VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2026-00447 | 16 de marzo de 2026 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2026-00447 — Demanda Contencioso Administrativa de Personal - Gissela Yaneth Alvarado Osorio
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Resumen
Una empleada de SEDESOL demanda al Estado de Honduras para anular su despido ilegal del cargo de Oficial Administrativo I. Solicita ser reintegrada, recibir sus salarios no pagados desde febrero 2026 y reconocimiento de antigüedad. El juzgado admitió la demanda el 10 de marzo de 2026.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
Tegucigalpa, M.D.C., 16 de marzo del 2026.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez
(10) de marzo del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este
Juzgado la señora GISSELA YANETH ALVARADO OSORIO,
con orden de ingreso número 0801-2026-00447, contra del
ESTADO DE HONDURAS a través de la SECRETARÍA DE
DESARROLLO SOCIAL (SEDESOL), se interpone demanda
contencioso administrativa en materia especial de personal,
se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto
administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No.
092-SEDESOL-2026, efectivo a partir del once (ll) de febrero de
dos mil veintiséis (2026), emitido en fecha veintitrés (23)de febrero
de dos mil veintiséis (2026) y notificado en fecha veinticuatro (24)
de febrero de dos mil veintiséis (2026), se solicita el reconocimiento
de una situación jurídica individualizada y que se adopten las
medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el
reintegro al cargo funcional como Oficial Administrativo I de cual
fue ilegalmente cancelado a uno de mejor categoría. Así como el
reconocimiento de la antigüedad desde la fecha en que su relación
inició hasta la fecha en que quede firme la sentencia, se solicita el
pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia
del acto impugnado hasta que sea reintegrado al cargo con
reconocimiento de su antigüedad en el mismo y demás derechos
correspondientes establecidos en el acápite de "petición" de la
presente demanda, se acompañan documentos, se designa o señala
lugar donde obran otros documentos originales se relacionan con
claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas,
se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte
demandada.- Poder.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
19 M. 2026.
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