VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 193-4/2024 | 30 de abril de 2024 | Poder Judicial

Resolución No. 193-4/2024 — Políticas de Administración de las Reservas Monetarias Internacionales

Cadena de Modificaciones

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 342 de la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH), tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada; de igual forma, al amparo de lo dispuesto en los artículos 16 literal l) y 29 de la Ley del BCH, le corresponde a este Directorio, dictar las normas, condiciones generales y límites para la realización de las operaciones del Banco incluyendo las correspondientes a la administración de las Reservas Monetarias Internacionales (RMI) del país.
  2. 2.Que con base en dichas disposiciones legales, el Directorio de la institución aprobó la Resolución No.575-12/2022 del 29 de diciembre de 2022, contentiva de las Políticas de Inversión de las Reservas Monetarias Internacionales (RMI), con el fin de que se garantice su disponibilidad para minimizar la vulnerabilidad del país en tiempos de crisis o impactos negativos en los mercados de capitales internacionales y aumentar la confianza de que el país tiene la capacidad para cumplir con sus compromisos de deuda externa.
  3. 3.Que se ha observado una tendencia a la baja en el saldo de las Reservas Monetarias Internacionales Disponibles (RMID) desde enero de 2023 hasta marzo de 2024 por US$1,160.0 millones, obedeciendo al pago del servicio de la deuda externa pública, mantener flujos de divisas adecuados para financiar las importaciones y la intervención de forma directa en la venta de divisas.
  4. 4.Que derivado del análisis de los departamentos técnicos del banco, en línea con lo establecido en el artículo 29 de la Ley del BCH, corresponde a esta Institución la administración de las reservas monetarias internacionales del país, conforme a la normativa que establezca su Directorio; es oportuno modificar las Políticas de Inversión de las Reservas Monetarias Disponibles, para ampliarlas al concepto de Administración de las Reservas Monetarias Internacionales, lo cual consiste en gestionar activos y pasivos de las mismas, pudiendo realizar inversiones y gestionar financiamientos.
  5. 5.Que el Departamento Jurídico, mediante memorándum JUR-670/2024 del 26 de abril de 2024, es del criterio que, para que el BCH pueda gestionar y negociar una operación de crédito que se garantice con reservas monetarias internacionales, se debe contar con la normativa técnica interna, emitida por el Directorio del BCH. -- 29 of 40 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 25 D E M A Y O D E L 2024 N o . 36,543
  6. 6.Que el Comité de Inversiones, en Sesión Ordinaria N°3/2024 del 19 de abril de 2024, estimó conveniente someter a consideración de este Directorio la aprobación de las Políticas de Administración de las Reservas Monetarias Internacionales que permita la tanto la Gestión de inversiones como de financiamiento.

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