Vigente
13 de julio de 2026 | La Gaceta No. 37,192
Contrato — Sección 36 - Defectos no Corregidos
Texto completo
36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Supervisor de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto, sin perjuicio de que la corrección del defecto sea encargada por el Contratante a terceros.
A. 21
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA-, 2M5.D-.C., 13 DE JULIO DEL 2026
No. 37,192
D. Control de Costos
37. Lista de Cantidades 37.1 La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra)
Valoradas
deberá contener los rubros correspondientes a la
(Presupuesto de la
construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de
Obra)
puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista.
37.2 La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por la cantidad de trabajo realizado al precio unitario especificado para cada rubro en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra)
38. Desglose de Costos 39. Variaciones
Leyes relacionadas
Contrato — Sección 33 - Advertencia Anticipada
Decreto | 2026
Contrato — Sección 34 - Identificación de Defectos
Decreto | 2026
Contrato — Sección 29 - Aceleración de las Obras
Decreto | 2026
Contrato — Sección 55 - Liquidación final
Decreto | 2026
Contrato — Sección 57 - Terminación del Contrato
Decreto | 2026