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23 de marzo de 2024 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,493
Gaceta 36,493 SÁBADO 23 DE MARZO DEL 2024
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Resumen
Esta guía establece normas obligatorias de control interno que todas las instituciones públicas hondureñas deben implementar para prevenir corrupción, garantizar el uso eficiente de recursos públicos y lograr objetivos con transparencia. Afecta a todos los servidores públicos, desde máximas autoridades hasta empleados, y busca fortalecer la gobernanza y la confianza ciudadana mediante controles sobre finanzas, personal, tecnología e información.
Considerandos
- 1.Que la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), es una Secretaría de Estado perteneciente al Poder Ejecutivo, constituida mediante Decreto Ejecutivo PCM 05-2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,892 en fecha 06 de abril del 2022. Institución pública que tiene la finalidad principal de prevenir y combatir la corrupción, en el ejercicio de la función administrativa del Estado en apego a las directrices provenientes de la Presidencia de la República.
- 2.Que la STLCC es la Secretaría de Estado encargada de lo concerniente al diseño, promoción, coordinación, supervisión y evaluación de las políticas y estrategias anticorrupción relacionadas con la transparencia, prevención y rendición de cuentas en Honduras, con el objeto de fomentar las prácticas del buen gobierno, impulsando la interacción constructiva entre las autoridades mediante el fortalecimiento de procesos.
- 3.Que la Oficina Nacional de Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI), mediante Decreto Ejecutivo PCM 26-2007 publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 31,462 en fecha 20 de noviembre del 2007, de las instituciones públicas. Está constituido como un organismo técnico especializado del Poder Ejecutivo, adscrito a la Secretaría de Transparencia, encargado del desarrollo integral de la función del Control Interno Institucional y que fungirá como órgano del Sistema Nacional de Control de los Recursos Públicos e informará jerárquicamente al Presidente de la República. -- 1 of 86 -- EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
- 4.Que ONADICI tiene como objetivo asegurar razonablemente la efectividad del proceso de control interno institucional en procura del logro de una gestión de la Hacienda Pública eficaz, eficiente, responsable y transparente, por lo que, en cumplimiento de sus facultades, elaboró la Guía General para la Implementación del Marco Rector del Control Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI) en las Instituciones del Sector Público en Honduras y sus anexos en consonancia con las Normas Rectoras de Control Interno, emitidas por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC). CONSIDERANDO: En fecha 13 de julio de 2007 mediante Acuerdo Administrativo TSC No. 002/2007 del Tribunal Superior de Cuentas se aprueba el Reglamento de creación del Sistema de Control de los Recursos Públicos (SINACORP).
- 5.Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas, “el Control Interno: Es un proceso permanente y continúo realizado por la dirección, gerencia y otros empleados de las entidades públicas y privadas, con el propósito de asistir a los servidores públicos en la prevención de infracciones a las leyes y a la ética, con motivo de su gestión y administración de los bienes nacionales”.
- 6.Que el Marco Rector de Control Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI), actualizado mediante la publicación en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,795 de fecha 11 de diciembre del 2021. CONSIDERANDO: El Marco Rector de Control Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI), adecuadamente implementado por los servidores públicos, desde las más altas autoridades y directivos es uno de los elementos más eficaces para el logro de los objetivos institucionales con ética, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y cuidado del ambiente, así como para prevenir e identificar oportunamente errores, irregularidades y actos de corrupción. Es una de las mejores inversiones de los recursos públicos, para generar confianza en la ciudadanía, fortalecer la institucionalidad y la buena gobernanza. Herramienta elaborada con base a los más modernos principios internacionales sobre esta materia, para que sea adaptada, adoptada y aplicada por todas las Entidades del Sector Público de Honduras.
- 7.Que el Comité de Control Institucional (COCOIN) es un órgano colegiado de apoyo a la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la Entidad, cuyo objetivo principal es contribuir a la eficaz y eficiente implementación, mantenimiento y mejora continua del control interno institucional; siendo para ello una importante instancia de coordinación, asesoramiento, consulta y seguimiento oportuno del control interno. -- 2 of 86 --
- 8.Que la construcción y el correcto funcionamiento de un Estado moderno, integral y transparente exige un trabajo coordinado entre la administración pública, reconociendo la existencia de relaciones con auténticas implicaciones jurídicas, en favor del desarrollo de la sociedad, bajo los principios de solidaridad humana, transparencia, veeduría social y participación ciudadana, representando pilares fundamentales para la construcción de la democracia y el fortalecimiento de la transparencia.
- 9.Que es necesario la emisión de normas para mejorar los procedimientos, medidas, recomendaciones para la aplicación de los sistemas de control interno del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
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