PCM-032-2019
Considerandos
- 1.Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2, 11, 29 y 35 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la Política General del Estado representarlo; emitir acuerdos, decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley; adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes; y, crear, mantener y suprimir servicios públicos y tomar las medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los mismos.
- 2.Que de conformidad con el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 3.Que corresponde a la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, según el Artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública, auxiliar al Presidente de la República en la coordinación de la Administración Pública, así como la asignación de los recursos para el logro de los objetivos y metas definidos por el Presidente de la República en el Plan Estratégico Anual y Plurianual por sectores, mediante articulación del Subsistema de Presupuesto y el Programa de Inversión Pública.
- 4.Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-033-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el 30 de mayo del 2018 en la edición No 34,653. Se instruyó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como fideicomitente, para aprobar y suscribir un contrato de Fideicomiso denominado: “FIDEICOMISO DE INVERSIONES Y ASIGNACIONES, PARA REALIZAR INVERSIONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-032-2019 -- 1 of 5 -- ADMINISTRACIÓN DE LA PROPIEDAD, INVERSIONES EN LA RED VIAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA DEL PAÍS, INVERSIONES EN PROYECTOS DE GENERACIÓN DE EMPLEO Y OTROS” (FINA 2).
- 5.Que el Fideicomiso denominado como (…) “FINA 2”, tiene como fin principal realizar inversiones en el Sistema Nacional de Administración de la Propiedad, Inversiones en la Red Vial Primaria, Secundaria y Terciaria del país, inversiones en proyectos de Generación de Empleo y otros que el Presidente de la República en Consejo de Ministros designe…
- 6.Que el Artículo 7 del referido Decreto Ejecutivo establece que: “Para efectos de garantizar una sana efectividad en el uso de los recursos y que los mismos sean destinados para los fines establecidos en los objetivos de los fideicomisos, la Secretaría de Coordinación General de Gobierno establecerá, de acuerdo a las instrucciones del Presidente de la República giradas mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo, la cartera de proyectos de los fideicomisos”.
- 7.Que mediante Decreto Ejecutivo No. 029-2018, de fecha 14 de diciembre de 2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 21 de diciembre de 2018, se aprobó la asignación de L. 84.9 millones (ochenta y cuatro millones novecientos mil Lempiras) a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), y L. 15.0 millones (quince millones de Lempiras) a la Fundación de Apoyo al Hospital Escuela Universitario (HEU) para el equipamiento y remodelación de los quirófanos del Bloque Médico Quirúrgico y Materno Infantil del HEU.
Articulos
Articulo 2
Si la recaudación realizada en el FIDEICOMISO DE INVERSIONES Y ASIGNACIONES, PARA REALIZAR INVERSIONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA PROPIEDAD, INVERSIONES EN LARED VIALPRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA DEL PAÍS, INVERSIONES EN PROYECTOS DE GENERACIÓN DE EMPLEO Y OTROS (FINA 2) difiere a la estimada en el año fiscal correspondiente, la cual es base para la asignación establecida en el Artículo 1 del mismo, la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG) podrá hacer los ajustes y reasignaciones que correspondan, siguiendo los criterios de priorización establecidos por el Presidente de la República. De igual manera, conforme a los reportes de ejecución que emita la Secretaría de Finanzas (SEFIN), la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG), atendiendo las instrucciones del Presidente de la República, reasignará los recursos de los programas y proyectos que presenten baja ejecución, siempre y cuando la misma no se deba a causas de fuerza mayor o casos fortuitos debidamente justificados.
Articulo 3
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los cinco (05) días del mes de julio del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO COORDINADORA GENE- RAL DE GOBIERNO, POR LEY Según Acuerdo De Delegación No. 023-2018, Publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 16 De Abril de 2018. EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESAPCHO DE LA PRESIDENCIA EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2, 11, 29 y 35 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la Política General del Estado representarlo; emitir acuerdos, decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley; adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes; y, crear, mantener y suprimir servicios públicos y tomar las medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los mismos. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que corresponde a la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, según el Artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública, auxiliar al Presidente de la República en la coordinación de la Administración Pública, así como la asignación de los recursos para el logro de los objetivos y metas definidos por el Presidente de la República en el Plan Estratégico Anual y Plurianual por sectores, mediante articulación del Subsistema de Presupuesto y el Programa de Inversión Pública. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-033-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el 30 de mayo del 2018 en la edición No 34,653. Se instruyó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como fideicomitente, para aprobar y suscribir un contrato de Fideicomiso denominado: “FIDEICOMISO DE INVERSIONES Y ASIGNACIONES, PARA REALIZAR INVERSIONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-032-2019 -- 1 of 5 -- ADMINISTRACIÓN DE LA PROPIEDAD, INVERSIONES EN LA RED VIAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA DEL PAÍS, INVERSIONES EN PROYECTOS DE GENERACIÓN DE EMPLEO Y OTROS” (FINA 2). CONSIDERANDO: Que el Fideicomiso denominado como (…) “FINA 2”, tiene como fin principal realizar inversiones en el Sistema Nacional de Administración de la Propiedad, Inversiones en la Red Vial Primaria, Secundaria y Terciaria del país, inversiones en proyectos de Generación de Empleo y otros que el Presidente de la República en Consejo de Ministros designe… CONSIDERANDO: Que el Artículo 7 del referido Decreto Ejecutivo establece que: “Para efectos de garantizar una sana efectividad en el uso de los recursos y que los mismos sean destinados para los fines establecidos en los objetivos de los fideicomisos, la Secretaría de Coordinación General de Gobierno establecerá, de acuerdo a las instrucciones del Presidente de la República giradas mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo, la cartera de proyectos de los fideicomisos”. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. 029-2018, de fecha 14 de diciembre de 2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 21 de diciembre de 2018, se aprobó la asignación de L. 84.9 millones (ochenta y cuatro millones novecientos mil Lempiras) a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), y L. 15.0 millones (quince millones de Lempiras) a la Fundación de Apoyo al Hospital Escuela Universitario (HEU) para el equipamiento y remodelación de los quirófanos del Bloque Médico Quirúrgico y Materno Infantil del HEU. POR TANTO; En uso de las facultades contenidas en los Artículos 145, 245 numerales 11, 29 y 252 de la Constitución de la República, Artículos 7, 11, 17, 18, 20, 22 numeral 9, 116 y 117 de la Ley General de la Administración Pública y sus reforn1as, 9, 63 numeral 1) de la Ley de Contratación del Estado y Artículos 3, l O, 11, 13, 16, 17 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; Decreto Ejecutivo No. PCM-033-2018 de fecha 18 de mayo del 2018 publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 30 de mayo del 2018; DECRETA:
Articulo 1
Se autoriza a la Secretaría de Coordinación General de Gobierno a instruir al Comité Técnico Administrativo del Fideicomiso denominado: “FIDEICOMISO DE INVERSIONES Y ASIGNACIONES, PARA REALIZAR INVERSIONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA PROPIEDAD, INVERSIONES EN LA RED VIAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA DEL PAÍS, INVERSIONES EN PROYECTOS DE GENERACIÓN DE EMPLEO Y OTROS” (FINA 2), a que los fondos asignados, mediante Decreto Ejecutivo No. 029-2018, a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H)/Equipamiento Hospital Escuela Universitario (HEU), por un monto de Ochenta y Cuatro Millones Novecientos M il Lempiras (L 84,900,000.00); y, a la Fundación de Apoyo al Hospital Escuela Universitario, por un monto de Quince Millones de Lempiras (L 15,000,000.00), sean reasignados en su totalidad al Hospital Escuela Universitario (HEU). Lo anterior con la finalidad de mejorar la infraestructura y equipamiento del Centro Quirúrgico del Bloque Médico Quirúrgico y del Centro Quirúrgico del Bloque Materno Infantil; y el equipamiento de Emergencia de Adultos, Unidad de Cuidados Intensivos de Adultos y Unidad de Cuidados Intensivos Pediátrica, del Hospital Escuela Universitario (HEU).
Articulo 2
Designar a los programas, proyectos y actividades, que se detallan en el presente artículo, como beneficiarios para ser financiados con fondos provenientes del Fideicomiso denominado como: “INVERSIONES Y ASIGNACIONES, PARA REALIZAR INVERSIONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA PROPIEDAD, INVERSIONES EN LA RED VIAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA DEL PAÍS, INVERSIONES EN PROYECTOS DE GENERACIÓN DE EMPLEO Y OTROS” (FINA 2), de conformidad con el cuadro siguiente: -- 2 of 5 -- -- 3 of 5 --
Articulo 3
EI presente Decreto Ejecutivo debe entrar en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (02) días del mes de julio del dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL. -- 4 of 5 -- FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES FERRUFINO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDÓÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO -- 5 of 5 --