Decreto Legislativo 163-2013 Fideicomiso Colaianza ENEE Banco Atlantida.
Considerandos
- 1.Que de conforrnidad con lo pniwisto ene!Articulo 13;numerall delaLeydePromoci6ndelaAlianza Publico-Privada, le corresponde a Ia Comisi6n para Ia Promoci6n de laAlianza PUblico-Privada (COALIANZA) de forma exclusiva Ia gesti6n de los procesos de contrataci6n que permitan Ia participaci6n publico-privada en Ia ejecuci6n, desarrollo y administraci6n de obras y servicios publicos de interes para el Estado.
- 2.Que Ia Comisi6n para Ia Promoci6n de Ia Alianza Publico-Privada (COALIANZA), mediante concurso publico nacional adjudic6 en fecha diecisiete (17) de Mayo de Dos Mil Trece (2013), el Contrato de Fideicomiso para Ia Recuperaci6n de Perdidas en los Servicios Prestados porIa Empresa Nacional de Energia Electri"ca (ENEE), especificamente en los componentes de Transmisi6n, Despacho yFlujo Financiero, mediante Ia constituci6n de unaAlianzaPublico-Privada a favor de Ia Sociedad Mercantil denominadaBANCO ATLANTIDA, SOCIEDADANONIMA.
- 3.Que mediltnte Decreta Ejec;utivo Ntimerci PCM-024-2013, defecha veintiuno (21) de Mayo de dos Mil Trece (2013), el Presidente de Ia Republica en Consejo de Ministros aprob6 el Contrato de Fideicomiso para Ia "Recuperaci6n de perdid11s en los servicios prestados por Ia -- 1 of 15 -- Sec cion A Acucnlos y Lcycs DEL 2013 No. Empresa Nacional de Energia Electrica (ENEE)", especificamente de Ia Secretma de Estado en el Despacho lie Finanzas, suscrito en los componentes denominados Transmisi6n, Despacho y Flujo en Ia ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los Financiero, suscrito entre Ia Comisi6n para Ia Promo cion de Ia . 06 dias del mes de Junio de 2013, entre.el Sefior JoseAntonio AlianzaPUblieo-Privada(COALIANZA)ylasociedadmercantil . Pineda Cano, actuando en representaci6n de Ia COMISION denominada BANCO ATLANTIDA, SOCIEDAD PARALAPROMOCION DE LAALIANZAPUBLICO- ANONIMA. PRIVADA(COALIANZA), el Licenciado Emil Mahfuz Hawitt Medrano en calidad de Gerente de Ia EMPRESA NACIONAL
- 4.Que es de interes nacional sanear las finanzas y eficientar Ia operaci6n de Ia Empresa Nacional de Energia Elec:trica (ENEE).
- 5.Que de conformidad con lo previsto en Ia Atribuci6n 19) del Articulo 205 de Ia Constituci6n de Ia Republica, compete al Congreso Nacional de la Republica aprobar los contratos que hayan de producir o prolongar sus efectos a! siguiente Periodo de Gobiemo, PORTANTO,
- 6.Que mediante Decreto Legislativo No. 223-2012 de fecha 18 de ener? del presento aiio, el Congreso N acional apr0b6 el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de Ia Republica y de las Instituciones · · Descentralizadas para el Ejercicio Fiscal2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta-No. 33,044 del6 defebrero del 2013, dejando en suspenso Ia aprobaci6n del Presupuesto de Ia Empresa Hondurefia de Telecomunicaciones (HONDUTEL), segtln lo establecido en e!Articulo 1, parrafo segundo.
- 7.Que es atribuci6n del Congreso N acional, crear decretar, interpretar, reformar y derogar las !eyes, asi como apro bar y modificar el Presu•Juesto General de Ihgresos y Egresos de Ia Republica y de ias Instituciones Descentralizadas; • PORTANTO, DE CRETA:
Articulos
Articulo 2
El presente Decreto entrara en vigencia en esta misma fecha, debiendo publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en Ia ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salon de Sesiones del Congreso Nacional, a los siete dias del mes de agosto de dos mil trece. ALBA NORA GUNERA OSORIO PRESIDENTA, POR LA LEY RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARlO JARIETWALDINAPAZ SECRETARIA AI Poder Ejecutivo. PorTanto: Ejecutese. Tegucigalpa, M.D.C., 9 de septiembre de 2013. PORFIRIO LOBO SOSA . PRESIDENTE DE LA REPUBLICA EL SECRETARlO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. WILFREDO CERRATO RODRIGUEZ ---·~------ ______ :.:.:....:.~----==--- ------ ~----"----"- Scccioo A Acucnlos y Lcycs Poder Legis·lativo El Congreso Nacional, CONSIDERANDO: QuemedianteDecreto Ley No. 341 emitido por el Jefe de Estado en Consejo de Ministros ell? de mayo de 1976, se cre6 Ia Empresa Hondurefia de Telecomunicaciones (HONDUTEL), como entidad descentralizada, con personalidad juridica y patrimonio propio de duraci6n indefinida, cuya organizaci6n y funcionamiento se rige por su propia Ley, sus reglamentos, tratados y convenciones ratificados por Honduras y demas disposiciones legales y principios juridicos que le fueren aplicables, y que son atribucione.S de HONDUTEL operar, mantener, ampliar y modemizar los servicios de telecomunicaciones en el pais, teniendo como· finalidad alcanzar Ia mayor eficiencia en Ia Direcci6n y Administraci6n del servicio de Telecomunicaciones. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 223-2012 de fecha 18 de ener? del presento aiio, el Congreso N acional apr0b6 el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de Ia Republica y de las Instituciones · · Descentralizadas para el Ejercicio Fiscal2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta-No. 33,044 del6 defebrero del 2013, dejando en suspenso Ia aprobaci6n del Presupuesto de Ia Empresa Hondurefia de Telecomunicaciones (HONDUTEL), segtln lo establecido en e!Articulo 1, parrafo segundo. CONSIDERANDO: Que es atribuci6n del Congreso N acional, crear decretar, interpretar, reformar y derogar las !eyes, asi como apro bar y modificar el Presu•Juesto General de Ihgresos y Egresos de Ia Republica y de ias Instituciones Descentralizadas; • PORTANTO, DE CRETA:
Articulo 1
A pro bar el Presupuesto de Ingresos. y Egresos de Ia EMPR,ESA HONDURENA DE TELECOMUNICACIONES, '(HONDUTEL), para el ejerCicio Fiscal 2013, por un monto de TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS MILLONES SETECIEN- . TOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO LEMPI~S EXACTOS (L.3,322,762,285.00). -- 15 of 15 --