Vigente
Decreto No. 020-8-SEDESOL-2023 | La Gaceta No. 36,275

Acuerdo Ministerial No. 020-8-SEDESOL-2023 — Nota Aclaratoria sobre publicación de Acuerdo Ministerial

Articulos

Articulo 2

Para efectos del presente reglarrento, se entenderá por: Beca Educativa: Asignación monetaria que se asigna a las personas participantcs del programa, para cubrir costos de sus estudios en nivel superior. Beneficios Académicos: Modalidades de participación en el Programa, distintos de las Becas Educativas, cuyo objetivo es proporcionar un apoyo adicional maferial o fomrativo, para el crecimiento personal de las y losjóvenes. Comité Técnico o EI Comité: Grupo de funcionarios y funcionarias que tiene como objetivo esencial el análisis, evaluación y aprobación de solicitudes de los aspirantes al Programa de Becas Solidarias. Convenio: Acuerdo de cooperación bilateral o multilateral entre el Programa ..Becas Solidarias" y otra institución u organización para otorgar apoyo educativo, Bec¿s o Beneficios Académicos. M. D. 7DE 2023 No. La Dirección: Dirección de programa de Becas Solidarias. Person¡ Aspirante: personas que desean participar en el progr¿¡ma "Becas Solidarias,, de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), entre las edades de 15 y 45 años. Persona en sltueción de lr¡lnerabilid¡d social: Son personas que, por la situación estrucfi¡al de desigualdad en la sociedad, no tienen acceso a las n¡ismas posibilidades que el resto de la población, y cuya situación de inequidad puede ser verificada a nivel fisico, económico, cultural y psicosocial. Persona Participante: persona a la que se le ha otorgado una beca u otro beneficio académico an el programa. Programa: EI programa. Becas Solidarias,, cuyo objetivo es fortalecer y aumentar el acceso, permanencia y finalización de la educación superior, a tavés del otorgamiento de becas educativas en diversas modalidades y oros beneficios académicos a lasjuventudes que se encuenfran eri situación d,e pobreza, pobreza extrema y/o vulnerabilidad social, reduciendo así las brechas de desigualdad e inequiüd social, promoviendo la construcción de una Honduras soüdaria y libre de violencias. Reglamento: "Reglamento del programa Becas Solidarias,, Volunterisdo: Compromiso social que adqüere la persona participante, para ret¡ibuir el beneñcio educativo otorgado por el Estado a haves del programa ..Becas Solidarias',. La Gaceta Secrién A Aruerdosl.I.eves l3 -- 4 of 11 -- CAPÍTULOII DE LOS T'ONDOS PARA EL PROGRAMA BECAS SOLIDARIAS

Articulo 3

Los fondos necesarios para la operatividad del Programa Becas Solidarias provendrán de distintas fuentes de financiamiento tales como: el tesoro nacional, organismos nacionales e internacionales de cooperación, donantes privados u ohos análogos, administrativamente del Despacho del Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Social.

Articulo 7

La Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Social (SEDESOL) desarrollará y aprobará un instrumento nonnativo complementario que demlle las funciones y arribuciones de la Dirección del programa de Becas Solidarias, así como su estnrctura operativa y demás disposiciones necesarias para la operatiüdad de dicho órgano. Artfculo 4.- Con la finalidad de que exista üsponibil-id¿d inmediata para el otorgamienm de las Becas Solidarias, un porcentaje de los fondos o la totalidad de los mismos, serán depositados o transferidos en una cuenta que se creará al efecto en una instih¡ción del sistema bancario nacional, dando prioridad a las instituciones bancarias del Estado, a menos que la panicularidad del caso amerite Io contrario; la decisión al respecto corresponderá al Secretario de Estado en los Despachos de Desarrollo Social (SEDESOL). Artículo t.- La Gerencia Administrativa de la Secretaría de Estado etr los Despachos de Desarrollo Social (SEDESOL) realizará las gestiones necesarias para la creación de las estructuras prograrnáticas necesar.ias para el firncionamiento de la Dil'ección del programa Becas Solidarias. CAPÍTI]LOry DEL COMITÉ TUCXTCO DE BECAS SOLIDARIAS Artlculo 5.- Las modalidades de tansferencia, d.esembolso, liquidación y otras disposiciones relativas a los fondos destinados a las persouas pafticipantes, serán definidos en un manual o protocolo que Ia Gerencia Administrativa de SEDESOL elaborará al respecto, con el apoyo técnico de La Dirección.

Articulo 9

C¡éase el Comité Técnico de Becas Solidarias con el objetivo atalizar, aprobar, adjudicar y establecer criterios para la liquidación del fondo consignado, promoviendo el fortalecimiento de la transparencia y rendición de cuenms en el uso, ejecución y satisfacción de las necesidades a las que está destinado el Programa ..Becas Solidarias.', CAPÍTULO ITI DE LA DIRECCIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS SOLIDARIAS

Articulo 6

Créase Ia l)irección del programa de Becas Solidarias, la cual estará adscrita y dependerá

Articulo 10

EI Comité Técnico de Becas Solidarias estará integrado por: l. EI Secretario de Estado en los Despachos de Desarollo Social, o quien él delegue, quien presidirá el Comité. 2. Representante de la Dirección del programa Becas Solidarias. M. D. No. DE 2023 La Gaceta Sección -\ ..lcuerdos r l_e¡cs -- 5 of 11 -- La Gaceta Sección A Acuerdos l.Leves DE D. DE No. 3. Representante de la Dirección General para el Desarrollo de persona con Discapacidad de Ia SEDESOL. 4. Representante de la Coordinación Nacional de pueblos Originarios y Afrohondureños (CONAPOA) de la SEDESOL. 5. Representante de la Unidad de Género e Igualdad de Oportunidades de la SEDESOL. Artículo ll.- La coordinación de EI Comité recae sobre Ia o él representante de la Dirección de Becas Solidarias, quien a su vez será apoyado por el resto de los miembros para el desempeño de las actividades inherenres a El Comité. En el ejercicio de esta coor.dinación dicha representaciólt será la encargada de realizar las convocatorias del Comité, que serán no menos de cuatro (4) ordinarias al año y las extraordinarias que se requieran, a criterio de dicha coordinación o del Secretario de Estado en los Despachos de Desarrollo Social (SEDESOL). Artlculo 12.- El Comité en el ejercicio de su labor tendrá las siguientes atribuciones : a) Aprobar los planes de ejecución de convocatorias y demás herramientas de trabajo generadas por la dirección del prograrna de becas solidarias; b) Analizar y evaluar [as solicitudes presentadas por las personas aspirantes; c) Emitir resoluciones aprobando o rechazando, las solicitudes preseatadas por los aspirantes; d) Ernitir los dictámenes nccesalios para rcalizar los desembolsos correspondientes; d) Desarrollar de forma diligente las acciones necesarias para ag¡lizarlas solicitudes de beca presentadas; e) Velarpor el cumplimiento y aplicación del Reglamento de Becas Solidarias; y, 0 Cualguier otra necesaria al nivel más alto de toma de decisiones.

Articulo 13

Las decisiones del Co¡lité en cuanto a las solicitudes recibidas, se tomarán mediante consenso, de no ser posible se tomariin por mayoría simple, teniendo el presidente del Comité, voto de calidad en caso de empate. Ardculo 14.- El Comité contará con un plazo de diez (10) días hábiles para emitir la resolución desde la fecha an que les fueron entregadas las solicitudes por La Dirección.

Articulo 15

Una vez emitida la resolución y el dictamen de desembolso por El Comité, dará haslado a la Dirección Técnica del Programa Becas Solidarias para que notifique a los participantes seleccionados y de continuidad operativa al proce§o. CAPÍTULO V DE LOS COMPONENTESDEL PROGRAMA *BECAS SOLIDARIAS' Artículo f6.- El programa Becas Solidarias tiene dos (2) componentes de trabajo, Ios cuales se describen a continuación: l. Becas educativas: l.l Becas nacionale,s a) Beca Técnico Universitario b) Becas Departamentales y por Desempeño -- 6 of 11 -- c) Beca Equidad d) Beca Félix Vázquez e) Beca Vicky Hernández f) Beca Maestria Nacional g) Becapor convenio: Las que se establezcalt mediante convenio con instituciones educativas superiores pirblicas y/o privadas, nacionales e internacionales. 1.2 Becas Intentacionales a) Beca Maestría Internacional 1,3 Beca de continuidad y permanencia a) Beca destinada a cubrir pagos pendientes a un/una estudiante ya becado/a por el Estado de Honduras, que ha dejado de percibir la beca corespondiente por motivos ajenos a su voluntad, pueda culminar su programa de estudios, según criterios de necesariedad establecidos por el Conrité Técnico, por el Secretario de Estado o la presidencia de la República. Se excluye aqú a becarios de programas cancelados mediante Decretos de Consejo de Minisu'os. 2. BeneficiosAcadómicos: a) Módulos de Capacitación Digital (MOCAD) b) Kits académicos c) Residencias esrudiantiles d) Escuela de idiomas y nivelación de compeüencias e) Costos de titulaciót f) Tutorías académicas Las personas aspirantes pueden formar parte de un único componente del Programa de Becas, no pueden postular para ambos componentes, a excepción del Componente 1.3 (Beca de continuidad y permanencia).

Articulo 17

Como criterio de acción aflrmativa, se priorizará en el otorgamiento de las becas educativas y beneficios académicos a estudiantes que pertenszcan a cualquiera de los siguientes grupos vulnerabilizados: I. Personas con discapacidad 2. Hijas e hijos de pcrsonas con discapacidad 3. Personas migrantes retornadas 4. Personas LGTBIQA+ 5. Matemidades vulnerabilizadas 6. Hijos(as) de madres vulnerabilizadas 7. Personas que pertenecen a pueblos originarios y afrohondureños E. Defensoras y defensores de Derechos Humanos 9. Toda la población hondureña en condición de vulnerabilidad socioeconómica o focalizada dentro del censo de pobreza y pobreza extrema realizado por el Programa de la Red Solidaria. CAPÍTT]LO VI DE LOS PROCESOS DE BECAS SECCIÓN I: CONVOCATORIA Ardculo 1E.- Las Convocatorias a postulación de Becas Educativas y solicitudes de Beneficios Académicos se realizarán al menos res (3) veces al año. Las fechas de postulación, serrín publicadas en la página web oñcial de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Social (SEDESOL) u oürcs medios de comunicación que el hograma establezca. M. D. 7 JULIO No, La Gaceta Ser:riórr \ .{cueldosr lercs l6 -- 7 of 11 -- [,a Gaceta Scrririn 1 .\rue¡.dosr l.eles DE Artículo I 9.- A partir d et año 2024.1a Dirección emitiní los corre§pondientes plane§ de convocatoria que deberán contener al menos: 1) Calendario de fechas relevantes 2) Financiamiento 3) Tipos de becas dentro de la convocatoria 4) Requisitos 5) Beneficios 6) Colaboraciones eshatégicas (coñnanciamienros) 7) Prir¡ridades de la convocatoria 8) Mecanismos de desembolsos Lo anterior sin pe{uicio de las d.isposiciones que señala este reglamento, en relación con las convocatorias. SECCIóN II: CONDICIONES GENERALES DE POSTULACIÓN Artlculo 20.- Sin perjücio de los requisitos particrfares y especializados exigidos por el Comité Técnico, se consideran requisitos generales de postulación para el programa Becas Solidarias los siguientes: Reouisitos de ooshrlación: I . Ser de nacionalidad hondureña y residir en el territorio hondureño. 2. No ssr persorla participante de una beca actuaknenfe. 3. Contar con cer.tificado o título del último nivel acadénrico cursado. M. 7DE 4. Pertenecer a la población meta priorizada por el Programa (segrin lo establecido cn el Artículo .16 de este Reglamento).

Articulo 21

Sin perjücio de documentación compleruenüaria que pueda solicitar el Comiré previo a la aprobacióu de las becas, los documentos a presentar que aplican para todos los tipos de becas son: Documentos r¡bli eatorios : l. Llenar el formulario de aplicación establecido por el Programa de Becas. 2. Copia legible del cerrificado/tih¡lo del ultimo nivel académico cursado (por ambos lados). 3. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNt) por ambos lados. 4. Const¿ncia de cuenta de ahorro según rsquerimiento del Programa. 5. Documenms de verificación para demostrar que perteoece a la población priorizada, sicndo estos: a) Para personas con discapacidad: Carnet de Discapacidad emitido por la SEDESOL. b) Hijas e Hijos de personas con discapacidad: Certificación de acta de nacimiento del aspirante y caflret de discapacidad de la madre o padre, emitido por la SEDESOL. c) Personas migrautes retomadas: Constancia emitida por los Centros de Atención al Migranre Retomado (cAM-R). d) En el casodelaspersonaslGBTleA+, r¡¿16¡¡i¿¿¿ss wlnerabilizadas, y personas de pueblos originarios -- 8 of 11 -- y afrohondureños; no es necesaria lapresentación de ninguna documentación que acredite dicha calidad, sin embargo, del llenado del formulario y la solicitud de docr¡mentación complementaria debe colegírse la pertenencia a alguna de estas poblaciones; pudiendo el Comité rechazar la solicitud si considera que existe fraude o que se ha brindado información falsa. SECCIÓN III: PROCEDIMIEIYTO PARA LA APLICACIÓN A UNA BECA EDUCATTYA O BENEFICIOSACADÉMICOS

Articulo 22

El procedimiento para la aplicación a las becas y/o beneflcios académicos será establecido en un manual o plotocolo creado al efecto por la Di¡ección del prograrna de Becas SolirJarias, el cual deberá ser aprobado por el Comité Técnico y al menos deberá contener: a) Requerimientos especíticos por tipos de becas y documentación obligatoria general del candidato. b) Mecanismos de aplicación, evaluación, selección, otorgamiento y desembolso de la beca y beneficios académicos. c) Disposiciones relativas a la retribución social de la beca a fiavés de planes de voluntariado. d) Otros a consideración de la Dirección, el Comité o el Secretar.io de Estado. CAPÍTULO vTT C,{1\ICELACIÓN Y RENOVACIÓN DE LA BECA

Articulo 23

Se determinará la cancelación de la beca en los siguientes casos: a) Cuando la información proporcionada sea falsa o presente al guna adulteración. b) Cuando se detecte err el participaute alguna conducta fraudulent¿ o ilicit4 actos de üolenci4 discriminación o acoso mientras forme parte del programa de becas. c) Cuando el participante no cumpla con las actividades de voluntariado convocadas por el programa en las que inicialmente se ha comprometido a participar. d) Cuando la persona participante repruebe más de una asignatura en un año calendario. e) Cuando la persona panicipante participe de manera simultáneamente en dos progÍlmrrs de becas. f) Cuando el Secretario de Esado en los Despachos de Desarrollo Social Io considere pertinente. La cancelación de una beca, independientemente de la causal, deberá ser autorizada por el Comité, generando un expediente al efecto donde cons¿aran los medios de prueba que acrediten la causal para la cancelación, a excepciórr del literal f). Ardculo 24.- Para opfar a la rerrovación de la Beca Académic4 las personas participantes debenin: a) Demosharun buen desempeño acadélnico durante su participación en el programa. b) Demostrarunabuenaconductadurantesuparticipacion en el Programa. c) Haber cumplido con el plan de voluntariado por el tiempo designado por El progr.ama, según acuerdo bilateral. d) Plesentar las calificaciones del periodo anterior cursado. I a Gaceta Scr:eión \ \cueldosr Leles -- 9 of 11 -- e) Presentar consüancia de maHcula para el periodo que desea renovar la Beca Académica. Uno o varios de los requerimientos señalados podrán ser eximidos mediante resolución debidamenüe ci¡cunstanciado de el Comité a petición de la o él becado o por decisión del Secretario de Estado en los Despachos de Desarrollo Social (SEDESOL). CAFÍTULO vIN ACCIóN DE RETRIBUCIÓX Y SOMARIDAD

Articulo 25

Todas las personas participantes del programa de Becas Solidarias retribuirin el beneficio otorgado por el pueblo hondureño, a través de diferentes tipos de voluntariado que no podrán ser menor. a treinta (30) horas. La Dirección elaborará los planes de voluntariado, que serán acordados con las pü'soflas participantes, mismos que scrán suscritos por ambas parfes. La falta de cumplimiento de dicho plan dará iugar a Ia sar¡ción señalada en el Artículo 23 precedente. Arffculo 2ó.- Los planes de voluntariado debenin erunarcarse en la tipología siguiente: a) Voluntariado Social: Se basa en Ia panicipación y apoyo de eventos sociales para el desarrollo, mecliante orga,izaciones no gubemamentales, secretarias, instituciones del Estado, centros educativos, casas hogares, orfanatos, asilos, refirgios y alcaldías del país. M. D. 7DE DEL b) Voluntariado Educativo: Se basa en la participación por medio de programas de alfabetización, apoyo escolar, lectura, educación inclusiva, o tutorias en centros educativos y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales del país. c) Voluntariado Medioambiental¡ Se basa en el cuidado, preteccién y conservación del medio ambiente, a ravés de acciones de sensibilización a la población. d) Post Votuntariado: Se basa exclusivaruente para participantes becas Maestria Local e Maestría Internacional, con el fin de poner en práctica todos los conocimientos y experiencias adquiridas pormedio de capacitaciones. talleres y publicaciones de investigación, para el fortalecimiento de conocimientos a nivel educativo. No obstante, se podrián establecerplanes alrernativos según la disponibilidad, contexto y condiciones socioeconómicas de las personas participantes, u otro elemento que condicione las posibilidades de acotarse a las modalidad.es antes descrit¿s. La decisión se tomará por el Comité, quien deberá emitir resolución al respecto.

Articulo 27

Las personas del hograma de Becas Solidarias definirán su plan de voluntariado (lugar, duración y responsabilidades asignadas) en conjunto con la Dirección de Becas Solidarias. pudiendo realizar dichas actividades en espacios de Gobierno, centros educativosn entidades privadas, organizaciones no gubernamentales u otras análogas, previa aprobación de la Dirección. Una vez que los participantes concluyan su voluntariado, recibirán un certificado emitido La G¡rccta Seccióu { .{cuerdost Lc\,cs l9 -- 10 of 11 -- por la Dirección, certificando el cumplimiento de sus responsabilidades asignadas. CAPÍTULO Ix DISPOSÍCIONES FINALES

Articulo 28

La Dirección elaborará un plan de inclusión, que permita el acceso al progt.ama de personas que no cuenten con ¿cceso a internet y/o que residau en Ia zona rural del pais, contemplando medidas para la reducción de la brecha digital y beneficios que fhciliten su acceso al programa. CAPITULOX DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Articulo 29

Para Ia ejecución y operatividad del programa drrranfe el airo 2023 se elaborará una ruta crítica a seguir. que contemple los elementos necesarios y básicos para el lanzamiento de la convocatoria, aplicación, selección de participantes, desembolsos y iiquitlación. Dicha ruta será elaborada por la Dirección y aprcbada por el Comité. §EGIINDO.- La Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Social (SEDESOL) podrrí artminista¡.y asumir el impacto financiero de becas que seatr otorgadas por oros órganos de la administración pública, sicmpre quc se realicen Ias comunicaciones y acciones logísticas necesarias para ello. TERCERO.- La Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Social (SEDESOL) podrá asumir el pago de becas o compromisos de pago pendientes que se desprendan de una beca o beneficio análogo, aunque los mismos existan previo a la vigencia del presente Acuerdo Ministerial; esta facultad podrá ser ejercitada independientemenle de la naturaleza de la beca o beneficio, del nivel académico en que se otorga. de su origen, de su antigüedad y de cualquisroha circunstancia inherente a este tipo de beneficios; siempre que exista disponibilidad presupuestaria para asumir dichos compromisos. CUARTO.- Este Acuerdo Ministerial eutralá en vigencia inmediara a partir de su firma y deberá ser publicado en el Diario Ofi cial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUtrSE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez ( l0) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023). LIC. JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Social ABG. ROGER EIVflLIO MEDINA ORELLANA Secretario General M. D. DE 2023 No. [,a Gaceta Sect:ión { .lcuerdosr l.etes -- 11 of 11 --

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