Vigente
13 de enero de 2018 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,541
1. Autorizar al Procurador General de la República para que en nombre del Estado de Honduras comparezca ante el Notario Público designado por la Dirección Nacional de Bienes del Estado a suscribir escrituras públicas que correspondan, con el propósito de formalizar la tradición de dominio. 2. Los gastos de honorarios que resulten de la elaboración de la escritura pública traslaticia de dominio y su inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad, correrán por cuenta de la Dirección Nacional de Bienes del Estado.
Considerandos
- 1.Autorizar al Procurador General de la República para que en nombre del Estado de Honduras comparezca ante Notario Público designado por la Dirección Nacional de Bienes del Estado a suscribir las Escrituras Públicas que correspondan con el propósito de formalizar la tradición de dominio de los siguientes inmuebles: 1) Solar ubicado en la Ciudad de Choluteca en el terreno denominado La Venecia, actualmente Las Brisas, contiguo al Aparta Hotel Las Brisas, inscrito a favor del Estado de Honduras en asiento No. 2, matrícula 1294297, del Registro de la Propiedad del Departamento de Choluteca; 2) Solar y casa de habitación en la Ciudad de Choluteca en el Barrio Guadalupe, contiguo al Banco Central de Honduras, inscrito a favor del Estado de Honduras en asiento No. 1, matrícula 1247118, del Registro de la Propiedad del Departamento de Choluteca.
- 2.Los gastos y honorarios que resulten de la elaboración de la escritura traslaticia de dominio y su inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad, correrán por cuenta de la Dirección Nacional de Bienes del Estado.
- 3.El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. coMuNÍQueSe: JorGe raMóN HerNáNdez aLcerro SECRETARIO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO, ACUERDO EJECUTIVO DE DELEGACIÓN No: 031-2015 WILFredo raFaeL cerraTo rodrÍGuez SECRETARIO DE ESTADO -- 2 of 2 --
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"PRIMERO: Autorizar a la Procuradora General de la República, para que en nombre y representación del Estado de Honduras, ejerza las facultades de Expresa Mención, de Renunciar a los Recursos o Términos Legales, conciliar, transigir, Desistir en Primera Instancia de la Acción Deducida consignadas en los Artículos 81 numeral 2 y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, Artículos 1 y 19 Atribución Primera de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; en la Demanda Ordinaria para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular, por infracción al ordenamiento jurídico, reconocimiento de una situación jurídica individualizada, promovida por la Abogada Mélida Tula Benítez, en representación de Banco Continental, S.A., contra el Estado de Honduras por intermedio de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros."
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