Acuerdo Ministerial No. 040-2023 — Apertura un contingente de importación de maíz blanco clasificado en la fracción arancelaria 1005.90.30.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI)
Considerandos
- 1.Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico asegurar condiciones adecuadas de abastecimiento, en coordinación de los demás organismos que correspondan. CONSIDERANDO:
- 2.Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y proporcionar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país. CONSIDERANDO:
- 3.Que los granos básicos representan el principal alimento de los hondureños y que en los últimos años la producción nacional muestra un comportamiento que no satisface adecuadamente los requerimientos de abastecimiento para consumo humano y consumo industrial. CONSIDERANDO:
- 4.Que en fecha 24 de marzo de 2022, se suscribió el Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos entre la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano (DEMAHSA, IMSA, MATURAVE, ALBECASA), la Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras (FENAGH), Asociación Nacional de Productores de Granos Básicos (PROGRANO), el Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras (COCOCH), Unión de Organizaciones de Productores Agropecuarios Oriente Limitada (UNOPROL), Asociación de Productores Agricolas Negriteños (APRANE), Asociación de Productores de Maíz de Honduras (APROMAIZH) y por el Gobierno de la República, la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) y la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE) elevado Acuerdo Ejecutivo No. SAG¬125-2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de mayo de 2022. CONSIDERANDO:
- 5.Que en el Párrafo Uno del Numeral 12, del Acuerdo Ejecutivo No. SAG-125-2022, establece lo siguiente: “La relación de compra / importación de maíz blanco (1005.90.30.00) será por un (1) quintal de maíz blanco comprado a nivel nacional derecho a importar dos (2) quintal de maíz blanco (lx2 QQ), esta relación estará vigente para el periodo comprendido del 28 de enero de 2022 al 31 de agosto de 2023 ...”. CONSIDERANDO:
- 6.Que en el Párrafo Segundo del Numeral 12, del Acuerdo Ejecutivo No. SAG-125-2022 establece que: “La Industria de Harina de Maíz Blanco de Alimentos para Consumo Humano, podrán realizar sus importaciones de maíz blanco para consumo humano a partir del 20 enero al 31 de diciembre de cada año, a su conveniencia, de conformidad a las fechas establecidas en el numeral 13, literal e), del presente Convenio, con un arancel preferencial -- 5 of 10 -- 12 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE JUNIO DEL 2023 No. 36,257 del cero por ciento (0%), el cual deberá ser solicitado a la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE), conforme a lo establecido en el Acuerdo Ministerial que emita la Secretaría de Agricultura y Ganadería, siendo requisito indispensable que haya previamente efectuado la compra de maíz blanco a los productores nacionales, conforme a la relación de compra indicadas en el Párrafo Uno de este mismo Numeral”. CONSIDERANDO:
- 7.Que en el marco del Acuerdo No. SAG-125-2023, la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) solicitó a la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE), establecer un contingente de importación de maíz blanco por incumplimiento de contratos, tomando en consideración las recomendaciones de la Comisión de Supervisión del referido convenio, tomando como base el informe de incumplimientos del Contratos presentado por la empresa AGROBOLSA (Ente Contralor), y autorizado por la SAG mediante Acuerdo No. SAG-067-2023 de fecha 27 de marzo de 2023. Asimismo, en el referido informe contempla que las compras realizadas del 01 de enero al 10 de marzo de 2023, por la cantidad de 148,859.48 quintales corresponden al Segundo Corte, dichas compras serán revisadas y autorizadas tal como lo establece el Acuerdo SAG-125-2022; dicha resolución consta en Acta No. 078- 2023, misma que fue aprobada en la reunión celebrada el 10 de marzo de 2023, con la Comisión Supervisión del referido convenio. CONSIDERANDO:
- 8.Que en fecha 24 de abril de 2023 se reunió la Comisión de Supervisión del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos (Maíz Blanco), en donde la Empresa AGROBOLSA (Ente Contralor), presentó el informe de compras de maíz blanco del periodo comprendido del 01 de enero al 10 de marzo de 2023 del Segundo Corte de la Cosecha 2022-2023, realizadas por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimento para Consumo Humano, siendo aprobado por la Comisión supra mencionada. CONSIDERANDO:
- 9.Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) mediante Oficio-SAG-711-2023 de fecha 02 de mayo de 2023, remitió a esta Secretaría el Acuerdo No. SAG-077-2023 de fecha 02 de mayo de 2023, por medio del cual solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico proceda a la emisión de los Certificados para la Importación de maíz blanco, clasificado en el inciso arancelario 1005.90.30.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), a las industrias firmantes del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos (DEMAHSA, IMSA, MATURAVE, ALBECASA). CONSIDERANDO:
- 10.Que en el Ordinal Segundo del Acuerdo No. SAG-077-2023 de fecha 02 de mayo de 2023, establece que la empresa Alimentos y Bebidas de Centroamérica, S.A. de C. V., (ALBECASA), según informe de compras del Segundo Corte de la Cosecha 2022-2023, no realizó ninguna compra, por consiguiente, no gozará del derecho de importar maíz blanco en este corte. POR TANTO: En aplicación de los artículos 255 de la Constitución de la República; 36 Numeral 8), 116, 118, 119 Numeral 3) -- 6 of 10 -- 13 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE JUNIO DEL 2023 No. 36,257 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 80 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; Acuerdo Ejecutivo No. SAG-0125-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de mayo de 2022; Acuerdo No. SAG-077-2023 de fecha 02 de mayo de 2023. ACUERDA: PRIMERO:
Articulos
Articulo PRIMERO
Aperturar un contingente de importación de maíz blanco clasificado en la fracción arancelaria 1005.90.30.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), por la cantidad de TRECE MIL QUINIENTOS CUATRO PUNTO TREINTA Y UNO Toneladas Métricas (13,504.31 TM), con un DAI del cero por ciento (0%), con una vigencia comprendida hasta el 31 de diciembre de 2023, dicha importación podrá realizar de cualquier procedencia, en aplicación del Acuerdo No. SAG-077-2023 de fecha 02 de mayo de 2023, correspondiente al segundo corte de maíz blanco de la cosecha nacional 2022-2023, en el marco del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos (Acuerdo Ejecutivo SAG-125-2022), conforme se detalla a continuación: SEGUNDO:
Articulo SEGUNDO
Para la emisión de los certificados del contingente de importación, las empresas nominadas en el Ordinal Primero del presente Acuerdo deberán presentar la solicitud correspondiente ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, de conformidad a los requisitos y procedimientos de Ley: a) Identificación del solicitante conforme a su Registro Tributario Nacional (R.T.N.) y fotocopia del mismo, incluyendo una breve descripción de la actividad económica; b) Fotocopia de la Tarjeta de Identidad y registro de comerciante individual en el caso de persona natural; c) Fotocopia de la Escritura de constitución, en el caso de persona jurídica, si es por primera vez que realizará el trámite; d) Carta de poder debidamente autenticada; e) Dirección física, teléfono y correo electrónico del apoderado legal y de la empresa a fin de efectuar las notificaciones pertinentes; f) Constancia de solvencia de las obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013; g) Recibo oficial de la Tesorería General de República TGR-1 por L. 200.00 en el código 12121, a nombre de la Secretaría de Desarrollo Económico, para cada -- 7 of 10 -- 14 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE JUNIO DEL 2023 No. 36,257 solicitud, por concepto de pago de la emisión de los actos administrativos; h) Todas las copias deben de estar debidamente autenticadas; i) Toda solicitud debe presentar una copia en formato digital (CD o USB). TERCERO:
Articulo TERCERO
Una vez emitidos los certificados de importación, no podrán ser endosados, ni cedidos, ni transferidos a terceros. CUARTO:
Articulo CUARTO
Remitir el presente Acuerdo a la Administración Aduanera de Honduras y a la Secretaría de Agricultura y Ganadería, para que procedan de conformidad a sus competencias. QUINTO:
Articulo QUINTO
El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la suscripción y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA” y/o en la página web de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los once (11) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, Por Ley JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico