Decreto Legislativo No. 122-2026 — Condecoración de Honor del Congreso Nacional a integrantes de la Selección Nacional de Fútbol Honduras 1982
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República de Honduras, en su Artículo 205 numeral 31), confiere al Congreso Nacional, la potestad de decretar honores por relevantes servicios a la patria.
- 2.Que el Decreto Legislativo No.240-89 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 25 de mayo de 1990, instituyó las condecoraciones de honor del Congreso Nacional, destinadas a reconocer a ciudadanos hondureños y extranjeros que, por sus méritos, se hicieron acreedores de exaltación pública y reconocimiento del pueblo hondureño.
- 3.Que la Selección Nacional de Fútbol de Honduras que participó en la Copa Mundial de España 1982 alcanzó la primera clasificación mundialista en la historia del país y proyectó el nombre de Honduras en el máximo escenario del fútbol internacional.
- 4.Que dicha generación deportiva, dirigida por el Profesor José de La Paz Herrera Uclés, «Chelato Uclés», constituye un referente nacional de disciplina, entrega, talento, unidad y representación digna de la patria. Energía Eléctrica (ENEE), deberá profundizar y ampliar las campañas de ahorro de energía para que toda la población, así como todas las instituciones públicas y/o estatales, hagan un uso eficiente y racional de la misma.
- 5.Que el Estado hondureño, por medio del Congreso Nacional, debe preservar la memoria de aquellos ciudadanos que contribuyeron de manera extraordinaria a la identidad nacional, al prestigio deportivo del país y al fortalecimiento del orgullo hondureño.
- 6.Que resulta justo rendir homenaje público a los integrantes vivos del plantel y del cuerpo técnico de la Selección Nacional de Fútbol de Honduras en la Copa Mundial de España 1982, así como conceder reconocimiento póstumo a quienes ya fallecieron, por medio de sus familiares o representantes debidamente acreditados.
- 7.Que de conformidad con el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República de Honduras, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
Articulos
Articulo 4
El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y será publicado en "La Gaceta", Diario Oficial de la República de Honduras. Dado en Casa Presidencial, en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH Presidente de la República JUAN CARLOS GARCÍA MEDINA Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia -- 9 of 88 -- CONSIDERANDO: Que el Estado hondureño, por medio del Congreso Nacional, debe preservar la memoria de aquellos ciudadanos que contribuyeron de manera extraordinaria a la identidad nacional, al prestigio deportivo del país y al fortalecimiento del orgullo hondureño. CONSIDERANDO: Que resulta justo rendir homenaje público a los integrantes vivos del plantel y del cuerpo técnico de la Selección Nacional de Fútbol de Honduras en la Copa Mundial de España 1982, así como conceder reconocimiento póstumo a quienes ya fallecieron, por medio de sus familiares o representantes debidamente acreditados. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República de Honduras, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, D E C R E TA :
Articulo 1
Otorgar la Condecoración de Honor del Congreso Nacional de la República, en el Grado de “GRAN CRUZ CON PLACA DE PLATA” y Pergamino Especial, a los integrantes del plantel y cuerpo técnico de la Selección Nacional de Fútbol de Honduras que clasificó y representó por primera vez al país en una Copa Mundial de la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA), España 1982, por su aporte histórico al deporte nacional, al fortalecimiento de la identidad hondureña y a la proyección digna de Honduras ante la comunidad internacional.
Articulo 2
Conceder la Condecoración indicada en el Artículo anterior, en vida y de forma personal, a los integrantes del plantel hondureño inscrito y del cuerpo técnico de la Selección Nacional de Fútbol de Honduras en la Copa Mundial de España 1982: 1) Héctor Ramón «Pecho de Águila» Zelaya Rivera 2) José Salomón Nazar Ordóñez 3) César Efraín Gutiérrez Álvarez 4) Jaime Villegas Roura -- 10 of 88 -- 5) José Fernando Bulnes Zelaya 6) Allan Anthony Costly Blyden 7) Ramón Enrique Maradiaga Chávez 8) Eduardo Antonio «Tony» Laing Cárcamo 9) David Bueso Guerrero 10) Prudencio Norales Martínez 11) Juan Alberto Cruz Murillo 12) Carlos Orlando Caballero Sánchez 13) Gilberto Yearwood 14) Julio César Arzú 15) Jimmy Steward 16) Clovis Morales 17) Francisco «Panchón» Guerra 18) Teodosio Mejía.
Articulo 3
Conceder reconocimiento póstumo, mediante entrega de la Condecoración de Honor del Congreso Nacional de la República, en el Grado de “GRAN CRUZ CON PLACA DE PLATA” y Pergamino Especial, por medio de sus familiares o representantes, a los siguientes integrantes del plantel hondureño inscrito y del cuerpo técnico de la Selección Nacional de Fútbol de Honduras en la Copa Mundial de España 1982: 1) José de la Paz Herrera Uclés, «Chelato Uclés» 2) José Roberto «El Macho» Figueroa 3) Francisco Javier Toledo 4) Porfirio Armando Betancourt Carranza 5) José Domingo Drummond Cooper 6) Roberto James Bailey Sargent -- 11 of 88 -- 7) José Luis Cruz Figueroa 8) Celso Fredy Güity Núñez 9) German García.
Articulo 4
Instruir a la Secretaría del Congreso Nacional, a la Gerencia Administrativa y Financiera del Congreso Nacional y a las demás dependencias competentes para que, en coordinación con la Federación de Fútbol de Honduras y las instituciones públicas pertinentes, elaboren la “GRAN CRUZ CON PLACA DE PLATA” y Pergamino Especial correspondientes y organicen el acto solemne de entrega, en la fecha y hora que determine la Junta Directiva del Congreso Nacional.
Articulo 5
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de junio de 2026 NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA -- 12 of 88 -- Poder Legislativo