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Decreto No. 157-2022 | 1 de julio de 2023 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 36,270

Gaceta 36,270 SABADO 1 DE JULIO DE 2023

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Resumen

Este documento publica varios acuerdos administrativos de Honduras de 2023. El principal delega funciones a servidores públicos para firmar contratos, autorizar traslados presupuestarios, aprobar viáticos y realizar trámites administrativos. También incluye convocatorias públicas para licitaciones de equipos, mobiliario y servicios de consultoría en institutos del gobierno.

Considerandos

  1. 1.Que los órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general.
  2. 2.Que la Ley General de la Administración Pública, en su artículo 36 numeral 8, establece que es atribución de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.
  3. 3.Que el artículo 37 numeral 3 de la Ley Orgánica de Presupuesto, señala que corresponde a las Secretarías de Estado por medio de sus titulares o sus substitutos legales, autorizar las transferencias de fondos presupuestarios entre objetos específicos del gasto o entre categorías de un mismo programa, siguiendo el procedimiento que al efecto establece la Secretaría de Estado en los Despachos Finanzas.
  4. 4.Que en fecha 01 de febrero de 2022, mediante Acuerdo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización No. 007-2022, se nombró a la ciudadana Jackeline Lizzette Pinto Dubón, en el cargo de Gerente Administrativo.
  5. 5.Que las múltiples ocupaciones encomendadas al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, además que el propósito de las modificaciones es reorientar el gasto dentro de los grupos presupuestarios conforme a las solicitudes debidamente autorizadas y presentadas y ser oportuno con la gestión de la actividad administrativa en el marco de los principios de la administración pública. -- 1 of 12 -- EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
  6. 6.Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, dictados por el órgano competente.
  7. 7.Que el artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forma parte el superior y el inferior.
  8. 8.Que mediante Acuerdo No. 605- 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 17 de agosto del año 2022, edición No. 36,004, se delegó en el ciudadano NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO, la facultad de firmar las siguientes funciones: 1. Providencias de: requerimiento, traslado, devolución de documentos, emisión de constancias y certificaciones; 2. Cédulas de Citación; 3. Certificaciones; 4. Constancias de Trámite; 5. Refrendar las Notificaciones de los Apoderados Legales; 6. Notificaciones por Correo Electrónico y Tabla de Avisos; y, 7. Cotejo.
  9. 9.Que con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados, es necesario ampliar las funciones delegadas en el ciudadano NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO.
  10. 10.Que el artículo 232 de la Constitución de la República define al Ministerio Público como “el organismo profesional, especializado, responsable de la, representación, defensa y protección de los intereses de la sociedad, independiente funcionalmente de los Poderes del Estado y libre de toda, injerencia político sectaria”, cuya titularidad, según el artículo 233 de este cuerpo normativo, recae en el Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto.
  11. 11.Que de acuerdo al artículo 22 del Decreto Legislativo 228-93, contentivo de la Ley del Ministerio Público “El Fiscal General de la República y el Fiscal General Adjunto, serán electos por el Congreso Nacional, con el voto favorable de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros, de una nómina de cinco candidatos que presente una Junta Proponente convocada y presidida por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia”.
  12. 12.Que en fecha 8 de mayo de 2023, la abogada REBECA LIZETTE RÁQUEL OBANDO, en su condición de Presidenta de la Corte Suprema de Justicia y a quien compete presidir la Junta Proponente, que seleccionará, los candidatos a Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto para el período 2023-2028, convocó a -- 4 of 12 -- las distintas instancias que conforman esa Junta, incluidos representantes de Sociedad Civil.
  13. 13.Que de forma subsidiaria y en ausencia de procedimiento claro para la designación de las organizaciones de sociedad civil ante la Junta Proponente, la convocatoria dispone aplicar el procedimiento descrito en el artículo 6 de la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
  14. 14.Que de acuerdo a lo que dispone el artículo 6, del Decreto Legislativo No. 74-2022, la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, funge como Secretario de las sesiones y asamblea en las que se designe a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, de igual encargará de revisar “sí las Organizaciones de Sociedad Cívil postulantes, se encuentran activas y sí están asociadas a investigaciones por delitos de corrupción”.
  15. 15.Que de conformidad con el Artículo 36 numeral 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia, así como delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.
  16. 16.Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-048-2017 del 7 de agosto de 2017 se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía como Institución Rectora del sector energético nacional, de la integración energética regional e internacional y de proponer las políticas relacionadas con el desarrollo integral y sostenible del sector energético.
  17. 17.Que de conformidad al artículo 121 de la Ley General de la Administración Pública, las “PROVIDENCIAS”, son la forma que adoptan los actos de los órganos de la administración pública para darle curso al procedimiento administrativo e impulsar el mismo en su mera tramitación conforme a las disposiciones legales correspondientes.
  18. 18.Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior, debiendo el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación.
  19. 19.Que la ciudadana ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR, funge como Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía.
  20. 20.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y autorizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para tal efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia.
  21. 21.Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior; debiendo el acto de delegación, indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el -- 7 of 12 -- órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación.

Articulos

Articulo 6

, del Decreto Legislativo No. 74-2022, la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, funge como Secretario de las sesiones y asamblea en las que se designe a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, de igual encargará de revisar “sí las Organizaciones de Sociedad Cívil postulantes, se encuentran activas y sí están asociadas a investigaciones por delitos de corrupción”. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 36 numeral 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia, así como delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales. POR TANTO: En uso de sus atribuciones y en aplicaciones de los Artículos: 30, 36 numerales 8 y 19, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto No. 74-2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 20 de julio del 2022. ACUERDA: PRIMERO: Delegar en el ciudadano SERGIO VLADIMIR COELLO DIAZ, quien se desempeña, en el cargo de Subsecretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Descentralización, la representación de Secretario en las sesiones y Asamblea de las Organizaciones de la Sociedad Civil, para la escogencia de la o el representante de Sociedad Civil, ante la Junta Proponente, para la elección del próximo Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto para el período 2023-2028. SEGUNDO: El ciudadano COELLO DIAZ, será responsable por el ejercicio de la facultad de funciones que le han sido delegadas. TERCERO: Comunicar formalmente al Subsecretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Descentralización, el contenido y alcance del presente Acuerdo. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis (16) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). ABG. TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado ABG. CELSO DONADIN ALVARADO Secretario General -- 5 of 12 -- Secretaría de Estado en el Despacho de Energía Renovable y Electricidad ACUERDO No. SEN-20-2023 EL SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA (SEN), En el ejercicio de las facultades de que fue investido por el señor Secretario de Estado en el Despacho de Energía mediante Acuerdo de Delegación No. SEN-115-2022 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 31 de agosto de 2022 y en aplicación a los Artículos 246, 247 y 249 de la Constitución de la República; 28, 33, 36 No. 8, 116, 118 No.1,119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 1, 3, 4, 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo: CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-048-2017 del 7 de agosto de 2017 se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía como Institución Rectora del sector energético nacional, de la integración energética regional e internacional y de proponer las políticas relacionadas con el desarrollo integral y sostenible del sector energético. CONSIDERANDO: Que de conformidad al artículo 121 de la Ley General de la Administración Pública, las “PROVIDENCIAS”, son la forma que adoptan los actos de los órganos de la administración pública para darle curso al procedimiento administrativo e impulsar el mismo en su mera tramitación conforme a las disposiciones legales correspondientes. CONSIDERANDO: Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior, debiendo el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación. CONSIDERANDO: Que la ciudadana ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR, funge como Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía. POR TANTO, ACUERDA PRIMERO: Delegar a la Abogada ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR autorizar con su firma las providencias para el impulso procesal o de mero trámite, que se emitan de los procedimientos administrativos que se conocen en la Secretaría de Energía en el periodo comprendido del seis (06) al diez (10) de marzo del dos mil veintitrés (2023). SEGUNDO: La delegada es responsable función delegada en la autorización de las providencias dictadas en el período de -- 6 of 12 -- esta delegación, conforme a lo señalado en el artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. TERCERO: El presente Acuerdo es efectivo conforme a su vigencia del seis (06) al diez (10) de marzo del año dos mil veintitrés (2023) y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los seis (06) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023). ING. TOMÁS ANTONIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ SUBSECRETARIO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA Acuerdo de Delegación No. SEN-115-2022 ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR SECRETARIA GENERAL Secretaría de Estado en el Despacho de Energía Renovable y Electricidad ACUERDO No. SEN-44-2023 EL SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD, En el ejercicio de sus facultades de que fue investido por el señor Secretario de Estado en el Despacho de Energía mediante Acuerdo de Delegación No. SEN-115-2022 del 12 de agosto de 2022 y en aplicación a los Artículos 246, 247, 248 de la Constitución de la República; 35, 36 No. 8 y 116 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4, 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y autorizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para tal efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia. CONSIDERANDO: Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior; debiendo el acto de delegación, indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el -- 7 of 12 -- órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación. POR TANTO: ACUERDA: PRIMERO: Delegar a la Ingeniera XIOMARA PINTO AVILA, Analista de Energía Renovable de la Dirección General de Energía Renovable y Eficiencia Energética (DGEREE), en el período comprendido del catorce (14) al veintiuno (21) de mayo de dos mil veintitrés (2023) las funciones siguientes: 1.- Autorización con su firma de dictámenes técnicos de la Dirección General de Energía Renovable y Eficiencia Energética; y, 2.- Autorizar con su firma la correspondencia interna y externa de la Dirección General de Energía Renovable y Eficiencia Energética (DGEREE) correspondiente a los temas del área de energía renovable. SEGUNDO: La Ingeniera XIOMARA PINTO AVILA es responsable de la función delegada y en los actos ejecutados por delegación expresará esta circunstancia y presentará al Despacho Ministerial un informe detallado de los actos ejecutados al finalizar el período de esta delegación. TERCERO: Comunicar el presente acuerdo a la Subgerencia de Recursos Humanos para los efectos correspondientes. CUARTO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del catorce (14) de mayo de dos mil veintitrés (2023) y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., el doce de mayo de dos mil veintitrés. ING. TOMÁS ANTONIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ SUBSECRETARIO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD Acuerdo de Delegación SEN-115-2022 ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR SECRETARIA GENERAL -- 8 of 12 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 1 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,270 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL (INFOP) “SUMINISTRO DE EQUIPO DE COMPUTACION, MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA, AIRES ACONDICIONADOS PARA USO DEL INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL INFOP” • El Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP), invita a las Empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional (LPN) No. 02-2023, a presentar ofertas selladas para el “Suministro de EQUIPO DE COMPUTACION, MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA, AIRES ACONDICIONADOS PARA USO DEL INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL INFOP”, el cual está conformado por dos lotes, descritos así: Lote 1.-Equipo de computación (19 partidas) Lote 2.-Mobiliario y equipo de oficina. (7 partidas) Lote 3.-Aires Acondicionados. (1 partida) • El financiamiento para la realización del presente proceso, proviene de fondos del Gobierno Central administrados por INFOP. • La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. • Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita en la División Administrativa y Financiera, ubicada en el primer piso del edificio Administrativo del Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP), en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. a partir del 14 de junio del 2023.- Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn). Y son completamente gratis. • Las ofertas deberán de presentarse en la siguiente dirección: División Administrativa y Financiera del INFOP, ubicada en el primer piso del edificio principal del INFOP, frente a la primera entrada de la Colonia Miraflores, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, en sobre o paquete cerrado, si así lo desea, a partir del 20 junio del año 2023, en horario de oficina, 7:30 a.m. a 3:30 p.m., hasta la fecha límite establecida para la Recepción y Apertura de Ofertas, que es el día 24 de julio del 2023, a las 9:30 a.m.- La apertura de las Ofertas tendrá lugar en el Auditorio INFOP Miraflores; contiguo al Taller de Construcción Civil. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianza de Mantenimiento de la oferta por un monto equivalente al 2% del monto total de la Oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 13 de junio del 2023. Arq. Gerardo José Francisco Pérez Montoya Director Ejecutivo, por ley 1 J. 2023 Sección “B” -- 9 of 12 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 1 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,270 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras INSTITUTO NACIONAL DE FORMA CION PROFESIONAL (INFOP) LPN-04-2023 “ADQUISICION DE EQUIPO BIOMEDICO PARA LOS TALLERES DIDACTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL (INFOP) A NIVEL NACIONAL”. El Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP) invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional (LPN) No. 04/2023 a presentar ofertas selladas para la “Adquisición de equipo biomédico para el taller didáctico del Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP)” el cual está conformado por un Lote descrito así: l . El financiamiento para la realización del presente proceso. proviene exclusivamente de fondos nacionales del Gobierno Central Administrados por el INFOP. 2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida a la División Administrativa y Financiera, ubicada en el primer piso del Edificio Administrativo del Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP), colonia Miraflores, boulevard Centro América, en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” www.honducompras.gob.hn). Y son completamente gratis. 4. Las ofertas deberán de presentarse en la siguiente dirección: División Administrativa y Financiera del INFOP, ubicada en el 1° piso, Edificio Principal del INFOP, frente a la primera entrada de la colonia Miraflores, Tegucigalpa M. D. C., Honduras., en sobre o paquete cerrado, a partir del dia 15 de junio del año en curso, en horario de oficina (7:30 a.m. a 3:30 p.m.), hasta la fecha límite establecida pan la Recepción y Apertura de Ofertas, que es el dia 25 de julio de 2023. Hora, 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianza de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente, por lo menos al 2% del monto total de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 12 de junio del 2023 Arq. Gerardo José Francisco Pérez Montoya Director Ejecutivo, por Ley 1 J. 2023 -- 10 of 12 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 1 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,270 REPÚBLICA DE HONDURAS INSTITUTO HONDUREÑO DE TURISMO AVISO INVITACIÓN DE PRE-CALIFICACIÓN No. IHT-PREC-GC-2023-02 Asunto: Consultores Individuales, Empresas consultoras y/o consorcio de Firmas Consultoras con experiencia y capacidad para el Estudio, Diseño y/o supervisión de proyectos de Infraestructura desarrollados por el Instituto Hondureño de Turismo. [El Instituto Hondureño de Turismo], invita a los Consultores Individuales, Empresas Consultoras y/o Consorcio de Firmas Consultoras (en adelante denominados “Los Solicitantes”), a presentar Documentos para la Precalificación de Empresas Consultoras y/o Consorcio de Firmas Consultoras con experiencia y capacidad para el Estudio, Diseño y/o Supervisión de proyectos de Infraestructura que serán desarrollados por el Instituto Hondureño de Turismo. Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en procesos de concursos públicos y/o privados que conduzca el [El Instituto Hondureño de Turismo] en el periodo [de un año a partir de la Notificación de Resultados de Precalificación]. La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Penal, etc. Los solicitantes a participar en la Precalificación, deberán solicitar los pliegos mediante solicitud eletrónica, o personalmente a través de una carta dirigida al [Instituto Hondureño de Turismo], ubicada en la siguiente dirección [torre 2, piso 7 del Centro Cívico Gubernamental, Bulevar Juan Pablo II, Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, Honduras] email: [adquisiciones@iht.hn], a partir del día 05 del mes julio del año 2023, en horario de 08:00 a.m., a 04:00 p.m., en donde se les entregará gratuitamente el documento de Precalificación. Los interesados, deberán entregar la Documentación de Precalificación en [torre 2, piso 7 del Centro Cívico Gubernamental, Bulevar Juan Pablo II, el día 24 de julio del 2023, hasta las 04:00 p.m], entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos. Tegucigalpa, M.D.C., julio, 2023 LIC. YADIRA ESTHER GOMEZ Presidenta Ejecutiva 1 J. 2023 -- 11 of 12 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 1 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,270 REPÚBLICA DE HONDURAS INSTITUTO HONDUREÑO DE TURISMO AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. IHT-LPN-GC-2023-02 El Instituto Hondureño de Turismo, invita a las empresas interesadas en participar en Licitación Pública Nacional No. IHT-LPN-GC-2023-02, a presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO DE PRENDAS DE VESTIR”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, mediante solicitud escrita dirigida a Gerencia de Finanzas y Administración, torre 2, piso 7 de las Oficinas del Instituto Hondureño de Turismo (IHT), ubicadas en Centro Cívico Gubernamental, boulevard Juan Pablo II, esquina República de Corea, teléfono (504) 22427920, a partir del día cinco (05) de julio del 2023 en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., previo al pago de la cantidad no reembolsable de Doscientos Lempiras exactos (200.00), los que deberán ser entregados en la Receptoría de Fondos del IHT, ubicada en el torre 2, piso 7. Los documentos de esta licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Instituto Hondureño de Turismo, sala de Conferencias, torre 2, piso 8, Centro Cívico Gubernamental, boulevard Juan Pablo II, esquina República de Corea a más tardar a las diez de la mañana en punto (10:00 a.m.) del día lunes (14) de agosto del 2023, las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se recibirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir al acto de Apertura de Ofertas en la dirección indicada, a las diez quince en punto (10:15 a.m.) del día lunes (14) de agosto del 2023. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., julio, 2023 LIC YADIRA ESTHER GOMEZ Presidenta Ejecutiva 1 J. 2023 -- 12 of 12 --

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