VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. PCM-003-2026 | 11 de febrero de 2022 | La Gaceta No. 35,846

Decreto Ejecutivo No. PCM-003-2026 — Subsidio para reducir impactos tarifarios de energía eléctrica período enero-marzo 2026

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad al artículo 245 numerales: 2), 11) y 19) de la Constitución de la República, la Presidenta tiene a su cargo la Administración General y la representación del Estado, encontrándose entre sus atribuciones dirigir la política general del Estado; emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a Ley; administrar la Hacienda Pública.
  2. 2.Que la Constitución de la República en su artículo 328 dispone que el sistema económico de Honduras se fundamenta en principios de eficiencia en la producción y justicia social en la distribución de la riqueza y el ingreso nacional, así como en la coexistencia armónica de los factores de la producción que hagan posible la dignificación del trabajo como fuente principal de la riqueza y como medio de realización de la persona humana.
  3. 3.Que la Constitución de la República en su artículo 331 establece que, el Estado reconoce, garantiza y fomenta las libertades de consumo, ahorro, inversión, ocupación, iniciativa, comercio, industria, contratación de empresa y cualesquiera otras que emanen de los principios que informan esta Constitución, sin embargo, el ejercicio de dichas libertades no podrá ser contrario al interés social ni lesivo a la moral, la salud o la seguridad pública.
  4. 4.Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 333 de la Constitución de la República, la intervención del Estado en la economía tendrá por base el interés público y social, por límite los derechos y libertades reconocidos por esta Constitución.
  5. 5.Que el Decreto Legislativo número 02-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 11 de febrero de 2022, en su edición número 35,846, contiene la reforma del artículo 18 de la Ley General de Industria Eléctrica, estableciendo en su párrafo quinto que “Cuando el Estado decida subsidiar a los consumidores de bajos ingresos, deberá hacerlo sin afectar las finanzas del subsector eléctrico, -- 41 of 104 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL pudiendo para ello cargar a una categoría de usuarios, costos atribuibles a otra categoría”.
  6. 6.Que la tarifa se modifica de manera trimestral y que para la primera modificación del período enero-marzo 2026 según acuerdo CREE 171-2025 publicado en el Diario Oficial La Gaceta No 37,032 de fecha 31 de diciembre del 2025, resulta en un aumento en la tarifa de 4.11%, por otro lado, el gobierno con el propósito de disminuir los impactos tarifarios ha decidido subsidiar este 4.11% a los 2,166,00 clientes de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE).
  7. 7.Que por instrucciones de la Presidenta Iris Xiomara Castro Sarmiento, con fundamento en el Artículo 328 de la Constitución de la República, que desde el inicio de su Gobierno ha implementado medidas de política energética en favor de las familias de escasos recursos y de la sociedad en general, para que el primer trimestre de 2026, la ENEE mantenga la tarifa eléctrica estable a todos los consumidores finales y se subsidie el ajuste del 4.11% aprobado por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) para el primer trimestre de 2026.
  8. 8.Que de conformidad con el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de Ministros.

Articulos

Articulo 1

Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que realice las operaciones presupuestarias, financieras y contables necesarias durante el ejercicio fiscal 2026, que permitan disponer de un segundo subsidio para reducir los impactos de los ajustes tarifarios declarados por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) para el período trimestral enero-marzo 2026, por un monto de TRESCIENTOS SESENTA MILLONES DE LEMPIRAS (L. 360,000,000.00). Este subsidio tiene el propósito de mantener en la tarifa de energía eléctrica el valor que pagan los usuarios por kWh a pesar del incremento anunciado por parte de la CREE para el primer trimestre del 2026.

Articulo 2

Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN) y a la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), para que verifiquen el cumplimiento de lo indicado en el artículo precedente. La SEN, en coordinación con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), deberá continuar implementando campañas de ahorro de energía para que toda la población haga un uso eficiente y racional de la misma.

Articulo 3

El subsidio del presente Decreto entrará en vigencia a partir del mes de enero de 2026. -- 42 of 104 --

Articulo 4

El presente Decreto es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (03) días del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MIRTHA CLAUDINA GUTIÉRREZ REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL, POR LEY CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN JAVIER EFRAIN BÚ SOTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HÉCTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD ROOSEVELT LEONEL HERNÁNDEZ AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL -- 43 of 104 -- NERZA GLORIA PAZ RODRÍGUEZ SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, POR LEY LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE JAIME ATILIO RODRÍGUEZ PEÑALVA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN, POR LEY HÉCTOR LONGINO BECERRA LANZA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) JUAN CARLOS COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA -- 44 of 104 -- Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte

Leyes relacionadas