Decreto Ejecutivo No. PCM-003-2017 — Autorización de traspaso de bienes inmuebles a favor de la Secretaría de Estado de Desarrollo e Inclusión Social para el Programa Ciudad Mujer
Considerandos
- 1.Que de conformidad al Artículo 59 SECRETARÍA DE ESTADO DE LA de la Constitución de la República la persona humana es el fin PRESIDENCIA supremo de la sociedad y del Estado, en razón de lo cual, todos Acuerdo Ejecutivo número 01-C-2017 A. 12 tenemos la obligación de protegerla. Sección B
- 2.Que según lo establecido en los Avisos Legales B. 1-16 numerales 1, 2, 11 y 19 del Artículo 245 de la Constitución de la República, es atribución del Presidente de la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y convenciones, leyes y demás disposiciones legales; dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a ley; así como Administrar la Hacienda Pública.
- 3.Que los efectos de las acciones afirmativas adoptadas actualmente por el Estado de Honduras en favor de la equidad de género, han arrojado resultados significativos y de mucha importancia para combatir todo tipo de discriminación en perjuicio de la mujer; así como toda forma de violencia doméstica, la cual ha constituido históricamente un flagelo que afecta la integridad física, emocional y psicológica de la mujer, con los consecuentes perjuicios en favor de la integración familiar.
- 4.Que los indicadores sociales ponen de manifiesto que es necesario definir como una política pública del Estado, procurar el afianzamiento de toda acción encaminada a proteger a la mujer de cualquier forma de violencia doméstica, poniendo a su disposición la existencia de centros debidamente equipados, tanto física como profesionalmente, para asistir adecuadamente a las mujeres que sean víctimas de violencia doméstica en una forma integral, de forma que se garantice la protección de su integridad física, en un ambiente de seguridad emocional y psicológica para ella y sus hijos, para lo cual se ha concebido la implementación del Programa denominado Ciudad Mujer. CONSIDERANDO: Mediante el Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado PCM-031-2016, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 03 de mayo del 2016, se creó el Programa Presidencial CIUDAD MUJER (CM), adscrito a la Secretaría de Estado de Desarrollo e Inclusión Social, con la finalidad de contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de las mujeres en Honduras en las áreas de autonomía económica, atención a la violencia contra las mujeres, prevención y atención de embarazo en adolescentes, salud sexual y reproductiva, educación colectiva y otras afines, mediante una red de servicios ofrecidos de manera integral por las instituciones públicas competentes, bajo un mismo techo, denominados "CIUDAD MUJER-CM", que funcionarán organizadamente en diferentes zonas geográficas, según las características y necesidades de cada región, los cuales podrán operar ambulatoriamente cuando las necesidades lo ameriten. El Programa "CIUDAD MUJER-CM", es un Programa de asistencia social, promovido por el Gobierno de la República, por iniciativa de la Primera Dama, en beneficio de la mujer hondureña, el cual contará con recursos de las partidas presupuestarias consignadas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República; de herencias, legados, donaciones o aportes de personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras; y los demás ingresos o bienes que adquiera a cualquier título legal.
- 5.Que se han identificado distintos bienes inmuebles propiedad del Estado de Honduras en los que han funcionado centros de otras instituciones públicas, que por su ubicación y extensión resultan adecuados para la construcción y adecuación de Centros de Atención o Asistencia, por lo que resulta necesario y urgente, redefinir el destino del mismo y reasignándolos a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, para que los mismos sean puestos a la inmediata disposición del Programa Presidencial Ciudad Mujer.
- 6.Que corresponde a la Dirección Nacional de Bienes del Estado, de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, dictar normas y procedimientos para el registro de los bienes del Estado; autorizar de acuerdo al Reglamento respectivo las altas, bajas, transferencias, donaciones, permutas y la venta en pública subasta de bienes fiscales y llevar el registro de cargos y descargos de los bienes nacionales administrados o custodiados por terceros.
- 7.Que de conformidad con la Ley General de Administración Pública, es atribución del Consejo General de la Administración, conocer y resolver los asuntos que someta a su consideración el Presidente de la República.
Articulos
Articulo 1
Se autoriza el traspaso a favor de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, para el destino específico del proyecto denominado "Ciudad Mujer", los bienes inmuebles siguientes: a) El inmueble de naturaleza urbana, ubicado en la colonia Kennedy de la ciudad de Tegucigalpa, donde funcionó el Centro de Atención Casitas Kennedy, del Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA), ahora DINAF, el cual se encuentra inscrito a favor del Estado de Honduras en el Asiento 38, del Tomo 2523, del Registro de la Propiedad y Mercantil del departamento de Francisco Morazán, que será destinado para la construcción del primer centro Ciudad Mujer; con un área de trece mil trescientos cincuenta y ocho metros cuadrados con ochenta y ocho centímetros equivalente a diecinueve mil ciento sesenta varas cuadradas con once centésimas de varas cuadradas. b) El inmueble de naturaleza urbana ubicado en el lugar denominado "Chopete", sector de Calpules al Este de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, que fue asignado a la que fue Secretaría de Estado en los Despachos de Cultura, Artes y Deportes, ahora asignado a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, el cual se encuentra inscrito a favor del Estado de Honduras según Matrícula 01444078, bajo el Asiento No. 20 del Tomo 458 trasladado a Folio Real bajo matrícula No. 1444078 del Registro de la Propiedad y Mercantil de San Pedro Sula; con un extensión superficial de treinta mil varas cuadradas, equivalente a tres manzanas, que será destinado para la construcción del segundo centro Ciudad Mujer.
Articulo 2
Se instruye a la Dirección Nacional de Bienes del Estado, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que proceda a documentar legalmente las Asignaciones transferencias de los bienes inmuebles efectuadas mediante este Decreto, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta" hasta la culminación del respectivo registro administrativo.
Articulo 3
Téngase por descargados sin más trámite del Inventario de Bienes Muebles del Estado todo los bienes inmuebles, materiales y equipo ubicado en el Centro de Atención Casitas Kennedy de la ciudad de Tegucigalpa, cuyo desalojo descargo debió ser inmediato, por ser muebles obsoletos y de desecho, los cuales además de que no podían cumplir con la función a que habían sido destinados, impedían poner a la inmediata disposición del Programa Ciudad Mujer, el área donde se debe construir su primer centro de atención. A tales efectos, la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, una vez hechas las actas de destrucción correspondientes conjuntamente con la Dirección Nacional de Bienes del Estado, procederán a retirar del inmueble los referidos bienes inmuebles para su depósito en el botadero municipal.
Articulo 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis (27) días del mes de enero de 2017. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONEL AVALA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL RICARDO LEONEL CARDONA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIÁN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD SAMUEL REYES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA EDNA YOLANI BATRES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS MADERO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS WILFREDO CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax. Gerencia: 2230-4950 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL