor de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. En fe de lo anterior, las partes manifestamos la aceptación de los compromisos adoptados en el presente documento, bajo el entendido que esta Declaración forma parte integral del Contrato, firmando voluntariamente para constancia. -- 119 of 220 -- ÁNGELA MARÍA MADRID LÓPEZ WENDY MARCELA ACEITUNO ANDINO LA CONTRATANTE LA PROVEEDORA

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