Certificación Acuerdo No. 80-2017
Articulos
Articulo 5
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta".
Articulo 4
Las reservas presupuestarias antes descritas son con el objetivo de alimentar el fideicomiso para ejecutar el proyecto denominado "Ejecución de Obras de Infraestructura y Servicios Públicos en la República de Honduras", con la finalidad exclusiva de la ejecución y puesta en marcha del Proyecto "Mejoramiento de la Infraestructura y Servicios del Departamento de Tslas de la Bahía.
Articulo 3
Se autoriza al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas haga las reservas presupuestarias del presupuesto de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios (INSEP), se haga la deducción anual por diez (10) años consecutivos a partir del año 2017. por el monto de Treinta Millones de Lempiras (L.30,000,000.00), así mismo se autoriza para que de la recaudación anual por concepto de Tasa Turística que reporte el Instituto Hondureño de Turismo (IHT), se haga deducción anual por diez (10) años consecutivos a partir del año 2017 Y autorizar a la Zona Libre Turística de Islas de la Bahía, a incorporar la cantidad de al menos Siete Millones de Lempiras(L. 7,000,000.00) anual por un período de diez (lO) años a partir del año 2017. Digitalizado y procesado por UDI-CRA-DEGT -- 1 of 1 --