VigenteCategoria: Penal
Decreto No. 52-2017 | 4 de agosto de 2017 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 34,408

Decreto 52-2017 - Amnistía Registro de Armas

Considerandos

  1. 1.Que la regulación en materia de armas de fuego y explosivos está contenida en la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Similares, aprobada mediante Decreto No. 20-2000, de fecha 11 de abril del año 2000.
  2. 2.Que existen en la actualidad una gran cantidad de armas de fuego de uso comercial, cuyos propietarios no han cumplido con su registro correspondiente y un buen control de armas fortalece las condiciones de seguridad, reduce la criminalidad y se suma a las medidas de prevención de la violencia.
  3. 3.Que un sistema de control de armas de fuego será eficaz cuando, actuando como instrumento de una política de Estado provecta su fiscalización a todo el territorio nacional y registra la mayor cantidad de armas existentes, a fin de lograr una mejor calidad en sus controles.
  4. 4.Que es deber de este Congreso Nacional crear mecanismos que conlleven a mejorar la seguridad ciudadana en nuestro país; en este caso, mediante una amnistía para el registro de armas de fuego de uso comercial.
  5. 5.Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1

Conceder el beneficio de Amnistía hasta el 31 de diciembre del año 2018, para que todos aquellos ciudadanos que no hayan realizado el registro de cualquier tipo de arma de fuego comercial y que no posean la factura de venta de la Armería, para que procedan con la documentación restante a realizar dicho registro.

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en el municipio de Gracias, departamento de Lempira, en el Salón del instituto Ramón Rosa, a los doce días del mes de julio del año dos mil diecisiete. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO ROMÁN VILLEDA AGUILAR SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de julio de 2017. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JULIÁN PACHECO

Leyes relacionadas

Decreto Legislativo No. 52-2017 — Conceder amnistía para el registro de armas de fuego comercial hasta el 31 de diciembre de 2018
Decreto 52-2017 | 2017
Amnistía Registro de Armas
Esta ley otorga amnistía hasta el 31 de diciembre de 2018 a ciudadanos que posean armas de fuego comerciales sin registrar, permitiéndoles regularizar su situación sin sanciones. Busca fortalecer el control de armas en el país, reducir la criminalidad y mejorar la seguridad ciudadana mediante un registro más completo.
Decreto 52-2017 | 2017
Decreto_51-2018
Este decreto otorga amnistía tributaria, aduanera y de otros servicios a empresas y ciudadanos con deudas vencidas hasta 2017. Permite presentar declaraciones atrasadas, rectificar errores y pagar impuestos sin multas ni intereses. También ofrece regularización tributaria pagando solo 1.5% sobre ingresos brutos, beneficios para vehículos, telecomunicaciones, energía eléctrica y agua potable, con vigencia de 60 días hábiles.
Decreto 51-2018 | 2018
Acuerdo 307-2017 - Unidades de Gobernación y Facultades
El Acuerdo 307-2017 reorganiza la Secretaría de Gobernación, dividiendo sus direcciones en dos subsecretarías: una de Justicia y otra de Gobernación y Descentralización. Establece funciones específicas para la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, incluyendo registro, seguimiento, inscripción de estatutos y estados financieros de organizaciones sin fines de lucro.
Decreto 185-2001 | 2001
Código Procesal Penal (reforma 2017)
Este Código establece las reglas fundamentales para los procesos penales en Honduras. Garantiza que nadie sea condenado sin juicio justo, presume la inocencia de los acusados, protege el derecho a defensa legal y organiza los tribunales para juzgar delitos. También regula cómo actúan fiscales, víctimas y defensores durante el proceso.
Decreto | 2017