Vigente
Decreto No. 090-2015 | 18 de agosto de 2014
Acuerdo Ejecutivo No. 090-2015 — Reserva de información sobre negociaciones comerciales bilaterales
Considerandos
- 1.Que la conducción de las negociaciones comerciales con eficiencia, ética y responsabilidad constituye un presupuesto básico de la Secretaría de Desarrollo Económico, de forma que se garantice el éxito de la negociación y la misma se traduzca en un beneficio para los diversos sectores de la población en general.
- 2.Que el 18 de agosto de 2014, en la ciudad de Quito, Ecuador, el Ministro de Comercio Exterior de la República de Ecuador y el Secretario de Estado en el despacho de Desarrollo Económico de la República de Honduras, firmaron el Acta de Lanzamiento de las Negociaciones Bilaterales Tendientes a la Suscripción de un Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica.
- 3.Que con fecha 4 de agosto de 2015, Subsecretario de Negociaciones Comerciales e Integración Económica de la República de Ecuador, remitió al Secretario Desarrollo Económico, bajo el membrete de "información enviada" la propuesta de Texto del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica entre la República de Ecuador y la República de Honduras.
- 4.Que los Ministros de Comercio Exterior de las Repúblicas de Corea, Guatemala, El Salvador, Panamá, Nicaragua, Costa Rica y Panamá, el 18 de junio de 2015 en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos, realizaron el lanzamiento de las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio entre sus naciones.
- 5.Que durante la semana del 28 al 30 de julio de 2015, los delegados de las naciones centroamericanas y Corea se reunieron en San Salvador, El Salvador, para negociar y acordar los términos de referencia que enmarcarán la negociación del Tratado de Libre Comercio, estableciéndose además la primera ronda de negociaciones del 21 al 25 de septiembre de 2015.
- 6.Que el proceso de negociación con las Repúblicas de Ecuador y Corea fue asumido al más alto nivel de Gobierno y constituye un compromiso de país basado en el mejor interés de nación.
- 7.Que durante el proceso de negociación y posterior implementación del Acuerdo de Alcance Parcial y Complementación Económica entre Ecuador y el Tratado de Libre Comercio con Corea, se generará información que por su naturaleza debe ser considerada como reservada, ya que su difusión acarrearía, entre otros, el debilitamiento de las estrategias nacionales de negociación comercial y revelaría Secretaría de Desarrollo Económico ACUERDO NÚMERO 092-2015
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