VigenteCategoria: Transporte
Decreto No. 11-2024 | 20 de junio de 2026 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 36,435
Acuerdo Ejecutivo No. 11-2024 — Nombramiento de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte
Considerandos
- 1.Que, en fecha siete (7) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), fue suscrito el Contrato de Supervisión No. SIT-SU-013-2024, A. 1229 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta denominado “SUPERVISIÓN DE CONSULTOR, haciéndose efectiva a OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN partir del quince (15) de marzo de dos mil CON CONCRETO HIDRÁULICO veinticuatro (2024), estableciendo como 4000 PSI, 14V93300 SENSENTI – fecha de finalización el catorce (14) de SAN FRANCISCO DE CONES, octubre de dos mil veinticuatro (2024). 4.90 KM, DEPARTAMENTO DE
- 2.Que, en fecha OCOTEPEQUE”, entre la Secretaría cuatro (4) de junio de dos mil veinticuatro de Infraestructura y Transporte (2024), fue suscrita la Modificación (SIT), en su condición de “EL No. 1 al Contrato de Supervisión CONTRATANTE”, y la empresa No. SIT-SU-013-2024, mediante la SERVICIOS DE INGENIERÍA cual se modificaron las siguientes MEDAL, S. DE R.L., en su condición cláusulas: PRIMERA: Definiciones; de “EL CONSULTOR”, con fuente OCTAVA: Costo del Contrato; de financiamiento: Fondos Nacionales, NOVENA: Pagos; y TRIGÉSIMA: por un monto de DOS MILLONES Antifraude y Prevención de la CUATROCIENTOS NOVENTA Corrupción. CONSIDERANDO Y OCHO MIL NOVECIENTOS (4): Que, en fecha diecinueve (19) CINCUENTA LEMPIRAS CON de diciembre de dos mil veintitrés 15/100 (L 2,498,950.15), y un plazo de (2023), se suscribió el Contrato de SIETE (7) MESES, contados a partir de Construcción No. SIT-CO-215-2023, la Orden de Inicio. CONSIDERANDO denominado “PAVIMENTACIÓN (2): Que, en fecha catorce (14) de marzo CON CONCRETO HIDRÁULICO de dos mil veinticuatro (2024), EL 4000 PSI, 14V93300 SENSENTI – CONTRATANTE emitió el Oficio SAN FRANCISCO DE CONES, DGDV/Ext-OdI-020-2024, mediante el 4.90 KM, DEPARTAMENTO DE cual se notificó la Orden de Inicio No. OCOTEPEQUE”, entre la Secretaría SIT-DGDV-PIM-SU-010-2024 a EL de Infraestructura y Transporte 1230 A. REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 (SIT), y la empresa CONSTRUCTORA Subexcavaciones, Relleno con CELAQUE S. DE R.L. DE C.V., en su material Selecto, Suministro e condición de “EL CONTRATISTA”, Instalación de tubería de 30” y con un plazo de CIENTO OCHENTA enchape de cunetas, las cuales son (180) DÍAS CALENDARIO (6 necesarias para garantizar el correcto MESES). CONSIDERANDO (5): y completo desarrollo del proyecto. Que, en fecha quince (15) de marzo ● Las actividades que reducen son: de dos mil veinticuatro (2024), EL Sobreacarreo, suministro e instalación CONTRATANTE emitió el Oficio de tubería de 36”, Sub-base natural DGDV/Ext-OdI-023-2024, mediante é=0.15m estabilizada 4% cemento y el cual se notificó la Orden de Inicio se reduce el monto de administración No. SIT-DGDV-PIM-CO-011-2024 a delegada debido a que no ha sido EL CONTRATISTA, con efectividad necesaria la totalidad de la obra inicial a partir del diecinueve (19) de marzo contractual, por lo tanto, se realiza un de dos mil veinticuatro (2024). ajuste.
- 3.Que, la Dirección General de Desarrollo Vial
- 4.Que, como giró instrucciones a EL CONSULTOR resultado de dicha revisión, EL para revisar y evaluar las actividades CONSULTOR elaboró el Documento originalmente contratadas en el Contrato de Justificación de la Modificación de Construcción, en conjunto con EL No. 1 al Contrato de Construcción, con CONTRATISTA y con la aprobación del fecha siete (7) de agosto de dos mil Coordinador del Proyecto, dando como veinticuatro (2024), recomendando los resultado la readecuación de cantidades, ajustes necesarios, los cuales fueron según el siguiente detalle: incorporados por EL CONTRATISTA ● Las actividades que incrementan como parte de la Modificación No. 1 al son: Excavación no Clasificada, Contrato de Construcción No. SIT- A. 1231 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta CO-215-2023. CONSIDERANDO determinado que el plazo adicional (8): Que, como parte de dicha requerido para asegurar el cumplimiento Modificación No. 1 del Contrato de de sus obligaciones contractuales es Construcción, se aprobó una ampliación de plazo de CIENTO VEINTE (120) DÍAS CALENDARIO, con el fin de garantizar la correcta ejecución de los trabajos sin comprometer la calidad ni el alcance original del proyecto.
- 5.Que, en virtud de la ampliación de plazo otorgada a EL CONTRATISTA y de las nuevas actividades incorporadas, se hace necesaria la continuidad del servicio de supervisión, por lo que EL CONSULTOR requiere una ampliación de plazo de CIENTO CINCO (105) DÍAS CALENDARIO para garantizar la adecuada supervisión técnica del proyecto.
- 6.Que, si bien el tiempo adicional estimado conforme al cuarenta por ciento (40%) del plazo original corresponde a ochenta y cuatro (84) días, atendiendo a la magnitud de los trabajos aún pendientes y la complejidad técnica de CIENTO CINCO (105) DÍAS, extendiendo la vigencia del contrato hasta el veintisiete (27) de enero de dos mil veinticinco (2025), es decir, quince (15) días después de la nueva fecha de finalización del contrato de construcción.
- 7.Que, para cubrir las actividades de supervisión durante dicho período adicional, se hace necesario un ajuste en el monto del contrato, por lo que EL CONSULTOR ha presentado una propuesta económica debidamente justificada, que contempla un incremento de SEISCIENTOS VEINTIDÓS MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS LEMPIRAS CON 42/100 (L 622,916.42), equivalente al 24.93% del monto original, resultando en un nuevo valor contractual de TRES MILLONES CIENTO VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 57/100 (L del proyecto, EL CONSULTOR ha 3,121,866.57). 1232 A. REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 No. CARGO 1 SUELDO Y SALARIOS 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 Gerente de Proyecto 1.1.2 Ingeniero Residente Ingeniero Especialista 1.1.3 Pavimento CANTIDAD / MES 0.20 1.00 en 0.20 1.2 Oficina Central 1.2.1 Administrador 0.20 1.2.2 Secretaria 0.20 1.3 Personal de Campo 1.3.1 Laboratoristas 0.50 1.3.2 Topógrafo 0.50 1.3.3 Cadeneros 1.00 1.3.4 Inspectores 1.00 MESES CANTIDAD PRECIO TOTAL TOTAL UNITARIO LEMPIRAS 0.00 0.00 45,000.00 0.00 3.50 3.50 40,000.00 140,000.00 0.00 0.00 45,000.00 0.00 Total Personal Profesional 140,000.00 0.00 0.00 15,000.00 0.00 0.00 0.00 12,000.00 0.00 Total Personal Oficina Central 0.00 0.00 0.00 15,000.00 0.00 0.00 0.00 15,000.00 0.00 0.00 0.00 12,000.00 0.00 2.00 2.00 14,000.00 28,000.00 Total Personal de Campo 28,000.00 TOTAL 1 SUELDO Y SALARIOS 168,000.00 2 BENEFICIOS SOCIALES 2.1 Beneficios Sociales (46.23% de la suma de Sueldos y Salarios) 77,666.40 TOTAL 2 BENEFICIOS SOCIALES 77,666.40 3 GASTOS DIRECTOS 3.1 MATERIALES Y SUMINISTROS Alquiler de Vehículos Gerente 3.1.1 0.20 0.00 0.00 25,000.00 0.00 de Proyecto 3.1.2 Alquiler de Ingeniero Residente Vehículos 1.00 3.50 3.50 25,000.00 87,500.00 Alquiler de Vehículos 3.1.3 0.50 0.00 0.00 25,000.00 0.00 Topografía Vivienda de Campo para 3.1.4 1.00 3.50 3.50 7,000.00 24,500.00 Ingenieros Vivienda de Campo para 3.1.5 1.00 2.00 2.00 7,000.00 14,000.00 Personal de Campo 3.1.6 Equipo de Laboratorio 0.50 0.00 0.00 8,000.00 0.00 A. 1233 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta No. CARGO CANTIDAD / MES 3.1.7 Equipo de Topografía 0.50 Reproducción, Informes, 3.1.8 1.00 Fotografías 3.1.9 Subsistencia Residente de Ingeniero 1.00 3.1.1 Subsistencia de Laboratorista 0.50 3.1.1 Subsistencia de Topografo 0.50 3.1.1 Subsistencia de Cadenero 1.00 3.1.1 Subsistencia de Inspector 1.00 MESES CANTIDAD PRECIO TOTAL TOTAL UNITARIO LEMPIRAS 0.00 0.00 8,000.00 0.00 3.50 3.50 6,000.00 21,000.00 3.50 3.50 6,000.00 21,000.00 0.00 0.00 5,500.00 0.00 0.00 0.00 7,000.00 0.00 0.00 0.00 5,500.00 0.00 2.00 2.00 5,500.00 11,000.00 TOTAL 3 COSTOS DIRECTOS 179,000.00 4 GASTOS GENERALES 4.1 46.20% de (Total 1+Total 2) 4.2 15% de Gastos Directos (Total 3) 113,497.88 26,850.00 TOTAL 4 GASTOS GENERALES 140,347.88 5 HONORARIOS 5.1 15% de (1+2+4) 57,902.14 TOTAL 5 HONORARIOS 57,902.14 1234 A. GRAN TOTAL 622,916.42
- 8.Que, de conformidad con la Cláusula CONSIDEDRÉACNIDMOA (N1O2)V:EQNuAe:, MdeODIFICACIONES DELdeCl OmNisTmRoA,ToOq: uiencaisfoecte cualquier conformidadac)o;nElaLCCláOuNsuTlRa DATÉACNIMTEA podrá en cualquier ocadsiisópno,simcieódniadnetle moirsdmeno o si después NOVENA:esMcrOitaD, IhFaIcCerAcCamIObiNosESdentro de los términos ddeel lcaofnirtmraatod,emeestdeiaCnotnetrato entran en DEL CONuTnRaAmToOd:ifiicnacciióson aa)l;mEisLmo, Si tales cambios daVnilguogradriaspuonsicaiuonmeesngtuobernamentales en el alcance del trabajo o en el plazo necesario para la ejecución del CONTRATANTE podrá en cualquier que aumenten los salarios o beneficios mismo, o que afecte cualquier disposición del mismo o si después de ocasión, medlaiantfeiromrdaen deescritea,stheacerContrato entran en soVciigaloers esdoisepl coossitcoiodneebsienes materiales cambios degnutrboerdneamloesnttéarlmesinqousedaeul menten los salarios o bneenceefsicairoiosssopcairaalelsa eresaolización de los contrato, mediante una modificación trabajos, se hará un ajuste equitativo en al mismo, Si tales cambios dan lugar a el pago a EL CONSULTOR y en todos un aumento en el alcance del trabajo o los términos de ese contrato que puedan en el plazo necesario para la ejecución resultar afectados. REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 POR LO TANTO: AMBAS PARTES cual, a partir de la presente Modificación CONVIENEN: Con fundamento No. 2, deberá leerse de la siguiente en lo dispuesto en el Artículo 119 numeral 2, 121, 122, 123 y 125 de la Ley de Contratación del Estado; los artículos 202, 203, 204, 205, 206 y 240 de su Reglamento, y en atención a los antecedentes expuestos, EL CONTRATANTE y EL CONSULTOR acuerdan suscribir la MODIFICACIÓN No. 2 al CONTRATO No. SIT-SU-013-2024, denominado “SUPERVISIÓN DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 14V93300 SENSENTI – SAN FRANCISCO DE CONES, manera: b) PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se estima que EL CONSULTOR realizará todos los trabajos objeto de este contrato en un plazo de TRESCIENTOS DIECINUEVE (319) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha de la Orden de Inicio que emita LA DIRECCIÓN. SEGUNDO: Modificar la CLÁUSULA OCTAVA: COSTO DEL CONTRATO, la cual, a partir de la presente Modificación No. 2, deberá leerse de la siguiente manera: CLÁUSULA OCTAVA: COSTO DEL CONTRATO: El costo total del presente 4.90 KM, DEPARTAMENTO DE contrato se ha estimado en la cantidad OCOTEPEQUE”, en los siguientes de TRES MILLONES CIENTO términos: PRIMERO: Modificar la CLÁUSULA SÉPTIMA: VALIDEZ, VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO, inciso b) PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, el VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 57/100 (L 3,121,866.57), según se detalla en el estimado de costos que se presenta en los Anexos. A. 1235 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta No. CARGO 1 SUELDO Y SALARIOS 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 Gerente de Proyecto 1.1.2 Ingeniero Residente 1.1.3 Ingeniero Pavimento Especialista CANTIDAD / MES 0.20 1.00 en 0.20 1.2 Oficina Central 1.2.1 Administrador 0.20 1.2.2 Secretaria 0.20 1.3 Personal de Campo 1.3.1 Laboratoristas 0.50 1.3.2 Topógrafo 0.50 1.3.3 Cadeneros 1.00 1.3.4 Inspectores 1.00 CANTIDAD PRECIO TOTAL MESES TOTAL UNITARIO LEMPIRAS 7.00 10.50 1.40 45,000.00 63,000.00 10.50 40,000.00 420,000.00 7.00 1.40 45,000.00 63,000.00 Total Personal Profesional 546,000.00 7.00 1.40 15,000.00 21,000.00 7.00 1.40 12,000.00 16,800.00 Total Personal Oficina Central 37,800.00 6.00 3.00 15,000.00 45,000.00 7.00 3.50 15,000.00 52,500.00 7.00 7.00 12,000.00 84,000.00 8.00 8.00 14,000.00 112,000.00 Total Personal de Campo 293,500.00 TOTAL 1 SUELDO Y SALARIOS 877,300.00 2 BENEFICIOS SOCIALES 2.1 Beneficios Sociales (46.23% de la suma de Sueldos y Salarios) 405,575.79 TOTAL 2 BENEFICIOS SOCIALES 405,575.79 3 GASTOS DIRECTOS 3.1 MATERIALES Y SUMINISTROS Alquiler de Vehículos Gerente 3.1.1 de Proyecto Alquiler de Vehículos 3.1.2 Ingeniero Residente 3.1.3 Alquiler Topografia de Vehículos Vivienda de Campo para 3.1.4 Ingenieros Vivienda de Campo para 3.1.5 Personal de Campo 3.1.6 Equipo de Laboratorio 0.20 7.00 1.40 25,000.00 35,000.00 1.00 10.50 10.50 25,000.00 262,500.00 0.50 7.00 3.50 25,000.00 87,500.00 1.00 10.50 10.50 7,000.00 73,500.00 1.00 9.00 9.00 7,000.00 63,000.00 0.50 6.00 3.00 8,000.00 24,000.00 1236 A. REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 No. CARGO CANTIDAD / MES 3.1.7 Equipo de Topografía 0.50 Reproducción, Informes, 3.1.8 1.00 Fotografias Subsistencia de Ingeniero 3.1.9 1.00 Residente 3.1.1 0 Subsistencia de Laboratorista 0.50 3.1.1 Subsistencia de Topografo 0.50 3.1.1 Subsistencia de Cadenero 1.00 3.1.1 3 Subsistencia de Inspector 1.00 MESES CANTIDAD PRECIO TOTAL TOTAL UNITARIO LEMPIRAS 7.00 3.50 8,000.00 28,000.00 10.50 10.50 6,000.00 63,000.00 10.50 10.50 6,000.00 63,000.00 6.00 3.00 5,500.00 16,500.00 7.00 3.50 7,000.00 24,500.00 7.00 7.00 5,500.00 38,500.00 8.00 8.00 5,500.00 44,000.00 TOTAL 3 COSTOS DIRECTOS 823,000.00 4 GASTOS GENERALES 4.1 46.20% de (Total 1+Total 2) 4.2 15% de Gastos Directos (Total 3) 592,688.62 123,450.00 TOTAL 4 GASTOS GENERALES 716,138.62 5 HONORARIOS 5.1 15% de (1+2+4) 299,852.16 TOTAL 5 HONORARIOS 299,852.16 GRAN TOTAL 3,121,866. 57 TERCERO: Modificar la CLÁUSULA 57/100 (L 3,121,866.57), de los cuales TERCERO: Modificar la CLÁUSULA NOVENA: PAGOS, la cual, a NOVENA: PAGOS, la cual, a partir DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE partir de la presente Modificación No. 2, deberá leerse de la siguiente de la presenmteanMeroad:iCficLaÁcUióSnUNLAo. N2,OVENA: PAGOS: EL CMOILNSOUCLHTOOCRIEreNcTibOirSáCINCUENTA deberá leersceodmeolapsaiggouiepnoter mloasnesrear:vicios objeto de este cYonDtrOaStoLuEnMa PcIaRnAtiSdaCdON 16/100 (L CLÁUSULeAstiNmOadVaENAen: PATGROESS: MILLONES CIENT2O99,8V52E.I1N6T) IcÚoNrrespMonIdLen al concepto OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 57/100 (L EL CONSULTOR recibirá como de honorarios profesionales, según 3,121,866.57), de los cuales DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL pago por los servicios objeto de el tiempo de ejecución estipulado de este contrato una cantidad estimada en TRES MILLONES CIENTO VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS LEMPIRAS CON TRESCIENTOS DIECINUEVE (319) DÍAS CALENDARIO. Este contrato será pagado por suma alzada, el cuadro de pagos se hará de la siguiente manera: A. 1237 OCHOCIENT2O99S,8C52IN.1C6U) EcNorTreAspYonDdOenS aLlEcMonPcIRepAtoS dCeOhNon1o6r/a1r0io0s (pLrofesionales, 299,852.16) sceogrrúenspoenl detinemapl ocondceepteojedceuchióonnoreasrtioipsulpardoofesdioenaTleRs,ESCIENTOS segúnOCeHlOCtDIiEeINmETpCOoSINCUdINEeCVUEEeNj(eT3cA1u9Yc)ióDDnOÍSAeSLEsCMtipPAuIRLlaAEdSNoCDOANdRe1I6O/1T.0R0EEs(LtSeCcIoEnNtrTaOtoSserá pagado Sección A Acuerdos y REPÚBLICA LDeEyeHs ONDUpDRoIAErSCsuI-N2sDmTe9IUEg9EaúC,EG8naI5VNUl2zUE.epCC1aElo6IudV()Gr3taaEices1Ad,om(u39rreLrpo1me)lPo9scDAN)apuDod,ÍoanAaeÍMA.dldSzeS1.ernDaojCDCed.aCAcdaliAusL.ce,c,EtLoire2óNnpiEn0blcDaNeucDAgpeucDREtosoaitIóAsiOJdpdnU.uRerslEoadNeIhsOdeodItohenO.elaocaErdoDrpaeánsfraEotitordgeLarsTmteoRo2pcsEar0soloaSe2snfdreC6áestseIriEipaoghpaNntuagoaaTiarlOegeádssSnooNe,dtsoreeá. m3lpa7aa,1sng7iega3rudaioe: nLtea manera: Gaceta Cuadro ÍNteo. m CuadropoNr sou.m1a aDlziasdtari,beul ccuióadnroddee lpaagfoosrmseahadráedpealagosigsuiente 1 DPirsotrdiubCucutcaodióronNdoe. 1laDfisotrrimbuacidóneFdpeeacglhaoafso.rdmea deenptraegogsa manera: Porcentaje de pagos Íte m ProdÍutecto m1 Producto Informe PreFliemcFihneacahrda edeeennttQerremeuggaiintaicdea Porcentaje (15) días calenPddoearpcreaiongtoasjdeedseppuaégsosde la orden de inicio al supervisor 10% Info1rme PInrfeolrimmeinPraerliminar eQmuiQeintmuicdiinetaicdeal(al1(a1o5o5r)rddCedeidnnínaícdaseodsceina(lic5ecinain)odliceaadilnroíisaodusapadelrecrissvoapuisluepoédrnesedrsvdapeirsuioo1ér0sd%edsepué1s0%del mes 2 Info2rme Avance IAnMvfaoenrIAnmcnesvefuaoanMrlmceneesduealMdeCsNeiniognstuNCmscuaiiioogneea:tuncanlio(se:tu5Vne(adt)5Veele)eardardllííaappddNsmseseeierogtecriatocatuianlodallaeeilosde:llneeuronddenaatepVrrdelodieoarceaptrárdalolidecopsorudcpt.leáoedaurlétdeciasdosoueldpdl.leoeoulcéumrodsedetepaesdoe8rclct0áau%mldoceoutas.lo de cuota 80% 80% 3 3 InforImnefoFirnmal e FinmalefQninusaiunlicazealda(1l5a)oQfibdnuríaaaisnliczceaaldena(d1al5ari)oo, bddríeaaspsuécsadleend1a0%rio, después de 10% 3 Informe Final Quince (15) días calendario, después de finalizada la obra 10% Donde; Donde; Donde; Cuota Mensual a pagCuaort(aCMMen)s,usael acaplacgualrar(áCMd)e, saecucaelrcduolaraá ldaesaigcuueirednotea flaorsmiguai:ente Dondef;orma: Cuota Mensual a pagar (CM), se calculará de acuerdo a la siguiente forma: Cuota Mensual a pagar (CM), se calculará de acuerdo a la siguiente forma: 1238 A. Donde; Desglose de la fórmula de la Cuota Mensual A Pagar Donde; ABREVIACIÓ DESCRIPCDIÓoNnde; DesglNose de lDaofónrdmeu; la de lDaeCsugolotaseMdeensluaalfóArmPauglaard. e la Cuota Mensual A Pagar ABREDVeIAsgClIoÓse deDElaSCfóRrImPCulIaÓdNe la Cuota Mensual A Pagar N ABREVIACIÓ DESCRIPCIÓN N CM Cuota Mensual a Pagar Mmo Monto del Contrato del Supervisor menos el pago Inicial (Etapa I) y pago final (Etapa III) Emc Estimación Mensual del contratista (Excluyendo Cláusula Escalatoria, montos provisionales y Trabajos por Administración delegada) Mmc Monto del Contrato del Contratista (Excluyendo Cláusula Escalatoria, montos provisionales y Trabajos por Administración delegada) Y no podrá superar el Porcentaje descrito en el cuadro No.1 Y no podrá superar el Porcentaje descrito en el cuadro No.1 CUARTO: EL CONSULTOR se compromete a actualizar las garantías del contrato conforme a las nuevas condiciones establecidas en la presente Modificación No. 2, y la CLÁUSULA DÉCIMA del CONTRATO DE SUPERVISIÓN. QUINTO: Las demás cláusulas, partes, incisos y numerales del Contrato Original de Supervisión No. SITSU-013-2024, así como de la Modificación No. 1, que no han sido expresamente modificados mediante la presente Modificación No. 2, REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 CUARTO: EL CONSULTOR se días del mes de agosto de dos mil compromete a actualizar las garantías veinticuatro (2024). Por parte de “EL del contrato conforme a las nuevas CONTRATANTE”: OCTAVIO JOSÉ condiciones establecidas en la presente PINEDA PAREDES SECRETARIO Modificación No. 2, y la CLÁUSULA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DÉCIMA del CONTRATO DE DE INFRAESTRUCTURA Y SUPERVISIÓN. QUINTO: Las demás TRANSPORTE (SIT) y por parte cláusulas, partes, incisos y numerales de “EL CONSULTOR”:MARIO del Contrato Original de Supervisión ANTONIO MEDAL MENDOZA No. SIT-SU-013-2024, así como de la REPRESENTANTE LEGAL Modificación No. 1, que no han sido SERVICIOS DE INGENIERÍA MEDAL expresamente modificados mediante la S. DE R.L”. presente Modificación No. 2, permanecen vigentes y de obligatorio cumplimiento 51. “EL CONTRATO DE para ambas partes. En fe de lo cual, se CONSTRUCCIÓN No. SIT- firma la presente Modificación No. 2 al CO-054-2025; referente al proyecto: CONTRATO No. SIT-SU-013-2024, “PAVIMENTACIÓN CON denominado “SUPERVISIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN 4000 PSI, TRAMOS EN LA CON CONCRETO HIDRÁULICO COLONIA SAN FRANCISCO DE 4000 PSI, 14V93300 SENSENTI – ASÍS, APROXIMADAMENTE SAN FRANCISCO DE CONES, 2.40 KM, MUNICIPIO DE 4.90 KM, DEPARTAMENTO DE MACUELIZO, DEPARTAMENTO OCOTEPEQUE”, en dos copias DE SANTA BÁRBARA”; suscrito de un mismo tenor y valor, en la en fecha 14 de Febrero del año ciudad de Comayagüela, Municipio 2025, entre la SECRETARÍA del Distrito Central, a los doce (12) DE INFRAESTRUCTURA Y A. 1239 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta TRANSPORTE (SIT) y la EMPRESA de enero de 2024; con suficientes ACARREO Y MAQUINARIA DE facultades para suscribir actos como CONSTRUCCIÓN S. DE R. L. el presente, quien en adelante y para con un plazo de ejecución de 120 estos efectos se denominara “EL DÍAS CALENDARIO; mismo que CONTRATANTE” por una parte, y por literalmente dice:::::::::::::::: la otra DAGOBERTO FERRUFINO RIVAS, mayor de edad, de nacionalidad MODIFICACIÓN No. 01 hondureña, Ingeniero Civil, con CONTRATO NO. SIT-CO-054-2025. Documento Nacional de Identificación CONTRATO “PAVIMENTACIÓN (DNI) No., con domicilio en Bo. Las CON CONCRETO HIDRÁULICO Mercedes 11 Calle, 4 y 5 Calle. S. E. el 4000 PSI, TRAMOS EN LA Progreso Yoro, Honduras C. A; actuando COLONIA SAN FRANCISCO DE en su condición de Representante ASÍS, APROXIMADAMENTE 2.40 Legal de la empresa constructora KM, MUNICIPIO DE MACUELIZO, ACARREO Y MAQUINARIA DEPARTAMENTO DE SANTA DE CONSTRUCCIÓN S DE R. L. BÁRBARA” Nosotros: OCTAVIO (AMACON)., quien en adelante se JOSÉ PINEDA PAREDES, mayor denomina “EL CONTRATISTA”; de edad, soltero, hondureño, con convenimos en celebrar, la presente domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, MODIFICACIÓN No. 1 al Municipio del Distrito Central, CONTRATO SIT-CO-054-2025. Departamento de Francisco Morazán, CONTRATO “PAVIMENTACIÓN República de Honduras, actuando en CON CONCRETO HIDRÁULICO mi condición de SECRETARIO DE 4000 PSI, TRAMOS EN LA ESTADO EN LOS DESPACHOS COLONIA SAN FRANCISCO DE DE INFRAESTRUCTURA Y ASÍS, APROXIMADAMENTE TRANSPORTE (SIT), nombramiento 2.40 KM, MUNICIPIO DE que consta en Acuerdo Ejecutivo No. MACUELIZO, DEPARTAMENTO 11-2024, publicado en el Diario Oficial DE SANTA BÁRBARA “., amparados La Gaceta No. 36,435 de fecha 16 en el párrafo 1 de la CLÁUSULA 1240 A. REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 XVII: MODIFICACIONES DEL 4000 PSI, TRAMOS EN LA CONTRATO, y en el primer párrafo COLONIA SAN FRANCISCO DE de la CLÁUSULA IV: DE LOS ASÍS, APROXIMADAMENTE 2.40 PLAZOS del Contrato que nos ocupa y en las consideraciones legales KM, MUNICIPIO DE MACUELIZO, DEPARTAMENTO DE SANTA siguientes: CONSIDERANDO (1): BÁRBARA “., entre la Secretaría de Que, con fecha 14 de febrero de 2025, se Infraestructura y Transporte (SIT) en su formalizó el Contrato de Construcción condición de “EL CONTRATANTE” Contrato No.: SIT-CO-054-2025 del Proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON y la empresa INGENIERIA RIEDEL S. DE R.L.DE C.V. en su condición CONCRETO HIDRÁULICO 4000 de “EL SUPERVISOR”, por un PSI, TRAMOS EN LA COLONIA monto de CUATRO MILLONES SAN FRANCISCO DE ASÍS, CUATROCIENTOS NOVENTA Y APROXIMADAMENTE 2.40 KM, MUNICIPIO DE MACUELIZO, UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON 25/100 DEPARTAMENTO DE SANTA CENTAVOS (L 4,491,694.25), con un BÁRBARA “., por un monto de plazo de 180 DÍAS CALENDARIO VEINTICUATRO MILLONES contados a partir de la Orden de Inicio. CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE
- 9.Que el 05 de mayo del 2025, EL CONTRATANTE LEMPIRAS CON 67/100 CENTAVOS remitió a EL SUPERVISOR, el oficio (L24,187,417.67), con un plazo de SUB-DGDV/Ext-Odl-067-2025, ejecución de 120 DÍAS CALENDARIO conteniendo la ORDEN DE INICIO contados a partir de la Orden de Inicio. No. SIT-DGDV-PIM-SU-025-2025,
- 10.Que, con fecha la cual fue efectiva a partir del 06 de 06 de febrero de 2025, se formalizó el mayo del 2025, en cumplimiento de la Acuerdo de CONTRATO No. SIT- CLÁUSULA SÉPTIMA: VALIDEZ, SU-098-2025. “SUPERVISIÓN DEL VIGENCIA Y DURACIÓN DEL PROYECTO DE PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO CONTRATO, inciso b), del contrato de supervisión. CONSIDERANDO A. 1241 DGDV/Ext-Odl-067-2025, conteniendo la ORDEN DE INICIO No. SIT- DGDV-PIM-SU-025-2025, la cual fue efectiva a partir del 06 de mayo del 2025, en cumplimiento de la CLÁUSULA SÉPTIMA: VALIDEZ, REPÚBLICA DE HONDUVRIAGSE-NTCEIGAUYCIDGUARLAPAC,IMÓN.D.DC.E, 2L0CDOENJUTNRIAOTDOE,Lin2c02is6o b), Ndeo.l 3c7o,1n7tr3ato La Gaceta (4): Que el d2e0 sduepemrvaiysoiónd.eCl O20N2S5I,DERANDO (4): Que elc2u0mdpelimmiaeynotodedle20la25C, LÁUSULA EL CONTREALTACNOTNETRreAmTitAióNTa EELremitió a EL CONTRAITIIIS:TVA,AeLlIDofEicZio YSITO- RDEN DE CONTRATISDTGAD, eVl/oEfixctio-OSdITI--0D6G6-D2V0/25, conteniendo la ORINDIECNIODdEelIcNoInCtIrOatoNdoe. construcción. Ext-OdI-06S6I-T2-0D2G5D, Vc-oPnIMte-nCiOen-0d3o2-2025, en favor del CCoOntNraStiIsDtaE, RlaAcNuDalOfu(e05): Que las la ORDEN eDfeEctIivNaICaIpOarNtiro.deSlIT2-1 de mayo del 2025, ecanntciduamdepslicmoinetnrattoaddaes olraiginalmente, se DGDV-PIM-CCLOÁ-U03S2U-2L0A25I,IIe:nVfAavLoIrDEZ Y ORDEN DE INhIaCnIvOistodeiml pcaocntatdraatsopodrevarios motivos, del Contratisctoan, slatruccucailónfu. eCOefNecStIiDvaERANDO (05): Que las cantidades contratadas los cuales se describen a continuación: a partir del 2o1rigdeinamlmayeondtee,l s2e02h5a,nevnisto impactadas por varios motivos, los cuales se describen a continuación: a) Acat)iviAdcatidveidsadqeuseqiunecirnecmremenetnatann No DESCRIPCIÓN CANTIDAD DE OBRA SEGÚN CONTRATO ORIGINAL CANTIDAD NUEVA MODIFICACIÓN CANTIDAD NO.01 CONTRACTUAL % EN RELACIÓN A LA CANTIDAD CONTRACTUAL UNIDAD CANTIDAD Limpieza de vía derecha 2 Trazado y marcado Conformación compactación de la 10 subrasante Fabricación de concreto hidráulico 11 en losa 4000 psi Colocación de concreto hidráulico 12 en losa 4000 psi KM 2.4 0.17 ML 2400 170.00 M2 17,220.00 710.60 M3 2584.32 127.70 M2 17220 851.35 2.57 2,570.00 7.08 % 7.08 % 17,930.60 4.13 % 2,712.02 4.94 % 18,071.35 4.94 % 13 Acero de refuerzo KG Corte de juntas 16 (1.75x2.00 m) ML Sello de juntas polimérico aplicado en caliente (1.75 m x 17 2.00m) ML 995.6 13193 3,681.29 580.00 4,676.89 13,773.00 369.76 % 4.40 % 15593 580.00 16,173.00 3.72 % 19 Rótulos del proyecto UNIDAD 1.00 3.00 50.00 % 1242 A. b) Actividades que Disminuyen. No CANTIDAD DE OBRA CANTIDAD DESCRIPCIÓN SEGÚN CONTRATO ORIGINAL MODIFICACIÓN NO.01 NUEVA CANTIDAD CONTRACTUAL % EN RELACIÓN A LA CANTIDAD CONTRACTUAL Corte de juntas 16 (1.75x2.00 m) ML 13193 580.00 13,773.00 4.40 % Sello de juntas La Gaceta poliméRriEcoPÚBaLpIlCicAadDoE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 en caliente (1.75 m x 17 2.00m) ML 15593 580.00 16,173.00 3.72 % 19 Rótulos del proyecto UNIDAD 1.00 3.00 50.00 % b) Actividades que Disminuyen. No CANTIDAD DE OBRA CANTIDAD DESCRIPCIÓN SEGÚN CONTRATO ORIGINAL MODIFICACIÓN NO.01 NUEVA CANTIDAD CONTRACTUAL % EN RELACIÓN A LA CANTIDAD CONTRACTUAL UNIDAD CANTIDAD Suministro, transporte e instalación de 7 tubería 36"ø ML - 184.00 32.00 - 85.19% Enchape de 14 cunetas M2 - 1,305.00 195.00 - 87.00% Mampostería de estructuras 18 y muros M3 302.5 - 202.50 100.00 - 66.94% Administración 8 delegada. 1,151,781.79 - 751,781.79 400,000.00 - 34.73% c) Actividades Nuevas. No DESCRIPCIÓN CANTIDAD DE OBRA SEGÚN CONTRATO ORIGINAL CANTIDAD MODIFICACIÓN NO.01 NUEVA CANTIDAD CONTRACTUAL % EN RELACIÓN A LA CANTIDAD CONTRACTUAL UNIDAD CANTIDAD Suministro e instalación de señal restrictiva alto 76cm x 76cm fabricada en lamina de aluminio 20 forrada en vinil reflectivo rojo incluye poste R-1-1 UNIDAD 20.00 100.00 Suministro y aplicación de material termoplástico amarillo de 10cm para línea 21 discontinua con microesfera y primer ML 2854.87 2,854.87 100.00 Canal de aguas lluvias de 1.30x1.10mts con bloque fundido y acero de refuerzo #3@20cm ML 301.00 100.00 Aceras de concreto e=10cm (incluye relleno y 23 conformación) ML 3,100 3,100.00 100.00 Suministro, transporte e instalación de tubería 24 Novafort 24"ø ML 12.00 100.00
- 11.Que, según se manifiesta en el Documento de Justificación para la Modificación No.01 del Contrato SIT-CO-054- A. 1243 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta
- 12.Que, según ejecución de las obras según los alcances se manifiesta en el Documento de originales y nuevos del proyecto, por Justificación para la Modificación lo que se deberá incrementar el monto No.01 del Contrato SIT-CO-054-2025 contractual en DOS MILLONES del Proyecto: “PAVIMENTACIÓN TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON CONCRETO HIDRÁULICO MIL SEISCIENTOS NOVENTA 4000 PSI, TRAMOS EN LA Y OCHO LEMPIRAS CON 41/100 COLONIA SAN FRANCISCO DE CENTAVOS (L 2,367,698.41), que ASÍS, APROXIMADAMENTE 2.40 equivale al 9.79% en relación con el KM, MUNICIPIO DE MACUELIZO, monto del contrato contractual, por DEPARTAMENTO DE SANTA lo que el nuevo monto del contrato BÁRBARA”., a cargo del contratista será de VEINTISÉIS MILLONES ACARREO Y MAQUINARIA QUINIENTOS CINCUENTA Y DE CONSTRUCCIÓN S DE R. CINCO MIL CIENTO DIECISÉIS L. (AMACON), elaborado por la LEMPIRAS CON 08/100 CENTAVOS supervisión INGENIERÍA RIEDEL (L 26,555,116.08). CONSIDERANDO S. DE R. L. DE C.V. es necesario (08): Que, debido a los nuevos incrementar y disminuir algunas alcances, que generan un incremento cantidades, lo que provoca un balance de las cantidades en las actividades del económico positivo en favor del contrato original se hace necesario la proyecto, representando un incremento ampliación del plazo del contrato por del monto total contratado. Dicho un tiempo de 90 días calendario, siendo Documento de Justificación de la el nuevo plazo de ejecución de 210 Modificación No.01 fue preparado por días calendario. CONSIDERANDO la Supervisión en fecha 05 de septiembre (09): El CONTRATISTA se obliga del presente año. CONSIDERANDO a actualizar las Garantías, en base a (07): Que la presente Modificación las nuevas disposiciones contractuales No.01 se requiere para permitir lograr la considerando lo establecido en 1244 A. REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 la CLÁUSULA XIII: DE LAS tomarán carácter contractual a partir de GARANTIAS DEL CONTRATO su aprobación por LA DIRECCIÓN. del presente CONTRATO, cuyo plazo
- 13.Que con CON CONCRETO HIDRÁULICO OFICIO DGDV/Ext-OdI-067-2025 4000 PSI, TRAMOS EN LA de fecha 05 de mayo de 2025, se emitió COLONIA SAN FRANCISCO la orden de inicio del contrato SIT- ASÍS, APROXIMADAMENTE SU-098-2025 a partir del día 06 de 2.40 KM, MUNICIPIO DE mayo de 2025. CONSIDERANDO MACUELIZO, DEPARTAMENTO (3): Que, con fecha 14 de febrero de DE SANTA BÁRBARA”, en 2025, se formalizó el Contrato de base a las consideraciones legales Construcción No.: SIT-CO-054-2025 siguientes: CONSIDERANDO (1): del Proyecto: “PAVIMENTACIÓN Que en fecha seis (06) de febrero del CON CONCRETO HIDRÁULICO año dos mil veinticinco (2025), fue 4000 PSI, TRAMOS EN LA suscrito el contrato de Supervisión SIT- COLONIA SAN FRANCISCO DE SU-098-2025 “SUPERVISIÓN DE ASÍS, APROXIMADAMENTE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN 2.40 KM, MUNICIPIO DE CON CONCRETO HIDRÁULICO MACUELIZO, DEPARTAMENTO 4000 PSI, TRAMOS EN LA DE SANTA BÁRBARA”., por COLONIA SAN FRANCISCO DE un monto de VEINTICUATRO ASÍS, APROXIMADAMENTE MILLONES CIENTO OCHENTA 2.40 KM, MUNICIPIO DE Y SIETE MIL CUATROCIENTOS MACUELIZO, DEPARTAMENTO DIECISIETE LEMPIRAS CON DE SANTA BÁRBARA”, por un 67/100 CENTAVOS (L24,187,417.67), monto de CUATRO MILLONES con un plazo de ejecución de 120 DÍAS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CALENDARIOS (4 MESES) contados UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA a partir de la Orden de Inicio el 21 de Y CUATRO LEMPIRAS CON 25/100 mayo de 2025 y considerando que no (L. 4,491,694.25), con un plazo de ciento hay Suspensiones Temporales realizadas ochenta (180) días a partir de la Orden de dentro de este plazo de ejecución 1250 A. REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 contractual. CONSIDERANDO (4): 5,612,149.87).
- 14.Que con fecha 8 de septiembre de Que el contrato de EL CONSULTOR 2025, se formalizo la Modificación en su CLAÚSULA DÉCIMA No. 1 del contrato de construcción NOVENA: MODIFICACIONES No. SIT-CO-054-2025, con un monto DEL CONTRATO: inciso a); EL de VEINTISÉIS MILLONES CONTRATANTE podrá en cualquier QUINIENTOS CINCUENTA Y ocasión, mediante orden escrita, hacer CINCO MIL CIENTO DIECISÉIS cambios dentro de los términos del LEMPIRAS CON 08/100 CENTAVOS Contrato, mediante una Modificación (L 26,555,116.08), y un plazo de 210 al mismo. Si tales cambios dan lugar a días calendario. CONSIDERANDO un aumento en el alcance del trabajo o (5): Que para atender los trabajos en el plazo necesario para la ejecución de Supervisión dentro del plazo de del mismo, o que afecte cualquier ejecución del CONTRATISTA, se disposición del mismo o si después requiere incrementar el monto y tiempo de la firma de este Contrato entran en del contrato de la Supervisión; Por lo Vigor disposiciones gubernamentales que, es necesario generar la presente que aumenten los salarios o beneficios Modificación No. 1, se presenta sociales o el costo de bienes materiales propuesta económica, con un aumento de necesarios para la realización de los UN MILLÓN CIENTO VEINTE MIL trabajos, se hará un ajuste equitativo en CUATROCIENTOS CINCUENTA Y el pago a EL CONSULTOR y en todos CINCO LEMPIRAS CON 62/100 (L. los términos de ese contrato que puedan 1,120,455.62) lo que representa el 24.95% resultar afectados. CONSIDERANDO de aumento del contrato original, por lo (7): Que la duración del tiempo en el cual el nuevo monto contractual será de contrato del CONTRATISTA siempre CINCO MILLONES SEISCIENTOS es mayor, al tiempo de duración del DOCE MIL CIENTO CUARENTA Y contrato del CONSULTOR, siendo NUEVE LEMPIRAS CON 87/100 (L. este periodo un aumento de sesenta (60) A. 1251 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta días, posterior a la fecha de finalización PSI, TRAMOS EN LA COLONIA establecida en el contrato original, se SAN FRANCISCO DE ASÍS, determina el periodo del INFORME FINAL de la supervisión en la fecha posterior a la fecha de finalización de la MODIFICACIÓN No. 01 del Contratista, estableciendo el mismo en un periodo del 17 al 31 de diciembre del 2025, orientando este informe en el estado que se entrega el proyecto por parte del CONTRATISTA, debido que a las APROXIMADAMENTE 2.40 KM, MUNICIPIO DE MACUELIZO, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA” en los siguientes términos: PRIMERO: Modificar CLÁUSULA SÉPTIMA: VALIDEZ, VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO, la cual a partir de presente Modificación se deberá leerse de la siguiente manera: INCISO b) PLAZO DE EJECUCIÓN circunstancias de atraso de los tiempos DEL CONTRATO: Se estima que de ejecución del CONTRATISTA, se estima que según avances en ejecución estos continúen con las actividades del proyecto hasta finalizar el mismo. POR LO TANTO: AMBAS PARTES CONVIENEN: Con fundamento el Artículo 119 numerales 2, 121, 122, y 123 de la Ley de Contratación del Estado EL CONSULTOR realizará todos los trabajos objeto de este contrato, en DOSCIENTOS CUARENTA (240) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha de la orden de inicio que emita LA DIRECCIÓN. SEGUNDO: Modificar la CLÁUSULA OCTAVA: COSTO DEL CONTRATO, la cual de ahora en adelante y para efectos el referido contrato SIT-SU-098-2025, del contrato deberá de leerse: El costo suscribir la MODIFICACIÓN No. 01 al CONTRATO No.: SIT-SU-098-2025 “SUPERVISIÓN DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 de este contrato se ha estimado en la cantidad de CINCO MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 86/100 (L. 5,612,149.86), según cuadro de cantidades. 1252 A. DOSCIENTOS CUARENTA (240) DIAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha de la orden de inicio que emita LA DIRECCIÓN. SEGUNDO: Modificar la CLÁUSULA OCTAVA: COSTO DEL CONTRATO, la cual de ahora en adelante y para efectSoesccidóenlAcoAncturaertdoos y Leyes REPÚBLICA dDeEbHerOáNdDeUleReArSse-: TEEl cGoUsCtoIGdAeLePsAte, Mco.Dnt.rCa.t,o20seDEhaJUesNtIimOaDdEoLe2n02la6 cantidNaod. 37,173 de CINCO MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA Sección “A”- 5 Y NUEVE LEMPIRAS CON 86/100 (L. 5,612,149.86), según cuadro de cantidades. No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD TIEMPO H/M CANTIDAD TOTAL COSTO LPS/M TOTAL EN LPS. I PERSONAL 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 GERENTE DE PROYECTO H/M 7.50 0.20 1.50 44,000.00 66,000.00 1.1.2 INGENIERO RESIDENTE H/M 8.00 1.00 8.00 39,725.00 317,800.00 1.1.3 INGENIERO ESPECIALISTA AMBIENTAL H/M 7.00 0.20 1.40 60,000.00 84,000.00 1.1.4 INGENIERO ESPECIALISTA EN PAVIMENTOS H/M 6.00 0.30 1.80 60,000.00 108,000.00 INGENIERO ESPECIALISTA EN DISEÑO 1.1.5 GEOMETRICO DE CARRETERAS H/M 6.00 0.30 1.80 60,000.00 108,000.00 1.1.6 INGENIERO ASISTENTE DE RESIDENTE H/M 7.50 1.00 7.50 31,500.00 236,250.00 SUB TOTAL 1.1 920,050.00 1.2 OFICINA CENTRAL 1.2.1 ADMINISTRADOR H/M 7.50 0.20 1.50 13,500.00 20,250.00 1.2.2 SECRETARIA H/M 7.50 0.20 1.50 13,500.00 20,250.00 1.2.3 DIBUJANTE H/M 7.50 0.40 3.00 13,500.00 40,500.00 SUB TOTAL 1.2 81,000.00 1.3 PERSONAL DE CAMPO 1.3.1 LABORATORISTA H/M 6.50 1.00 6.50 13,500.00 87,750.00 1.3.2 AYUDANTE DE LABORATORISTA H/M 6.00 1.00 6.00 12,500.00 75,000.00 1.3.3 TOPOGRAFO H/M 8.00 1.00 8.00 17,500.00 140,000.00 1.3.4 AYUDANTE DE TOPOGRAFIA H/M 8.00 1.00 8.00 12,500.00 100,000.00 1.3.5 CADENEROS (2) (PRISMA) H/M 7.50 2.00 15.00 12,500.00 187,500.00 1.3.6 INSPECTOR (1) "A" H/M 7.00 1.00 7.00 13,500.00 94,500.00 SUB TOTAL 1.3 684,750.00 TOTAL 1 1,685,800.00 2 BENEFICIOS SOCIALES 46.23% DE 1 (Según Acuerdo Ejecutivo No. A-003-2010 2.1 y fe de errata de 1 de febrero 2010) 779,345.34 TOTAL 2 779,345.34 3 GASTOS DIRECTOS 3.1 MATERIALES Y SUMINISTROS 3.1.1 ALQUILER DE VEHICULO GERENTE PROYECTO MES 7.00 0.20 1.40 20,000.00 28,000.00 3.1.2 ALQUILER DE VEHICULO INGENIERO RESIDENTE MES 8.00 1.00 8.00 20,000.00 160,000.00 3.1.3 ALQUILER DE VEHICULO LABORATORIO MES 7.00 1.00 7.00 20,000.00 140,000.00 3.1.4 ALQUILER DE VEHICULO TOPOGRAFIA MES 7.50 1.00 7.50 20,000.00 150,000.00 3.1.5 VIVIENDA DE CAMPO PARA INGENIEROS MES 8.00 1.00 8.00 6,000.00 48,000.00 3.1.6 VIVIENDA DE CAMPO PARA PERSONAL DE CAMPO MES 8.00 1.00 8.00 6,000.00 48,000.00 3.1.7 EQUIPO DE LABORATORIO MES 6.50 0.50 3.25 10,000.00 32,500.00 3.1.8 PRUEBAS DE LABORATORIO MES 6.50 0.50 3.25 15,000.00 48,750.00 3.1.9 EQUIPO DE TOPOGRAFIA MES 8.00 0.50 4.00 18,000.00 72,000.00 3.1.10 REPRODUCCION, INFORMES, FOTOGRAFIAS MES 7.50 1.00 7.50 4,000.00 30,000.00 3.1.11 SUBSISTENCIA DE INGENIERO RESIDENTE MES 8.00 1.00 8.00 8,000.00 64,000.00 3.1.12 SUBSISTENCIA DE INGENIERO ASISTENTE MES 7.50 1.00 7.50 8,000.00 60,000.00 3.1.13 SUBSISTENCIA DE LABORATORISTA MES 6.50 1.00 6.50 7,500.00 48,750.00 3.1.14 SUBSISTENCIA DE AYUDANTE DE LABORATORISTA MES 6.00 1.00 6.00 7,100.00 42,600.00 3.1.15 SUBSISTENCIA DE TOPOGRAFO MES 8.00 1.00 8.00 7,500.00 60,000.00 3.1.16 SUBSISTENCIA DE AYUDANTE DE TOPOGRAFIA MES 8.00 1.00 8.00 7,500.00 60,000.00 3.1.17 SUBSISTENCIA DE CADENEROS (PRISMA) MES 7.50 2.00 15.00 7,100.00 106,500.00 3.1.18 SUBSISTENCIA DE INSPECTOR MES 7.00 1.00 7.00 7,500.00 52,500.00 TOTAL 3 1,251,600.00 4 GASTOS GENERALES 4.1 46.20% / CUENTA ( 1 + 2) 1,138,897.15 4.2 15% / CUENTA (3) 187,740.00 TOTAL 4 1,326,637.15 5 HONORARIOS PROFESIONALES 15% DE 1+2+4 5.1 15% / CUENTA (1+2+4) 568,767.37 SUBTOTAL HONORARIOS DE LA FIRMA 568,767.37 TOTAL 5,612,149.86 TERCERO: Modificar la CLÁUSULA NOVENA: PAGOS, la cual a partir de la presente modificación deberá leerse: El monto del presente contrato es de CINCO MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 86/100 (L. A. 1253 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta TERCERO: Modificar la CLÁUSULA MIL SETECIENTOS SESENTA Y 1254 A. NOVENA: PAGOS, la cual a partir de SIETE LEMPIRAS CON 37/100 (L. la presente modificación deberá leerse: 568,767.37), corresponden al concepto El monto del presente contrato es de de honorarios, en el tiempo de ejecución CINCO MILLONES SEISCIENTOS de DOSCIENTOS CUARENTA (240) DOCE MIL CIENTO CUARENTA DIAS. FORMA DE PAGO La forma de Y NUEVE LEMPIRAS CON pago se realizará conforme al siguiente 86/100 (L. 5,r6e1a2liz,1a4rá9.c8o6n),foirnmceluaylesiguiente detalle: Cuadro No.1 Distribución de Honorarios Proflaesifoonramleas pdoer lpaasgumosa.de detalle: Cuadro No.1 Distribución de la QUINIENTOS SESreEalNizaTráAcoYnfoOrmCeHaOl siguiente detalle: Cuadro Ítem Productola forma de pagFoes.cha de Entrega forma de pagos No.1 DisPtriobrucceiónntdaeje Pagos de Informe Ítem PrelimPirnoadructo Informe Preliminar Informe quince (15) días calendario despuFéeschdaedee mEnittirdegaala Orden Porcentaje de15% Pagos dequIinnicceio(1a5l) sduíapsercvailseondrario Cidnecsopués(5de) emdiítaida lacaOlrednendario, 15% dedCseinpIcnuoicéios(5ad)l esuldpímaereviscsaoslreingduaireion, te al MensuaInl fdoreme pedreísopduoésrdeepl omretasdsoig.uiente al 70% 2 AvaMnecnesual de Nopetarí:odVo ererpodretatdaol.le de cálculo 70% Avance dedNeoctcuau:ootVtaaermmdeeentnsausllaeul aadlepaacgápalcar.ugloar. quqiuninccee (1155))dídaísascalcenadlearniod, ario1, 5% (D1el5M%on(toDdeel Monto de 3InformInefoFrmineaFl inal dedsepspuuééss ddeefifnianlaizlaidzaaldaaoblara.obral.a ModifliacaMcióondNifoic. ación No. 1) 1) El 70% será pagado por avance de obra El 70% será pagado por avance de obra La cuota mensual a pagar (CM), se calculará de acuerdo a la siguiente forma: La cuota me������������n. ������s������u������������al���������a��������������� pagar (CM������������.)������,������secal������c������ulará de acuerdo a la ���������s���������i������g=ui[e����n������������������t���������e������������������fo������������r���������m���������������������������a���������������������:��� ������������������������ ������������������������������������������������� + � �] CM Mmo Emc Mmc Donde; ������������. ������������������������������������������������ ������������. ������������������������ ������������������������ = [�������������������������������C������������u������ad������r������o������������������������N������������o���������������.���2������D e���������s���������g������lo������s������ed������e������l������a������������������fo�rm+u�la de la Cuota Mensu�a]l A Pagar. CM ABREVDIAoCInÓdN e; Cuota Mensual a pagar DESCRIPCIÓN Mmo Monto del Contrato del Supervisor menos el pago Inicial (Etapa I) y pago Final Cuadro No.(2EtapDa IIeI)sglose de la formula de la Cuota Mensual A Emc Mmc Pagar. Estimación Mensual del Contratista (Excluyendo Cláusula Escalatoria, montos provisionales y trabajos por Administración Delegada) Monto del Contrato del Contratista (Excluyendo Cláusula Escalatoria, montos provisionales y trabajos por Administración Delegada) ABREVIACIÓN Y no poCduráotasuMpeenrsauraleal pPaogracrentaje dDeEsScrCitRoIPeCnIeÓlNcuadro No.1 Notas: 1. El primMeornttoérdmelinCoodnetralatofódreml Suulape(r1v)iseosr munenvoasloerl pfiajogoquIneicriealp(rEetsaepantIa)ríyapago Final el 30%(EdtealpaMIIOI)NTO DEL CONTRATO DE SUPERVISIÓN (Mmo) divididoEesntimtreaceiólnplMazeonsourailgidneall dCeolnctroatnisttraato(E,xccolunyelondcouaCl lsáeusruelacoEnsocacleatroíaria, montos provisionales y trabajos por Administración Delegada) Monto del Contrato del Contratista (Excluyendo Cláusula Escalatoria, montos provisionales y trabajos por Administración Delegada) Y no podrá superar el Porcentaje descrito en el cuadro No.1 Notas: 1. El primer término de la fórmula (1) es un valor fijo que representaría el 30% del MONTO DEL CONTRATO DE SUPERVISIÓN (Mmo) dividido entre el plazo original del contrato, con lo cual se reconocería REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 Y no podrá superar el Porcentaje descrito deberá estar al día con los informes en el cuadro No.1 Notas: 1. El primer (CLÁUSULA QUINTA: INFORMES) término de la fórmula (1) es un valor fijo correspondientes al período de cobro. 6. que representaría el 30% del MONTO Pago inicial (Etapa 1): 15% del monto DEL CONTRATO DE SUPERVISIÓN total de contrato contra presentación del (Mmo) dividido entre el plazo original Informe en los primeros quince (15) del contrato, con lo cual se reconocería días después de la Orden de Inicio. 7. un valor fijo mensual al Contratista. Pago Final (Etapa 3): 15 % del monto 2. El segundo término de la fórmula total de contrato contra presentación (2) representa el 70% restante a ser del Informe Final en los quince (15) pagado en proporción al avance de la días posterior a la finalización de la construcción. 3. Si al finalizar el plazo obra. NOTA: CONDICIONANTE contractual de la Supervisión no se ha DE PAGO Y RESPONSABILIDAD finalizado la obra, y el plazo se amplía por DE EL CONTRATANTE: -Si se cualquier razón (CLÁUSULA DÉCIMA redujera los alcances del Contrato de NOVENA: MODIFICACIONES DEL Obra, se reducirá en la misma proporción CONTRATO), la CM de pago a la en monto y tiempo del Contrato de Supervisión se calculará con las nuevas Supervisión con respecto a la Oferta variaciones acumuladas en monto presentada. -Por inicio tardío de las obras y plazo de ambos contratos (Obra y por parte de EL CONTRATISTA. Si Supervisión). 4. Al finalizar el plazo EL CONTRATISTA no comienza contractual a satisfacción del Contratante las actividades constructivas dentro se le pagará el saldo total restante del de los cinco (05) días calendario contrato de Supervisión en la última después de emitida su Orden de solicitud de pago, por ser un contrato de Inicio. EL CONTRATISTA no Suma Alzada. 5. Adicionalmente a cada podrá tener remuneración alguna solicitud de pago EL CONTRATISTA hasta el inicio real de las obras. Esto A. 1255 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta sin perjuicio y responsabilidad de con cargo a la Estructura Presupuestaria EL CONTRATANTE. Quedando siguiente Inst. 411, programa 25, sub establecido que no habrá reconocimiento programa 00 proyecto 000, GA 001 monetario por parte de El Contratante, UE 008, AO.001, OBJETO/GASTO por el tiempo y recursos asignados por 47220 FUENTE 11. CUARTO: EL EL CONTRATISTA durante este CONSULTOR se compromete a período de inactividad. En caso de que se suscriba El Contrato de Consultoría y que no se haya emitido una Orden de Inicio, EL CONTRATANTE quedará liberado de cualquier responsabilidad, dado que las obligaciones recíprocas enunciadas en el Contrato no surtieron efecto alguno - Si las actividades constructivas se llegan a detener; por abandono, incompetencia o negligencia continuada de EL CONTRATISTA, SOLAMENTE se reconocerá a EL CONTRATISTA el tiempo y pago correspondientes a las obras ejecutadas, previa notificación de EL CONTRATANTE y entrega de los productos correspondientes a la fecha por parte de EL CONTRATISTA. En el APÉNDICE 1- ESTIMADO DE COSTOS, se desglosa el Costo de Personal (Hombres – Mes), Beneficios Sociales, Costos Operativos, gastos Generales y Honorarios de cada Componente. En el presente año el costo de este contrato será cancelado actualizar las garantías del contrato. QUINTO: Las demás cláusulas, partes, incisos y numerales del contrato Original, que no sufren cambio en esta MODIFICACIÓN No. 1, permanecen vigentes de cumplimiento. En fe de lo cual, se firma la presente Modificación No. 1 al Contrato No. “SIT-SU-098-2025 “SUPERVISIÓN DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, TRAMOS EN LA COLONIA SAN FRANCISCO DE ASÍS, APROXIMADAMENTE 2.40 KM, MUNICIPIO DE MACUELIZO, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA” en dos copias de un mismo tenor y valor, en la ciudad de Comayagüela, Municipio del Distrito Central, a los 22 días del mes de septiembre de 2025. Por parte de “EL CONTRATANTE”: (F.S) OCTAVIO JOSÉ PINEDA, SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y 1256 A. REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 TRANSPORTE (SIT) Y por parte de CONCRETO HIDRÁULICO 4000 “EL CONSULTOR”: (F.S) WALTER PSI, 14S13230 – RUTA 132, LÍMITE RIEDEL RODRIGUEZ. DEPTAL. COPÁN/OCOTEPEQUE 53. “EL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. No. SITCO-299-2025; referente al proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 14S13230 – RUTA 132, LÍMITE – BELÉN GUALCHO (COMUNIDAD DE YARUCHEL), APROXIMADAMENTE 1.00 KM (ESTACIONES 0+000 – 1+000), DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”. DEPTAL. COPÁN/OCOTEPEQUE – BELÉN GUALCHO (COMUNIDAD DE YARUCHEL), APROXIMADAMENTE 1.00 KM (ESTACIONES 0+000 – 1+000), DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”. Suscrito en fecha 10 de abril del año 2025, entre la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) y la EMPRESA SERVICIOS DE INGENIERIA GALLARDO NIETO S. DE R.L. DE C.V. con un plazo de ejecución de 120 DÍAS CALENDARIO; mismo que literalmente dice:::::::::::::::::::::::::::::::::: Nosotros: OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES, hondureño, mayor de edad, soltero, Ingeniero Civil, con domicilio legal en el BARRIO LA BOLSA, Comayagüela, Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán, con Documento Nacional de Identificación (DNI) número 0801199024191; actuando en mi condición de SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT); nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 112024, de fecha 03 de enero del año 2024; con suficientes facultades para suscribir CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN No. SIT-CO-299-2025 “PAVIMENTACIÓN CON actos como el presente, quien en adelante y para estos efectos se denominará EL CONTRATANTE; y por otra parte, CARLOS EDUARDO GALLARDO A. 1257 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta NIETO, hondureño, mayor de edad, con DEPTAL. COPÁN/OCOTEPEQUE Documento Nacional de Identificación – BELÉN GUALCHO (DNI) número 0801196305591, con (COMUNIDAD DE YARUCHEL), Registro Tributario Nacional (RTN) APROXIMADAMENTE 1.00 número 08011963055918; actuando KM (ESTACIONES 0+000 – en mi condición de Representante 1+000), DEPARTAMENTO DE Legal de la empresa SERVICIOS DE INGENIERÍA GALLARDO OCOTEPEQUE” que a continuación se prescribe: NIETO S. DE R.L. DE C.V., con correo electrónico seingn@yahoo. com, teléfono (+504) 2230--3623 y con domicilio legal en Col Miraflores, 3ra ave. casa 1901, Tegucigalpa, Honduras, para efectos de notificación, empresa constituida conforme a las Leyes de la República de Honduras, bajo Registro Tributario Nacional (RTN) número 08019995389292 y debidamente CLÁUSULA I: DEFINICIONES: Siempre que en el presente Contrato se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que se expresa a continuación: 1. EL GOBIERNO: El Gobierno de la República de Honduras (Poder Ejecutivo), quien actuará por intermedio de la Secretaría. autorizado para celebrar el presente acto, quien para efectos legales se denominará EL CONTRATISTA; En este sentido, manifestamos 2. LA SECRETARÍA: La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT). estar de acuerdo con las cláusulas, estipulaciones legales, condiciones generales y especiales descritas en este contrato para la CONSTRUCCIÓN del proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON 3. LA DIRECCIÓN: Dirección General de DESARROLLO VIAL de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT). 1258 A. CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 14S13230 – RUTA 132, LIMITE 4. LA UNIDAD EJECUTORA: La Unidad de Inversión de la Dirección General REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 de Desarrollo Vial, encargada de 10. SUPERINTENDENTE: El Ingeniero coordinar y velar por la ejecución del Civil debidamente colegiado solvente proyecto. con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, (CICH) y aprobado por 5. FINANCIAMIENTO: Fondos propios LA DIRECCIÓN que actuará como del Gobierno de Honduras. Ingeniero Residente del proyecto por 6. EL CONTRATANTE: El Gobierno de parte del Contratista. la República de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos 11. G E R E N T E D E P R O Y E C - de Infraestructura y Transporte (SIT). TO: Ingeniero Civil, aprobado por 7. EL CONTRATISTA: La empresa LA DIRECCIÓN, representante de constructora: SERVICIOS DE EL CONTRATISTA que organizará, INGENIERIA GALLARDO NIETO planificará, coordinará las actividades S. DE R.L. DE C.V. a ejecutarse, así mismo velará por el cumplimiento del Contrato y demás 8. L A S U P E R V I S I Ó N : L a f i r m a documentos que lo integran. Consultora contratada para la supervisión del proyecto, denominada en algunos 12. PROYECTO “PAVIMENTACIÓN documentos como SUPERVISOR. CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI, 14S13230 – RUTA 132, 9. I N G E N I E R O C O O R D I N A - LÍMITE DEPTAL. COPÁN/ DOR: Funcionario de enlace de parte OCOTEPEQUE – BELÉN GUALCHO de la Dirección General de Desarrollo (COMUNIDAD DE YARUCHEL), Vial, encargado de coordinar las APROXIMADAMENTE 1.00 acciones que se susciten entre EL KM (ESTACIONES 0+000 – CONTRATISTA, EL SUPERVISOR 1+000), DEPARTAMENTO DE Y EL CONTRATANTE. OCOTEPEQUE”. A. 1259 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta C L Á U S U L A I I : T R A B A J O presente los documentos que REQUERIDO: se detallan en el ARTÍCULO EL CONTRATISTA con elementos 68.-REQUISITOS PREVIOS AL suficientes para suministrar por su cuenta INICIO DE OBRAS, de la Ley de y riesgo, se obliga a la Construcción Contratación del Estado: para EL CONTRATANTE, del a. Garantía y/o Fianza de Cumplimiento, si lo hubiere, Proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON Garantía y/o Fianza por Anticipo de Fondos CONCRETO HIDRÁULICO 4000 b. Programa detallado de ejecución de la obra, PSI, 14S13230 – RUTA 132, LÍMITE indicando el costo estimado por etapas, de DEPTAL. COPÁN/OCOTEPEQUE conformidad con lo que indiquen los documentos – BELÉN GUALCHO de licitación. El programa deberá ser aprobado por (COMUNIDAD DE YARUCHEL), el órgano responsable de la contratación. APROXIMADAMENTE 1.00 c. Nómina del personal técnico asignado para la KM (ESTACIONES 0+000 – dirección y ejecución de la obra, incluyendo un 1+000), DEPARTAMENTO DE plan de organización, OCOTEPEQUE”. De conformidad d. Los documentos que acrediten la disponibilidad del con las Especificaciones, Disposiciones equipo y maquinaria que se empleará en la obra. Especiales, y Convenios Suplementarios e. Los demás que se indiquen en el Reglamento o en anexos al Contrato. Tales documentos el pliego de condiciones de licitación. están descritos en la Cláusula VII que b. Plazo de ejecución: EL CONTRATISTA deberá forman parte del presente Contrato. iniciar los trabajos a más tardar dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de la Orden de CLÁUSULA III: ORDEN DE INICIO Inicio emitida por LA DIRECCIÓN y se compromete Y PLAZO y obliga a terminar la ejecución simultánea de las obras a. Orden de Inicio: Las partes acuerdan contratadas dentro de un plazo de CIENTO VEINTE que la Orden de Inicio será emitida DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha 1260 A. una vez que EL CONTRATISTA de la Orden de Inicio y estará sujeto a extensiones REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 autorizadas por EL GOBIERNO, de acuerdo a las El monto de este Contrato se ha estimado en la Especificaciones y Disposiciones Especiales o por suma de: DIEZ MILLONES QUINIENTOS causa de fuerza mayor. Cuando el plazo de la ejecución se modifique por aumento en las cantidades de obra del proyecto, el plazo incrementado estará de acuerdo con un estudio que para tal fin se hará el programa del trabajo, y la ampliación en plazo no podrá ser mayor al aumento proporcional en monto. SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 06/100 CENTAVOS (L. 10,507,887.06). y queda convenido que el pago de la cantidad mencionada se hará en Lempiras, moneda oficial de la República de Honduras, mediante estimaciones de pago, en las cuales se podrá reconocer hasta el ochenta por Ciento CLÁUSULA IV: PRECIOS DEL CONTRATO: EL GOBIERNO pagará a EL CONTRATISTA por las obras objeto de este Contrato, ejecutadas satisfactoriamente y aceptadas por EL GOBIERNO y aplicadas a las cantidades de obra como aproximadas y sujetas a las variaciones establecidas en los Pliegos de Condiciones y Disposiciones Especiales y lo establecido en el artículo 74 de la Ley de Contratación del Estado de conformidad con el cuadro de cantidades estimadas y precios unitarios detallados en el presente contrato. Los pagos a EL CONTRATISTA se harán con los fondos que para tal fin sean asignados por el Congreso Nacional anualmente en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República. (80%) del valor de los materiales almacenados en el sitio del proyecto, deduciéndose dicho valor en las siguientes estimaciones de pago. Es entendido y convenido por ambas partes que, no obstante, el monto y el plazo del contrato, el compromiso de EL GOBIERNO durante el año 2025 se limita a la cantidad que aparece en la asignación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos a que se refiere la ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA, y que la ejecución y pago de la obra correspondiente a los años siguientes queda condicionada a que el Congreso Nacional apruebe en el Presupuesto de dichos años los fondos correspondientes. La no aprobación de estos fondos por el Congreso Nacional dará derecho a la resolución del contrato sin más obligación por parte de EL GOBIERNO, que al pago correspondiente a las obras o servicios ya CLÁUSULA V: MONTO DEL CONTRATO Y ejecutados a la fecha de vigencia de la resolución FORMA DE PAGO: del contrato. A. 1261 que el Congreso Nacional apruebe en el Presupuesto de dichos años los fondos correspondientes. La no aprobación de estos fondos por el Congreso Nacional dará derecho a la resolución del contrato sin más obligación por parte de EL GOBIERNO, Sección A Aqcuueerdaosl ypLaegyoes correspondiente a las obras o servicios ya ejecutados a la fecha de REPvÚiBgLenICcAiaDdEeHlaONreDsUoRluAcSió-nTdEeGlUcCoInGtAraLtPoA. , M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta 1262 A. No. ACTIVIDADES UNIDAD CANTIDAD P. U. (L) TOTAL (L) 1 LIMPIEZA DEL DERECHO DE VIA KM 1.00 L14,110.35 L14,110.35 2 TRAZADO Y MARCADO ML 1,000.00 L99.93 L99,930.00 3 EXCAVACION NO CLASIFICADA M3 2,100.00 L118.91 L249,711.00 4 SUBEXCAVACIONES (INCLUYE ACARREO 2 KM) M3 525.00 L155.95 L81,873.75 RELLENO COMPACTADO CON MATERIAL DE PRESTAMO (INCLUYE ACARREO) M3 1,050.00 L320.06 L336,063.00 6 SOBREACARREO M3-KM 4,935.00 L15.00 L74,025.00 SUMINISTRO, TRANSPORTE E INSTALACION DE TUBERIA 36"Ø ML 62.00 L9,141.25 L566,757.50 8 CONFORMACIÓN Y COMPACTACIÓN DE LA SUBRASANTE M2 7,175.00 L58.64 L420,742.00 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN SUB-BASE NATURAL ESTABILIZADA F'c=3 Mpa A LOS 7 DIAS (incluye acarreo) M3 1,076.25 L329.03 L354,118.54 ADICION DE CEMENTO PARA ESTABILIZACIÓN DE SUBBASE (4% Aprox) BOLSA 1,890.00 L250.13 L472,745.70 11 FABRICACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO EN LOSA 4000 PSI M3 1,076.25 L4,169.03 L4,486,918.54 12 COLOCACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO EN LOSA 4000 PSI M2 7,175.00 L99.06 L710,755.50 13 ACERO DE REFUERZO KG 3,995.55 L59.35 L237,135.89 14 ENCHAPE DE CUNETAS M2 2,013.00 L444.31 L894,396.03 15 CORTE DE JUNTAS (1.75 m X 2.00 m) ML 5,493.00 L13.01 L71,463.93 SELLO DE JUNTAS CON POLIMERO APLICADO EN CALIENTE (1.75 m X 2.00 m) ML 6,493.00 L18.94 L122,977.42 17 PROTECCIÓN DE HOMBRO (CONCRETO 3000 PSI) M3 67.20 L5,254.98 L353,134.66 18 ROTULO DE PROYECTO UND 2.00 L14,898.11 L29,796.22 19 LINEA BLANCA ML 2,000.00 L100.00 L200,000.00 20 LINEA CONTINUA/DISCONTINUA AMARILLA ML 505.00 L100.00 L50,500.00 21 VIALETA DOS CARAS UND 546.00 L150.00 L81,900.00 22 P-12-4a (IND. OBSTÁCULOS) UND 3.00 L7,672.91 L23,018.73 23 P (SEÑAL PREVENTIVA) UND 7.00 L6,422.91 L44,960.37 24 R (SEÑAL RESTRICTIVAS) UND 4.00 L7,619.34 L30,477.36 SUB TOTAL (L) L10,007,511.49 ADMINISTRACIÓN DELEGADA (5%) L500,375.57 COSTO TOTAL (L) L10,507,887.06 CLÁUSULA VI: ANTICIPO: de acuerdo con el Plan de Inversión, el cual E L G O BCI ELÁRUNSOULAs uVmI:i An iNsTt rICaIrPáO:a deberá ser entregado a LA SUPERVISIÓN EL CONTERLATGIOSBTIAEReNnOcosnucmepintoistdraerá a EL CONTRApaTrIaSsTuAconetnrolcyocnucmeppltiomideneto, ya que no se ANTICIPO, una suma igual al veinte por ciento (20%) del monto total ANTICIPO, undae slaumobaraigauaeljeaclutvaeri,netxecluido el valor de reconocerán aumentos después de otorgado el la Administración delegada por ciento (20y%C)ládueslulma oEnstcoatlaottoarliad.eEsta cantidad seráAanmticoirptoiz,asideandao rpeasprtoirnsdaebilliadad única de EL la obra a ejecuptarrim, eexraclueisdtoimeal cvióanlormdeediante deduccionesCOdNelTRveAiTnIteSTpAosru caideqnutiosición oportuna; la Administración delegada y Cláusula el Anticipo también servirá para cubrir Escalatoria. Esta cantidad será amortizada los gastos iníciales de movilización según a partir de la primera estimación mediante lo indica el Artículo 179 del Reglamento deducciones del veinte por ciento (20%) de la Ley de Contratación del Estado. El de cada una de ellas excluyendo los montos cien por ciento (100%) de dicho Anticipo antes mencionados; en la estimación final, se será entregado a EL CONTRATISTA en le deducirá el saldo que hubiese pendiente. Lempiras, moneda nacional de la República Es entendido que con el Anticipo EL de Honduras en un solo pago que se tramitará CONTRATISTA deberá invertir el Anticipo dentro de los cinco (5) días hábiles después REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 de que EL CONTRATISTA haya rendido 5. La Oferta. la GARANTÍA Y/O FIANZA POR 6. Declaración Jurada. ANTICIPO Y GARANTÍA Y/O FIANZA DE CUMPLIMIENTO y después de que EL CONTRATANTE haya revisado y aceptado dichas Garantías y/o Fianzas. 7. Los Documentos de Precalificación presentados por el o los contratistas. 8. Lista Certificada y Firmada de Cotizaciones sobre materiales recibida por EL CONTRATISTA, antes de la CLÁUSULA VII: DOCUMENTOS ANEXOS DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA se obliga a efectuar las obras objeto de este Contrato, de acuerdo con los siguientes documentos anexos que quedan incorporados a este Contrato y forman parte integral del mismo, tal como si estuvieran individualmente escritos en el: 1. C u a l q u i e r O r d e n d e C a m b i o o modificación de este Contrato, a solicitud del CONTRATANTE y que el mismo no se encuentre establecidos en los alcances originales del proyecto ni en los Documentos de Licitación. Sea ésta aprobada o no. 2. El Documento de Licitación del Proyecto y sus Anexos. 3. A c l a r a c i o n e s y A d e n d a s a l o s Documentos de Licitación. 4. Invitación a Licitación. Licitación y que acompañó en su oferta. 9. Garantía y/o Fianza Bancaria de Cumplimiento, por el Anticipo, y de Calidad. 10. Pliego de Condiciones Generales. 11. Pliego de Condiciones y Disposiciones Especiales. 12. Las últimas Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes de LA DIRECCIÓN. 13. El Programa de Trabajo aprobado por LA DIRECCIÓN. 14. Tabla de Alquiler de Equipo establecida por LA DIRECCIÓN. 15. Procedimiento para reconocimiento de mayores costos por fórmula. (si aplicara). 16. La Orden de Inicio. 17. Los Planos. 18. Seguros. 19. Principio de Integridad. A. 1263 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta En caso de haber discrepancia entre lo (x) Planos. dispuesto en el contrato y los anexos, privará lo expuesto en el contrato y en caso de discrepancia entre dos o más anexos, privará lo previsto en el anexo específicamente relativo al caso en cuestión. (xi) Principio de Integridad. (xii) El Documento de Licitación del Proyecto y sus Anexos. (xiii) Aclaraciones y Adendas a los Documentos de Licitación. 1264 A. CLÁUSULA VIII: PREVALENCIA DE LOS DOCUMENTOS CONTRACTUALES El presente Contrato prevalecerá sobre todos los demás documentos contractuales. Se considerará que los documentos enumerados a continuación forman parte del presente Contrato: (i) Carta de Adjudicación. (ii) La Oferta. (iii) Enmiendas. (iv) Condiciones Generales (CG). (v) Condiciones Especiales (CE): Parte A. Datos del Contrato. (vi) Condiciones Especiales (CE): Parte B. Disposiciones Específicas. (vii) Estructura Presupuestaria. (viii) Especificaciones Técnicas. (ix) C o n t r a t o A c c e s o r i o d e Corresponsabilidad por Cumplimiento de Medidas de Mitigación y Transferencia de Responsabilidades Relativas a Actividades de Impacto Ambiental y Social en el Sitio. (xiv) ordenes de Cambio y Modificaciones al contrato. (xv) Ley de Contratación del Estado y Reglamento. (xvi) Reglamento de las disposiciones Generales de Presupuesto. CLÁUSULA IX: SUPERVISIÓN DEL PROYECTO: a. EL GOBIERNO supervisará la ejecución de este proyecto por medio de la persona o firma consultora que se contrate y se especifique en la Cláusula I. Definiciones, numeral 8 de este contrato. b. LA DIRECCIÓN velará porque la ejecución de la obra se realice de acuerdo con los documentos contractuales y para tal efecto y sin necesidad de hacerlo del conocimiento de EL CONTRATISTA, podrá efectuar cuantas inspecciones considere conveniente; dicha inspección también podrá ser efectuada por LA REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 SECRETARIA, o cualquier otra documentos y demás informaciones Institución Gubernamental y EL relativas a gastos y cualquier otra CONTRATISTA se verá obligado a operación relacionada con el proyecto, dar las facilidades necesarias para la deberán ser mantenidos por EL inspección y facilitará o hará que se CONTRATISTA por un período de facilite el libre acceso en todo tiempo a cinco (5) años después de terminado el los lugares donde se prepare, fabriquen proyecto. Durante ese período, estarán o manufacturen todos los materiales y sujetos en todo tiempo a inspección donde la construcción de la obra esté y auditorías que EL GOBIERNO efectuándose; asimismo, proveerá la considere razonable efectuar. información y asistencia necesaria para que se efectúe una inspección detallada CLÁUSULA XI: SEGUROS: y completa. EL CONTRATISTA deberá mantener y exigirá que los Sub-Contratistas lo hagan en C L Á U S U L A X : L I B R O S Y los trabajos que en su caso sub-contraten, por REGISTROS lo menos los siguientes seguros: EL CONTRATISTA deberá mantener a. Seguros por Accidente de Trabajo: libros y registros en idioma español EL CONTRATISTA proporcionará relacionados con el proyecto, de y mantendrá seguros por accidentes conformidad con sanas prácticas de de trabajo para todas las personas que contabilidad generalmente aceptadas, se empleen bajo este contrato. EL adecuadas para identificar los bienes y CONTRATISTA acuerda incluir servicios financiados bajo este contrato; las estipulaciones de este párrafo estos libros y registros podrán ser en todos los Sub-Contratos que inspeccionados y auditados durante la suscriba. Será responsabilidad de ejecución del contrato y en la forma que EL CONTRATISTA cerciorarse EL GOBIERNO considere necesario. de que los empleados de cualquier Los libros y registros, así como los Sub-Contratista estén amparados A. 1265 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 La Gaceta como se estipula en este literal de a. Garantíay/oFianzadeCumplimiento: igual forma que los empleados de EL EL CONTRATISTA se CONTRATISTA. b. Seguros que cubran Daños a Terceros: EL CONTRATISTA proporcionará y mantendrá seguros para garantizar el pago por daños a terceros que pudiesen ocasionarse en virtud de la ejecución del proyecto. Los seguros antes descritos deberán ser contratados de acuerdo con las condiciones siguientes: 1. Plazos para obtener los seguros: a. comprobantes de seguros: 20 días calendarios; b. pólizas relevantes: 20 días calendario. 2. Monto máximo de cantidades deducibles del seguro contra riesgos del contratante: dos por ciento (2%) de la suma asegurada. 3. M o n t o m í n i m o d e l s e g u r o d e responsabilidad civil (contra riesgos de terceros): TRESCIENTOS MIL LEMPIRAS (L. 300,000.00). obliga a otorgar a favor de EL CONTRATANTE una Garantía y/o Fianza bancaría, equivalente al quince por ciento (15%) del valor total de este contrato la cual estará vigente hasta tres (3) meses después del plazo previsto para la entrega de la obra, contados a partir de la fecha de la firma del Contrato. b. Garantía y/o Fianza por Anticipo de Fondos, EL CONTRATISTA está obligado a presentar una Garantía y/o Fianza bancaria por Anticipo, por una cantidad igual al cien por ciento (100%), del monto del Anticipo y con una duración igual al correspondiente plazo de construcción. c. Garantía y/o Fianza de Calidad (NO APLICA EN TERRACERIAS Y OBRAS DE MITIGACIÓN), para CLÁUSULA XII: GARANTÍAS Y/O FIANZAS: 1. EL CONTRATISTA queda obligado garantizar el reemplazo de todo el trabajo o material defectuoso que resultara EL CONTRATISTA a rendir las Garantía y/o Fianzas se compromete a presentar una 1266 A. siguientes: Garantía y/o Fianza bancaria de REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE JUNIO DEL 2026 No. 37,173 calidad por el cinco por ciento CLÁUSULA XIII: PERSONAL: (5%) por el monto del Contrato con a. EL CONTRATISTA queda obligado una cobertura de un (1) año contado a partir de la fecha del Acta final de Recepción del Contrato. 2. Las Garantías y/o Fianzas establecidas en los literales a) y b) del numeral anterior, deberán presentarse en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario después de haberse suscrito el correspondiente contrato y la Garantía y/o Fianza establecida en el literal c) deberá presentarse a más tardar cinco (5) días después de efectuada la Recepción Final y/o entregada la respectiva Acta de Recepción Final firmada y sellada, de conformidad con el siguiente procedimiento: a. Mediante solicitud formal, EL CONTRATISTA presentará a LA DIRECCIÓN y pedirá la aprobación correspondiente, adjuntando a su escrito el original de dicha Garantía y/o Fianza. 3. Las presentes Garantías y/o Fianzas se harán efectivas al simple requerimiento que haga LA SECRETARÍA. Serán a tener el personal que se requiera para garantizar la correcta ejecución del proyecto y a mantener en la obra el personal técnico necesario, para garantizar la calidad de esta. LA DIRECCIÓN podrá solicitar a EL CONTRATISTA el retiro del personal que no demuestre capacidad, eficiencia, buenas costumbres y honradez en el desempeño de su labor y EL CONTRATISTA deberá sustituirlo en el término de quince (15) días calendario por personal calificado. b. EL
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