Vigente
Decreto No. CREE-075 | 11 de noviembre de 2015 | Poder Ejecutivo
Resolución No. CREE-075 — Norma Técnica del Mercado Eléctrico de Oportunidad
Considerandos
- 1.Que de acuerdo en lo establecido en la Constitución de la República, el titular del Poder Ejecutivo, ejercerá la supervisión, vigilancia y control de la Industria Eléctrica por medio de la CREE.
- 2.Que mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veinte (20) de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica.
- 3.Que la Ley General de Industria Eléctrica de forma expresa señala que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, a través de sus Comisionados adopta sus resoluciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad.
- 4.Que la Ley General de la Industria Eléctrica establece el derecho que tiene la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica de expedir las regulaciones y reglamentos necesarios para la mejor aplicación de la Ley y el adecuado funcionamiento del subsector eléctrico.
- 5.Que en la Reunión Extraordinaria CREE–19–2018, del 28 de mayo de 2018, el Directorio de Comisionados acordó emitir la presente Resolución: Por Tanto La CREE en uso de sus facultades y de conformidad con lo establecido en el Artículo 3, Literal F, romano III y lo establecido en el Artículo 3, Literal I, el Directorio de Comisionados de la CREE por unanimidad de votos. Resuelve A) Aprobar en cada una de sus partes la NORMA TÉCNICA DEL MERCADO ELÉCTRICO DE OPORTUNIDAD que forma parte integral de esta Resolución. B) Publíquese. OSCAR WALTHER GROSS CABRERA GERARDO ANTONIO SALGADO OCHOA RICARDO GUSTAVO ESPINOZA SALVADO 7 J. 2018. -- 1 of 1 --
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