Vigente
Decreto No. 425-2022 | 8 de marzo de 2022 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,878

Acuerdo Ministerial No. 425-2022 — Delegación de firma a asesoras legales Dania Melissa Henríquez Ayala y Graciela Isabel Reyes Orellana

Considerandos

  1. 1.Delegar en las ciudadanas Dania Melissa Henríquez Ayala y Graciela Isabel Reyes Orellana, Asesoras Legales en Secretaría General, la facultad de firma en el cotejo de la documentación, auténticas y certificaciones.
  2. 2.La delegación señalada inicia a partir del día 08 de marzo del 2022.
  3. 3.Hacer las transcripciones correspondientes y comunicar formalmente a las ciudadanas Dania Melissa Henríquez Ayala y Graciela Isabel Reyes Orellana, el contenido y alcance del presente Acuerdo.
  4. 4.El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los quince (15) días del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE MELVIN ARIEL MADRID RIVAS SECRETARIO GENERAL La Gaceta Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, Certifica: La Resolución que literalmente dice: "RESOLUCIÓN No. 999-2020, SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, dos de diciembre del dos mil veinte. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha diez de diciembre del año mil veinte, la cual corre agregada al expediente administrativo No. PJ-10112020-358, por la Abogada ROSA ISBELA SANTOS AGUILAR, en su condición de Apoderada Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS VEGAS DEL MUNICIPIO DE MARCALA DEPARTAMENTO DE LA PAZ, con domicilio en la comunidad de Las Vegas, del municipio de Marcala, departamento de La Paz, contraída a solicitar la Personalidad Jurídica a favor de su representada. ANTECEDENTE DE HECHO En fecha diez de noviembre del dos mil veinte, comparecio ante esta Secretaría de Estado, la Abogada ROSA ISBELA SANTOS AGUILAR, en su condición de Apoderada Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS VEGAS DEL MUNICIPIO DE MARCALA DEPARTAMENTO DE LA PAZ, con domicilio en la comunidad de Las Vegas, del municipio de Marcala, departamento La Paz, a solicitar la Personalidad Jurídica a favor de su representada. MOTIVACIÓN FACTICO Y JURÍDICA
  5. 5.Resulta que el caso que nos ocupa, la petición formulada por la impetrante, está contraída a pedir la Personalidad Jurídica, de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y La Gaceta Suprema de Justicia, el 10 de enero de 2006 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta 30,908. Artículo 36. Cualquier circunstancia no prevista en el presente Reglamento será resuelto por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, atendiendo los principios de legalidad, urgencia, razonabilidad y viabilidad. Artículo 37. En caso de existir conflicto o contradicción de este Reglamento con normas de igual rango, prevalecerán las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. Artículo 38. El presente Reglamento se emite en acatamiento a lo dispuesto en el Punto Nº. 4 del Acta Nº. 04-2022 de la sesión celebrada en fecha 1 de febrero de 2022 por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia. Artículo 39: Que el presente Reglamento sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta, teniendo vigencia el día siguiente de su emisión: asumismo que sea divulgado en el Portal Web Institucional del Poder Judicial y demás canales oficiales, para sus efectos de conocimiento de la usuarios del sistema de justicia. Comuníquese. ROLANDO EDGARDO ARGUETA PÉREZ MAGISTRADO PRESIDENTE REINA MARÍA LÓPEZ CRUZ SECRETARIA GENERAL Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente

Articulos

Articulo 36

Cualquier circunstancia no prevista en el presente Reglamento será resuelto por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, atendiendo los principios de legalidad, urgencia, razonabilidad y viabilidad.

Articulo 37

En caso de existir conflicto o contradicción de este Reglamento con normas de igual rango, prevalecerán las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.

Articulo 38

El presente Reglamento se emite en acatamiento a lo dispuesto en el Punto Nº. 4 del Acta Nº. 04-2022 de la sesión celebrada en fecha 1 de febrero de 2022 por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

Articulo 39

Que el presente Reglamento sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta, teniendo vigencia el día siguiente de su emisión: asumismo que sea divulgado en el Portal Web Institucional del Poder Judicial y demás canales oficiales, para sus efectos de conocimiento de la usuarios del sistema de justicia. Comuníquese. ROLANDO EDGARDO ARGUETA PÉREZ MAGISTRADO PRESIDENTE REINA MARÍA LÓPEZ CRUZ SECRETARIA GENERAL Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente

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